2.1. Derecho Administrativo y Legislación del Turismo Flashcards

1
Q

Los bienes muebles e inmuebles, así como los conocimientos o actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español en sus diferentes aspectos espirituales, materiales o sociales, se denomina:

a. Patrimonio arqueológico.
b. Patrimonio etnográfico.
c. Patrimonio documental y bibliográfico.

A

b. Patrimonio etnográfico.

Tipología de patrimonios:

  • El Patrimonio arqueológico, aquellos bienes muebles e inmuebles de carácter histórico y que son susceptibles de ser analizados con metodología arqueológica. Se incluyen los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.
  • El Patrimonio etnográfico, bienes muebles e inmuebles, y conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo en sus diferentes aspectos espirituales, materiales o sociales.
  • El Patrimonio documental y bibliográfico, bienes reunidos o no en archivos y bibliotecas que se declaran integrantes de este.
    o Documental - documentos con una determinada antigüedad
    o Bibliográfico - bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa de las que no conste que existe un número de ejemplares determinado.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
2
Q

Todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas reciben el nombre de:

a. Espacios turísticos.
b. Servicios turísticos.
c. Recursos turísticos

A

c. Recursos turísticos

La ley catalana - Ley 13/2002 - define varios elementos que son comunes a todas las leyes de ordenación turística autonómicas:

o El recurso turístico: todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas.
o Sujeto turístico: el conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tienen una relación directa con el sector turístico.
o Administraciones turísticas: los entes u órganos públicos con competencias sobre la actividad y los servicios turísticos, así como los organismos que estén adscritos a aquellos.
o Actividad turística: los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del turismo.
o Servicios turísticos: los servicios dirigidos a atender las demandas de los usuarios turísticos.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
3
Q

El “derecho al descanso y al ocio” fue reconocido por primera vez en:

a. La Conferencia de Naciones Unidas celebrada en 1963.
b. La Declaración de Manila sobre Turismo Mundial celebrada en 1980.
c. La Declaración de la Haya celebrada en 1989.

A

b. La Declaración de Manila sobre Turismo Mundial celebrada en 1980.

  • La Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial aprobada por la Conferencia Mundial de Turismo, celebrada del 27 de septiembre al 10 de octubre de 1980, fijaría más adelante toda una serie de criterios que permitieron situar al turista en su vertiente profundamente humana como la persona que accede al descanso recreativo y a las vacaciones y a su libertad de viaje, en el marco del tiempo libre y del ocio. Califica el derecho al descanso y al ocio como un derecho fundamental del ser humano.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
4
Q

Los ……………son entes dotados de personalidad jurídica que agrupan a entidades públicas de diferente orden con entidades privadas sin ánimo de lucro para instalar o gestionar servicios de interés local.

a. Patronatos de Turismo.
b. Consorcios de Turismo.
c. Consejos de Turismo.

A

b. Consorcios de Turismo.

V. LA NUEVA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TURISMO

Junto a las Administraciones territoriales (Estado, CCAA y entes locales) implicadas en la competencia turística, hay otro tipo de Administraciones turísticas que vienen desarrollando gran parte de la actividad de fomento e incluso, de la actividad de ordenación del sector turístico y que tienen su cobertura legal o bien en la propia Ley de Bases de Régimen Local o en las propias leyes municipales de cada CCAA o de creación.
Estas son:
* Patronatos o Agencias de Turismo - organismos públicos, ya sean autónomos o entidades públicas empresariales.
* Sociedades públicas de Turismo - sociedades mercantiles, normalmente de carácter local, con mayoría pública del capital social y que se rigen por Derecho privado salvo en las materias presupuestarias, contables y de control financiero y de contratación.
* Consorcios de Turismo - entes dotados de personalidad jurídica que agrupan a entidades públicas de diferente orden con entidades privadas sin ánimo de lucro para instalar o gestionar servicios de interés local.
* Consejos de Turismo - adscritos a las propias Consejerías de Turismo o las competentes en materia turística, su misión es informar y asesorar sobre la materia turística en la CCAA.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
5
Q

La declaración de un municipio como “Municipio turístico” corresponde a:

a. El propio Municipio.
b. La Comunidad Autónoma.
c. El Consorcio de Municipios limítrofes.

A

b. La Comunidad Autónoma.

V. LA COMPETENCIA TURÍSTICA DE LAS ENTIDADES LOCALES

  1. El municipio turístico
    Las leyes de régimen local de las diferentes CCAA pueden establecer regímenes especiales para municipios pequeños o de carácter rural o que reúnan otras características, como su carácter histórico-artístico o el predominio en su término de actividades turísticas, mineras, industriales u otras semejantes - art. 30 LBRL.
    Esto ha hecho surgir a efectos promocionales y de coordinación, la figura del Municipio turístico, cuya declaración corresponde a las CCAA en sus territorios.
    * Para integrar al Municipio turístico con las exigencias medioambientales, se creó la figura del Municipio turístico sostenible.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
6
Q

La declaración responsable aparece regulada en:

a. El artículo 148.1.18 de la Constitución española.
b. La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
c. Las dos anteriores

A

b. La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

  1. La declaración responsable y el registro de empresas y actividades turísticas

Hasta la la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que regula la actual Declaración Responsable, dentro de los controles turísticos genéricos sobre la empresa turística, se encontraba la autorización de funcionamiento, hasta entonces el acto administrativo de limitación originario al que se debía someter la empresa turística para iniciar su actividad.
* Obtenida la autorización de la Administración turística competente, la empresa quedaba automáticamente inscrita en el Registro autonómico de Empresas y Actividades Turísticas.
Esta inscripción es todavía obligatoria en algunos casos, y en otros es simplemente potestativa o voluntaria, pero es otra actividad administrativa de limitación de menor intensidad que la de la autorización previa que la provocaba.
El efecto de la inscripción en el Registro turístico suele ser declarativo o de mera eficacia probatoria. De la no inscripción, se derivan efectos más intensos que los de mera prueba, pues la inscripción es imprescindible para que ciertas empresas perciban ayudas o subvenciones en materia turística.
* Las empresas que cesan en su actividad turística y que están inscritas, deben notificarlo a la Administración turística, quien ha de revocar las autorizaciones otorgadas, cuando hay un incumplimiento del deber de comunicación, procediendo a continuación a la cancelación de la inscripción.
Para la obtención de la antigua autorización y de la actual declaración responsable, los elementos que la Administración competente ha de comprobar que cumplen las empresas solicitantes son muy diversos y varían de unas Comunidades a otras.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
7
Q

El conjunto de actividades administrativas que paralizan las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas se denomina:

a. Contrafomento de consolidación.
b. Contrafomento de inversión.
c. Contrafomento de innovación.

