12. Titulos Valores Flashcards

1
Q

¿Porque un banco te exige un vale cuando vas a pedir un préstamo?

A

Son documentos de más fácil ejecución que el contrato.
El título valor, luego de cumplidos ciertos requisitos, el acreedor/tenedor del título de valor, puede rápidamente ejecutarlo (presentarse a la justicia, y solicitar el embargo de los bienes del deudor para asegurar el pago de la deuda).
Si el banco solo tuviera un contrato de préstamo y el deudor incumple, el banco debe iniciar un juicio ordinario, que es un proceso judicial más largo y complejo.

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2
Q

que es un titulo valore? nocion general?

A

Los títulos valores son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna.
En un segundo plano se define al TV como un derecho: un derecho en beneficio de una persona. El derecho consignado en el documento nace con éste: creado el documento nace el derecho.
Este derecho de crédito puede recaer en diferentes bienes: dinero, mercaderías, derechos de participación social. Ello determina que los TV se clasifiquen según su objeto en títulos representativos de dinero, de mercaderías, de derechos o de participación.

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3
Q

enumere los 7 caracteres de los titulos valores

A
  1. documentalidad
  2. necesariedad
  3. literalidad
  4. autonomia
  5. negocio juridico unilateral
  6. solemnidad
  7. abstraccion
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4
Q

como es la caracteristica de la documentalidad?

A

El derecho nace con el documento; está consignado en el título, no preexiste al título sino que nace con él.
Necesitan cumplir una serie de requisitos para poder crear el derecho; requieren de cierta formalidad. El documento debe tener un soporte papel, no electrónico.
Con la firma del documento nace la obligación correspondiente. Es un mecanismo que permite hacer derecho en un documento, corporizando (incorporación) y jerarquizando al documento.

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5
Q

como es la caracteristica de la necesariedad?

A

La posesión del documento es indispensable para ejercer el derecho que en él se consigna; no hay derecho sin título.
Transmitiendo el documento se transmite el derecho que en él se consigna. Mientras existe el documento existe el crédito en él establecido y éste al circular, circula el derecho que contiene. Se debe endosar.
Títulos de presentación: quien pretenda ejercer el derecho consignado en un título debe demostrar que lo tiene a través de la exhibición del mismo.
Títulos de rescate: El portador debe entregar al deudor el título cuando éste paga para que el deudor no quede expuesto a que se le reclame nuevamente la prestación

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6
Q

como es la caracteristica de la literalidad?

A

El alcance del derecho se desprende de la letra del documento.
No es una característica determinante, porque la literalidad no se presenta en iguales rasgos en todos los TV.
La propia ley prevé hipótesis en que el derecho se prueba con otros documentos (pacto de completamiento).
Muchas veces los derechos del poseedor no resultan del enunciado del título sino que se complementa con otros documentos, ej. Acciones de SA.

Si en la letra de un vale pongo la firma de una persona física, en la persona jurídica importará su responsabilidad solidaria (responderá con su patrimonio). Llegado el vencimiento el tenedor del título valor embarga a la empresa y a la persona física (2 patrimonios).

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7
Q

como es la caracteristica de la autonomia?

A

Significa que el poseedor (y cada poseedor) tiene un derecho propio, originario, y por lo tanto no le son oponibles las excepciones que el deudor podría oponer frente a los anteriores tenedores del título.

Derecho originario: como si el documento hubiera sido creado directamente a su favor, pese a que haya tenido anteriores poseedores. Cada adquirente recibe el título ex novo, genuino y limpio de cualquier posible arrastre que tenga.

Ejemplo: si un TV se transmite de mano en mano, y el título valor está viciado por alguno de los que participa en la cadena (ej: menor de edad que no es capaz para endosar un título valor, ejercer comercio), no va a importar, porque el adquirente recibe un título ex novo; lo que haya ocurrido antes no afecta al nuevo adquiriente del título. Tampoco se puede compensar en el caso de que alguno de los tenedores anteriores tenga deudas pendientes.

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8
Q

como es la caracteristica del negocio juridico unilateral?

A

El TV es un negocio jurídico unilateral pues es la expresión de voluntad de una sola parte: el librador.
La fuente de las obligaciones del TV es la voluntad de quien lo creó e insertó su firma.

Diferencia con el contrato: Quien suscribe el TV se obliga a una prestación frente al tenedor del TV y no la subordina a ninguna aceptación ni contraprestación. En el contrato siempre hay una manifestación que debe estar integrada con otra manifestación de voluntad. El TV nace con una sola manifestación de una sola de las partes.

