CapituloXII Seguridad y salud laboral. Flashcards
Artículo 82 Consideraciones generales.
La normativa sobre prevención de riesgos laborales está constituida principalmente x la Ley 31/1995.
La seguridad y salud laboral de los trabajadores se centrará en promover la prevención de riesgos laborales .
El empresario garantizará la seguridad y salud de sus trabajadores .
Para ello, adoptará las medidas necesarias,incluyendo prevención de riesgos,información,formación,organización,participación y consulta,disposición de medios necesarios.
La empresa adoptará las previsiones oportunas para empleados q x su edad,enfermedad,etc,tengan disminuida su capacidad para trabajos de particular esfuerzo o penosidad,sean destinados a puestos propios de su grupo profesional al q pertenezcan y adecuados a su capacidad disminuida,a ser posible dentro del mismo servicio al q están adscritos. En ningún caso supondrá detraccion retributiva.
La empresa dotará de un desfibrilador a: sede central,CMC,CECA y en su momento a la nueva sede de barredoras.
Artículo 83 Comité de seguridad y salud.
Órgano colegiado y paritario de participación,compuesto x igual nº de representantes de la empresa y delegados de prevencion.
A sus reuniones podrán asistir los delegados sindicales y técnicos de prevención con voz pero no voto.
Se reunirá mensualmente y adoptará sus propias normas de funcionamiento.
Sus miembros tendrán los mismos derechos y garantías q los representantes legales,excepto en el nº de horas retribuidas q no tendrán tope.
Artículo 84 Competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud.
COMPETENCIAS
Participar en planes y programas de prevención,planificación y organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías.
Promover nuevas iniciativas (métodos y procedimientos) para la efectiva prevención de riesgos.
Controlar y vigilar la medicina de empresa exigiendo reconocimientos médicos periódicos en función de los riesgos a los q estén expuestos los trabajadores.
Paralizar el trabajo cuando se aprecie riesgo inminente para la seguridad y salud del trabajador.
Exigir el cambio de puesto de trabajo cuando se aprecie riesgo para la salud de la madre o del hijo futuro en caso de embarazo.
En colaboración con la dirección de la empresa,establecer la evaluación de riesgos x servicios,efectuando u seguimiento de la misma.
Conjuntamente con la dirección de la empresa elabórale anualmente planes de prevención de riesgo laboral.
Será función del comité,todos los q no hayan sido en numerados y les vengan atribuidos x ley.
FACULTADES
Conocer la situación respecto a prevención ,realizando las visitas oportunas.
Conocer documentos e informes sobre condiciones de trabajo.
Participar en la evaluación,puesta en práctica y elaboración de planes y programas de PRL,promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención.
Conocer documentos e informes relativos a condiciones de trabajo,incluidos los de almacenamiento y eliminación de residuos peligrosos.
Conocer y analizar los daños para la salud de los trabajadores,analizar las causas y proponer medidas preventivas. Seguir el desarrollo de las inspecciones e investigaciones q a tales efectos lleven a cabo los órganos administrativos competentes.
Artículo 85 Funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud
Se reunirá periódicamente de forma mensual y cuantas veces sean necesarias de forma extraordinaria.
El tiempo de las reuniones y vistas será considerado como tiempo de trabajo efectivo.
En las reuniones ordinarias se analizarán los índices de siniestralidad x accidente laboral,estadísticas de absentismo laboral,cumplimiento de PRL,proponiendo a la dirección medidas de tipo corrector necesarias para la adecuada política de seguridad y salud laboral.
Tomará sus decisiones x mayoría.
En la convocatoria se fijará el orden del día con los asuntos a tratar en cada reunión.
De cada reunión se extenderá el acta correspondiente remitiendo copia al Comité de Empresa.
Disposiciones generales
1 Cuando se alude al cónyuge ( persona ligada al empleado x relación marital) independientemente de su orientación sexual.
2 En caso de contradicción de los artículos del presente texto se aplicará el más beneficioso para el trabajador.
3 En caso de avería de maquinaria en el servicio ,los trabajadores implicados serán los encargados de acabar el servicio si perjuicio de las remuneraciones q procedieran.
4 Los contratos de fijos-discontinuos vigentes en la aplicación del RD2317/93 seguirán rigiéndose con arreglo a las normas x los q se concertaron.
