MANUAL DE DERECHOS HUMANOS 2/2 Flashcards
ARTICULO 3 DISPONE “ SON SUJETOS DE LOS DERECHOS QUE ESTABLECE ESTA LEY, LAS MUJERES Y HOMBRES QUE SE ENCUENTREN EN TERRITORIO NACIONAL, QUE POR RAZON DE SU SEXO, SE ENCUENTREN EN ALGUN TIPO DE DESVENTAJA ANTE LA VIOLACION DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD QUE ESTA LEY TUTELA”
LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
ARTICULO 5 MENCIONA QUE LA DESCRIMINACION ES TODA DISTINCION, EXCLUSION O RESTRICCION QUE BASADA EN EL ORIGEN ETNICO O NACIONAL, SEXO, EDAD, EMBARAZO O CUALQUIER OTRA COSA TENGO POR DEFECTO IMPEDIR O ANULAAR EL RECONOCIMIENTO O EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES DE LAS PERSONAS .
LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
ARTICULO 1o EL OBJEPTO DE LA LEY ES PREVENIR ELIMINAR DE TODAS LAS FORMAS DE DESCRIMINACION QUE SE EJERCEN CONTRA CUALQUIER PERSONA, ASI COMO PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DESCRIMINACION.
ARTICULO 4o PROHIBE TODDA PRACTICA DESCRIMINATORIA QUE TENGA POR OBJEPTO O EFECTO IMPEDIR O ANULAR EL RECONOCIMIENTO O EJERCICIO DE LOS DERECHOS E IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DESCRIMINACION.
ARTICULO 9o. MENCIONA QUE LA DESCRIMINACION ES NEGAR O LIMITAR INFORMACION SOBRE DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS O IMPEDIR EL LIBRE EJERCICIO DE LA DETERMINACION DEL NUMERO DE HIJOS Y ESPARCIMIENTOS DE LOS HIJO E HIJAS
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DESCRIMINACION.
EN SU ARTICULO 6o MENCIONA LA VIOLENCIA PSICOLOGICA, DESCRIBIENDOLA COMO CUALQUIER ACTO U OMISION QUEDAÑA LA ESTABILIDAD PSICOLOGICA Y CONSISTE EN: NEGLIGENCIA, ABANDONO, DESCUIDO REITERADO, CELOTIPIA, INSULTOS, HUMILLACIONES, DEVALUACION, MARGINACION, INDIFERENCIA, INFEDILIDAD, COMPARACIONES DESTRUCTIVAS, RECHAZO, RESTRICCION A LA AUTODERMINACION Y AMENAZAS.
LEY GENERAL DE ACCESO A LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA ( LGAMVLV).
ARTICULO 10 CITA LA VIOLENCIA LABORAL Y DOCENT, LO CUAL SE EJERCE POR LAS PERSONAS QUE TIENEN UN VICULO LABORAL, DOCENTE O ANALOGO CON LA VICTIMA, INDEPENDIENTEMENTE CON LA RELACION JERARQUICA.
LEY GENERAL DE ACCESO A LAS MUJERES A UNA VIDAD LIBRE DE VIOLENCIA ( LGAMVLV)
ARTICULO 11 SEÑALA QUE CONSTITUYE VIOLENCIA LABORAL, LA NEGATIVA ILEGAL DE CONTRATAR A LA VICTIMA O A RESPETAR SU PERMANENCIA O CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO.
LEY GENERAL DE ACCESO A LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA ( LGAMVLV)
EN QUE AÑO FUE SUSCRITA EN MEXICO LA CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DESCRIMINACION CONTRA LA MUJER ( CEDAW)
SUSCRITA EN EL ESTADO MEXICANA EL 17 DE JULIO DE 1980
EN QUE AÑO FUE SUSCRITA EN MEXICO LA CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DESCRIMINACION CONTRA LA MUJER ( CEDAW)
SUSCRITA EN EL ESTADO MEXICANA EL 17 DE JULIO DE 1980
OBLIGA A LOS ESTADOS PARTES O ADOPTAR MEDIDAS ESPECIALES DE CARACTER TEMPORAL, ENCAMINADAS A ACELERAR LA IGUALDAD DE FACTO ENTRE EL HOMBRE Y LA MUJER.
CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DESCRIMINACION CONTRA LA MUJER ( CEDAW)
EN QUE AÑO LA CONVENCION AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS FUE APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS?
