b1t5 - TREBEP Flashcards
Cuál es el Real Decreto Legislativo que regula el TREBEP?
El RD 5/2015 del 30 de Octubre
Cómo se clasifican los empleados públicos?
Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual.
Qué fundamentos de actuación refleja el TREBEP?
- Servicio a los ciudadanos y a los intereses generales.
- Igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional.
- Sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
- Igualdad de trato entre mujeres y hombres.
- Objetividad, profesionalidad e imparcialidad en el servicio garantizadas con la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.
- Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos.
- Desarrollo y cualificación profesional permanente de los empleados públicos.
- Transparencia.
- Evaluación y responsabilidad en la gestión.
- Jerarquía en la atribución, ordenación y desempeño de las funciones y tareas.
- Negociación colectiva y participación, a través de los representantes, en la determinación de las condiciones de empleo.
- Cooperación entre las Administraciones Públicas en la regulación y gestión del empleo público.
A quién aplica el TREBEP?
Este Estatuto se aplica al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de las siguientes Administraciones Públicas:
- La Administración General del Estado.
- Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Las Administraciones de las entidades locales.
- Los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Las Universidades Públicas.
Por qué legislación se rigen el personal docente y el personal estatutario de los Servicios de Salud
El personal docente y el personal estatutario de los Servicios de Salud se regirán por la legislación específica dictada por el Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.
Cuál es el PERSONAL para el que sólo aplica el TREBEP si así lo indica su propia legislación propia?
Personal con legislación específica propia.
Las disposiciones de este Estatuto sólo se aplicarán directamente cuando así lo disponga su legislación específica al siguiente personal:
- Personal funcionario de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.
- Personal funcionario de los demás Órganos Constitucionales del Estado y de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas.
- Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
- Personal militar de las Fuerzas Armadas.
- Personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Personal retribuido por arancel.
- Personal del Centro Nacional de Inteligencia.
- Personal del Banco de España y del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
Los procedimientos de selección del PERSONAL LABORAL, cómo son respecto a si son públicos y los principios por los que se rige?
Los procedimientos de elección del personal laboral serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito y capacidad. En el caso del personal laboral temporal se regirá igualmente por el principio de celeridad, teniendo por finalidad atender razones expresamente justificas de necesidad y urgencia.
Por qué legislación y preceptos se rige el PERSONAL LABORAL?
El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se rige, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan.
Definición funcionario interino
Son aquellos que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia son nombrados cuando se de alguna de las siguientes circunstancias
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera. Las plazas vacantes desempeñadas por funcionarios interinos deberán incluirse en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del TREBEP.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses.
OJO! ha cambiado el exceso o acumulación de 6 a 9 meses máximo dentro de
Definición de personal eventual
El nombramiento y cese serán libres por el Subsecretario del Departamento. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.
La condición de personal eventual no constituye mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna.
Al personal eventual le es de aplicación, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.
Por el cumplimiento sucesivo de qué requisitos se adquiere la CONDICIÓN DE FUNCIONARIO?
- Superación del proceso selectivo.
- Nombramiento por el órgano o autoridad competente y posterior publicación en un Diario Oficial.
- Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía, y del resto del Ordenamiento jurídico.
- Toma de posesión en el plazo que se establezca
Cuáles son las 5 causas de pérdida de la CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA?
- La renuncia a la condición de funcionario.
- La pérdida de la nacionalidad.
- La jubilación total del funcionario.
- La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
- La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.
Cómo podrá ser la JUBILACIÓN de los funcionarios?
La jubilación de los funcionarios podrá ser:
- Voluntaria, a solicitud del funcionario.
- Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.
- Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala.
Cuáles son los requisitos actuales establecidos en el Régimen de Seguridad Social para acogerse a la JUBILACIÓN VOLUNTARIA para un funcionario?
60 años y 30 servicios reconocidos
Qué funcionarios podrán solicitar la JUBILACIÓN voluntaria anticipada e incentivada
Los funcionarios afectados por un proceso de reasignación de efectivo que se encuentren en la situación de expectativa de destino o d excedencia forzosa, como consecuencia de un Plan de Empleo
Tendrán derecho a percibir por una sola vez una indemnización cuya cuantía será fijada por el Gobierno
La JUBILACIÓN FORZOSA será a los 65 años, pero se puede solictar la PROLONGACIÓN DE LA PERMANENCIA. Hasta qué edad? Con qué antelación deberá presentarse el escrito? Qué ocurre si hay silencio administrativo hasta los 15 días antes de cumplir los 65?
