ARTICULO 93: Transferencia y delegación de competencias en los Ayuntamientos Flashcards
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Q
¿Puede la Comunidad Autónoma transferir o delegar competencias a los Ayuntamientos?
A
Si, por ley aprobada por mayoría absoluta y con unas condiciones:
- La comunidad Autónoma se reservará la ordenación, planificación y control de las mismas.
- Se dotará necesaria suficiencia financiera para poder desarrollarlas.
- Se realizará con los principios de:
- Legalidad.
- Responsabilidad.
- Transparencia.
- Coordinación.
- Lealtad institucional - Las políticas propias que adopten los Ayuntamientos para su consecución deberán estar referidas a la prestación o ejercicio de las mismas.