Incumplimiento objetivo Flashcards
Incumplimiento objetivo
Consiste en la infracción de un deber. Su carácter objetivo deriva de que resulta de una observación previa y primaria del acto, ajena a toda consideración de la subjetividad del agente.
Causas de inimputabilidad
Excluyen la culpabilidad, porque el sujeto carece de discernimiento o porque obró como víctima de error. El acto inimputable es objetivamente ilícito, aunque no acarrea responsabilidad. El acto justificado es, en cambio, objetivamente lícito.
Excusas absolutorias
Se excluye la sanción. El acto es objetivamente ilícito e imputable, pero no genera responsabilidad íntegra para el autor, como en el caso de las cláusulas limitativas de responsabilidad.
Causas de justificación
(1) Ejercicio regular de un derecho
(2) Legítima defensa
(3) Estado de necesidad
(4) Asunción de riesgos
(5) Consentimiento del damnificado
Ejercicio regular de un derecho
El daño causado en ejercicio regular de un derecho está justificado y por lo tanto no da lugar a resarcimiento a favor de quien lo sufre (ej: en el mercado, quien tiene éxito aumenta su clientela, muchas veces a expensas de otro competidor que la pierde).
Legítima defensa
Está justificado el hecho que causa un daño en legítima defensa propia o de terceros, por un medio racionalmente proporcionado, frente a una agresión actual o inminente, ilícita y no provocada. El tercero que no fue agresor ilegítimo y sufre daños como consecuencia de un hecho realizado en legítima defensa tiene derecho a obtener una reparación plena.
Estado de necesidad
Se justifica la conducta de quien causare un mal por evitar otro mayor, actual o inminente a que ha sido extraño. El damnificado tiene derecho a ser indemnizado en la medida en que el juez lo considere equitativo.
Asunción de riesgos
La exposición voluntaria por parte de la víctima a una situación de peligro no justifica el hecho dañoso ni exime de responsabilidad a menos que, por las circunstancias del caso, ella pueda calificarse como un hecho del damnificado que interrumpe total o parcialmente el nexo causal. Quien voluntariamente se expone a una situación de peligro para salvar la persona o los bienes de otro tiene derecho, en caso de resultar dañado, a ser indemnizado por quien creó la situación de peligro, o por el beneficiado por el acto de abnegación. En este último caso, la reparación procede únicamente en la medida del enriquecimiento por él obtenido.
Consentimiento informado
El consentimiento libre e informado del damnificado, en la medida en que no constituya una cláusula abusiva, libera de la responsabilidad por los daños derivados de la lesión de bienes disponibles.
Cumplimiento defectuoso
Es absoluto cuando la conducta obrada es inversa a la debida, o relativo cuando hay un defecto en cuanto a las circunstancias del modo, tiempo o lugar del cumplimiento. Este cumplimiento defectuoso es una especie del incumplimiento y genera también la responsabilidad del deudor, que sólo se libera mediante su cumplimiento exacto.
Cumplimiento defectuoso: acciones del acreedor
El acreedor puede:
a) rechazar el pago por carencia del requisito de identidad.
b) aceptar el pago defectuoso con lo cual la deuda queda extinguida por dación en pago.
c) aceptar el pago defectuoso, pero con reserva del derecho a reclamar que se lo adecue debidamente, o la correspondiente indemnización.