Adicional Flashcards
¿Hasta cuándo se presume a una persona como viva?
Hasta la declaración de fallecimiento se presume a la persona viva, salvo investigación en contrario.
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento inmediato?
Naufragio o siniestro aéreo verificado y con evidencias de ausencia de supervivientes
¿En qué caso de procederá a la declaración de fallecimiento a los 8 días?
Naufragio o siniestro aéreo verificado o en caso de encontrarse restos humanos no identificados
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento al mes?
Naufragio o siniestro aéreo presunto y haya evidencias racionales de ausencia de supervivientes
¿En qué caso se procede a la declaración de fallecimiento a los 3 meses?
Siniestro que no sea ni marítimo ni aéreo
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento al año?
Desde la producción de un riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida, sin haber tenido noticias suyas
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento a los 2 años?
Participantes desaparecidos de un contingente armado desde la fecha del tratado de paz o desde la declaración oficial de fin de la guerra
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento a los 5 años?
Desde las últimas noticias o desde su desaparición, si al expirar dicho plazo hubiere cumplido el ausente 75 años
¿En qué caso se procederá a la declaración de fallecimiento a los 10 años?
Desde las últimas noticias habidas del ausente o, a falta de estas, desde su desaparición
¿Cuándo podrán acceder los herederos a la sucesión a título gratuito?
Firme la declaración de fallecimiento, se abrirá la sucesión, no pudiendo disponer los herederos de estos a título gratuito hasta 5 años después
¿Cuánto tiene que transcurrir para considerar en ausencia legal al desaparecido si no hubiese dejado apoderado?
Pasado 1 años desde las últimas noticias o desaparición.
¿Cuánto tiene que transcurrir para considerar en ausencia legal al desaparecido si hubiese dejado apoderado?
Pasados 3 años. Si el apoderado muere o renuncia, será de 1 año.
¿En qué plazo se nombrará al defensor de un desaparecido?
5 días después de la presentación de la solicitud.
¿Quiénes tienen la obligación de promover e instar la ausencia sin orden de preferencia? ¿Quiénes podrán hacerlo?
El cónyuge no separado, los parientes consanguíneos hasta el 4º grado, el Ministerio Fiscal de oficio o mediante denuncia. Podrá cualquier persona que tenga derechos sobre los bienes del desaparecido.
¿Quiénes serán los representantes del ausente y en qué orden? ¿Quién los nombrará?
El Letrado de la Administración de Justicia los nombrará de forma escalonada (salvo motivo grave):
1. Cónyuge no separado.
2. Hijo mayor de edad (preferencia con convivencia y mayores).
3. Ascendiente más próximo de menos edad.
4. Hermanos mayores (preferencia con convivencia y mayores)
5. En defecto, se nombrará a una persona solvente y de buenos antecedentes, previa audiencia del Ministerio Fiscal.
¿Qué sucede si el ausente se presentase?
Si tras la declaración, se presentase el ausente o se probase su existencia, recobrará sus bienes en el estado que se encuentren y tendrá derecho al precio de los vendidos o bienes adquiridos con estos. No podrá reclamar rentas, frutos ni productos obtenidos con los mismos.
¿Qué se considera una desaparición?
Desaparición de una persona de su domicilio o lugar de última residencia, sin más noticias.
¿Quién podrá, a instancia de parte interesada o del MF, nombrar defensor que represente al desaparecido en juicio, en los negocios que no admitan demora sin perjuicio grave y, en su caso, la conservación del patrimonio?
El Letrado de la Administración de Justicia.
¿Quién podrá ser defensor de un desaparecido?
Podrán ser defensor nato escalonadamente (salvo que tuviera apoderado):
1. Cónyuge presente mayor de edad no separado legalmente
2. Pariente mayor de edad más próximo hasta 4º grado
3. En defecto o no presencia de los anteriores o urgencia notoria nombrará persona solvente y de buenos antecedentes, previa audiencia del MF.
¿En qué caso se procederá a la aplicación analógica de las normas?
Procederá la aplicación analógica de las normas cuando estas no contemplen un supuesto específico, pero requieren otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
¿Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal se podrán aplicar en supuestos o momentos distintos de los comprendidos en ellas?
No.
¿Cuándo se aplicarán las disposiciones del CC en cuánto a analogía?
Las disposiciones del CC se aplicarán como supletorias en materias regidas por otras leyes.
¿La ignorancia de las leyes excusa de su cumplimiento? ¿En qué casos se podrá producir el error de derecho?
La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.
¿En qué caso la exclusión voluntaria de la ley aplicable y renuncia a los derechos en ella reconocidos será válida?
Solo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros