Salud y DDHH Flashcards
Por qué hablar de DDHH en las escuelas de medicina?
- Responsabilidad internacional de los Estados
- personal de salud en posición privilegiada para proteger/vulnerar los derechos de las personas y sobre todo de grupos frecuentemente vulnerados
- Consecuencias penales, civiles, éticas y sociales para los médicos (deben reflejar los estándares de los DDHH)
- Obligación de hacerlo como funcionario público
- “Cultura de DDHH”
Derechos humanos (DDHH)
• Emanan de la naturaleza digna del ser humano. Por lo tanto, son anteriores y posteriores a la materialización de estos derechos en los tratados internacionales, que finalmente los garantizan.
• Están garantizados por normas internacionales
• Son interdependientes y están relacionados entre sí. Así, se puede ver, por ejemplo, en una misma acción se vulneran distintos tipos de derechos.
• Son universales
• Los tratados generan obligaciones vinculantes para los Estados y los agentes estatales de respetar, proteger y promover los derechos humanos.
Realización progresiva
los gobiernos deben tomar medidas inmediatas utilizando el máximo de recursos disponibles para el cumplimiento de las obligaciones que conllevan estos tratados internacionales.
- Los Estados se comprometen, Por lo tanto, se le pueden exigir medidas, dentro de sus capacidades y recursos disponibles, a todos los Estados (tanto los de bajos recursos como los que tienen más).
No regresión
no derogar o modificar la normativa vigente de manera que al hacerlo puedan disminuir o afectar negativamente de cualquier forma el nivel actual de protección. Esto se ha escuchado en relación a la pena de muerte, cuando se ha discutido la reintegración de esto en el derecho interno en Chile.
Teoría de las generaciones DDHH
Teoría conocida por dividir los DDHH en tres generaciones. El compromiso internacional ha ido abarcado, de forma progresiva, la protección de los DDHH, es decir, existe un concepto de progresividad o de expansión progresiva de los DDHH
Primera generación
derechos más básicos, denominados “derechos civiles y políticos”. Exigen que el Estado tome una actitud negativa, es decir, de no realizar ciertas cosas o de respeto de ciertos derechos. Por ejemplo, derecho a la integridad física y moral, a la libertad de culto y pensamiento, a no ser discriminado, al sufragio, libertad de reunión, a la propiedad, detención ilegal, tortura, etc.
Segunda generación
denominados “derechos económicos, sociales y culturales”, que más bien requieren una actitud positiva por parte del Estado en el sentido de generar y destinar recursos a políticas públicas que aseguren derechos laborales, a la salud, educación, seguridad social, cultura, etc.
Tercera generación
contemplan la necesidad de esfuerzos más globales. Por ejemplo, derecho a la paz, a la calidad del medio ambiente, derechos de los consumidores, derechos tecnológicos, derechos sobre la manipulación genética
Sistema Universal de los DDHH
basado en todas las estructuras y tratados que se han establecido a partir de la Organización de Naciones Unidas (ONU).
Sistemas regionales de DDHH
en el cual nosotros nos enmarcamos en el Sistema Interamericano, materializado particularmente por la Comisión Interamericana de DDHH y por la Corte Interamericana de DDHH.
Sistema universal de DDHH
- consejo de derechos humanos que realiza:
1) cada Estado perteneciente a NU cada 5 años es revisado en torno al estado de DDHH: Estados, el Alto Comisionados de las Naciones Unidas para los DDHH (ACNUDH) y las distintas Organizaciones No Gubernamentales (ONG ́s)/Institutos Nacionales de DDHH (INDH ́s).
2) Procedimientos especiales: donde haya relatores especiales, grupos de trabajo o expertos independientes que se hagan cargo de una materia específica. - Tratados internacionales de DDHH, que a su vez generan órganos específicos para supervisar el cumplimiento de las obligaciones que se acuerdan en esos mismos tratados.
Los Estados respecto a los tratados internacionales
- Los Estados tienen autonomía para firmar, adhiriéndose o no a un tratado.
- De acuerdo con los conceptos ya establecidos en el Derecho Internacional, los Estados una vez que firman estos tratados internacionales, se ven obligados a cumplirlos. El cumplimiento de instrumentos internacionales se debe hacer de buena fe (viena 1960) sin que puedan invocarse razones de orden interno para dejar de asumir la responsabilidad internacional, por ejemplo, que la ley interna lo impida. En resumen, los Estados tienen la obligación de cumplir con todas las obligaciones -en materia de DDHH- que establecen estos tratados.