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9
Q

como es la caracteristica de la solemnidad?

A

Lo principal es el documento que debe contener los requisitos esenciales mencionados por la LTV salvo que ésta los presuma.
Art. 3º LTV: establece las menciones especiales que deben contener los TV.

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10
Q

como es la caracteristica de la abstraccion?

A

Significa que no se pueden oponer excepciones basadas en las relaciones causales (relación fundamental) que dio origen al documento.
El título valor se abstrae/separa/desprende de la causa que le da origen.En un título valor nunca se menciona cuál es el origen que dio motivo a la creación del TV; a diferencia del contrato de compraventa en donde la factura se detalla “páguese… por …”.
Frente a un incumplimiento (no se paga el vale al vencimiento), no puede defenderse con la causa. Hay defensas limitadas para el deudor ante el juez. Las posibles defensas están limitadas por ley (argumentando pago, compensación, inhabilidad del título es decir que no está completo, etc).

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11
Q

que relaciones existen en la negociacion entre dos empresas?

A

Existe una relación causal y una relación cambiaria en el negocio de venta entre 2 empresas. Entre ambas empresas la vincula la relación causal que dio motivo para que se creará el título valor (por ejemplo la prestación de un servicio). El pago del servicio se instrumentó en un título valor.
* Relación cambiaria: documentada en un vale, abstracto y autónomo
* Relación causal: se va a prestar un servicio
* La acción causal: la ley le permite a la empresa usar este si el servicio prestado fue un desastre, por lo que se entrega el título valor para cortar la relación cambiaria.

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12
Q

como se extinguen las obligaciones?

A

Las obligaciones pueden extinguirse mediante la paga, la compensación, la prescripción, la remisión y la novación (la sustitución de una obligación por otra)

Si vamos a cancelar la obligación de pago, pactar en el documento que sea, el efecto novatorio. De ese modo se sustituye la relación causal por la cambiaria.

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13
Q

en que 4 tipos se clasifican los titulos valores?

A
  1. Títulos de crédito (o que tienen por objeto una prestación dineraria): vale, letra de cambio, cheque, obligaciones o debentures. Hay alguien que crea unilateralmente una obligación de pago por el cual se compromete a pagar en un determinado plazo.
  2. Títulos de participación: Acción de S.A (título valor que acredita mi participación en una persona jurídica)
  3. Títulos valores públicos: bonos del tesoro, letras de tesorería.
  4. Títulos representativos de mercadería: Carta de porte, Conocimiento marítimo o aéreo, certificados de depósito- Warrants. El derecho consignado es mercadería, en especie. No tienen como objeto una prestación dineraria.
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14
Q

cuales son los 5 requisitos de un TV?

A

Requisitos
1. El nombre del título-valor de que se trate.
2. La fecha y el lugar de creación.
3. El derecho que en el título se incorpora.
4. El lugar y la fecha del ejercicio de tal derecho.
5. La firma de quien lo crea.

Requisito de solemnidad: Para producir todos los efectos que la ley les confiere es necesario que contengan las menciones y cumplan los requisitos establecidos
en la misma.

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15
Q

Como funcionan los TV con blancos?

A

Títulos valores con blancos
* Títulos valores incompletos: son aquellos que les falta alguna/s de las menciones esenciales.
* Títulos con blancos: son aquellos que sólo contienen la firma del suscriptor.

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16
Q

Posibles incorporaciones en los TV

A
  • Se puede restringir la posibilidad del tenedor de poder hacerlo circular por seguridad. Estoy queriendo que ese TV nazca y muera entre librador y primer tomador.
  • Sanción por incumplimiento: intereses compensatorios o moratorios
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17
Q

como se regulan los obligados cambiarios?

A

Pueden aparecer al momento de la creación misma o con posterioridad antes del vencimiento (suscriptores, avalistas).
Dentro de la calificación de suscriptores serían endosantes del título valor.
Cualquiera de ellos por el mero hecho de firmar el TV se convierten en obligados cambiarios (solidaridad cambiaria).
Se puede exigir a alguien que firme involucrando su patrimonio personal.

Si hay una controversia en el TV, entre números y letras, la solución que la ley expresamente da es que valdrá el monto consignado en letras

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18
Q

como es el funcionamiento del TV con los avalistas?

