Capítulo 14: Pago de las deudas hereditarias y testamentarias Flashcards
¿Cuál es la diferencia entre las deudas hereditarias y las cargas testamentarias?
A. Deudas hereditarias son las que tenía en vida el causante.
B. Cargas testamentarias son las que emanan del testamento.
¿De que responden los herederos respecto de la herencia?
Responden de todas las obligaciones transmisibles del causante cualquiera sea su fuente.
¿La responsabilidad de los herederos es absoluta o tiene excepciones?
No es absoluta, contempla las siguientes limitaciones:
1. No responden de las obligaciones intransmisibles.
2. Pueden limitar su responsabilidad al valor de lo recibido a título de herencia mediante el beneficio de inventario.
¿Cómo se dividen las deudas hereditarias?
En principio se dividen de pleno derecho, por el sólo hecho del fallecimiento, a prorrata de sus cuotas.
¿Siempre se dividen a prorrata las deudas hereditarias?
No, están las siguientes excepciones:
1. Heredero beneficiario.
2. Obligaciones indivisibles.
3. Caso del usufructo, se considera al nudo propietario y usufructuario como un solo heredero, y paga primero el propietario y en subsidio el usufructuario. Luego se divide entre ellos lo pagado.
4. Caso del fideicomiso, se considera a propietario fiduciario y al fideicomisario como un solo heredero, pero sin importar quien paga, el que soporta la deuda es el propietario fiduciario.
5. Inmuebles sujetos a hipoteca, el que se adjudica el bien hipotecado paga la deuda, sin perjuicio del derecho a repetir contra los demás coherederos.
6. Acuerdo en contrario de el testador, herederos en la partición o en convenio.
Responsabilidad de los legatarios por las deudas de la herencia
A. Regla general es que le corresponda a los herederos dicha obligación.
B. Excepción, cuando emanan de las siguientes fuentes:
(1) Pago de las legítimas y mejoras, cuando se dejan legados que exceden de la cuarta de libre disposición.
(2) Responsabilidad por deudas de la herencia del legatario:
- Que al abrirse la sucesión no hubiese suficiente para pagar las deudas hereditarias.
- Es en subsidio de la de los herederos.
(3) Legado gravado con prenda o hipoteca.
¿Quién paga los legados?
Hay que distinguir:
1. Si el testador a impuesto a un asignatario el pago de los legados.
2. Si el testador ha dispuesto forma de pago de los legados sin imponer la carga en un asignatario.
3. Si el testador no ha dispuesto forma alguna de pago, aplica la regla general en división de deudas hereditarias, la división a prorrata entre los asignatarios.
¿En que forma y oportunidad se pagan los legados?
Al ser una carga testamentarias se paga con la cuarta de libre disposición, pero si no hay bienes suficientes en la cuarta de libre disposición para pagar todos los legados, se rebajan a prorrata, pagandose primero los legados privilegiados y después los comunes.