PREDICCIONES-ETICA Flashcards
Canon 1- Servicios Legales a Personas Indigentes
Revalidas:
Constituye una obligación fundamental de todo abogado luchar continuamente para garantizar que toda persona tenga acceso a la representación capacitada, íntegra y diligente de un miembro de la profesión legal.
En la consecución de este objetivo el abogado debe aceptar y llevar a cabo toda encomienda razonable de rendir servicios legales gratuitos a indigentes, especialmente en lo que se refiere a la defensa de acusados y a la representación legal de personas insolventes. La ausencia de compensación económica en tales casos no releva al abogado de su obligación de prestar servicios legales competentes, diligentes y entusiastas.
También es obligación del abogado ayudar a establecer medios apropiados para suministrar servicios legales adecuados a todas las personas que no pueden pagarlos. Esta obligación incluye la de apoyar los programas existentes y la de contribuir positivamente a extenderlos y mejorarlos.
Canon 5- Conducta como Defensor y Fiscal
Revalidas:
Marzo 2009
Marzo 2015
Es el deber primordial del abogado defensor y del fiscal procurar que se haga justicia.
El abogado tiene derecho a asumir la defensa de una persona acusada de un crimen independientemente de su opinión personal en cuanto a la culpabilidad del acusado ya que de otro modo, a personas inocentes que sólo son víctimas de circunstancias sospechosas, se les negaría el derecho de defenderse. Después que el abogado se ha hecho cargo de la defensa de un acusado está en el deber de presentar, por todos los medios rectos y honorables, cualquier defensa que las leyes vigentes permitan con el fin de que ninguna persona sea privada de su vida o de su libertad sin el debido proceso de la ley.
La supresión de hechos o la ocultación de testigos capaces de establecer la inocencia del acusado es altamente reprochable. Será también altamente reprochable que un abogado defensor o fiscal produzca ante un tribunal prueba falsa, con pleno conocimiento de su falsedad. La intervención indebida por un abogado o fiscal con sus testigos o los de la parte contraria es intolerable.
Canon 6- Conducta ante agencias gubernamentales
Al prestar sus servicios profesionales ante organismos legislativos o administrativos el abogado debe observar los mismos principios de ética profesional que exige su comportamiento ante los tribunales. Es impropio de un abogado ocultar su gestión profesional ante dichas agencias gubernamentales mediante el empleo de terceros o de medios indirectos para promover determinada acción gubernamental en interés de su cliente. Un abogado que ejerza su profesión y que además ocupe un cargo legislativo o gubernamental debe anteponer el interés público al de su cliente cuando ambos vengan en conflicto e inmediatamente renunciar la representación del cliente.
Canon 7- Consejos en Relación con la Comisión de Delitos
Revalidas:
Marzo 2009
Los abogados tienen la obligación de no divulgar los secretos o confidencias de un cliente.
Si vigente una relación abogado-cliente, éste informa a su abogado de que tiene la intención de cometer un delito público, el abogado tiene el deber de adoptar las medidas adecuadas para evitar que se cometa el delito.
Canon 9- Conducta del abogado ante los tribunales
Revalidas:
Marzo 2005
Marzo 2011
El abogado debe observar para con los tribunales una conducta que se caracterice por el mayor respeto.
Defender apasionada y diligentemente la causa de acción de su cliente no es incompatible con la exigencia de dirigirse respetuosa y decorosamente al tribunal.
Canon 12- Puntualidad y tramitación de las causas
Revalidas:
Marzo 2007
Los abogados tienen el deber de proveer al tribunal toda la información necesaria para resolver las controversias.
Les está vedado hacer planteamientos inmeritorios que recarguen el tiempo y el esfuerzo de los tribunales.
Canon 13- Publicidad sobre Casos Criminales Pendientes
Revalidas:
Marzo 2011
Marzo 2018
El abogado debe abstenerse de publicar o de cualquier manera facilitar la publicación en periódicos o a través de otros medios informativos, detalles u opiniones sobre casos criminales pendientes.
Tales publicaciones pueden obstaculizar la celebración de un juicio imparcial y perjudicar la debida administración de la justicia.
Cuando circunstancias realmente extraordinarias requieran hacer manifestaciones, la expresión debe limitarse a las constancias de los autos, sin hacer referencia a la prueba que se dispone o los testigos que se utilizarán, ni al contenido de sus testimonios.
El abogado defensor debe evitar en lo posible ser retratado para fines publicitarios.
Es impropio que un abogado aparezca posando en retratos relacionados con casos criminales en los cuales participe o haya participado.
Canon 15- Conducta hacia testigos y litigantes
Revalidas:
Un abogado debe tratar a los testigos y litigantes adversarios con respeto y consideración. No debe actuar inspirado por la animosidad ni por los prejuicios de su cliente ni debe permitir que éste dirija el caso ni que se convierta en el dueño de la conciencia del abogado.
Será impropio utilizar los procedimientos legales en forma irrazonable o con el fin de hostigar la parte contraria.
Todo abogado debe abstenerse de brindar, ofrecer u otorgar beneficios a un testigo para inducirle a declarar falsamente. Será impropio pagar u ofrecer el pago de honorarios contingentes a cualquier testigo. El abogado debe velar por el cumplimiento de estas normas por cualquier otra persona inclusive su cliente.
Canon 17- Litigios injustificados
Revalidas:
Septiembre 2010
Los cánones de ética requieren a los abogados que se nieguen a representar a un cliente en un caso civil cuando estén convencidos de que por medio del pleito se pretende molestar o perjudicar a la parte contraria, haciéndole víctima de opresión o daño.
