6. Extinción de las obligaciones tributarias Flashcards
¿Cuál es el medio por el cual se extinguen las obligaciones tirbutarias?
Ley.
General, ya que la norma específica suele no señalar esto
¿Cuáles son los medios típicos de extinción?
a. Pago
b. Compensación
c. Confusión
d. Condonación
e. Remisión
f. Prescripción
g. Novación
¿Qué es el Pago?
Medio normal de extinción y el objetivo último del tributo por el legislador.
¿Cuál es el efecto del pago?
Efecto liberatorio:
cuando se paga deja de existir la obligación principal.
¿Qué es indispensable para que se dé el efecto liberatorio?
Haya buen pago.
Competencia en el pago
Generalmente, recae en la Administración Tributaria (nacional o municipal).
Incompetencia en el pago
(Es una discusión doctrinal)
- Absoluta: se paga a otro ente u órgano estatal diferente a la Administración Tributaria - no puede darse el efecto liberatorio aunque esté en manos del Estado.
- Relativa: se paga a la Administración, pero no al órgano correspondiente - puede darse el efecto liberatorio si aceptan el pago.
Autorización en el pago
Es distinta a la competencia , pero logra un efecto liberatorio. Es pasiva, mientras que la competencia es activa. Ejemplo: los bancos tienen autorización de recibir pagos.
Sujetos legitimados para el pago
- Contribuyentes o responsables:
Un tercero puede hacer el pago que no hizo el contribuyente - se da la subrogación correspondiente por vía ejecutiva. Se hace por un interés.
- Agente retenedor o perceptor:
Ejemplo: empleador.
Integridad, indivisibilidad del pago:
Posibilidad de que la administración conceda un aplazamiento o fraccionamiento (art. 38). Posibilidad de arreglos de pago. Señalado en el reglamento.
Formas de pago:
- Suma dineraria (generalmente)
- Cheque (pago queda condicionado)
- Timbres o enteros (obligaciones ante registro. desuso)
- Títulos valores.
No integridad del pago:
El pago puede hacerse en partes parciales (pagar una parte no significa que se exima el resto).
Lugar, tiempo y forma de pago:
Art. 39: como indique la ley o reglamento.
Si esta no lo indica, se da por default un plazo de 15 días (art. 40).
Consecuencias de pagar fuera del plazo:
Pago de intereses (art. 57)
Estos corren a partir del momento que debió pagarse.
Pago de la Administración:
Cuando se paga en exceso (art. 43) los pagos debidos o indebidos o los intereses.
Legitima la acción para reclamar la restitución.
Puede pedirse el pago del tributo y los intereses.