Hasta un máximo de 70 años
El escrito de solicitud deberá presentarse al órgano competente con una antelación mínima de dos meses
Si hay silencio cuando falten 15 días para la fecha de cumplimiento de la edad (65) se entenderá estimada la petición.
Qué funcionarios se puede acoger a la CESACIÓN PROGRESIVA DE ACTIVIDADES?
Los funcionarios a los que faltan menos de cinco años para la jubilación forzosa
Se puede solicitar reducción de un tercio de jornada, percibiendo el 80% de las retribuciones básicas y complementos de destino y específico, o reducción de media jornada percibiendo el 60% de las retribuciones.
Esta reducción ha de solicitarse por periodos de 6 meses y se renueva automáticamente hasta que se jubile el funcionario si este no solicita lo contrario.
Cuáles son las posibles SITUACIONES ADMINISTRATIVAS en las que puede estar un funcionario de carrera?
Los funcionarios de carrera se hallarán en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio activo.
- Servicios especiales.
- Servicio en otras Administraciones Públicas.
- Excedencia.
- Suspensión de funciones..
Qué funcionarios de carrera serán declarados en SITUACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES?
- Cuando sean designados miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, miembros de las Instituciones de la Unión Europea o de las Organizaciones Internacionales, o sean nombrados altos cargos de las citadas Administraciones Públicas o Instituciones.
- Cuando sean autorizados para realizar una misión por período determinado superior a seis meses en Organismos Internacionales, Gobiernos o Entidades Públicas extranjeras o en programas de cooperación internacional. (Ojo también podrá ser Comisión de servicios)
- Cuando sean nombrados para desempeñar puestos o cargos en Organismos Públicos o entidades, dependientes o vinculados a las Administraciones Públicas que, de conformidad con lo que establezca la respectiva Administración Pública, estén asimilados en su rango administrativo a altos cargos.
- Cuando sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional o del Defensor del Pueblo o destinados al Tribunal de Cuentas por libre designación.
- Cuando accedan a la condición de Diputado o Senador de las Cortes Generales, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas si perciben retribuciones periódicas por la realización de la función.
- Cuando se desempeñen cargos electivos retribuidos y de dedicación exclusiva en las Asambleas de las Ciudades de Ceuta y Melilla y en las Entidades Locales, cuando se desempeñen responsabilidades de órganos superiores y directivos municipales y cuando se desempeñen responsabilidades de miembros de los órganos locales para el conocimiento y la resolución de las reclamaciones económico-administrativas.
- Cuando sean designados para formar parte del Consejo General del Poder Judicial o de los Consejos de Justicia de las Comunidades Autónomas.
- Cuando sean elegidos o designados para formar parte de los Órganos Constitucionales o de los Órganos Estatutarios de las Comunidades Autónomas u otros cuya elección corresponda al Congreso de los Diputados, al Senado o a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
- Cuando sean designados como personal eventual por ocupar puestos de trabajo con funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento político y no opten por permanecer en la situación de servicio activo.
- Cuando adquieran la condición de funcionarios al servicio de organizaciones internacionales.
- Cuando sean designados asesores de los grupos parlamentarios de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
- Cuando sean activados como reservistas voluntarios para prestar servicios en las Fuerzas Armadas.
- Cuando presten servicios en puestos de trabajo de niveles incluidos en el intervalo correspondiente a su Cuerpo y Escala, en los Gabinetes de Política Territorial y Administración Pública del Gobierno, de los Ministros o de los Secretarios de Estado, y opten por pasar a esta situación. Asimismo, cuando presten servicios en puestos de niveles no incluidos en el intervalo correspondiente al Grupo en el que figure clasificado su Cuerpo o Escala en los Gabinetes de Política Territorial y Administración Pública del Gobierno, de los Ministros, Secretarios de Estado ó Delegados del Gobierno.
- Cuando sean nombrados para cualquier cargo de carácter político del que se derive incompatibilidad para ejercer la función pública.
- Cuando sean elegidos miembros del Parlamento Europeo.
