11. Procedimiento de fiscalización tributaria Flashcards
¿Qué se entiende por Administración Tributaria?
Art. 99, CNPT:
Órgano administrativo encargado de gestionar y fiscalizar los tributos, se trate del fisco o de otros entes públicos que sean sujetos activos
¿Cuáles son los dos elementos que considera la AT?
- Gestión
- Fiscalización de los tributos
Aspectos prácticos: ¿cuál es el objetivo del funcionario de la AT?
Realizar la función pública de revisión.
¿Qué busca el fiscalizador?
- Hechos generadores no declarados.
- Exactitud de los elementos cuantitativos de la obligación tributaria.
- Información de terceras personas, con relevancia para la determinación tributaria del contribuyente.
- Verificación del pago íntegro.
Cuando algo no calza, el fiscalizador verificará y por ello tendrá una intención recaudatoria.
Gestor tributario:
Persona que se encarga de aspectos tributarios, como impuestos, en una empresa - suele ser contador.
¿Qué es indispensable para el fiscalizador al iniciar su función?
Tener una estrategia (6 pasos)
La fiscalización es un procedimiento …
Reglado.
Se fundamenta en la CP, CNPT + reglamento y las normas específicas de los tributos
Facultades de la AT:
(Art. 76 RPT)
Es la encargada de aplicar las leyes tributarias y desarrollar un conjunto de acciones tendientes a lograr una correcta percepción, fiscalización, control y cobro de los tributos.
Puede utilizar todos los recursos necesarios que permitan que su labor sea eficiente y eficaz (muy importante actualmente por facturación electrónica)
La competencia está determinada por …
(Art. 77)
El domicilio fiscal registrado del obligado tributario en el momento de iniciarse la actuación de la AT.
La facultad de practicar una liquidación previa/definitiva se extiende a …
(Art. 77.a)
Hechos imponibles y períodos anteriores (siempre que no hayan prescrito). aún cuando el obligado no hubiera tenido el mismo domicilio.
Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales tiene competencia en …
(Art. 77.b)
Todo el territorio nacional sobre los obligados calificados como grandes contribuyentes nacionales.
La facultad de fiscalizar de practicar una liquidación previa o definitiva, por parte de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales se extiende a …
(Art. 77.c)
Hechos imponibles y períodos anteriores (siempre que no hayan prescrito). aún cuando el sujeto no hubiera tenido la condición de GCN.
La Dirección de Fiscalización (mediante la Subdirección de Investigación del Fraude Tributario) tiene competencia para realizar …
(Art. 77.h)
Procesos intensivos de comprobación para la debida liquidación.
La Dirección de Fiscalización (mediante la Subdirección de Investigación del Fraude Tributario) tiene competencia para instalar …
(Art. 77.i)
Procesos para detectar ilícitos tributarios, pudiendo generar/imponer las sanciones administrativas como denuncias penales.
¿Cuál es la relación de los sujetos?
El contribuyente y el responsable tienen prestaciones tributarias que corresponden a la Administración Tributaria, que tiene una relación de sujeción con el acreedor de dichas prestaciones.
¿Cuáles son los tipos de actuaciones de fiscalización?
- De control tributario extensivo
- De control tributario intensivo
Actuaciones de control tributario extensivo:
(Art. 117 RPT)
Es la verificación que se hace desde la oficina de la AT utilizando los datos/elementos de prueba que tenga en su poder, sin que pueda extender su examen a los libros de contabilidad.
Se da comprobación abreviada y formal.
Actuaciones de control tributario intensivo:
(Art. 129 RPT)
Tiene por objeto el comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos, con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones/deberes materiales y propiciar la regularización.
Expediente administrativo
(Art. 109, RPT)
Contiene las actuaciones llevadas a cabo por los funcionarios de la AT como los documentos presentados.
Puede consignarse de forma material o digital (mientras se garantice la integridad y confidencialidad).
Debe ser foliado en orden secuencial para garantizar de su conservación.
Está a disposición del obligado y es de acceso irrestricto - deber de transparencia.
Iniciación de las actuaciones de comprobación e investigación:
Se inicia por la comunicación escrita notificada al sujeto pasivo, que informará:
- El nombre de los funcionarios encargados
- Criterio o criterios por los cuales fue seleccionado.
- El alcance de lo actuación, detallando los tributos y períodos fiscales que comprenderá.
- Registros, documentos y bienes que debe tener a disposición de los funcionarios.
- Fecha en que se iniciarán materialmente las actuaciones frente al sujeto fiscalizado.
- Los derechos que le asisten durante el procedimiento, así como las obligaciones que debe cumplir.
¿Dónde se llevan a cabo las actuaciones de comprobación e investigación?
- Donde se realicen las actividades económicas.
- Donde esté centralizada la gestión administrativa y la dirección de negocio del sujeto pasivo.
- En las oficinas de la administración tributaria.
Plazos importantes:
- 1 mes después de notificado el inicio de actuaciones fiscalizadoras.
- 10 días hábiles de interrupción de las actuaciones fiscalizadoras.
- 2 meses de interrupción, por causas imputables a la administración.
Documentos importantes:
- Expediente
- Actas de comunicación (de inicio, reinicio, interrupción, cambios, conclusión)
- Propuesta de regularización
- Traslado de cargos