Fiscalización Laboral II Flashcards
Inspección de trabajo
¿Qué denominaciones tiene la SUNAFIL en cuanto al Sistema de Inspección del Trabajo (SIT)?
La SUNAFIL es:
1) El ente rector del SIT. (Entidad supervisora)
2) Es la autoridad central del SIT.
3) Es una entidad ejecutora de la función inspectiva. Eventualmente, será la única entidad ejecutora.
Actualmente, ¿qué entidades ejecutan la inspección de trabajo?
1) La SUNAFIL, en las regiones en las que ha instalado una intendencia.
2) Las Direcciones o Gerencias Regionales de trabajo, en representación de los Gobiernos Regionales, en empresas de 1 a 10 trabajadores según el listado anual emitido por el MINTRA.
3) El caso especial de Lima Metropolitana que no es en sí una región sino una provincia, se ejecuta mediante la Dirección de Inspección de Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empelo de Lima Metropolitana que pertenece al MINTRA.
¿Cuál es la función del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MINTRA) en el Sistema de Inspección del Trabajo (SIT)?
Es definir las políticas sectoriales que servirán para definir las estrategias, planes y actividades que contribuyan a garantizar el cumplimiento de la normativa sociolaboral.
¿Una persona natural con negocio puede ser fiscalizada?
Sí, incluso una persona natural sin negocio que contrata a una trabajadora del hogar o a un albañil (subordinado, sin contrato civil de por medio) puede ser fiscalizada.
Basta que tenga un trabajador para que pueda ser sujeto de inspección con las especificaciones y limitaciones previstas en la Ley.
¿Cuál es la confusión entre el término “microempresa” para efectos tributarios y para la inspección de trabajo?
Para SUNAT, el requisito para que una empresa pueda registrase como microempresa es tener ventas totales anuales hasta por 150 UIT. (Régimen REMYPE)
Para el MINTRA, en lo relacionado a la inspección del trabajo, microempresa es aquella que tiene anualmente, en promedio, 10 a menos trabajadores en la planilla; y por tanto, son inspeccionadas por los Gobiernos Regionales hasta que entreguen esa facultad a SUNAFIL.
¿Qué significa el que todas las inspecciones del SIT son de oficio?
Que si bien la inspección del trabajo se da mayormente en respuesta a una denuncia (7/10) al calificarse y entenderse correcta, la denuncia le pertenece a la entidad ejecutora del SIT, según sea el caso (SUNAFIL, Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo o MINTRA).
Esto concuerda con el hecho de que el denuncia no es parte en el proceso inspectivo, es solo un informante.
¿Es lo mismo decir que una inspección de trabajo es de oficio y de iniciativa propia?
No, las denuncias activan la inspección de trabajo. Por tanto, se dan por iniciativa del denunciante. Asimismo, el SIT puede llevar a cabo inspecciones por iniciativa propia en alineamiento a las políticas nacional y sectoriales. Por tanto, la iniciativa puede ser externa o interna del SIT.
Sin embargo, todas las inspecciones de trabajo son de oficio. Es decir, de manera oficial sin que el denunciante forme parte de la inspección.
¿Por qué se acude hoy a la vía inspectiva laboral?
1) Reconocimiento de su condición de trabajador.
2) Condición de plazo indeterminado del contrato de trabajo.
3) Verificación de despido arbitrario (alta frecuencia)
4) Pre constitución de pruebas para su posterior actuación judicial (pruebas para impugnación de despido, desnaturalización de contratos temporales, tercerización o inmediación fraudulentas) pues el Tribunal Constitucional se ha pronunciado otorgándole al Acta de Infracción la PRESUNCIÓN DE CERTEZA.
5) Protección de la identidad del denunciante (Principio de Confidencialidad).
6) Gratuidad del proceso inspectivo.
7) Presunción de un sentido tuitivo o “pro trabajador” de la actuación inspectiva, dentro de los límites entendibles por el Principio de Objetividad e Imparcialidad.
8) Duración relativamente más corta que la vía judicial laboral (inclusive que el proceso abreviado laboral).
¿En que consiste el principio de legalidad para entidades de la administración pública?
Las entidades de la administración pública solo pueden actuar donde la Ley se lo permite, dentro del marco legal y para los fines para los que ha sido creada dicha entidad.
Cuando hay sospecha o indicios de parcialidad o conflicto de intereses en la labor inspectiva, ¿cuál es la obligación del inspector?
El funcionario inspectivo tiene la obligación de abstenerse a ejecutar tales actuaciones inspectivas. Pues, por el deber de Neutralidad de la administración pública y su obligación de no ejercer influencia por intereses personales. (Prohibición de Obtener Ventajas Indebidas)
Ley N° 27815, Ley del código de ética de la Función Pública.
En atención al Principio de Celeridad, ¿cuál es el plazo para realizar las actuaciones inspectivas según la LGIT?
Las actuaciones inspectivas tienen una duración de 30 días hábiles, salvo que la dilación se deba a causas imputables al sujeto inspeccionado.
Puede ampliarse hasta por 30 días, cuando las circunstancias lo ameriten (salvo en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo).
¿Qué etapas o fases comprende el Procedimiento Inspectivo?
1) Etapa previa de investigación (también llamada Etapa de Actuaciones Inspectivas, Actividad de Fiscalización), llevada a cabo por el personal inspectivo (inspectores auxiliares, de trabajo, supervisores inspectores). Culmina con el Acta de Infracción (en caso de incumplimiento) con la propuesta de multa o con el Informe de Inspección (en caso no se haya comprobado el incumplimiento).
2) Fase Sancionadora, cuando se evalúa la propuesta de multa y la validez del procedimiento ejecutado durante las actuaciones inspectivas). En primera instancia se lleva a cabo por los Sub Intendentes de Resolución, en segunda instancia por el Intendente de Resolución (en el caso de SUNAFIL) o por los Sub Directores de Inspección en primera instancia y Directores de Inspección en segunda instancia (en el caso de los Gobiernos Regionales).
¿Cuándo entrará en funcionamiento la tercera instancia de resolución en la Sunafil?
Cuando se instale el Tribunal de Fiscalización Laboral de la Sunafil (TFL).
¿En qué fases se divide a su vez la Fase Sancionadora o Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS)?
Se divide en 2:
1) Fase Instructora, llevada a cabo por el Órgano Instructor.
2) Fase Sancionadora, llevada a cabo por el Órgano Sancionador.
¿Qué etapas tiene la Fase Instructora?
1) Notificación de cargos
2) Descargos
3) Informe Final de Instrucción