Dependencia - Ley Autonomía Personal Flashcards
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Objeto, principios y titulares de los derechos, configuración del sistema; prestaciones y catálogos de servicios; valoración de la dependencia y reconocimiento del derecho.
¿Qué Ley regula las condiciones básicas que garantizan la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia?
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
¿Cuál es el objeto de la Ley 39/2006?
Regular las condiciones BÁSICAS que garantizan la igualdad en el ejercicio del derecho SUBJETIVO a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
¿Cómo se garantizan las condiciones básicas de la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, según la Ley 39/2006?
(Creando) un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las Administraciones (con la garantía del Estado de un contenido mínimo común de derechos).
Autonomía:
según la Ley 39/2006
La CAPACIDAD de controlar y tomar, por propia iniciativa, DECISIONES personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las ABVD.
Dependencia:
según la Ley 39/2006
El estado de carácter PERMANENTE en que se encuentran las personas que por razones derivadas de la EDAD, la ENFERMEDAD o la DISCAPACIDAD, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía FÍSICA, MENTAL, INTELECTUAL o SENSORIAL, precisan de la atención de otra(s) persona(s) o ayudas importantes para la realizar ABVD o, en el caso de discapacidad intelectual/enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD):
según la Ley 39/2006
Las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia.
Necesidades de apoyo a la autonomía personal:
según la Ley 39/2006
Las que requieren de las personas que tienen DISCAPACIDAD INTELECTUAL o MENTAL para hacer efectivo un grado satisfactorio de autonomía personal en el seno de la COMUNIDAD.
Cuidados no profesionales:
según la Ley 39/2006
La atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada.
Cuidados profesionales:
según la Ley 39/2006
Los prestados por una institución pública o entidad (con o sin ánimo de lucro) o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.
Asistencia personal:
según la Ley 39/2006
Servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, con el objetivo de fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal.
Tercer sector:
según la Ley 39/2006
Organizaciones de carácter PRIVADO surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades que responden a criterios de solidaridad, con fines de interés general y AUSENCIA DE ÁNIMO DE LUCRO, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los DERECHOS SOCIALES.
Principios en los que se basa la Ley 39/2006:
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- Carácter público.
- Universalidad en el acceso, en igualdad efectiva y no discriminación.
- Atención integral e integrada.
- Transversalidad de las políticas.
- Equidad en la valoración de necesidades.
- Personalización de la atención (mayor acción positiva a mayor discriminación o menor igualdad de oportunidades).
- Medidas de prevención, rehabilitación, estimulo social y mental.
- Promoción del mayor grado de autonomía posible.
- Prevalencia de la permanencia en el entorno.
- Calidad, sostenibilidad y accesibilidad en los servicios.
- Participación de las personas en dependencia/familias/representantes.
- Colaboración de los SS.SS. y sanitarios en la prestación de los servicios.
- Participación de la iniciativa privada en los servicios y prestaciones.
- Participación del 3º Sector.
- Cooperación interadministrativa.
- Integración de las prestaciones en las redes de SS.SS. y el reconocimiento y garantía de su oferta.
- Inclusión de la perspectiva de género.
- Atención preferente de la gran dependencia.
Derechos de las personas en situación de dependencia, según la Ley 39/2006:
(2+12).
Derecho de acceso en igualdad a las prestaciones y servicios de la Ley 39/2003 en todo el Estado.
Todos los derechos de la legislación vigente.
1. Derechos humanos y libertades fundamentales, respeto a su dignidad e intimidad.
2. Recibir información completa y continuada de forma comprensible y accesible.
3. Advertido sobre los procedimientos utilizados en el ámbito docente/de investigación.
4. Respeto a la confidencialidad (Ley de Protección de Datos).
5. Participar en la formulación y aplicación de las políticas.
6. Decidir sobre la tutela de su persona y bienes para el caso de perder su capacidad de autogobierno.
7. Decisión libre sobre el ingreso residencial.
8. Derechos jurisdiccionales en ingresos involuntarios, garantizándose un proceso contradictorio.
9. Ejercicio de los derechos patrimoniales.
10. Iniciar acciones administrativas y jurisdiccionales para el derecho de acceso en igualdad.
11. Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
12. No sufrir discriminación por orientación/identidad sexual.
Obligaciones de las personas en situación de dependencia, según la Ley 39/2006:
(3)
- Suministrar toda la información y datos que les sean requeridos para la valoración.
