Actividad Privada II Flashcards
Profundizar sobre las características de los 3 tipos de contrato laboral según el DL 728
¿Un locador de servicios está inmerso en una relación laboral?
En principio, no. Un contrato de locación de servicios es un contrato civil, no un contrato laboral. Sin embargo, podría darse el caso de encubrimiento de la relación laboral por parte del empleador.
¿Hasta qué edad se puede trabajar según el D.L. 728?
Hasta los 70 años, salvo pacto en contrario. Sin embargo, de continuar trabajando después de cumplidos los 70 años, el trabajador no tendrá derecho a estabilidad laboral o protección contra el despido arbitrario (según fallo de la Corte Suprema).
¿Es necesario registrar ante el MINTRA un contrato a tiempo indefinido?
No, no es necesario registrar ante el MINTRA un contrato indefinido celebrado por escrito.
¿El contrato de trabajo entra en vigencia después del periodo de prueba?
No. El periodo de prueba es el estadío inicial del contrato de trabajo. Para efectos de cálculo de beneficios sociales se debe considerar el primer día del periodo de prueba como fecha de inicio de la relación laboral.
¿Qué sucede si un empleador no le renueva o extiende por escrito el contrato a un trabajador contratado bajo modalidad y este trabajador labora un día después del fin de su contrato?
El trabajador, a partir del primer día de trabajo sin contrato temporal, goza de un contrato a tiempo indefinido y no tendría porqué firmar la prórroga o extensión de su contrato temporal extemporáneamente.
¿En qué consiste la presunción relativa en el derecho?
Es aquella presunción que admite prueba en contrario.
¿Por qué se dice que la presunción de la LPCL con respecto al contrato indefinido es relativa y no absoluta?
Porque lo presumido por un inspector de Sunafil puede ser desestimado si el empleador presenta los medios probatorios necesarios. Salvo que, por primacía de la realidad, esos documentos sean considerados inválidos por encubrir la situación verdadera.
¿Qué comentario merece la diferencia o delimitación del alcance de los diferentes tipos de contratos sujetos a modalidad entre sí?
La redacción en la LPCL es pobre, por lo que, las diferentes modalidades existentes no están bien delimitadas. En muchas ocasiones surge la duda de si un contrato temporal debe celebrarse como “Por necesidad de mercado”, “Por inicio o incremento de actividad”, “Por reconversión empresarial”, etc.
Según el D.L. 728 ¿Cuál debería ser el contrato prevalente en el mercado laboral y cuál lo es realmente?
Según el espíritu de la LPCL el contrato indefinido debería ser la norma pero en la realidad es la excepción. Los contratos sujetos a modalidad son los contratos prevalentes en el mercado laboral.
¿Cuál es la relación entre un puesto de trabajo que tiene como funciones labores permanentes y el contrato indefinido?
Normalmente, un puesto de trabajo que tenga como funciones labores permanentes en una empresa le debería corresponder un contrato indefinido. Sin embargo, se pueden celebrar contratos sujetos a modalidad si son razonables y justificados con medios probatorios según la modalidad correspondiente.
¿Que requisitos ha implementado la Sunafil para demostrar la razonabilidad y justificación de un contrato sujeto a modalidad?
Ha implementado el Protocolo N° 3. Es una guía en la que se señala cómo el empleador debe demostrar los supuestos que permitan la contratación temporal en cada modalidad.
¿Qué formalidades se deben cuidar al celebrarse un contrato sujeto a modalidad o temporal?
1) Debe celebrarse por escrito.
2) Debe existir CAUSALIDAD. Es decir, en el contrato debe señalarse la causa o razón de la temporalidad del puesto de trabajo.
3) Debe entregarse una copia del contrato al trabajador y hacerle firmar un cargo. No tener prueba de haber entregado la copia del contrato es una falta muy grave para Sunafil.
¿Es necesario registrar ante el MINTRA el contrato sujeto a modalidad?
No. Desde noviembre de 2016, el D.L. 1246 (Diversas medidas de simplificación administrativa) ha exonerado a los empleadores de la responsabilidad de registrar los contratos temporales ante el MINTRA.
¿De cuántos días en total consta la licencia por maternidad?
En total de 98 días. Éstos pueden tomarse 49 pre y 49 post o 98 días de corrido después del parto.
¿De cuántos días consta la licencia por paternidad?
De 10 días calendario, que pueden ser tomados de cuatro maneras, a decisión del trabajador:
1) A partir de 3 días antes del parto (acreditado por certificado médico).
2) Desde el día del nacimiento del bebé.
3) Desde el día en que la madre es dada de alta.
4) Cuando el recién nacido es dado de alta.
¿La licencia por paternidad puede ampliarse?
Sí,
1) a 20 días calendarios consecutivos por nacimientos prematuros y partos múltiples.
2) a 30 días calendario consecutivos si el bebé nace con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa y
3) a 30 días cuando existan complicaciones graves en la salud de la madre.
¿Qué sucede con la licencia de paternidad en caso la madre de su bebé muriera durante el parto?
El padre tomaría los días de licencia de la madre y se acumularían. En caso la madre haya decidido gozar los 98 días post-parto, el padre tendría en total 108 días de licencia en caso la madre muriera durante el parto.