A

Aval
Avalistas
Suscriptor del TV
Estrictamente muy parecido a un suscriptor común, un fiador. Pero utiliza el TV para garantizar una obligación.
El avalista puede avalar el título valor en todo o en parte; a uno de los suscriptores, y capaz que no al monto total.
Dentro del TV tiene que incluirse una leyenda: “por aval, hasta la suma de USD 5.000” con firma del avalista.
El avalista si quiere liberarse, puede rescatar el TV por hasta ese monto.

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19
Q

4 efectos de la transmision de TV

A

Solidaridad de los suscriptores de un mismo acto
Ausencia de efectos novatorios salvo que se pacte expresamente.
Acción causal y acción cambiaria: posibilidad de accionar en cabeza del tenedor, basada en la causa o en el documento.
Acción de enriquecimiento injusto

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20
Q

como funciona la representacion en los TV? que dos tipos de representacion existen?

A

Representación contractual
Poder de representación: contrato por el cual se apodera a alguien para que firme en representación de otra persona.
Quien ejerce la calidad de representación en una sociedad.
Representación aparente: Teoría de la Apariencia
Quien haya dado lugar, con hechos positivos o con omisiones graves, a que se crea, conforme a los usos del comercio, que un tercero está autorizado para suscribir títulos a su nombre, no podrá oponer la excepción de falta de representación en el suscriptor.

Representación legal
Se rige por el derecho común
Padre, tutor, incapaz

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21
Q

que es el regimen de circulacion de los TV? puede modificarse?

A

La modalidad adoptada no puede alterarse sin consentimiento del creador.

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22
Q

que es el endoso?

A

Concepto
La Ley no lo define, establece su contenido.
El acto jurídico por el cual se ceden, transfieren todos los derechos a favor de un tercero.

Constituye la declaración unilateral de voluntad del titular del derecho cartular por la que: a) transfiere a otro su titularidad o, b) legítima para que en su representación ejercite el derecho o, c) documente la constitución de un derecho real sobre el derecho.

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22
Q

cuales son los 4 tipos de modalidades de circulacion?

A

TV a la órden
Se indica el nombre del beneficiario en la propia letra del documento.
Se transmiten por endoso y entrega (son títulos de rescate)

TV nominativos
Se indica el nombre del beneficiario
El creador lleva un registro donde anota su creación y las diferentes transmisiones.
Se requiere endoso, entrega e inscripción en el libro que lleve el librador.
Ejemplo: acciones nominativas

TV al portador
No figura el nombre del beneficiario
No es necesario que contenga la cláusula “al portador”
Se transmiten con la simple entrega
Legitimado para su cobro: el mero poseedor, se paga a quien presente el título.
Comunicación al BCU de los beneficiarios finales (más de 15% de acciones en una sociedad) de que ha habido una transferencia de acciones de una persona a otra.

TV no a la orden
La LTV no lo prevé, pero no lo prohíbe.
La LCH lo prevé
Se transmite por la cesión de créditos no endosables: aquella restricción que se le impone al tenedor de no poder hacerlo circular. No está prohibido, pero requiere una cesión de créditos no endosables, es un proceso complicado, por lo que desestimula la circulación.

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23
Q

cuales son las 5 formalidades o componentes de un endoso?

A

Formalidades
1. Fecha
2. Lugar del endoso
3. Nombre del endosatario
4. Clase de endoso
5. Firma: por sí o en representación. Si falta la firma el endoso es inexistente

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24
Q

cuales son las 3 clases de endoso?

A
  1. En propiedad: elemental. Transfiere la propiedad de todos los derechos consignados en el papel.
  2. En procuración: mandatar o apoderar a alguien para que cobre en mi nombre (extrajudicial o judicialmente). El endosatario en procuración puede endosarlo en procuración, pero no darle más derechos de los que yo tengo. El titular del derecho sigue siendo el mandante.
  3. En garantía: otra forma de utilización de TV como forma de garantía de obligaciones.
    (como si fuera una prenda)
25
Q

que son las letras de cambio? cual es su funcion?

A

Concepto: Órden de pago que una persona da a otra para que pague a un tercero una suma de dinero.

Función:
Medio de pago.
Instrumentar el plazo conferido para el pago.
Funcionamiento tripartito
Herramienta para instrumentar una financiación
Puede obedecer a un préstamo.
También se puede librar una letra para que el girado pague a un tercero una deuda del librador. A tal efecto el librador hace previamente una provisión de fondos en manos del girado.

El comprador A le ordena a B (girado o aceptante) que le pague a C, su acreedor. Hay una relación de compra venta entre A y C, y una relación también entre A y B, le debe algo por ejemplo, para poder hacer la prestación de servicio.

