Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo con las Ads.Públicas Flashcards
¿Quién inscribe los apoderamientos en el registro electrónico?
Los interesados en un procedimiento administrativo a favor de representante para actuar en su nombre en las Ad. Públicas
Características de los registros electrónicos
Interoperables, garantizando interconexión y compatibilidad informática, transmisión telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones
¿Qué deben contener los asientos de los apoderamientos?
Nombre y apellidos y documento de identificación del poderdante
Nombre y apellidos y documento de identificación del apoderado
Fecha de inscripción
Tiempo por el cual se otorga el poder
Tipo de poder
Tipos de poderes que se pueden otorgar
Poder general para cualquier administración, cualquier actuación
Poder para una administración/organismo, cualquier actuación
Poder para determinados trámites especificados en el poder
¿Cómo se puede otorgar el apoderamiento apud acta?
Comparecencia electrónica en sede electrónica con firma electrónica
Personalmente en oficinas de registro
Validez máxima de los poderes inscritos en el registro
5 años
Sistemas de identificacón /firma de los interesados
Sistemas de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica
Sistemas de certificación electrónicos cualificados de sello electrónico
Expedidos por listado de confianza de prestadores de servicios de certificación
¿Qué actuaciones obligan al uso de la firma electrónica?
Interponer recursos
Formular solicitudes
Presentar declaraciones responsables o comunicaciones
Desistir de acciones
Renunciar a derechos
Si una persona no dispone de medios electrónicos necesarios para identifiación o firma, ¿qué puede hacer?
Identificarse ante un funcionario habilitado y presentar su consentimiento
¿Quienes están obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración?
Personas jurídicas
Entidades sin personalidad jurídica
Representantes cuyos interesados están obligados a relacionarse electrónicamente
Quienes ejerzan actividad profesional con colegiación obligatoria: notarios, registradores de la propiedad, mercantiles
Empleados de Ad. públicas para trámites con condición de empleado público
¿Las personas físicas pueden elegir comunicarse con la administración por medios electrónicos o no?
Sí, y este medio puede ser modificado
¿Qué contiene el registro electrónico general?
Documentos presentados o que se reciban
¿Qué debe contener un asiento?
Nº epígrafe de su naturaleza
Identificación del interesado
Órgano administrativo remitente
Persona u órgano administrativo al que se envía
Referencia al contenido del documento que se registra
Fecha y hora de presentación
¿Dónde se pueden presentar documentos en las Ad. Pública?
Registros electrónicos de administración u organismo
Oficinas de correos
Oficinas de asistencia en materia de registro
Representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero
¿Cómo debe ser la lista de oficinas de presentación electrónica?
Pública y actualizada
Los documentos presentados de forma presencial, ¿deben de ser digitalizados?
Sí
Características del archivo de documentos electrónicos
Integridad, Autenticidad, Conservación y Consulta independientemente del tiempo desde su emisióin
Esquemas que deben de seguir el sorpote o formato de documentos electrónicos
Esquema Nacional de Seguridad
Para que un documento emitido por la Ad. Pública sea válido, ¿qué debe contener?
Información archivada en soporte electrónico susceptible de identificación y tratamiento diferenciado
Datos de identificación e individualización sin perjuicio de su incorporación a un expediente electrónico
Metadatos mínimos
Referencia temporal del asiento
Firma electrónica
¿Todos los documentos emitidos por Ad. Públicas están firmados electrónica?
No todos, los que sean de carácter meramente informativo y no formen parte de un expediente electrónico
Las copias auténticas tienen la misma eficacia y validez que documentos originales?
Sí