7. EL DERECHO DE LA COMPETENCIA. / 8. RÉGIMEN DE PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA. / 9. RÉGIMEN DE COMPETENCIA DESLEAL. Flashcards
¿Qué es el Derecho de Competencia?
El Derecho de Competencia es aquel conjunto de normas, conceptos y decisiones cuyo objeto de protección es el interés general del mercado, interés que se compone del bienestar de los consumidores, la libre participación de las empresas en el mercado y, en general, la eficiencia económica.
Estos elementos se protegen a través de dos ámbitos: el ámbito preventivo y el ámbito correctivo.
- El ámbito preventivo se materializa a través del control de las integraciones empresariales que puedan tener efectos negativos sobre la competencia en los mercados: así como también en las labores de abogacia de la competencia, esto es, aquellas relacionadas con la promoción de la cultura de la competenc en particular en el contexto de la regulación expedida por la administración.
- El ámbito correctivo se materializa a través de las labores de investigación y sanción de aquellas prácticas que distorsionen, restrinjan o limiten indebidamente la libre competencia en los mercados.
Exlique la facultad sancionatoria que tiene la SIC
La Ley 1340 de 2009, por su parte, estableció que la Superintendencia de Industria y Comercio Impondrá multas a personas Jurídicas y naturales por violación de cualquiera de las disposiciones sobre protección de la competencia, incluyendo la omisión de acatar en debida forma las solicitudes de información, órdenes e instrucciones que imparta, la obstrucción de las investigaciones adelantadas por la entidad, el incumplimiento de las obligaciones de Informar una operación de Integración empresarial o las derivadas de la aprobación de una integración bajo condiciones especiales o la terminación de una investigación por aceptación de garantías.
¿Cuándo ocurre la competencia desleal?
Cuando agentes del mercado que realizan sus actividades mercantiles realizan actos que van contra a las buenas prácticas comerciales.
¿Quién vigila que no haya competencia desleal y que se proteja la libre competencia?
1.Judicial: hay una protección predominantemente, se realiza ante juez civil del circuito o ante la Delegatura de funciones jurisdiccionales de la SIC.
2.Administrativa: En este caso el único competente es la SIC, ya que conoce
de oficio o por denuncia, actos de competencia desleal que considere que infringen el interés general.
- En estos casos, la SIC asume la investigación y adelanta el proceso sancionatorio administrativo. Este proceso podría conocer actos de competencia desleal y sigue los parámetros del CPACA.
- En la libre competencia, hay una protección administrativa exclusivamente, por parte de la SIC, ya que es la autoridad única de competencia en la Delegatura de Protección de la Competencia. Actúa por facultades administrativas.
- En Colombia, para todos los sectores la SIC es la autoridad en temas de libre competencia.
- Excepciones para no aplicarla:
a. Aeronáutica civil.
b. Super Financiera. Solo en casos de integraciones empresariales.
c. El control de integraciones empresariales entre empresas del sector aeronáutica o por entidades vigiladas por al Super Financiera, si hay una integración empresarial, en esos casos la entidad que vigila el tema serán estas 2.
Explique el Convenio de París de 1883 en relación con el derecho de propiedad industrial.
Fue un acuerdo de mínimos donde cada país ya tenía su regulación sobre la propiedad industrial, pero se dieron cuenta que respecto del comercio exterior había una falta de protección y se establecieron mínimos. Lo cual a hoy nos da un marco de regulación de propiedad industrial.
Ver art. 10 del Convenio de París.
Según la Constitución ¿qué es la libre competencia?
Art. 333 de la Constitución Nacional:
La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidad […] el Estado impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional.
- La libre competencia es un derecho colectivo porque toda la sociedad se beneficia de una concurrencia libre al mercado.
- La libre competencia es legítima y lícita, pero es inadmisible cuando es obtenida por prácticas contrarias a la buena fe.
- Asimismo, el abuso de la posición de dominio se restringe, de modo que quien logra obtenerla se le imponen cargas más altas.
¿Cuáles son las formas de protección de la competencia?
La competencia desleal y las prácticas restrictivas de la competencia.
¿Cuáles son las diferencias entre el régimen general de protección de competencia y el régimen de competencia desleal?
- El régimen de competencia desleal es predominantemente judicial y afecta intereses particulares. En la protección administrativa conoce la SIC. La delegatura de protección de la competencia podría conocer de oficio o por denuncia actos de competencia desleal que considere que infringen el interés general y la SIC podría adelantar un proceso administrativo sancionatorio que puede terminar imponiendo una multa.