26
Q

cuales son las 2 formas de endoso?

A

Formas de endoso
Endoso en blanco (Art. 42 LTV).
Endoso al portador (Art. 42 Inc. 2 LTV).

27
Q

que son las letras de cambio bancarias?

A

Hoy, la enorme mayoría de las letras de cambio que vamos en el mercado son bancarias. La mayor diferencia entre la letra de cambio bancaria y un cheque es que en la letra de cambio bancaria no aparece la firma del librador (cliente del banco), directamente está firmado por el aceptante. El cheque está firmado por el cuenta-correntista.
* Si el girado fuera un banco, tenemos absoluta certeza de cobro. El banco acepta la órden que le da su cliente de emitir una letra de cambio y debita los fondos o instrumenta un negocio de préstamo.
* Si el girado fuera un tercero, y no paga, tiene acción contra A. Como librador que es, también es obligado cambiario.

28
Q

cuales son las 5 personas que intervienen en una letra de cambio?

A

Librador: creador de la letra.
Girado o librado: quien recibe la orden de pagar.
Beneficiario o tomador: poseedor de la letra.
Endosantes y endosatarios (eventuales).
Avalista (eventual): letra de cambio en la que alguien avale el monto consignado en el TV.

29
Q

como puede ser el vencimiento de una letra de cambio?

A

Vencimientos relativos (dependen de un hecho posterior a su creación):
A la vista: en el mismo momento de la aceptación vence la obligación del pago.
A cierto plazo desde la vista: desde el mismo momento que el tenedor se lo acepta al aceptante y el aceptante firme, tiene cierta cantidad de días para cancelar la obligación.

Absolutos (no dependen de un hecho posterior a su creación):
A cierto plazo desde su fecha: desde la fecha de creación. No está sujeto a la vista del documento o aceptación.
A fecha fija

Todas las que consideren otros vencimientos se considerarán a la vista.

30
Q

como es el primer hito de las letras de cambio? la aceptacion

A

Concepto: Acto jurídico formal por el cual el girado admite la orden de pago que contiene la letra y se obliga a pagarla a su vencimiento.

31
Q

cuales son las 3 hipotesis sobre la aceptacion de una letra de cambio?

A

Primera hipótesis: el girado la acepta y se convierte en principal obligado cambiario.
Segunda hipótesis: el girado niega la aceptación. La letra debe ser protestada
Protesto por falta de aceptación: la letra debe ser protestada para dejar constancia formal de que no fue aceptada por quien estaba indicado en la letra del TV. El acta de protesto debe ser notariada por un escribano.
Esto le permite al tenedor iniciar un juicio ejecutivo y embargar al librador.
Se produce el vencimiento anticipado de la letra (Art. 99 in B1).
Tercera hipótesis: aceptación parcial. El tenedor acepta menos del monto total establecido en el TV.
Pone una leyenda detallando “acepto la suma hasta x dólares”.
Protesto por aceptación parcial
Esto le habilita al tenedor iniciar acciones ejecutivas de cobro hacia el librador.

32
Q

cual es el segundo hito de las letras de cambio y sus dos hipotesis?

A

Segundo hito: Cobro
Primera hipótesis: Llegado el vencimiento, tiene el derecho de cobrar la suma consignada. Se rescata la letra de cambio y se da el pago.
Segunda hipótesis: el aceptante no puede o no quiere pagar.
Protesto por falta de pago: no se cumplió la obligación consignada en el TV.
Con el acta tendrá acción ejecutiva contra el aceptante, endosante y librador (responden solidariamente por el todo).

33
Q

que son los vales, conformes y pagare?

A

Implica, importa o consiste en una promesa de pago aplazado en el tiempo que hace el librador a quien se lo entrega o quien sea que lo posea al momento del vencimiento.
No existe en plaza un préstamo bancario que no vaya acompañado de la exigencia del banco de hacerle firmar a su cliente un vale.
Documentalidad: de la propia letra del título valor debe surgir esa promesa incondicional de pago.
Obligación unilateral
Tiene sus riesgos porque en fin es una promesa que puede cumplirse o no

34
Q

cual es la diferencia entre un vale y un cheque diferido?

A

La diferencia es que en los cheques diferidos puedes diferir en el tiempo, no más allá de 180 días desde el libramiento. Los vales no tienen límite temporal.

35
Q

que es un vale amortizable?