- Los Estados deben cumplir con las obligaciones y encargarse de que las entidades no estatales actúen en conformidad con los DDHH (las entidades no estatales están bajo la jurisdiccoón del Estado, igual deben regularse)
- Utilizar los DDHH como marco para la concepción, aplicación, supervisión y evaluación de políticas públicas
Supervisión de cumplimiento de tratados internacionales
órganos de vigilancia de estos tratados, los llamados comités, que se reúnen periódicamente para entablar un diálogo constructivo con los Estados parte, en el que los Estados deben presentar informes y el comité formula observaciones, incluyendo recomendaciones para los países.
Instrumentos Regionales de DDHH
Se incluye la convención americana sobre DDHH
Tratados sistema interamericano
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969, nace CIDH/1990)
- Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte (1990/2008)
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (1985/1988)
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1994/1996)
- Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994/2010)
- Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999/2001)
- Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (2015/2017)
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH
• Es un órgano consultivo de la OEA, informa sobre el estado de DDHH de los distintos países que son miembros.
• Realización de visitas y preparación de informes de la situación en DDHH de los Estados miembros
• Acogen denuncias sobre violaciones de DDHH, si es que lo considera, puede presentar los casos ante la corte IDH. Se destaca que las personas no pueden acudir directamente a la Corte IDH, sino que tienen que presentar sus denuncias primero ante esta comisión.
Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
• Necesidad de agotar los recursos internos: la corte de IDH conoce causas de violaciones a DDHH que se denuncias en contra de los Estados, cuando éstos han incumplido obligaciones que se consagran en los tratados internacionales. Para que se demuestre que el Estado no ha cumplido sus obligaciones, la corte exige la necesidad de agotar recursos internos, es decir, que las causas hayan pasado por todas las instancias de procesos judiciales, de apelación o las que sean necesarias y que, aun así, no se haya obtenido respuesta favorable por parte del Estado.
• Casos presentados por Estados o CIDH: los casos ante la corte pueden ser presentador por los Estados o CIDH. Como se mencionó anteriormente, las personas civiles o las ONG tienen que presentar sus casos ante la CIDH.
• La corte IDH tiene dos funciones:
-Jurisdiccional: realiza sentencias en casos en que se enfrentan reclamantes contra los países.
-Consultiva: en la que los países o la CIDH pueden solicitar a la corte que se pronuncie frente al contenido o la interpretación de los tratados internacionales
Sentencias de la CIDH
- Investigar y sancionar
- Restituir derechos/libertades (personas arrestadas injustamente)
- Rehabilitación física, psicológica y social (PRAIS, víctimas de violencia del Estado que pueden acceder a salud gratuita)
- Satisfacción de las víctimas
- Garantías de no repetición (generar leyes, normas, capacitaciones)
- Indemnización (monetaria)
- Supervisión de cumplimiento de sentencia (Estado debe rendir cuentas respecto a su cumplimiento)
INDH y Organizaciones de la Sociedad Civil
- Pueden realizar denuncias a la CIDH
- Pueden asistir a las sesiones como observadores
- Pueden entregar información a los órganos de los tratados
- Ayudan a monitorizar cumplimiento de observaciones
Desde 2019, el INDH (no gubernamental) es declarado Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura, en consideración a lo acordado por Chile en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (CAT).
Derechos humanos y salud
relación interdependiente de los distintos DDHH. Así, al hacer la reflexión, se puede ubicar el derecho a la salud tanto dentro de los derechos de primera generación como de derechos de segunda y tercera generación.
Así, esto ha sido reconocido en:
Constitución de la OMS (1946): se reconoce que el derecho a la salud corresponde a “el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr”.
Declaración de Alma-Ata (1978
promover y fortalecer la Atención Primaria de Salud.
* El derecho a la salud contempla un acceso oportuno, aceptable y asequible a servicios de atención de salud de calidad suficiente.
- libertad para la autodeterminación sobre su propio cuerpo
* Relación con otros DDHH (interdependencia): no se puede concebir un efectivo acceso a la salud sin condiciones de trabajo seguras, sin una vivienda adecuada, sin acceso a la educación, sin alimentación nutritiva, acceso al agua o sin acceso a la información