- Comunicar todo tipo de ayudas personalizadas que reciban.
- Aplicar las prestaciones a las finalidades para las que fueron otorgadas.
NO: aportar información/datos/documentación que obren en poder de la Administración o que pueda obtener por sus propios medios, según la legislación vigente.
¿Cuál es la obligación de los poderes públicos en el marco de la Ley 39/2006?
Adoptar las medidas necesarias para promover y garantizar el respeto de los derechos de las personas en situación de dependencia, sin más limitaciones en su ejercicio que las directamente derivadas de la falta de capacidad de obrar por su situación de dependencia.
¿Qué requisitos hacen falta para ser titular de derechos según la Ley 39/2006?
(2)
- Encontrarse en situación de dependencia.
Los <3 años: Instrumento de valoración con escala específica. - Residir en territorio español (5 años - 2 inmediatamente anteriores). Los <5 años: sus guardadores/custodios.
NO NACIONALES: aplicación LO 4/2000 de extranjería y para los menores las Leyes del Menor.
NO RESIDENTES: podrán establecerse medidas adicionales.
RETORNADOS: Condiciones de acceso establecidas por el Gobierno previo acuerdo del Consejo Territorial del SAAD.
¿Cuál es la finalidad del SAAD, según la Ley 39/2006?
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Garantizar las condiciones básicas y el contenido común de la Ley 39/2003.
Servir de cauce par la colaboración y participación de las Administraciones.
Optimizar los recursos públicos y privados disponibles y contribuye a la mejora de las condiciones de vida.
¿Qué es el SAAD, según la Ley 39/2006?
Una red de utilización pública (integrada en la Red de SS.SS.)que integra coordinadamente centros y servicios, públicos y privados concertados (acreditados), para la Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Se tendrá en cuenta de manera especial al 3ºSector en la incorporación de centros privados concertados.
Los centros y servicios privados no concertados deberán estar acreditados por la CC.AA.
Los poderes públicos promoverán la colaboración solidaria de los ciudadanos (voluntariado y 3º sector).
¿Cuáles son los niveles de protección del SAAD, según la Ley 39/2006?
(3)
- Nivel mínimo (Gobierno tras oír al Consejo Territorial del SAAD, financiación: Presupuestos Generales del Estado).
- Nivel acordado con CC.AA. (convenios: objetivos, medios y recursos; en base a criterios del Consejo Territorial del SAAD y compatibilidades).
- Nivel adicional (CC.AA. con cargo a sus presupuestos).
¿Cuáles son las funciones del Consejo Territorial del SAAD, según la Ley 39/2006?
(11)
- Acordar el marco de cooperación interadministrativa (convenios Estado-CC.AA.).
- Acordar los criterios para los niveles de protección.
- Prestaciones económicas: cuantía y condiciones.
- Criterios de participación del beneficiario en los costes.
- BVD y características de los órganos de valoración.
- Planes/proyectos/programas conjuntos, en su caso.
- Criterios comunes de actuación y evaluación del SAAD.
- Facilitar documentos, datos y estadísticas comunes.
- Mecanismos de coordinación para personas en dependencia desplazadas.
- Informar de normativa estatal de dependencia.
- Cauce de cooperación, comunicación e información entre CC.AA.
Composición del Consejo Territorial del SAAD:
según la Ley 39/2006
MAYORÍA: Representantes de cada CC.AA. (Consejeros en la materia).
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.
Representantes ministeriales.
¿Qué es el Consejo Territorial del SAAD, según la Ley 39/2006?
Es un instrumento de cooperación para la articulación del SAAD.