5 A partir del 2014 con objeto de mantener el nivel de empleo , cuando se produzca una baja definitiva se ocupará con un fijo-discontinuo y cuya vacante se cubrirá con un fijo a media jornada.
6 para posibilitar q los trabajadores de turnos de trade y noche puedan cambiar turno se establece el siguiente procedimiento:
A principios de año el dpto de RRHH abrirá un plazo no inferior a 1 mes para q los trabajadores de estos turnos q deseen cambiarlo lo soliciten con expresión y justificación de categoría laboral,edad,antigüedad en el turno,antigüedad puesto de trabajo,antigüedad en la empresa y turno al q aspiran.
A la vista de estos datos se establecerá una bolsa de trabajo con orden de prioridad q es el siguiente,
Edad igual o superior a 55 años
Tiempo de permanencia en turno tarde o noche
Antigüedad categoría
Antigüedad empresa.
Teniendo en cuenta q la noche computará el doble q la tarde,se establecerá el orden de preferencia entre los solicitantes adjudicándose segun ese orden las vacantes q se vayan produciéndose a lo largo del año.
De no cubrirse x este procedimiento se utilizarán los generales de este convenio.
7 Se procurará realizar los cambios necesarios para proteger a los trabajadores del rigor del calor en los meses de máximas temperaturas.
8 Aquellos trabajadores q se vean afectados x una incapacidad permanente y sean declarados aptos ( tribunal médico) para el desempeño q venían haciendo,podrán incorporarse de nuevo a la empresa.
9 Los nuevos ecoparques serán gestionados x Sadeco y se recuperarán los q actualmente se gestionan x personal ajeno a Sadeco.
10 La comisión de ropa determinará el nº de prendas,características,régimen de sustitucion,q será en invierno y verano,régimen frecuencia de lavado y sistema de reparto establecido ( actas 18/12/2010 y 20/1/2011) . A partir de la firma del convenio (2018-2020) se inicia inclusión ropa personal taller CMC en el lavado de ropa x empresa,
. Desde la firma de este acuerdo parcial,4/5/2022,la comisión empezará a estudiar lavado de ropa a todo el personal con ropa de trabajo.
11 Se trabajará x convertir todo el empleo temporal en fijo hasta el máximo q garantice la ley.
12 El personal q voluntariamente y sin necesidades de la empresa ,pase de fijo a fijo- discontinuo ,se le garantizará la posibilidad de volver a su situación anterior si la legislación laboral afectará a la percepción de la prestación de desempleo.
13 Sadeco mantendrá su carácter público,y los servicios prestados en la actualidad continuarán prestándose en exclusiva x la empresa.
14 Estableciendo como plazo máximo,o la vigencia del convenio se revisarán las categorías y puestos de trabajo,previo estudio x consultoría externa, de un análisis y descripción de puestos de trabajo ,para la elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo y participación del comité de empresa.
16 Se mantienen los planes de jubilación parcial,cuya vigencia se inició con efecto del 1/1/2012 y si la normativa lo permite,se pueda seguir aplicando la regularización vigente al 31/12/2012 ( previa a la entrada en vigor de la Ley 27/2011) con simultanea celebración de contrato de relevo de pensiones causados antes del 1/1/2023 y con el cumplimiento de los requisitos exigidos.
17 La empresa se compromete a la maxima creación de empleo posible conforme a la ley.
18 Durante La vigencia del convenio,todos las secciones sindicales firmantes a través de sus miembros del Comité de Empresa ,estarán representados con voz y voto en todas las comisiones de trabajo creada y x crear.
19 Se comienza el estudio para la aplicación de los trienios de antigüedad a todo el personal.
Anexo nº2 Normas de ingreso del personal al servicio de la empresa Sadeco
Articulo 1 ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Las presentes normas serán de aplicación a los procedimientos de ingreso del personal de SadecoS.A.
Artículo 2 RÉGIMEN APLICABLE.
El ingreso de trabajadores fijos se realizará mediante convocatoria pública y se regirá x las bases de las convocatoria respectiva q se ajustarán en todo momento a lo dispuesto en estas normas y las normas específicas de aplicación de las mismas.
La contratación fija del personal de esta empresa estará supeditada a los principios constitucionales de publicidad,igualdad,mérito y capacidad. La selección se llevará a cabo x procedimientos q garanticen los principios establecidos en el art. 55.2 del EBEP.