A

El vale nos da la posibilidad de establecer vencimientos escalonados; nos permite establecer las cuotas, que deben surgir de manera clara de la letra del documento.

36
Q

¿A quién le puede convenir que hayan 6 vales en vez de un único documento?

A

Al deudor. Si incumple 1 vale, los otros siguen pendientes. Mientras tanto, en el vale amortizable, la ley permite establecer una cláusula en la que se adelantan los vencimientos de las cuotas restantes.

37
Q

cuales son las 6 ventajas de las letras de cambio por sobre otros instrumentos?

A
  1. Puede convertirse en título ejecutivo
    Importa o implica el inicio de un proceso ejecutivo de cobranza a través del proceso
    Para ejecutarlo, el TV debe estar completo.
    La ley exige una intimación de pago previa (alerta), y la ley establece las formas de hacerlo: por telegrama colacionado o judicialmente.
    Si todas las formalidades se cumplen, el juez no tiene por qué dudar que realmente el librador le debe al tenedor del TV.
    Embargo
    Recién después del embargo, el librador tiene la oportunidad de defenderse. Al defenderse, el deudor tiene las defensas limitadas (excepciones) por la ley.
    * Excepción de pago
    * Excepción de compensación
    * Inhabilidad del título: le falta algún requisito
    La sentencia va a aceptar o revocar la sentencia original
    Documento por excelencia para una deuda financiar
  2. Puede adelantar los plazos de vencimiento
  3. Cláusulas de intereses
    Los intereses pueden ser compensatorios o moratorios. Es muy usual que en la letra se establezca “la suma que devengará en intereses a razón de x%…”
  4. Cláusulas de solidaridad de los firmantes en representación de una PJ
    Se puede establecer una leyenda que diga “en caso de que el suscriptor sea una PJ, el representante será solidariamente responsable”
    Surge claramente de la letra del TV
    El tenedor va a tener 2 patrimonios para agredir: la SA y el firmante.
  5. Jurisdicción o competencia de los juzgados que van a entender en caso de que el vale se incumpla
    Se recomienda que el acreedor exija establecer la jurisdicción de los juzgados que más le conviene.
  6. La acción ejecutiva de los vales, conformes o pagarés prescribe a los 4 años del vencimiento consignado en el papel
    Con respecto al librador y a los endosantes, prescribe al año
    Prescripción de accionar ejecutivamente, no prescribe la obligación de pago.
38
Q

Diferencias entre los cheques y otros TV

A
  1. Ley aparte
  2. La mecánica de alguna manera es tripartita también: deudor, librador del cheque, tomador, y un banco. En la letra de cambio bancaria, el banco asume la calidad de obligación cambiaria principal (representantes de banco firman la letra de cambio). En el cheque, el banco nunca es obligado cambiario; el banco va a pagar la orden si y sólo si el cuentacorrentista cuenta con fondos suficientes o autorización para girar al descubierto.
  3. Son órdenes de pago, mientras que los vales son promesas de pagos
39
Q

Semejanzas entre cheques y otros TV

A
  1. Se obliga el librador del cheque, el cuentacorrentista
  2. También puede obligarse un endosante
  3. Nos permite poder financiar una deuda (parecida a los vales amortizables). La diferencia es que los cheques diferidos se pueden diferir hasta 180 días.
40
Q

4 funciones de los cheques

A
  1. Medio de pago: instrumentos para efectuar pagos.
    El cheque común es pagadero a la vista: coincide la fecha de emisión y la fecha del “páguese”.
  2. Instrumento para que el librador (deudor) disponga de fondos que tiene depositados en una cuenta corriente.
    Ventaja: seguridad
  3. Instrumento para efectuar pagos en efectivo o para operar compensaciones (papel económico semejante a la moneda).
  4. Produce una economía de numerario que tiene efectos en la economía general de un país (cámara compensadora).
    La cámara compensadora funciona por la noche fuera del horario de atención al público
    Verifican que haya fondos
    Compensa cheques a pagar y cheques a cobrar contra cada banco de plaza.
41
Q

2 funciones prohibidas de los cheques

A
  1. El cheque común no puede instrumentar nuevos créditos (se prohíbe la post datación, figura innovadora del cheque de pago diferido).
  2. No puede ser utilizado como medio para garantizar obligaciones preexistentes: otro delito previsto por la ley.
    Se desnaturaliza el cheque.
    El delito lo configurarán los dos: el que entrega y el que exige.
42
Q

Cuales son las 3 caracteristicas vinculantes de los cheques?