A

b. Contrafomento de inversión.

  1. El contrafomento turístico
    Conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no fomento de determinados agentes turísticos:

obstaculizan, detienen o paralizan la promoción de sus servicios - contrafomento de consolidación

o bien

detienen las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas - contrafomento de inversión

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
8
Q

El “sistema arbitral turístico” implica que la resolución de conflictos, entre consumidores y usuarios y empresarios, se realiza mediante ……… cuando el conflicto no medie sobre intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.

a. Un sistema judicial de resolución de conflictos.
b. Un sistema extrajudicial de resolución de conflictos.
c. Un sistema económico de resolución de conflictos.

A

b. Un sistema extrajudicial de resolución de conflictos.

II. LA ACTIVIDAD ARBITRAL EN MATERIA TURÍSTICA
Prácticamente todas las leyes autonómicas de ordenación del turismo se refieren a la actividad administrativa arbitral en materia de turismo, ya se asuma específicamente o quede integrada en el arbitraje de consumo.
Sin perjuicio del derecho a la tutela judicial efectiva previsto en el art. 24 de la Constitución, la legislación para la defensa de los consumidores y usuarios articula de forma genérica un sistema arbitral que, sin formalidades especiales, atiende y resuelve con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, las quejas o reclamaciones de los consumidores o usuarios.
* El sometimiento de las partes al sistema arbitral en todo caso es voluntario y debe constar expresamente por escrito.
Los órganos de arbitraje están integrados por representantes de los sectores interesados, de las organizaciones de consumidores y usuarios y de las Administraciones Públicas dentro del ámbito de sus competencias.
* La Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, establece las normas generales de esta actividad administrativa.
* El Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios de 2007, en sus arts. 57 y 58 regula con alcance general el sistema arbitral de consumo, que es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios.
Art. 57: con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de consumidores y usuarios, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
9
Q

La Administración Pública …………. es el sujeto actuante de la inspección desarrollada a través de los inspectores de turismo:

a. Municipal.
b. Autonómica.
c. Estatal.

A

b. Autonómica.

IV. EL INSPECTOR DE TURISMO
La Administración Pública autonómica es el sujeto actuante de la inspección desarrollada a través de los inspectores de turismo.

Las características comunes con otros inspectores administrativos - de consumo o los laborales - no impide que los turísticos tengan ciertas peculiaridades, atendiendo a los intereses que se protegen con esta legislación administrativa especial.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
10
Q

Los inspectores de turismo son:

a. Funcionarios de la Administración Pública.
b. Personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.
c. Depende de cada Comunidad Autónoma

A

c. Depende de cada Comunidad Autónoma

IV. EL INSPECTOR DE TURISMO
La Administración Pública autonómica es el sujeto actuante de la inspección desarrollada a través de los inspectores de turismo.
Las características comunes con otros inspectores administrativos - de consumo o los laborales - no impide que los turísticos tengan ciertas peculiaridades, atendiendo a los intereses que se protegen con esta legislación administrativa especial.
1. El inspector de turismo como autoridad o agente de la autoridad
La inspección de turismo estatal ya en la Orden de 22 de octubre de 1952 se encomendaba a inspectores del Ministerio de Información y Turismo, si bien nada se decía sobre la condición de autoridad de estos funcionarios.
* En el marco de su competencia turística, las CCAA han regulado sus servicios de inspección, atribuyendo sus funciones y características, entre ellas, la de su carácter de ‘Autoridad’ o de ‘Agentes de la Autoridad’.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
11
Q

Facilitar al cliente una “hoja de reclamaciones” es:

a. Obligatorio para la empresa turística.
b. Voluntario para la empresa turística.
c. Divulgatorio para la empresa turística.

A

a. Obligatorio para la empresa turística.

VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Y USUARIOS TURÍSTICOS A LOS EFECTOS DE LA ORDENACIÓN TURÍSTICA
Muchas leyes autonómicas relacionan las obligaciones genéricas de las empresas turísticas y las de sus clientes sin perjuicio de los requisitos que deben observar atendiendo a la naturaleza de empresa turística de que se trate.
* El cumplimiento de estas obligaciones, muchas de ellas de tipo formal, pueden resultar fiscalizado o comprobado con objeto de la inspección.

Son obligaciones de las empresas turísticas, entre otras:

  • Llevar a cabo la comunicación administrativa para el inicio de actividad o declaración responsable, a la que deberán acompañar toda la documentación correspondiente
  • Comunicar a la Administración de la CCAA las modificaciones o reformas que puedan afectar a la clasificación de los establecimientos, así como los cambios de titularidad; la de informar a los clientes sobre la extensión y características de los servicios a convenir y, en su caso, la efectiva prestación de los mismos; la de informar a los clientes sobre los precios a satisfacer si el servicio resulta contratado y, en todo caso, los precios máximos comunicados a la Administración Turística
  • Entregar al cliente factura detallada, justificante o ticket del importe de los servicios prestados, cumpliendo la normativa de facturación
  • Facilitar al cliente la hoja de reclamaciones cuando lo solicite
  • Exhibir públicamente, conforme a lo establecido en la normativa correspondiente, el distintivo acreditativo de la clasificación, aforo y cualquier otra variable, así como los símbolos de calidad normalizada
  • Disponer de cuantos Libros, Hojas y demás documentos sean exigidos por la reglamentación vigente
  • Permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos
  • Facilitar en los términos establecidos por la normativa vigente la accesibilidad a los establecimientos de las personas que sufren disminuciones físicas, sensoriales o psíquicas.
    Son obligaciones de los clientes o usuarios turísticos:
  • Observar las normas usuales de convivencia
  • Aceptar las normas particulares de las empresas turísticas, siempre que no sean contrarias a la reglamentación vigente
  • Satisfacer el precio de los servicios disfrutados
  • Respetar las instalaciones de las empresas turísticas, especialmente cuando estén ubicadas en lugares de especial valor histórico-artístico y/o ecológico.
    Son derechos de los usuarios turísticos, sin perjuicio de los que le correspondan en virtud de lo previsto en la Ley de Consumidores y Usuarios - que establece una defensa genérica del consumidor en la que hay que integrar al usuario turístico:
  • Recibir de la Administración competente información objetiva sobre los distintos aspectos de los recursos de la oferta turística
  • Recibir del titular de la actividad turística una información veraz, eficaz y suficiente sobre las condiciones de la prestación de servicios turísticos
  • Exigir que, en lugar de fácil visibilidad, se exhiba el distintivo acreditativo de la clasificación y cualquier otra variable de la actividad
  • Formular reclamaciones
  • No ser discriminados en el acceso a los establecimientos turísticos
  • Recibir del establecimiento turístico bienes y servicios acordes en naturaleza y calidad con la categoría correspondiente.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
12
Q

