ARTICULO 129: El Consejo Consultivo de Andalucía Flashcards
1
Q
¿Qué es el Consejo Consultivo de Andalucía?
A
Es el órgano superior consultivo y de asesoramiento de:
- El Consejo de Gobierno.
- La Administración de la Junta de Andalucía.
- Las entidades locales y de los organismos y entes dependientes.
- Las universidades públicas andaluzas.
- Las demás entidades y corporaciones no integradas en la Administración de la Junta de Andalucía.
- El Consejo Consultivo ejercerá sus funciones con autonomía orgánica y funcional. Una ley del Parlamento regulará su composición, competencia y funcionamiento.
2
Q
¿Dónde tiene su Sede el Consejo Consultivo?
A
En la ciudad de Granada
3
Q
¿Sobre qué puede ser consultado el Consejo Consultivo?
A
- Anteproyecto de reforma del Estatuto de Autonomía.
- Anteproyectos de leyes.
- Proyectos de reglamentos que se dicten en ejecución de las leyes y sus
modificaciones. - Recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencia ante el Tribunal
Constitucional. - Convenios o acuerdos de cooperación con otra Comunidad Autónoma.
- Conflictos de atribuciones que se susciten entre Consejerías.
- Proyectos de Estatutos de las Universidades Públicas de Andalucía y sus reformas.
- Transacciones judiciales o extrajudiciales sobre los derechos de contenido económico.
- Revocación de actos de naturaleza tributaria cuando la deuda supere los 30.000 euros y conflictos en la aplicación de la norma tributaria.
- Expedientes tramitados por la Administración de la Comunidad Autónoma, en que la consulta venga exigida por Ley.
- Expedientes tramitados por instituciones, entidades, organismos, Universidades y empresas cuando lo exija una ley.
- Conflictos en defensa de la autonomía local.
- Transacciones de las Entidades Locales que superen el 5% de su Presupuesto.
- Reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente a Administraciones Públicas no pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4
Q
¿Quién forma parte del Consejo Consultivo de Andalucía?
A
- Presidente.
- Consejeros permanentes.
- Consejeros electivos.
- Consejeros natos.
Estará asistido por el Secretario General, que actuará con voz y sin voto.