Artículo 3 SISTEMA SELECTIVO
1 El ingreso se llevará a cabo a través de los sistemas de oposición,concurso-oposición y concurso libre y se garantiza los principios de igualdad,merito,capacidad y publicidad.
2 La oposición consiste en una o más pruebas para determinar la capacidad y aptitud de los aspirantes y fijar en orden de prelación, el concurso es comprobación y clasificación de los méritos de los aspirantes y el concurso-oposición la sucesiva celebración de los dos anteriores.
Artículo 4 CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS.
1 Los procedimientos de selección serán adecuados al conjunto de puestos de trabajo q pueden ser desempeñados en la empresa.
2 Los procedimientos de selección deberán consistir en pruebas de conocimiento general o especies,incluso la realización de test psicotécnicos,entrevistas y cualquier otro sistema q asegure objetividad y racionalidad del proceso selectivo. Los procedimientos de selección q consten de varios ejercicios,al menos uno de ellos deberá tener carácter práctico.
Órganos de selección
Articulo 5 TRIBUNALES.
Los tribunales serán nombrados en cada orden de convocatoria,les corresponderá el desarrollo y calificación de las pruebas. Estarán constituidos x un nº impar de miembros,q cumplan los requisitos de imparcialidad y especialización técnica. Podrán disponer de la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
Convocatoria y procedimiento selectivo
Articulo 6 CONVOCATORIAS.
Se publicarán en el BOP,página web de Sadeco y Ayto y diario de mayor difusión de la provincia.
Las bases vinculan a la empresa y tribunales de selección q han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
Articulo 7 CONTENIDO DE LAS CONVOCATORIAS.
A) Número y características de las plazas convocadas.
B) Declaración empresa de q no se podrá declarar superado el proceso selectivo a un nº de aspirantes superior al de plazas convocadas.
C) Órgano al q deben dirigirse las solicitudes de participación.
D) Condiciones o requisitos q deben de tener los participantes.
E) Sistema selectivo.
F) Pruebas selectivas q hayan de celebrarse,relación de méritos q han de ser tenidos en cuenta en la selección.
G) Designación del tribunal calificador.
H) Sistema de calificación.
Artículo 8 ANUNCIÓ DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS.
Comenzados los procesos selectivos,no será obligatoria la publicación de las restantes pruebas en el BOP,estos anuncios deberán hacerse públicos x el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior con 12 horas de antelación si se trata del mismo ejercicio o 24 horas si se trata de uno nuevo.
Artículo 9 CONTRATACIÓN PERSONAL NI PERMANENTE.
Se regirá x lo dispuesto en la bolsa de trabajo, q a partir de la aprobación de estas normas no podrá utilizarse para contrato de personal fijo.
Anexo nº 7 Criterios de interpretación del cobro de determinados pluses en vacaciones
1 Se define q una remuneración es habitual a efectos de vacaciones si se percibe durante 6 meses o más de los 11 meses precedentes a las vacaciones o en la misma proporción si la prestación fuera menosr.
2 La cuantía a percibir x el plus de vacaciones será x el promedio devengado x el plus de los 12 meses anteriores a vacaciones. En el primer ejercicio de implantación (2020) será resultado de sumar lo cobrado en los 13 meses anteriores a vacaciones y dividirlo x 12.
Los efectos económicos de la modificación serán desde el 1/1/2020.
A eso nº8 Gratificación x estado de alarma.
El trabajador tendrá derecho a elegir entre días de descanso o gratificación económica.
Los días son de trabajo presencial en dependencias de Sadeco entre el 14/3/2020 y 31/5/2020.
Los efectos económicos de la modificación serán desde el 1/1/2020.
Días trabajo presencial. Días descanso. Compensación económica
Entre 30 y 40. 2. 100€
Entre 41 y 50. 3. 150€
Entre 51 y 60 4. 200€
Más de 60 5. 250€
Anexo nº4 Cuadro de parentesco.
Por consanguinidad
Primer grado = padres,madres/ hijos-as
Segundo grado= hermanos,abuelos,nietos
Tercer grado= sobrino,tíos
Por afinidad
Primer grado= padres-madres políticos (suegros)
Hijos políticos (yernos y nueras)
Segundo grado= hermanos políticos (cuñados)*
Abuelos y nietos políticos
Cuarto grado= primos
* No incluidos los cónyuges de los cuñados ( concuñados)