- En la libre competencia, hay una protección administrativa por parte de la SIC, y la delegatura de protección de la competencia es la única autoridad en temas de libre competencia en Colombia, excepto en casos de integraciones empresariales que lleva la Aerocivil y la Superfinanciera.
¿Qué es competencia desleal?
Todo acto o hecho que se realice en el mercado con fines concurrenciales, cuando resulte contrario a las sanas costumbres mercantiles, al principio de la buena fe comercial, a los usos honestos en materia industrial o comercial, o bien cuando esté encaminado a afectar o afecte la libertad de decisión del comprador o consumidor, o el funcionamiento concurrencial del mercado
Art. 7 Ley 256 de 1996
¿Qué regula la Ley 256 de 1996?
Regula todo lo relacionado con los actos de competencia desleal. Esta le establece: cuándo se aplica, en relación con qué acto se aplica, cuáles son loa contratos de competencia desleal y cuáles son las actuaciones judiciales para defendernos frene a actos de competencia desleal.
¿Cuáles son las prácticas contrarias a la libre competencia?
- La prohibición general
- Los acuerdos restrictivos
- Los actos restrictivos
- El abuso de posición dominante
- Las reglas relativas a las integraciones empresariales.
Competencia desleal
¿Qué es la buena fe mercantil?
Es la convicción, predicada de quien interviene en el mercado, de estar actuando con honradez y lealtad en el desarrollo y cumplimiento de los negocios.
Prácticas contrarias a la libre competencia
Explique la prohibición general - Art. 7 Ley 256 de 1996
Es una de las cinco prácticas contrarias a la libre competencia.
Quedan prohibidos los acuerdos o convenios (SIC) que directa o indirectamente tengan por objeto limitar la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos, mercancías o servicios nacionales o extranjeros, y en general, toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia y a mantener o determinar precios inequitativos.
- Indica que no serán permitidos los actos que vayan contra la buena fe mercantil y las buenas costumbres.
- Se puede iniciar un acto de competencia desleal por prohibición general (dentro de ámbito subjetivo y objetivo).
- Se acreditará que la hay un acto en contra de la buena fe mercantil.
Ver Actos de competencia desleal (Arts. 8 al 19)
¿Cuáles son los elementos de la noción de competencia desleal?
- Buena fe comercial: Los mandatos de honestidad, confianza, honorabilidad, lealtad y sinceridad que rigen a los comerciantes en sus actuaciones.
- Sanas costumbres mercantiles o usos honestos: Principios morales y éticos que deben cumplir los comerciantes y demás participantes en el mercado en la actividad competitiva, dentro del contexto de que constituye una práctica usual del comercio la observancia de los mismos.
- Finalidad concurrencial: La finalidad del acto debe ser que el infractor o un tercero puedan concurrir a un mercado valiéndose del desarrollo de un acto malintencionado” y que dicho acto “debe ser apto para permitir esa concurrencia desleal en el mercado.
3.1. Presunción: Se da cuando por las circunstancias en que se realiza, se revela objetivamente idóneo para mantener o incrementar la participación en el mercado de quien lo realiza o un tercero
3.2. Esperanza: La exigencia de que exista finalidad concurrencial resulta necesario porque de no ser requerida, cualquier acto realizado en el mercado promoviendo o asegurando la difusión de prestaciones propias o de un tercero sería un acto de competencia y quedaría por ello sometido a la Ley de Competencia Desleal.
¿Cuál es la diferencia entre los actos y los acuerdo restrictivos de la competencia?
La diferencia es que en mientras en los acuerdos hay 2 o más participantes realizando la conducta, en los actos hay una conducta unilateral que hace actos contrarios a la libre competencia.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Qué son los acuerdos restrictivos de la compentencia?
Es una de las cinco prácticas contrarias a la libre competencia.
Un acuerdo anticompetitivo se puede definir como todo contrato, convenio, concertación, práctica concertada o conscientemente paralela entre dos o más empresas, que prevenga, restrinja, o distorsione la competencia o tenga la potencialidad de surtir uno de estos efectos.
Los acuerdos contrarios a la competencia pueden ser anticompetitivos por sí mismos o por sus efectos. A los primeros se les denomina carteles.
- Un acuerdo es anticompetitivo por su efecto cuando el resultado del mismo, sin importar el fin de la partes, tiene efectos anticompetitivos en el mercado.
- Son anticompetitivos por su objeto aquellos acuerdos cuyo fin, sin importar que hayan sido efectivamente ejecutados o no en el mercado, los califica como tal.