Pueden “los perjuicios causados a los turistas o terceros” servir de criterio para aplicar diferentes grados de sanción?

a. Sí.
b. No.
c. Depende.

A

a. Sí.

  1. La sanción turística y su tipificación
    2.2. La graduación de las sanciones turísticas y los criterios para su determinación
  • La graduación de las sanciones administrativas es una consecuencia del mandato de la tipificación de las sanciones, pues cada tipo de infracción conlleva una determinada sanción que ha de ser graduada atendiendo a los criterios que cada Ley autonómica establece.
    La sanción se gradúa en tres niveles: grado mínimo, medio o máximo.
    Según cómo se califiquen, se atribuyen unos márgenes.

Los criterios que se ofrecen para aplicar uno u otro grado son variados:
* La subsanación durante la tramitación del procedimiento sancionador.
* Los perjuicios causados a los turistas o terceros.
* El número de personas afectadas.
* El beneficio ilícito obtenido.
* El volumen económico de la actividad.
* La categoría del establecimiento.
* La trascendencia del daño o perjuicio causado a la imagen o los intereses turísticos de la CCAA.
* La reincidencia.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
13
Q

Para solicitar la personación de los titulares de las empresas turísticas, sus representantes o su personal en
los lugares que se indiquen, el inspector de turismo empleará:

a. Un requerimiento.
b. Una citación.
c. Un libro de visitas.

A

b. Una citación.

  1. Otros instrumentos de inspección

3.1. El Libro de Inspección
3.2. Las Hojas de Reclamaciones
3.3. Visitas
3.4. Informes
3.5. Citaciones
3.6. Requerimientos

3.5. Citaciones
Las citaciones tienen por objeto personar a los titulares de las empresas turísticas, sus representantes o su personal, en los lugares que se indiquen por la inspección a los efectos del desarrollo de su labor.
La citación puede llevarse a cabo mediante acta de inspección en la que se hace constar el lugar y fecha, hora y objeto de la comparecencia.
En alguna autonomía se considera que la incomparecencia sin causa justificada es una obstaculización o resistencia a la actuación de la inspección de turismo.
Cuando el citado comparece y lo solicita, se le ha de entregar un certificado expedido por el funcionario ante el que tal comparecencia se ha producido.
A la comparecencia pueden acudir los interesados acompañados de asesores.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
14
Q

Puede la sanción administrativa implicar directa o indirectamente la privación de libertad?

a. Sí.
b. No.
c. Depende.

A

b. No.

IV. LA PROPORCIONALIDAD EN LA DETERMINACIÓN DE LAS SANCIONES TURÍSTICAS
El principio de proporcionalidad está contemplado como otro de los principios para el ejercicio de la potestad sancionadora administrativa, en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, art. 29:

  1. Las sanciones administrativas, sean o no de naturaleza pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad.
  2. El establecimiento de sanciones pecuniarias deberá prever que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas.
  3. En la determinación normativa del régimen sancionador, así como en la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer y su adecuación a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. La graduación de la sanción considerará especialmente los siguientes criterios:
    a. El grado de Culpabilidad o la existencia de intencionalidad.
    b. La continuidad o persistencia en la conducta infractora.
    c. La naturaleza de los perjuicios causados.
    d. La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.
  4. Cuando lo justifique la debida adecuación entre la sanción que deba aplicarse con la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y las circunstancias concurrentes, el órgano competente para resolver podrá imponer la sanción en el grado inferior.
  5. Cuando de la comisión de una infracción derive necesariamente la comisión de otra u otras, se deberá imponer únicamente la sanción correspondiente a la infracción más grave cometida.
  6. Será sancionable, como infracción continuada, la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión’.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
15
Q

Las “categorías” hoteleras distinguen entre:

a. Hoteles y pensiones.
b. Hoteles con una o varias estrellas.
c. Hotel de esquí, hotel de montaña, hotel casino…

A

b. Hoteles con una o varias estrellas.

II. LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS
1. La legislación relativa a los establecimientos hoteleros

En este tipo de alojamientos es preciso distinguir el grupo, la modalidad, la categoría, la especialización y el régimen de explotación.
Hay dos grupos de establecimientos hoteleros: los hoteles y las pensiones, con regímenes distintos, dentro del mismo tipo de alojamiento hotelero.

Modalidades:
* Los hoteles propiamente dichos, los establecimientos que facilitan alojamiento con o sin servicios complementarios distintos de los que corresponden a las otras modalidades.
* Los hoteles-apartamentos, aquellos establecimientos que por su estructura y servicios disponen de las instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos dentro de la unidad del alojamiento.
* Los moteles, establecimientos situados en las proximidades de las carreteras que, en alguna legislación autonómica, se acoge como hotel especial.
* Las pensiones no integran a su vez modalidades específicas, diferenciándose exclusivamente por su categoría y no siempre.

Las categorías varían según las modalidades, se acepta la estrella como distintivo.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
16
Q

En Cataluña la “masovería” es un establecimiento de turismo rural:

a. Situado en el núcleo de población.
b. Situado fuera del núcleo de población.
c. A y b son ciertas

A

b. Situado fuera del núcleo de población.