A

Personas vinculadas con la creación del cheque: Librador, beneficiario y banco girado. Endosante (eventual – resp. solidaria).

Relación fundamental: Entre el librador y el banco girado existe un contrato de cuenta corriente bancaria.

Capacidad: Librador persona capaz al momento de librar cheque (Art. 33 LCH).

43
Q

Como funciona la cuenta corriente bancaria como metodo de cierta garantia?

A

La mecánica o funcionamiento de banco da cierta garantía. Cuando se genera la relación contractual, se realiza un chequeo: hay controles para acreditar identidad, van a realizar un perfil de cliente, etc.

Por el contrato de cuenta corriente el Banco autoriza al cliente a girar cheques y asume, como obligación principal, la de atender su pago, prestando un servicio de caja.

Por cuestiones de seguridad, los cheques están numerados.

44
Q

Que es un cheque comun segun la ley?

A

Concepto
Órden de pago, pura y simple (no puede ser condicionada), que se libra contra un Banco en el cual el librador debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización expresa o tácita para girar en descubierto (sobregiro bancario)

Línea de sobregiro sobre esa cuenta determinada: si la utilizo, el banco cobra una tasa de interés

TV de contenido dinerario

Relaciones con el banco girado
No se transforma en obligado cambiario, preexistencia de la cuenta corriente (provisión de fondos o autorización para girar en descubierto). El beneficiario sólo tiene acción contra quien ha firmado el documento como librador o como endosante, no tiene acción contra el Banco girado. El Banco no acepta el cheque ni puede hacerlo ya que la ley lo prohíbe (para eso se utiliza la letra de cambio bancaria)

45
Q

7 componentes de un cheque

A

Menciones especiales
1. La denominación “cheque” inserta en el texto del documento, expresada en el idioma empleado para su redacción.
2. El número de orden impreso en el documento y en los talones, si los tuviese.
3. La indicación del lugar y de la fecha de su creación y la indicación del lugar donde debe efectuarse el pago.
4. El nombre y el domicilio del banco contra el cual se libra el cheque.
5. La expresión de si es a favor de persona determinada o al portador.
6. La orden incondicionada de pagar una suma determinada de dinero, expresada en números y en letras, especificando la clase de moneda.
7. La firma del librador, que podrá ser autógrafa o electrónica, según el cheque sea cartular o electrónico. El Banco Central del Uruguay regulará el cheque electrónico y el uso de firma electrónica avanzada para su libramiento, de modo que aseguren indubitablemente la exteriorización de la voluntad del librador y la integridad del instrumento.

46
Q

Cuales son los dos tipos de cheques?

A

Cheque certificado por el banco: certifica la existencia de fondos
Se le debita los fondos acordados al cliente de su cuenta, certifica y luego le paga al tercero.

Cheque común: el tercero se guía por referencias del cliente para determinar si tiene existencia legítima de fondos para poder entregarle el bien o servicio (por ejemplo, si es un buen cliente hace tiempo o es nuevo).
No es una opción muy segura.
El banco no es obligado cambiario; el banco cubrirá el cheque únicamente si el cliente tiene fondos.

47
Q

Cual es el plazo del cheque emitido a la vista?

A

Cuando los documentos son emitidos a la vista, la ley establece el plazo de 1 año para la presentación. A su vez, el vale se prescribe al año.

48
Q

Cual es la ventaja del cheque para el tenedor?

A

Ventaja del cheque para el tenedor: se convierte en título ejecutivo si el librador no dispone de los fondos y el banco lo devuelve.
El cheque basta con la simple constancia al dorso para que se convierta en título ejecutivo (datos y causal)
Se transfieren los gastos que implican el inicio de la acción y en 48 horas se puede inscribir en el registro el embargo.
Ahora, si no tuviera el cheque en su poder o están prescriptos (post 6 meses), tendrá que hacer un juicio ordinario.

49
Q

Como puede ser la transmision de los cheques?

A

Cheque al portador: simple entrega
Cheque nominativo: se presume a la orden. Debe estar endosado
Cheque “no a la orden” o “no transferible”: se está creando para que no circule tan fácilmente. Va a tener que necesariamente ser depositado o cobrado en ventanilla por el beneficiario.

50
Q

Cuales son las 4 partes vinculadas en el trámite de un cheque?

A

Personas vinculadas:
1. Librador: creador del cheque que tiene relación previa con el banco
2. Beneficiario: el tomador o receptor del cheque
3. Banco girado: solo cumple la orden si hay fondos o autoriza un sobregiro
4. Endosante: El endosante puede ser una persona vinculada en la dinámica de los cheques.