22 NOVIEMBRE DE 1969.
EN QUE AÑO LA CONVENCION AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS FUE APROBADA POR EL SENADO ?
18 DICIEMBRE 1980.
EN QUE AÑO LA CONVENCION AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS FUE RATIFICADA POR MEXICO?
24 DE MARZO DE 1981.
ARTICULO 17o. DEFIENDE LA PROTECCION A LA FAMILIA, ESTABLECE LA OBLIGACION DE LOS ESTADOS DE ADOPTAR MEDIDAS PARA ASEGURAR LA IGUALDAD DE DERECHOS Y LA EQUIVALENCIA DE RESPONSABILIDADES DE LAS Y LOS CONYUGES EN CUANTO AL MATRIMONIO.
CONVENCION AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS.
EN QUE AÑO LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER FUE ADOPTADA EN BELEM DO PARA BRASIL.?
9 JUNIO DE 1994.
EN QUE AÑO LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER FUE PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION?
9 DE ENERO DE 1999.
ARTICULO 3o. DERECHOO DE TODA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL AMBITO PUBLICO Y PRIVADO.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ARTICULO 4o. DERECHO A TODA MUJER AL GOCE, EJERCICIO, LIBERTADES CONSAGRADAS POR LOS INSTRUMENTOS REGIIONALES E INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
SE DERIVA DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER.
DECLARACION Y PLATAFORMA DE ACCION DE BEIJING.
EN QUE AÑO LA DECLARACION Y PLATAFORMA DE ACCION DE BEIJING FUE REUNIDA EN BEIJING?
4 AL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1995.
TIENE POR OBJEPTO ACELERAR LA APLICACION DE LAS ESTRATEGIAS DE NAIROBI, ORIENTADAS HACIA EL FUTURO PARA ADELANTO DE LA MUJER A FIN DE ELIMINAR TODOS LOS OBSTACULOS QUE DIFICULTEN SU PARTICIPACION ACTIVA EN TODDAS LAS ESFERAS DE LA VIDA PUBLICA PRIVADA.
DECLARACION Y PLATAFORMA DE ACCION DE BEIJIG.
CUAL ES EL ORGANISMO A NIVEL NACIONAL QUE FUE CREADO COMO ORGANO RECTOR DE GENERO A FIN DE PROMOVER E IMPULSAR POLITICAS PUBLICAS CON PERSPECTIVA DE GENERO TOMANDO COMO BASE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE IGUALDAD IMPLEMENTADOS EN CADA SEXENIO.?
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (INMUJERES).
ESTE CONCEPTO ES DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS, NO ES UNA MERA DECLARACION DE UN DESEO, NI TAMPOCO UNA CONSTATACION DE UN HECHO REAL, SIN UN DERECHO HUMANO QUE EL ESTADO DEBE RECONOCER, PROTEGER Y GARANTIZAR.
“IGUALDAD” DE ACUERDO CON ALDA FACIO
ES LA IDENTICA TITULARIDAD, PROTECCION Y GARANTIA DE LOS MISMOS DERECHOS FUNDAMENTALES INDEPENDIENTEMENTE DEL HECHO DE QUE LOS Y LAS TITULARES SON ENTRE SI DIFERENTES.
IGUALDAD SUSTANTIVA.
SITUACION EN LA QUE MUJERES Y HOMBRES ACCEDEN A LAS MISMAS POSIBILIDADES Y OPORTUNIDADES AL USO, CONTROL Y BENEFICIOS DE BIENES, SERVICIOS Y RECURSOS DE LA SOCIEDAD, ASI COMO LA TOMA DE DECISIONES EN TODOS LOS HAMBITOS DE LA VIDA SOCIAL, ECONOMICA, POLITICA, CULTURAL Y FAMILIAR.
IGUALDAD DE GENERO.
ES EL ACCESO AL MISMO TRATO Y OPORTUNIDADES PARA EL RECONOCIMIENTO, GOCE O EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES.
IGUALDAD SUSTANTIVA.
ES UN PRINCIPIO DE DERECHOS HUMANOS QUE CONTEMPLAN LA NO DESCRIMINACION Y LA EQUIDAD.
IGUALDAD
ES LA DISTRIBUCION JUSTA DE LOS RECURSOS Y DEL PODER SOCIAL EN LA SOCIEDAD; SE REFIERE A LA JUSTICIA EN EL TRATO DE MUJERES Y HOMBRES SEGUN SUS NECESIDADES RESPECTIVAS.
EQUIDAD DE GENERO.