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL
Cataluña
Decreto 159/2012, de 20 de noviembre

Los alojamientos rurales son establecimientos en los que la persona titular no está obligada a obtener rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, pero debe residir en la misma comarca, en los municipios limítrofes de la comarca o en la vivienda, dependiendo de la modalidad.
o Masía. Vivienda unifamiliar fuera de núcleo que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y desayuno.

o Masovería. Vivienda unifamiliar, fuera de núcleo de población, en la misma explotación, con servicio de alojamiento de casa entera.

o Casa de pueblo compartida. Vivienda unifamiliar, dentro de núcleo de población, que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y, como mínimo, de desayuno.
o Casa de pueblo independiente. Vivienda unifamiliar, en núcleo de población, con servicio de alojamiento en régimen de casa entera.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
17
Q

Los establecimientos de catering son empresas de restauración.

a. Verdadero.
b. Falso.
c. Depende

A

a. Verdadero.

PARTE ESPECIAL
CAPÍTULO PRIMERO: LA OFERTA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO HOTELERO
l. TIPOLOGÍA DE LA OFERTA TURÍSTICA
La oferta turística es el conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los demandantes turísticos

Las empresas turísticas pueden clasificarse en grupos en función de los servicios:
* Alojamiento Turístico: establecimientos hoteleros, apartamentos y viviendas turísticas, multipropiedad, campamentos de turismo, alojamientos rurales y otros establecimientos similares susceptibles de ser explotados turísticamente como alojamientos.

  • Restauración o actividades turísticas complementarias: restaurantes, cafeterías, cafés, bares y similares, discotecas y salas de fiestas en su actividad hotelera, empresas de servicios de restauración a colectividades o a domicilio, catering y similares.
  • Mediación Turística: agencias de viajes, organizadores profesionales de congresos, centrales de reservas, empresas de comercialización turística, empresas especializadas en cursos extranjeros, empresas de turismo activo y empresas de actividades y servicios complementarios.
  • Ocio y Recreo, parques temáticos, parques acuáticos, parques infantiles, parques de atracciones y otros establecimientos similares.
  • Otras actividades y servicios: consultoría y asesoría turística, empresas de información turística, empresas de gestión de productos turísticos y otras empresas que lleven a cabo actividades de similar naturaleza.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
18
Q

Las centrales de reservas:

a. Organizan viajes combinados, aunque no pueden recibir contraprestación económica por su intermediación.
b. Organizan viajes combinados y reciben contraprestación económica por su intermediación.
c. No pueden organizar viajes combinados

A

c. No pueden organizar viajes combinados

CAPÍTULO CUARTO: LA MEDIACIÓN TURÍSTICA DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
V. CENTRALES DE RESERVAS
* Centrales de reservas: empresas y entidades que se dedican a reservar servicios turísticos de forma individualizada. No son oficinas de información turística y tampoco tienen capacidad para organizar viajes combinados.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
19
Q

El Patronato Nacional de Turismo:

a. Sustituyó a la Comisaría Regia
b. Fue sustituido por la Comisaría Regia.
c. Sustituyó a la Administración Turística Española (ATE)

A

a. Sustituyó a la Comisaría Regia

2.3. El Patronato Nacional de Turismo. El sistema de Caja especial en materia turística
Nace mediante el RD de 25 de abril de 1928 - Gaceta de Madrid del 26 de abril de 1928 - y sustituiría a la Comisaría Regia con cuatro objetivos:
1. Una mayor atención administrativa de la organización turística.
2. Ahondar en el éxito obtenido por la Comisaría Regia.
3. Dar respuesta adecuada a las grandes exposiciones de Sevilla y Barcelona.
4. Asegurar las singulares atracciones que ofrece España en el campo del arte.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
20
Q

El lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del hombre, que poseen valor histórico, etnológico, paleontológico y antropológico, es denominado:

a. Sitio histórico.
b. Jardín histórico.
c. Conjunto histórico.

A

a. Sitio histórico.

  1. Turismo, cultura, ética y estética
    6.1. La legislación de patrimonio cultural y su relación con la legislación turística

Bienes inmuebles de interés cultural, de gran relevancia a efectos turísticos:
* Monumentos - bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal, siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.
* Jardines históricos - espacios delimitados, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.
* Conjunto histórico - agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad.

  • Sitio histórico - lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos del pasado, tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y obras de valor histórico, etnológico, paleontológico y antropológico.
  • Zona arqueológica - lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
21
Q

El conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tiene una relación directa con el sector turístico se denomina:

a. Recurso turístico.
b. Servidor turístico.
c. Sujeto turístico

A

c. Sujeto turístico

  1. Un concepto normativo del Turismo

La ley catalana - Ley 13/2002 - define varios elementos que son comunes a todas las leyes de ordenación turística autonómicas:
o El recurso turístico: todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas.

o Sujeto turístico: el conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tienen una relación directa con el sector turístico.

o Administraciones turísticas: los entes u órganos públicos con competencias sobre la actividad y los servicios turísticos, así como los organismos que estén adscritos a aquellos.
o Actividad turística: los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del turismo.
o Servicios turísticos: los servicios dirigidos a atender las demandas de los usuarios turísticos.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
22
Q

La limitación de la duración del trabajo y el derecho a vacaciones pagadas periódicas” fueron por primera vez proclamados como derechos universales en:

a. La Conferencia de Naciones Unidas de 1963.
b. La Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial de 1980.
c. La Declaración de La Haya de 1989

A

b. La Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial de 1980.

  • La Declaración de La Haya de 1989 reiteró el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre, así como la necesaria limitación de la duración del trabajo y el derecho a vacaciones pagadas periódicas como derecho universal. Ofreció pautas de ordenación del turismo, aunque sin definirlo de forma concreta, señalando que ‘la legislación turística debe articularse en función de tres objetivos:
    a) proteger al turista,
    b) proteger al país contra los problemas que puede causar el turismo, especialmente en el entorno y en la identidad cultural, y
    c) fomentar el turismo’.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
23
Q

Los…………………, adscritos normalmente a las propias Consejerías de Turismo, tienen la misión de informar y asesorar sobre materia turística en la Comunidad Autónoma.

a. Patronatos o Agencias de Turismo.
b. Consorcios de Turismo.
c. Consejos de Turismo.