51
Q

Qué puede hacer el tomador del cheque para eliminar o mitigar su riesgo?

A

El tomador de un cheque que viene de un tercero (cheque al portador que Y le da a X y X luego se lo da a Z por tener una relación causal) puede:

  1. Para eliminar el riesgo
    A. Negar un cheque y solicitar una letra de cambio
    B. Aceptar un cheque certificado por el banco
  2. Para mitigar el riesgo
    Que firme el cheque quien entrega el documento para que se responsabilice solidariamente. Todo suscrito firmante de un TV se obliga cambiariamente (solidaridad cambiaria).
    El banco tiene la obligación de verificar la cadena regular de endosos, pero no está obligado a verificar la firma. De quien sí tiene que verificar que la firma no sea falsificada es la del librador (cliente del banco)
52
Q

El banco girado está autorizado a incumplir la orden de pago si: (10 cosas)

A
  1. Si el cheque no reuniere los requisitos esenciales enumerados en el artículo 4º.
  2. Cuando no hubiere fondos disponibles en la cuenta corriente o faltare autorización al titular para girar en descubierto.
  3. Si el cheque estuviera raspado, interlineado, borrado o alterado en cualquier forma que hiciere dudosa su autenticidad, salvo que estas deficiencias estuvieren expresamente subsanadas bajo la firma del librador a satisfacción del banco (norma le da cierta flexibilidad al banco).
  4. Cuando el librador notifique por escrito al banco, bajo su responsabilidad, para que no se pague por haber mediado violencia al librarlo.
  5. Cuando el cheque no estuviere endosado con la firma del beneficiario o cuando siendo extendido a nombre de determinada persona con cláusula “no a la orden”, no lo cobrare el beneficiario, sucesionario o un banco (artículo 8º). Muy raro, en general mueren en manos del beneficiario
  6. Cuando el banco tuviere conocimiento que el librador hubiera sido declarado en quiebra o en concurso civil con anterioridad a la fecha de la creación del cheque. De igual forma se procederá cuando el banco tuviere conocimiento de la quiebra o concurso civil del beneficiario o del endosante, salvo el caso de expreso mandato judicial. ¿Cuando toma conocimiento un banco que una persona o empresa es declarada en concurso? ¿Fundamento por el cual está norma puede existir? Para no afectar al resto de los acreedores, el banco no lo va a pagar.
  7. Cuando el banco hubiere recibido aviso por escrito que deberá enviarle el librador del extravío o robo de la libreta de cheques. Los bancos privados por lo general exigen una denuncia policial.
  8. Cuando un anterior tenedor avisare por escrito al banco previniendo bajo su responsabilidad, que no se pague el cheque. No es el librador, si no un endosante
  9. Cuando se trate de un cheque cruzado y no se presentara al cobro por un banco o por el banco designado, según que el cruzamiento fuere general o especial.
  10. Cuando el Banco girado se encontrare con sus actividades suspendidas por resolución fundada del Banco Central del Uruguay.

Puesta la constancia de la presentación y de la falta de pago en el cheque o en el certificado previsto en el artículo 39 de la presente Ley, el cheque o el referido certificado constituirá título ejecutivo, sin ningún otro requisito. (*)
Obligación del banco de dejar constancia escrita en el documento con los datos del librador. La mera constancia, el sello al dorso, convierte el documento en un título ejecutivo.

53
Q

El banco responderá patrimonialmente por la consecuencias del pago de un cheque en los siguientes casos:
(4)

A
  1. Cuando el cheque no reuniere los requisitos esenciales especificados en el artículo 4º.
  2. Cuando la firma del librador fuere visiblemente falsificada. La falsificación de la firma de los endosantes no hará incurrir al banco en responsabilidad. ¿Qué es una firma visiblemente falsificada? La interpretación de esta norma podría ser una fuente generadora de problemas
  3. Cuando el cheque tuviere enmendaduras u otros defectos en las enunciaciones especificadas en el artículo 4º y no fueren expresamente subsanadas bajo la firma del librador a satisfacción del banco.
  4. Si el cheque no fuere de los entregados al librador, salvo si se tratare de cheques internos del banco librado.
54
Q

Cual es la unica diferencia entre un cheque comun y diferido con respecto al vencimiento?

A

Única diferencia entre cheque común y diferido: se pueden diferir en el tiempo (brecha entre fecha de libramiento y fecha de vencimiento).