Los acuerdos anticompetitivos se pueden presentar en diferentes lugares de la cadena de producción:
- Se llama acuerdos horizontales a aquellos pactos entre empresas que proveen bienes o servicios similares o sustitutos en un único eslabón de la cadena de producción. Ejemplo de lo anterior es un acuerdo entre productores de maíz.
- Se llama acuerdos verticales a aquellos convenios entre agentes económicos que se encuentran en diferentes niveles de la cadena de producción, por ejemplo, el que surgiría entre un productor de maíz y un distribuidor mayorista de arepas.
Prácticas contrarias a la libre competencia
La ley permite que haya prácticas tácitamente paralelas.
Verdadero o Falso
Acuerdo restrictivo de la competencia
Verdadero
La ley permite que haya prácticas tácitamente paralelas ya que estas se conviertan en acuerdos anticompetitivos, así los participantes, jamás hubieran hablado.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Por qué son nocivos los carteles?
Acuerdo restrictivo de la competencia
Los carteles buscan eliminar la presión de competir entre las empresas, dando como efecto una baja variedad, calidad de los bienes o servicios y un incremento en los precios, perjudicando con esto, tanto a los consumidores como a todos los actores que participan en los mercados.
Prácticas contrarias a la libre competencia
Mencione 4 acuerdos contrarios a la libre competencia considerados por la SIC.
Acuerdo restrictivo de la competencia
Se está en un acuerdo contrario a la libre competencia cuando los participantes estén ejerciendo alguna de estas conductas del art. 47: Los que tengan por objeto o efecto…
1. La fijación directa o indirecta de precios: lo ilegal será la fijación de precios artificialmente por un criterio que no es s la oferta y la demanda.
2. Determinar condiciones de venta o comercialización discriminatoria para con terceros.
3. La repartición de mercados entre productores o entre distribuidores, puesto que se generarían barreras artificiales.
4. La asignación de cuotas de producción o de suministro, estas deben ser fijadas por la oferta y demanda.
5. La asignación, repartición o limitación de fuentes de abastecimiento de insumos productivos.
6. Los que tengan por objeto o tengan como efecto la limitación a los desarrollos técnicos.
7. Subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales que por su naturaleza no constituían el objeto del negocio, sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones. Son obligaciones que se imponen y no responden al cumplimiento de su obligación especial (ventas atadas, se consideran abusivas).
8. Abstenerse de producir un bien o servicio o afectar sus niveles de producción.
9. La colusión en las licitaciones o concursos o los que tengan como efecto la distribución de adjudicaciones de contratos, distribución de concursos o fijación de términos de las propuestas.
10. Impedir a terceros el acceso a los mercados o a los canales de comercialización.
Es una lista enunciativa.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Qué son los actos restrictivos?
Es una de las cinco prácticas contrarias a la libre competencia.
No involucran 2 o más, sino actos unilaterales que prohíben la posibilidad de que otros entren al mercado.
¿Qué actos se consideran contrarios a la libre competencia económica?
También lllamados actos anticompetitivos
El artículo 48 del Decreto 2153 de 1992, considera contrarios a la libre competencia los siguientes actos:
- Infringir las normas sobre publicidad contenidas en el estatuto de protección al consumidor.
- Influenciar a una empresa para que incremente los precios de sus productos o servicios o para que desista de su intención de rebajar los precios.
- Negarse a vender o prestar servicios a una empresa o discriminar en contra de la misma cuando ello pueda entenderse como una retaliación a su política de precios.
¿Qué son los actos anticompetitivos?
Son conductas que realiza una empresa o agente para sus propios beneficios, perjudicando a otras empresas o actores que participan de un mercado.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Qué significa tener posición de dominio? ¿Es esto reprochable?
Es una de las cinco prácticas contrarias a la libre competencia.
En Colombia la posición de dominio es una cualidad legítima de las empresas que se da como resultado de un proceso de sana competencia, en la cual la empresa tiene la capacidad de determinar las condiciones del mercado en el que participa.
Sin embargo, si dicha posición se emplea de manera abusiva con el fin de excluir a sus competidores y/o explotar al consumidor, se configura un comportamiento anticompetitivo que se denomina abuso de posición de domino, sujeto a investigación por parte de la Autoridad de Competencia.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Cómo se prueba que una empresa ha cometido un abuso de posición dominante?