A

c. Consejos de Turismo.

V. LA NUEVA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TURISMO

Junto a las Administraciones territoriales (Estado, CCAA y entes locales) implicadas en la competencia turística, hay otro tipo de Administraciones turísticas que vienen desarrollando gran parte de la actividad de fomento e incluso, de la actividad de ordenación del sector turístico y que tienen su cobertura legal o bien en la propia Ley de Bases de Régimen Local o en las propias leyes municipales de cada CCAA o de creación:

  • Patronatos o Agencias de Turismo - organismos públicos, ya sean autónomos o entidades públicas empresariales.
  • Sociedades públicas de Turismo - sociedades mercantiles, normalmente de carácter local, con mayoría pública del capital social y que se rigen por Derecho privado salvo en las materias presupuestarias, contables y de control financiero y de contratación.
  • Consorcios de Turismo - entes dotados de personalidad jurídica que agrupan a entidades públicas de diferente orden con entidades privadas sin ánimo de lucro para instalar o gestionar servicios de interés local.
  • Consejos de Turismo - adscritos a las propias Consejerías de Turismo o las competentes en materia turística, su misión es informar y asesorar sobre la materia turística en la CCAA.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
24
Q

A tenor del artículo 148.1.18 de la Constitución española, señale cuál de las siguientes afirmaciones es cierta:

a. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial.

b. Las Provincias y Municipios podrán asumir competencias en materia de promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial.

c. El Estado tiene como competencia exclusiva la promoción y ordenación del turismo y podrá delegar dichas competencias en las Comunidades Autónomas para sus respectivos ámbitos territoriales.

A

a. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial.

II. LA COMPETENCIA TURÍSTICA EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. SU CARÁCTER MULTIDISCIPLINAR
La Constitución Española de 1978 viene a alterar de forma radical el mapa competencial en lo que a la materia turística se refiere.

  • El art. 148.1.18 CE dispone que las CCAA podrán asumir competencias en materia de: ‘promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial’
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
25
Q

TURESPAÑA:

a. Tiene funciones de promoción exterior del turismo español
b. Tiene encomendadas funciones de gestión de los Turoperadores.
c. Tiene encomendadas funciones para promover la armonización de las legislaciones de las distintas Comunidades Autónomas en materia de turismo.

A

a. Tiene funciones de promoción exterior del turismo español

I. LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y DE FOMENTO TURÍSTICO
2. La distribución competencial del fomento turístico
2.1. La competencia estatal de fomento turístico

Normalmente a través de un Ministerio denominado como de Turismo o, a través de una Secretaría, el Estado lleva a cabo cuantas acciones son precisas para la definición, desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Interministerial de Turismo, así como las relaciones turísticas institucionales de la Administración General del Estado con organizaciones internacionales, públicas o privadas, y la cooperación turística internacional que se lleva a cabo en coordinación con otros Ministerios como el de Exteriores.

El organismo autónomo Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) es el que tiene atribuidas funciones de promoción exterior del turismo en virtud del art. 13 del RD 1693/1994, de 22 de julio - BOE, núm. 175, de 23 de julio.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
26
Q

El turismo que puede mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes, se
denomina:

a. Turismo sustentable.
b. Ecoturismo.
c. Turismo sostenible.

A

c. Turismo sostenible.

  1. Turismo, ordenación del territorio y desarrollo sostenible

A nivel de política administrativa, se consideran los conceptos de:

  • Turismo sostenible: puede mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes.
  • Turismo sustentable: puede defenderse o sustentarse con razones que permitan una determinada estrategia.
  • Ecoturismo: hace énfasis en los aspectos de protección medioambiental de la actividad turística.
  • Turismo responsable: sin merma de los recursos existentes y con especial protección del medioambiente y del paisaje.
  • Turismo alternativo: modelo turístico que apunta a una mayor oferta turística no tradicional y más cercana al medio natural.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
27
Q

Se suele configurar como obligaciones de las empresas turísticas entregar al cliente una “factura detallada, justificante o ticket” de los servicios prestados?

a. Normalmente sí, es obligatorio.
b. Normalmente no es obligatorio, pero es una práctica habitual.
c. Es obligatorio sólo si lo solicita el cliente.

A

a. Normalmente sí, es obligatorio.

VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Y USUARIOS TURÍSTICOS A LOS EFECTOS DE LA ORDENACIÓN TURÍSTICA

Son obligaciones de las empresas turísticas, entre otras:
* Llevar a cabo la comunicación administrativa para el inicio de actividad o declaración responsable, a la que deberán acompañar toda la documentación correspondiente
* Comunicar a la Administración de la CCAA las modificaciones o reformas que puedan afectar a la clasificación de los establecimientos, así como los cambios de titularidad; la de informar a los clientes sobre la extensión y características de los servicios a convenir y, en su caso, la efectiva prestación de los mismos; la de informar a los clientes sobre los precios a satisfacer si el servicio resulta contratado y, en todo caso, los precios máximos comunicados a la Administración Turística

  • Entregar al cliente factura detallada, justificante o ticket del importe de los servicios prestados, cumpliendo la normativa de facturación
  • Facilitar al cliente la hoja de reclamaciones cuando lo solicite
  • Exhibir públicamente, conforme a lo establecido en la normativa correspondiente, el distintivo acreditativo de la clasificación, aforo y cualquier otra variable, así como los símbolos de calidad normalizada
  • Disponer de cuantos Libros, Hojas y demás documentos sean exigidos por la reglamentación vigente
  • Permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos
  • Facilitar en los términos establecidos por la normativa vigente la accesibilidad a los establecimientos de las personas que sufren disminuciones físicas, sensoriales o psíquicas.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
28
Q

El conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no de fomento de determinados agentes turísticos, paraliza la promoción de sus servicios se denomina:

a. Contrafomento de consolidación
b. Contrafomento de inversión.
c. Contrafomento de innovación.

A

a. Contrafomento de consolidación

  1. El contrafomento turístico

Conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no fomento de determinados agentes turísticos, obstaculizan, detienen o paralizan la promoción de sus servicios - contrafomento de consolidación - o bien detienen las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas - contrafomento de inversión.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
29
Q

La resolución de conflictos, entre consumidores y usuarios y empresarios, se realiza mediante …………………. cuando el conflicto medie sobre intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.

a. Un sistema judicial de resolución de conflictos.
b. Un sistema extrajudicial de resolución de conflictos.
c. Un sistema económico de resolución de conflictos.

