ARTICULO 42: Clasificación de las competencias Flashcards
¿Qué tipos de competencias existen?
- Competencias exclusivas.
- Competencias compartidas.
- Competencias ejecutivas.
- Competencias en relación con la aplicación del Derecho comunitario.
Que se ejercerán sin perjuicio de las competencias atribuidas al Estado en la Constitución.
Que comprenden las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma?.
- La potestad legislativa.
- La potestad reglamentaria.
- La función ejecutiva.
Esto es lo que se denomina el Derecho Andaluz, que se aplicará dentro de su territorio y tendrá el Derecho Estatal como supletorio.
¿Qué comprenden las competencias compartidas de la Comunidad Autónoma?
- La potestad legislativa.
- La potestad reglamentaria.
- La función ejecutiva.
De acuerdo con lo que fije el Estado en normas con rango de ley y exceptuando lo que marque la Constitución.
En ellas, la Comunidad Autónoma puede establecer políticas propias.
¿Qué comprenden las competencias ejecutivas de la Comunidad Autónoma?
- La potestad de la organización de su propia Administración.
- Las funciones y actividades que se atribuyan a la Administración pública.
- La aprobación de disposiciones reglamentarias para la ejecución de la normativa del Estado.
¿Qué comprenden las competencias en relación con la aplicación del Derecho comunitario.
El desarrollo y la ejecución de la normativa de la UE cuando afecte al ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma.
¿Podrá ejercer la Comunidad Autónoma más competencias?
Sí, aquellas que le sean transferidas o delegadas por el Estado.
¿Tiene la Comunidad Autónoma competencias de inspección y sanción en materias de competencia estatal?
Cuando así se acuerde con el Estado, podrá ejercer actividades de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezcan mediante convenio o acuerdo.