- Cuando ostenten la condición de Comisionados parlamentarios de Comunidad Autónoma o Adjuntos de éstos.
- Cuando sean nombrados Subdelegados del Gobierno en las Provincias o Directores Insulares de la Administración General del Estado y no opten por permanecer en la situación de servicio activo en su Administración de origen.
- Cuando sean nombrados Subsecretarios, Secretarios Generales Técnicos o Directores Generales (Altos Cargos)
- Cuando sean nombrados para desempeñar puestos en las Áreas Funcionales de la Alta Inspección de Educación funcionarios de los cuerpos docentes o escalas de la función pública docente.
- Cuando así se determine en una norma con rango de Ley.
Qué tipos de EXCEDENCIA pueden tener los funcionarios?
- Excedencia voluntaria por interés particular.
- Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia por razón de violencia de género.
En qué caso pueden obtener los funcionarios una EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR?
Cuánto tiempo se tendrá que permanecer en esta excedencia?
Los funcionarios de carrera podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante un período mínimo de cinco años inmediatamente anteriores.
No se podrá permanecer, en esta excedencia, menos de dos años continuados.
La concesión de la EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR, a qué está subordinada?
La concesión de excedencia voluntaria por interés particular quedará subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas.
En situación de EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR, se devenga retribuciones? es compatible el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación?
No en ambos casos
Cuándo podrá concederse la EXCEDENCICA VOLUNTARIA POR AGRUPACIÓN FAMILIAR?
Qué duración tiene como mínimo y máximo?
Podrá concederse la excedencia voluntaria por agrupación familiar sin el requisito de haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante el período establecido a los funcionarios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas
En la actualidad tiene una duración mínima de dos años y máxima de quince, y la concede el Subsecretario del Ministerio de destino.
Qué periodo máximo de duración podrá tener la EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES por cuidado de un hijo desde su nacimiento o por cuidado de un familiar a su cargo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y que no desempeñe actividad retribuida?
Duración no superior a tres años
La EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR CUIDADO DE FAMILIARES, es compatiblea efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social que sea de aplicación?
Durante cuánto tiempo se reservará al menos el puesto de trabajo?
Transcurrido este período, dicha reserva lo será a un puesto …
Sí, el tiempo de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social que sea de aplicación. El puesto de trabajo desempeñado se reservará, al menos, durante dos años. Transcurrido este período, dicha reserva lo será a un puesto en la misma localidad y de igual retribución.
En la EXCEDENCIA POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO, durante cuánto tiempo tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo? Cuánto se puede prorrogar este periodo?
Durante los seis primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaran, siendo computable dicho período a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de Seguridad Social que sea de aplicación.
Cuando las actuaciones judiciales lo exigieran se podrá prorrogar este período por tres meses, con un máximo de dieciocho (total), con idénticos efectos a los señalados anteriormente, a fin de garantizar la efectividad del derecho de protección de la víctima.
En la EXCEDENCIA POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO, durante cuánto tiempo tendrán derecho percibir las retribuciones íntegras y en su caso las prestaciones familiares por hijo a cargo?
Durante los primeros dos meses
La SUSPENSIÓN de un funcionario implica la pérdida del puesto de trabajo pasado un periodo, cuál?
La suspensión determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de seis meses.
La SUSPENSIÓN PROVISIONAL como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario, cuánto tiempo no podrá exceder?
La suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario no podrá exceder de 6 meses, salvo en caso de paralización del procedimiento imputable al interesado.
En la REASIGNACIÓN DE EFECTIVOS porque se suprime un puesto, el funcionario puede pasar por
1a fase
2a fase
Expectativa de destino
Excedencia forzosa
Cuánto tiempo puede durar cada una y qué retribuciones recibe el funcionario?
1a fase → Seis meses, desde la supresión del puesto / Retribuciones: Todas las del puesto suprimido
2a fase → Tres meses desde el final de la primera fase./ Retribuciones: Todas las del puesto suprimido
Expectativa de destino → Un año./ Retribuciones: Retribuciones básicas, complemento de destino del grado y 50% del específico.
Excedencia forzosa → Mientras cumpla las obligaciones y no se produzca la reasignación indefinida/ Retribuciones: Retribuciones básicas y prestaciones por hijo a su cargo.