La firma de un abogado en una alegación en un caso equivale a certificar que ha leído la alegación y que, de acuerdo con su mejor conocimiento, información y creencia, está bien fundada.
Es altamente impropio entablar pleitos viciosos e instigar falsas defensas.
Al momento de presentar la demanda los abogados deben poder sustentar sus alegaciones.
El abogado debe evitar testificar en beneficio o en apoyo de su cliente.
Canon 18- Competencia del Abogado y Consejo al Cliente
Revalidas:
Septiembre 2014
Marzo 2015
Septiembre 2017
Todo miembro de la profesión legal tiene el deber de defender los intereses del cliente diligentemente con un trato profesional caracterizado por la mayor capacidad, la más devota lealtad y la más completa honradez. Debe desempeñarse de una forma adecuada, responsable, capaz y efectiva.
El término diligencia implica que el abogado realice las gestiones que le fueron encomendadas en:
- momento oportuno;
- forma adecuada; y
- sin dilaciones que puedan afectar la pronta solución de la controversia.
Viola el deber de diligencia el abogado que:
(1) desatienda o abandone el caso o realice cualquier tipo de actuación negligente que pueda conllevar o, en efecto, resulte en la desestimación o archivo del caso;
(2) no informe a su cliente sobre los derechos de apelación que podría tener con respecto a una sentencia de archivo dictada en su contra o no salvaguarde el derecho de apelar.
Canon 19- Mantener informado al cliente
Revalidas:
Septiembre 2000
Septiembre 2003
Marzo 2006
Septiembre 2014
Los abogados deben mantener siempre informados a sus clientes de todo asunto importante que surja en el desarrollo del caso que le ha sido encomendado.
Este deber comprende el mantener informado al cliente de las gestiones realizadas y su desarrollo.
Canon 20- Renuncia a la Representación Legal y entrega de expediente
Revalidas:
Septiembre 2006
Cuando el abogado haya comparecido ante un tribunal en representación de un cliente no puede ni debe renunciar la representación profesional de su cliente sin obtener primero el permiso del tribunal y debe solicitarlo solamente cuando exista una razón justificada e imprevista para ello.
Antes de renunciar la representación de su cliente el abogado debe tomar aquellas medidas razonables que eviten perjuicio a los derechos de su cliente tales como notificar de ello al cliente; aconsejarle debidamente sobre la necesidad de una nueva representación legal cuando ello sea necesario; concederle tiempo para conseguir una nueva representación legal; aconsejarle sobre la fecha límite de cualquier término de ley que pueda afectar su causa de acción o para la radicación de cualquier escrito que le pueda favorecer; y el cumplimiento de cualquier otra disposición legal del tribunal al respecto, incluyendo la notificación al tribunal de la última dirección conocida de su representado.
Al ser efectiva la renuncia del abogado debe hacerle entrega del expediente a su cliente y de todo documento relacionado con el caso y reembolsar inmediatamente cualquier cantidad adelantada que le haya sido pagada en honorarios por servicios que no se han prestado.
El expediente de un caso es propiedad del cliente y no del abogado.
Canon 21- Conflicto de Intereses
Revalidas:
Septiembre 2003 Septiembre 2005 Septiembre 2006 Septiembre 2011 Marzo 2017 Marzo 2019 Septiembre 2019
No es propio de un profesional del derecho el representar intereses encontrados.
Dentro del significado de esta regla, un abogado representa intereses encontrados cuando, en beneficio de un cliente, es su deber abogar por aquello a que debe oponerse en cumplimiento de sus obligaciones para con otro cliente.
Esta disposición procura que el abogado mantenga el deber de lealtad para con su cliente.
El deber de lealtad incluye la obligación de divulgar al cliente cualquier interés en la controversia que pudiera influir en el cliente al seleccionar su consejero.
Ningún abogado debe aceptar una representación legal cuando su juicio profesional pueda ser afectado por sus intereses personales.
El abogado tiene que ejercer un criterio profesional independiente y desligado de intereses personales.
En caso de que surja alguna sospecha de que promueve o defiende intereses encontrados con los de su cliente, es deber del abogado desligarse de la representación profesional que ostenta.
Un solo abogado puede representar lícitamente a unos cónyuges en una acción de divorcio por mutuo consentimiento, siempre y cuando de las conversaciones privadas con estos, juntos o separados, no surjan diferencias irreconciliables de criterio.
Una vez obtenido el divorcio por esta causal, ese abogado tiene que abstenerse de representar a cualesquiera de ellos en asuntos relacionados directa o indirectamente con el divorcio.
El principio de confidencialidad se ve conculcado de admitirse la representación antes dicha.
Canon 22- Abogado como Testigo
Revalidas:
Excepto cuando sea esencial para los fines de la justicia, el abogado debe evitar testificar en beneficio o en apoyo de su cliente. Cuando un abogado es testigo de su cliente, excepto en materias meramente formales, tales como la comprobación o custodia de un documento y otros extremos semejantes, debe dejar la dirección del caso a otro abogado.
Igualmente, un abogado debe renunciar la representación de su cliente cuando se entera de que el propio abogado, un socio suyo o un abogado de su firma puede ser llamado a declarar en contra de su cliente.
Canon 23- Adquisición de intereses en litigio y manejo de bienes
Revalidas:
Marzo 2008
El abogado no debe adquirir interés o participación alguna en el asunto en litigio que le haya sido encomendado.
El carácter litigioso y la intervención del abogado deben coincidir con el momento de la adquisición del bien litigioso.
El abogado tiene la obligación de rendir cuentas al cliente sobre cualquier dinero o bienes de este último que estén en su posesión.
Por esta razón, la retención por parte del abogado de cualquier cantidad de dinero perteneciente al cliente infringe esa obligación.