Procedimiento Legislativo P1 Flashcards

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Q

Órganos con Facultad de Iniciativa:

A

Órganos con Facultad de Iniciativa:

Art. 71° CPEUM establece que el derecho de iniciar leyes o decretos compete a varios órganos:
1. Presidente de la República: El Ejecutivo puede proponer leyes y decretos.
2. Diputados y Senadores: Los legisladores tienen la facultad de iniciar legislación.
3. Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México: Las legislaturas estatales y la de la Ciudad de México pueden proponer leyes y decretos.
4. Ciudadanos: Los ciudadanos tienen la posibilidad de iniciar legislación si representan al menos el 0.13% de la lista nominal de electores.

Iniciativa Preferente:
- Proceso legislativo en el cual el Ejecutivo presenta proyectos de ley o decretos al inicio de un período ordinario de sesiones para acelerar asuntos que considere importantes.
- Hasta dos iniciativas que no impliquen reformas constitucionales pueden ser sometidas a este trámite.
- Cada iniciativa debe ser discutida y votada en la Cámara de Origen en un plazo máximo de 30 días naturales. Si este plazo se vence sin discusión ni votación, el asunto se convierte en la prioridad en la siguiente sesión. Si es aprobado o modificado en la Cámara de Origen, se envía a la Cámara Revisora, que tiene el mismo plazo y condiciones para su consideración.

Estas disposiciones permiten que varios actores, incluyendo el Presidente, los legisladores, las legislaturas estatales y los ciudadanos, participen en el proceso de iniciación de leyes y decretos en México. Además, la iniciativa preferente es una herramienta que el Ejecutivo puede utilizar para dar prioridad a ciertos asuntos legislativos.

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Q

Conceptos:

Proceso Legislativo P1

A

Conceptos:

  1. Ley:
    • Es la norma jurídica que emana del poder público y tiene como finalidad el bien común. Las leyes establecen reglas y regulaciones que rigen la conducta de los individuos y las instituciones en una sociedad.
  2. Cámara de Origen:
    • Es la Cámara del Congreso a la que se dirige una iniciativa legislativa para su análisis y aprobación en primera instancia. Una vez aprobada en la Cámara de Origen, la iniciativa se discute en la otra Cámara, que actúa como “Cámara Revisora”. La iniciativa puede ser presentada en cualquiera de las dos Cámaras, a menos que esté relacionada con una materia específica que corresponda al Senado o a los Diputados.
  3. Procedimiento Legislativo - Art. 72° CPEUM:
    • El procedimiento legislativo en México es el conjunto de acciones y procedimientos para crear leyes, reformar la Constitución y otras normativas legales. Este procedimiento se basa en la Constitución, la Ley Orgánica del Congreso, los reglamentos de las Cámaras y acuerdos parlamentarios adoptados por mayoría.
  4. Proceso Legislativo vs Procedimiento Legislativo:
    • Proceso Legislativo: Se enfoca en la creación y aprobación de leyes. Este proceso abarca las etapas desde la presentación de una iniciativa hasta su aprobación o rechazo en el Congreso.
    • Procedimiento Legislativo: Es un concepto más amplio que abarca todas las etapas y procesos relacionados con la legislación, desde su concepción y presentación hasta su implementación. Incluye no solo la creación de leyes sino también su discusión, modificación, revisión y promulgación, así como su aplicación y seguimiento.
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3
Q

Etapas del Proceso Legislativo

A

Etapas del Proceso Legislativo:

  1. Iniciativa:
    • En esta etapa se presenta la ley.
    • La Cámara de Origen es la que presenta la iniciativa.
    • En temas fiscales o cambios en la Constitución, la Cámara de Origen es la Cámara de Diputados.
    • La iniciativa se envía a comisiones para su discusión y elaboración de un dictamen.
    • En el Senado, la iniciativa pasa al menos por 2 comisiones: la de materia y la de estudio legislativo.
    • La discusión se lleva a cabo en las comisiones.
    • El dictamen, que puede proponer cambios a la iniciativa, se aprueba con mayoría simple, que es la mitad más uno de los votos. Algunas iniciativas requieren dos tercios para ser aprobadas.
  2. Discusión:
    • Después de 2 lecturas y 3 discusiones, se lleva a cabo una votación en el Pleno en dos etapas:
      • Votación General: Se vota si se aprueba o no la ley en su conjunto. Es una votación para determinar si se reforma la ley en general.
      • Votación en Particular: Se votan los artículos específicos que los legisladores han reservado para discusión. Aquí surgen la mayoría de los problemas legislativos.
    • Una vez aprobada en la Cámara de Origen, la iniciativa pasa a la Cámara Revisora para su análisis y votación.
  3. Aprobación:
    • Cuando llega a la Cámara Revisora, llega como minuta, es decir, es una iniciativa que ha sido aprobada por la Cámara de Origen.
  4. Sanción:
    • El Presidente tiene 30 días para ejercer su derecho al veto. Si no ejerce su derecho al veto, se entiende que la iniciativa es sancionada, es decir, no hay objeción a la ley.
  5. Promulgación:
    • Implica la firma del Ejecutivo.
    • El Presidente tiene 10 días para promulgarla. Si no lo hace, el Presidente de la Cámara de Origen tiene la obligación de mandar a publicar la ley.
  6. Publicación:
    • Ocurre cuando se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
  7. Vigencia:
    • Es el momento en que la ley entra en vigor. Normalmente, las leyes entran en vigor un día después de su publicación, a excepción de algunos temas específicos.

Estas etapas detallan el proceso legislativo en México, desde la presentación de una iniciativa hasta su entrada en vigor como ley, asegurando que las leyes sean discutidas, revisadas y aprobadas de manera adecuada.

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Q
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