A

a. Un sistema judicial de resolución de conflictos.

II. LA ACTIVIDAD ARBITRAL EN MATERIA TURÍSTICA

  • El Texto Refundido de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios de 2007, en sus arts. 57 y 58 regula con alcance general el sistema arbitral de consumo, que es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios.
    Art. 57: con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de consumidores y usuarios, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
30
Q

El “procedimiento” de inspección turística ………………………:

a. Se contiene en todas las leyes autonómicas.
b. No se contiene en ninguna de las leyes autonómicas.
c. A veces se contiene en las leyes autonómicas.

A

b. No se contiene en ninguna de las leyes autonómicas.

VII. EL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN TURÍSTICA
* El procedimiento de inspección turística no se contiene en ninguna de las leyes autonómicas, solo describen las funciones y medios con que cada Comunidad desarrolla la inspección y los criterios en el ejercicio de la labor inspectora: los de eficacia y oportunidad.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
31
Q

Puede adoptarse como medida provisional “el embargo preventivo de los bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos”?

a. Sí, siempre.
b. Sí, previa audiencia del interesado.
c. No, se trata de una medida desproporcionada de difícil o imposible reparación.

A

b. Sí, previa audiencia del interesado.

2.1.3. Las medidas provisionales en materia turística

  1. Podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil:
    a) Suspensión temporal de actividades.
    b) Prestación de fianzas.
    c) Retirada o intervención de bienes productivos o suspensión temporal de servicios por razones de sanidad, higiene o seguridad, d cierre temporal del establecimiento por estas u otras causas previstas en la normativa reguladora aplicable.

d) Embargo preventivo de bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos.

e) El depósito, retención o inmovilización de cosa mueble.
f) La intervención y depósito de ingresos obtenidos mediante una actividad que se considere ilícita y cuya prohibición o cesación se pretenda.
g) Consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen.
h) La retención de ingresos a cuenta que deban abonar las Administraciones Públicas.
i) Aquellas otras medidas que, para la protección de los derechos de los interesados, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
32
Q

Puede “la categoría de un establecimiento” servir de criterio para aplicar diferentes grados de sanción?

a. Sí.
b. No.
c. Depende

A

a. Sí.

2.2. La graduación de las sanciones turísticas y los criterios para su determinación

  • La graduación de las sanciones administrativas es una consecuencia del mandato de la tipificación de las sanciones, pues cada tipo de infracción conlleva una determinada sanción que ha de ser graduada atendiendo a los criterios que cada Ley autonómica establece.

Los criterios que se ofrecen para aplicar uno u otro grado son variados:
* La subsanación durante la tramitación del procedimiento sancionador.
* Los perjuicios causados a los turistas o terceros.
* El número de personas afectadas.
* El beneficio ilícito obtenido.
* El volumen económico de la actividad.

  • La categoría del establecimiento.
  • La trascendencia del daño o perjuicio causado a la imagen o los intereses turísticos de la CCAA.
  • La reincidencia.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
33
Q

Una empresa de “restauración” es aquella que:

a. Se dedica de forma habitual o esporádica a la reconstrucción del patrimonio histórico artístico previa declaración responsable.
b. Se dedica a elaborar y proporcionar, mediante precio, comidas o bebidas para ser directamente consumidas junto, o no, a otros servicios complementarios.
c. Se dedica de forma habitual a la reconstrucción de cualesquiera bienes inmuebles previo contrato entre las partes y mediante precio.

A

b. Se dedica a elaborar y proporcionar, mediante precio, comidas o bebidas para ser directamente consumidas junto, o no, a otros servicios complementarios.

  1. Concepto de restauración
  • Empresas de restauración: aquellas que se dedican de forma habitual y profesional a suministrar, desde establecimientos, fijos o móviles, abiertos al público, mediante precio, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
34
Q

La………es la actividad consistente en la intermediación entre el usuario y el ofertante del servicio turístico, así como la organización del producto turístico que se canaliza básicamente a través de los
establecimientos turísticos denominados agencias de viajes.

a. Inspección turística.
b. Mediación turística.
c. Actividad administrativa arbitral.

A

b. Mediación turística.

CAPÍTULO PRIMERO: LA OFERTA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO HOTELERO
l. TIPOLOGÍA DE LA OFERTA TURÍSTICA

Las empresas turísticas pueden clasificarse en grupos en función de los servicios:
* Alojamiento Turístico: establecimientos hoteleros, apartamentos y viviendas turísticas, multipropiedad, campamentos de turismo, alojamientos rurales y otros establecimientos similares susceptibles de ser explotados turísticamente como alojamientos.
* Restauración o actividades turísticas complementarias: restaurantes, cafeterías, cafés, bares y similares, discotecas y salas de fiestas en su actividad hotelera, empresas de servicios de restauración a colectividades o a domicilio, catering y similares.

  • Mediación Turística: agencias de viajes, organizadores profesionales de congresos, centrales de reservas, empresas de comercialización turística, empresas especializadas en cursos extranjeros, empresas de turismo activo y empresas de actividades y servicios complementarios.
  • Ocio y Recreo, parques temáticos, parques acuáticos, parques infantiles, parques de atracciones y otros establecimientos similares.
  • Otras actividades y servicios: consultoría y asesoría turística, empresas de información turística, empresas de gestión de productos turísticos y otras empresas que lleven a cabo actividades de similar naturaleza.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
35
Q

La exhibición pública del distintivo acreditativo de la clasificación y aforo de una empresa turística es, con carácter general:

a. Obligatoria para la empresa turística.
b. Voluntaria para la empresa turística.
c. Indiferente.

A

a. Obligatoria para la empresa turística.