55
Q

Cual es la premisa general sobre el vencimiento de los cheques comunes?

A

Premisa general: los cheques comunes son pagaderos a la vista.

56
Q

Cuales son los plazos de presentacion al cobro de cheques?

A

Moneda nacional: 15 días hábiles desde la fecha del libramiento (creación)
se pierde derecho de cobro luego del vencimiento
si no se cobra, se depende de la buena fé del librador si realiza otro cheque

Moneda extranjera: 120 días corridos desde fecha de libramiento (creación)

Plazos de vencimiento:
La fecha de vencimiento se utiliza cuando manejamos cheques diferidos. Se refiere a fecha del cobro.
Prórroga del plazo por fuerza mayor (Art. 30 LCH).
Cómputo: desde la creación, días corridos (Art. 29 Inc. 2º LCH).

57
Q

Que son los plazos de prescripcion?

A

Plazos de prescripción: prescriben las acciones cambiarias
Cheques diferidos: 6 meses a partir de la fecha de presentación al cobro.

58
Q

Cuales son las consecuencias de librar un cheque sin fondos?

A

Civiles: tengo la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo pidiendo un embargo específico de los bienes que conozca

Administrativas: si el banco girado devuelve el cheque porque su cliente no tiene fondos, debe comunicar a su cliente y le da un plazo de 5 días para rescatar el cheque. El banco da por supuesto que lo va a rescatar, de no ser así, el banco está obligado a suspender la cuenta por 6 meses. Es una suspensión comunicada al BCU, por lo que durante esos 6 meses no va a poder operar ni librar cheques en ningún banco en Uruguay. De no cumplir, se cae en una clausura por hasta 2 años.

Penales: el libramiento de cheques sin fondos en Uruguay sigue configurando un delito.
Los fiscales tratan el libramiento sin fondos de los cheques al día con mayor gravedad a que si los cheques fueran diferidos. Si entrego un cheque al día tengo que tener fondos en la cuenta o autorización de sobregiro. Presenta una maniobra de estafa porque le estaba prometiendo a alguien que tenes fondos.
En el caso de un cheque diferido, tienes las expectativas de que vas a tener los fondos en 180 días para pagar el cheque.

59
Q

Cuales son los 7 tipos de modalidades especiales de cheques?

A
  1. Cheques cruzados: Limitación a los derechos del tenedor
  2. Cheques para abono en cuenta: prohibición de pago en efectivo, debe ser en una cuenta en el mismo banco girado. Es incompatible con el cruzado.
  3. Cheque certificado: constancia del banco girado, éste no es obligado cambiario, no es endosable y no puede ser al portador (Arts. 51 y 52 LCH).}
  4. Cheque con provisión garantizada: talonario de cheques que se emite por el propio banco, por una suma determinada, todos iguales entre sí, que tienen suficiente provisión de fondos.
  5. Cheque internacional: Arts. 20, 29, 31 LCH.
  6. Cheque de viajero: participa un banco corresponsal en el distinto que va a viajar el portador del cheque para que los fondos se hagan efectivos en el destino.
  7. Cheque diferido: son cheques iguales a los comunes, salvo en cuanto a que se puede diferir la fecha de vencimiento. El librado que paga un cheque endosado está obligado
60
Q

Cuales son los tipos de cheques cruzados?

A

General:
* 2 líneas.
* Consecuencia para el tenedor: tiene que ir a cobrar en un banco, depositar. Es una suerte de restricción.

Especial:
*Puedo en esas dos líneas establecer un banco en particular.
*El tenedor hace circular el cheque, ese segundo receptor, va a tener que tener una cuenta en ese banco para poder cobrar el cheque a través de un depósito.

61
Q

Cuales son las ventajas procesales de los TV?

A

Los TV incumplidos con el protesto notarial hecho se convierten en un título ejecutivo (en las 24 o 48 horas puedo presentarme ante un juez y solicitar un embargo). Con este embargo, se llega a un remate que le permite al acreedor obtener el dinero por ese incumplimiento de la obligación del deudor. Este medio es muy distinto a tener que solicitar el inicio de un proceso judicial ordinal (lleva más tiempo para poder solicitar el embargo).

Si el deudor decide vender el bien embargado, y por ende está transfiriendo la deuda, puede hacerlo, nada se lo impide. De esta forma queda libre de la deuda. Pero nadie va a querer comprar un bien embargado, porque tiene sus riesgos; generalmente se recurre a un escribano para que analice si se está comprando un bien libre de embargo, multas, etc.