En primer lugar, se debe probar que la empresa cuenta con posición de dominio en un determinado mercado. Para lo anterior se tendrán en cuenta elementos tales como la cuota de participación de mercado que tenga la empresa, la capacidad financiera, las barreras a la entrada que existan, sean legales y/o estructurales, y otras circunstancias del mercado en cuestión.
En segundo lugar, es necesario revelar los efectos que la conducta tuvo en el mercado o la potencialidad de la onducta para generar efectos negativos en el mercado. De igual forma, es necesario afirmar que las empresas que cuentan con posición dominante en el mercado deben ser extremadamente cuidadosas en relación con las conductas que despliegan en el mercado pues las probabilidades de incurrir en una práctica comercial restrictiva de la competencia se ven aumentadas por el hecho de ostentar la posición dominante en el mercado.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Cuáles son las conductas consideradas como abuso de posición de dominio?
- La disminución de precios por debajo de los costos cuando tengan por objeto eliminar uno o varios competidores o prevenir la entrada o expansión de éstos.
- La aplicación de condiciones discriminatorias para operaciones equivalentes, que coloquen a un consumidor o proveedor en situación desventajosa frente a otro consumidor o proveedor de condiciones análogas.
- Los que tengan por objeto o efecto subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales, que por su naturaleza no constituían el objeto del negocio, sin perjuicio de lo establecido por otras disposiciones.
- La venta a un comprador en condiciones diferentes de las que se ofrecen a otro comprador cuando sea con la intención de disminuir o eliminar la competencia en el mercado.
- Vender o prestar servicios en alguna parte del territorio colombiano a un precio diferente de aquel al que se ofrece en otra parte del territorio colombiano, cuando la intención o el efecto de la práctica sea disminuir o eliminar la competencia en esa parte del país y el precio no corresponda a la estructura de costos de la transacción.
- Obstruir o impedir a terceros, el acceso a los mercados o a los canales de comercialización.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Puede mantenerse en reserva la identidad del denunciante de una práctica restrictiva de la competencia?
Sí. La Superintendencia de Industria y Comercio podrá guardar en reserva la identidad de quienes denuncien prácticas restrictivas de la competencia cuando existan riesgos para el denunciante de sufrir represalias comerciales a causa de las denuncias realizadas, siempre y cuando tal reserva sea expresamente solicitada.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Por qué la Superintendencia de Industria y Comercio debe analizar las integraciones empresariales?
La Superintendencia de Industria y Comercio realiza esta labor con el fin de evitar que, cuando las empresas se integren, se produzca una indebida restricción de la libre competencia evitando concentraciones de poder económico en el mercado que desequilibren el balance propio de la competencia creando distorsiones que lleven a la coordinación de comportamiento o fortaleciendo una posición dominante de la que se pueda abusar.
Prácticas contrarias a la libre competencia
¿Cuándo están obligadas las empresas a reportar integraciones a la Superintendencia de Industria y Comercio?
Conforme con el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, las empresas que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena estarán obligadas a informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada.
Régimen de Protección de la Competencia
¿A quiénes se les aplican las normas sobre protección de la competencia?
Lo dispuesto en las normas sobre protección de la competencia se aplicará respecto de todo aquel que desarrolle una actividad económica o afecte o pueda afectar ese desarrollo, independientemente de su forma o naturaleza jurídica y en relación con las conductas que tengan o puedan tener efectos total o parcialmente en los mercados nacionales, cualquiera sea la actividad o sector económico. Si tienen efectos total o parcial, se aplican las mismas normas.
Régimen de Protección de la Competencia
Explique el procedimiento administrativo sancionatorio por prácticas restrictivas de la competencia
- Presentar queja de oficio PBC
- Averiguación preliminar - Recaudo de información. Se pueden dar dos situaciones
a. Acto administrativo de Cierre de Averiguación Preliminar (si no se acepta y concluye el proceso)
b. Acto administrativo de Apertura de Investigación (si se acepta) - Después del acto administrativo de Apertura de Investigación se hace una intervención a terceros en los siguientes 15 días
- Hay Audiencia de conciliaión en caso de que haya quejoso
- Se presentar los Descargos, PBC y Ofrecimiento de Garantías en un término de 20 días
- Acto Administrativo de Decreto de Pruebas Se decretan y practican las pruebas
- Acto administrativo de Cierre de Etapa probatoria
- Audiencia de Argumentación Verbal
- Informe motivado Se corre traslado a los investigados y a los terceros en un término de 20 días.
- Acto administrativo de Archivo de Investigación
- Consejo Asesor
- Acto Administrativo de Sanción