II. LA MULTIDIMENSIONALIDAD DEL FENÓMENO TURÍSTICO
2. Turismo y defensa del consumidor
2.1. La delimitación entre lo turístico y el consumo

Obligaciones de las empresas turísticas
* La obligación de obtener de la Administración competente la autorización y clasificación preceptiva para el ejercicio de sus actividades, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener dichas autorizaciones.
* La obligación de comunicar a la Administración de la CCAA las modificaciones o reformas que puedan afectar a la clasificación de los establecimientos, así como los cambios de titularidad.
* La de informar a los clientes sobre la extensión y características de los servicios a convenir y, en su caso, la efectiva prestación de estos.
* La de informar a los clientes sobre los precios a satisfacer si el servicio resulta contratado y, en todo caso, los precios máximos comunicados a la Administración Turística.
* La obligación de entregar al cliente factura detallada, justificante o ticket del importe de los servicios prestados, cumpliendo la normativa de facturación.
* La obligación de facilitar al cliente la hoja de reclamaciones cuando así se le solicite.

  • Obligación de exhibir públicamente, conforme a lo establecido en la normativa correspondiente, el distintivo acreditativo de la clasificación, aforo y cualquier otra variable, así como los símbolos de calidad normalizada.
  • Obligación de disponer de cuantos Libros, Hojas y demás documentos sean exigidos por la reglamentación vigente.
  • La obligación de permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos.
  • Obligación de facilitar en los términos establecidos por la normativa vigente la accesibilidad a los establecimientos de las personas que sufren disminuciones físicas, sensoriales o psíquicas.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
36
Q

En los establecimientos hoteleros es posible distinguir entre:

a. Grupos, modalidades, especialidades y régimen de explotación.
b. Exclusivamente entre modalidades y especialidades.
c. Exclusivamente entre especialidades y régimen de explotación.

A

a. Grupos, modalidades, especialidades y régimen de explotación.

II. LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS
1. La legislación relativa a los establecimientos hoteleros
Las normas reguladoras de los establecimientos hoteleros más recientes han ido solventando defectos de técnica legislativa, aunque siguen teniendo el problema del exceso de variedad tipológica en el conjunto del territorio, generándose con ello una falta de información veraz para el usuario turístico que, ante tanta tipología, muchas veces se equivoca en la elección, frustrándose sus expectativas.

En este tipo de alojamientos es preciso distinguir el grupo, la modalidad, la categoría, la especialización y el régimen de explotación, elementos que condicionan las exigencias técnicas y administrativas que las normas autonómicas imponen a las empresas turísticas hoteleras.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
37
Q

En Cataluña la “Masía” es un establecimiento de turismo rural:

a. Situada en el núcleo de población.
b. Situada fuera del núcleo de población.
c. a y b son ciertas.

A

b. Situada fuera del núcleo de población.

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

Cataluña
Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico, se refiere a los dos tipos de establecimientos de turismo rural: casas de payés y alojamientos rurales.
* Las casas de payés o establecimientos de agroturismo son aquellos en los que la persona titular, payés o payesa profesional, obtiene rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, de acuerdo con los criterios normativos del departamento competente en materia de agricultura, ganadería y explotaciones forestales, y donde las personas usuarias pueden conocer las tareas y actividades propias de la explotación agraria a la que están vinculadas. Se clasifican en:
o Masía. Vivienda unifamiliar fuera de núcleo, situada en el seno de una explotación agrícola, ganadera o forestal, que comparte el payés o payesa con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y, como mínimo, de desayuno.
o Masovería. Vivienda unifamiliar, fuera de núcleo de población, que se alquila en régimen de casa entera.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
38
Q

Para poder ejercer como guía turístico la mayoría de la normativa:

a. Exige una específica “titulación académica”.
b. Exige una específica “formación académica”.
c. Ninguna de las anteriores.

A

b. Exige una específica “formación académica”.

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Las diferentes CCAA ordenan la actividad de los guías turísticos - no profesión titulada - sin la exigencia de una específica ‘titulación académica’, pero sí con la ‘formación académica’ que permite prescribir la exigencia de la intervención de estos profesionales, que han acreditado previamente una determinada capacitación.

Por ello es frecuente que se hable de profesión de guías de turismo, refiriéndose a profesiones no tituladas, pero sí reguladas como actividades turísticas.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
39
Q

Las competencias locales en materia de turismo previstas en la Ley de Bases de Régimen Local son competencias:

a. Propias.
b. Delegadas.
c. Impropias.

A

a. Propias.

V. LA COMPETENCIA TURÍSTICA DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. La competencia turística local
La Ley de Bases de Régimen Local de 1985, en su art. 25.2.h), atribuye a los Municipios la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias, ejerciendo en todo caso como competencias propias, la información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
40
Q

Señale cuál de las siguientes afirmaciones no es cierta en la normativa de ordenación turística canaria:

a) Cuando el turista contrata de forma combinada diferentes servicios a diferentes empresarios, se establece el carácter solidario de la responsabilidad de estos empresarios frente al turista.
b) Se reconoce el derecho a la práctica de actividades de entretenimiento que supongan algún peligro para la salud física o salud mental a menores cuando se hubiera informado de la edad mínima para la práctica de dicha actividad.
c) Se reconoce “el derecho a la tranquilidad, la paz y el sosiego”.

A

b) Se reconoce el derecho a la práctica de actividades de entretenimiento que supongan algún peligro para la salud física o salud mental a menores cuando se hubiera informado de la edad mínima para la práctica de dicha actividad. (NO ES CIERTO)

  1. Turismo y defensa del consumidor
    2.1. La delimitación entre lo turístico y el consumo

a) En los supuestos más complejos, cuando el turista contrata servicios de forma combinada a diferentes empresarios, la ley canaria establece el carácter solidario de la responsabilidad de los empresarios frente al turista, de modo que no está obligado a presentar tantas quejas o reclamaciones como servicios distintos se le han prestado separadamente: se impone la unidad de explotación.

c) La legislación canaria - Ley de ordenación del turismo en Canarias 7/1995, de 6 de abril - fue pionera y reconoció el derecho a la tranquilidad, a la paz y al sosiego - the right to be let alone:

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
41
Q

A tenor del artículo 149.1.18 de la Constitución española, son …………………….. los entes territoriales que ostentan las competencias en materia de promoción y ordenación del turismo en su respectivo ámbito territorial.

a. Los Municipios.
b. Las Provincias.
C. Las Comunidades Autónomas.

A

C. Las Comunidades Autónomas.

El artículo 148.1.18 de la Constitución Española establece que las Comunidades Autónomas pueden asumir la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial. Este precepto constitucional ha permitido que los Estatutos de Autonomía de todas las Comunidades Autónomas recojan esta competencia, garantizando su autogestión y regulación en materia turística.

Además, el Tribunal Constitucional ha confirmado en varias sentencias (como la STC 125/1984) que el turismo es una actividad sobre la que las CCAA tienen un título competencial exclusivo, lo que implica que no hay referencia expresa en el artículo 149 CE que otorgue al Estado una competencia específica en esta materia. Por lo tanto, la gestión del turismo queda en manos de las Comunidades Autónomas.

VI. LA COMPETENCIA AUTONÓMICA SOBRE EL TURISMO

  • La competencia turística se articula en nuestro texto constitucional como competencia autonómica.

El art. 148.1.18 CE establece como competencia de las CCAA la de la ‘promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial’, atribuyendo competencia exclusiva a las CCAA tanto sobre la promoción como sobre la disciplina y la sanción turística que, en todo caso, ha de entenderse en el ámbito de la ordenación del turismo.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
42
Q

Puede la suspensión temporal de actividades adoptarse como una medida provisional?

a. Sí, siempre.
b. Sí, previa audiencia del interesado.
c. No, se trata de una medida desproporcionada.

A

b. Sí, previa audiencia del interesado.

La suspensión temporal de actividades puede adoptarse como una medida provisional en el marco de un procedimiento administrativo, pero debe cumplir ciertos requisitos de proporcionalidad y motivación. Según la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 56, las medidas provisionales deben ser necesarias, proporcionadas y motivadas, y en algunos casos requieren audiencia previa del interesado, excepto en situaciones de urgencia inaplazable o peligro inminente.

Además, la normativa autonómica suele contemplar la posibilidad de suspensión temporal, pero garantizando las mismas garantías que las sanciones administrativas, como el derecho a la defensa y la posibilidad de recurrir la medida​

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
43
Q

Pueden “los perjuicios causados a los turistas o terceros” servir de criterio para aplicar diferentes grados de sanción?

a . Sí.
b. No.
C. Depende.

A

a . Sí.

Los perjuicios causados a los turistas o terceros son uno de los criterios utilizados para graduar las sanciones en el sector turístico. Las sanciones se establecen en distintos niveles (mínimo, medio o máximo) y se aplican considerando diversos factores.

Por lo tanto, los perjuicios sufridos por los turistas o terceros sí influyen en la determinación del grado de la sanción, justificando una mayor o menor severidad según la afectación causada​

2.2. La graduación de las sanciones turísticas y los criterios para su determinación

  • La graduación de las sanciones administrativas es una consecuencia del mandato de la tipificación de las sanciones, pues cada tipo de infracción conlleva una determinada sanción que ha de ser graduada atendiendo a los criterios que cada Ley autonómica establece.

La sanción se gradúa en tres niveles: grado mínimo, medio o máximo.

Según cómo se califiquen, se atribuyen unos márgenes.

Los criterios que se ofrecen para aplicar uno u otro grado son variados:

  • La subsanación durante la tramitación del procedimiento sancionador.
  • Los perjuicios causados a los turistas o terceros.
  • El número de personas afectadas.
  • El beneficio ilícito obtenido.
  • El volumen económico de la actividad.
  • La categoría del establecimiento.
  • La trascendencia del daño o perjuicio causado a la imagen o los intereses turísticos de la CCAA.
  • La reincidencia.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
44
Q

La Administración competente en materia urbanística o en materia industrial incide directamente en los establecimientos turísticos, en su apertura y en el desarrollo de su actividad ordinaria y

a) Son por ello Administración turística.
b) No son por ello Administración turística.
c) Ambas a) y b) son ciertas.

A

b) No son por ello Administración turística.

Las Administraciones competentes en materia urbanística o industrial pueden incidir directamente en la apertura y desarrollo de los establecimientos turísticos mediante licencias, normativas y planes de ordenación, pero esto no las convierte en Administración turística.

La Administración turística es aquella especialmente encargada de la regulación, promoción y control del sector turístico, mientras que la Administración urbanística o industrial se enfoca en aspectos específicos ajenos al turismo pero que lo afectan (como la planificación del suelo o la seguridad industrial).

Estas intervenciones son independientes y su cumplimiento por parte de las empresas turísticas debe integrarse con la normativa sectorial sin alterar su naturaleza administrativa​

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
45
Q

Las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos que parten de España han sido dictadas por:

a) La Unión Europea.
b) El estado español.
c) Las Comunidades Autónomas.

A

a) La Unión Europea.

Las normas sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso de los vuelos están reguladas por la Unión Europea a través del Reglamento (CE) núm. 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.

Este reglamento establece los derechos de los pasajeros que:

Parten de un aeropuerto en un Estado miembro de la UE.
Viajan con destino a un Estado miembro en una aerolínea de la UE.

Además, el Reglamento prevé:

Compensaciones económicas según la distancia del vuelo.
Derechos a reembolso, transporte alternativo y asistencia en caso de retraso o cancelación.
Obligación de las aerolíneas de ofrecer asistencia, como comida, alojamiento y comunicación en caso de incidencias

2.2. Los sistemas de compensación por denegación de embarque

La legislación de consumo se integra con la turística, en relación con el sistema de compensación por denegación de embarque: el overbooking.
La acción de la UE en el sector de los transportes aéreos pretende garantizar un nivel elevado de protección de los pasajeros.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
46
Q

La agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad” se denomina:

a) Monumentos históricos.
b) Conjunto histórico.
c) Conjunto arquitectónico.

A

b) Conjunto histórico.

El conjunto histórico se define como la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, y cuya estructura representa la evolución de una comunidad humana. Esta categoría se otorga porque estos conjuntos son testimonio de su cultura o constituyen un valor de uso y disfrute para la colectividad.

A diferencia de los monumentos históricos, que se refieren a edificaciones individuales de gran valor, y de los conjuntos arquitectónicos, que pueden tener una valoración más técnica o artística, el conjunto histórico tiene una dimensión cultural y social más amplia, al representar un legado patrimonial de interés para la comunidad​

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
47
Q

“Los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas” son:

a) Recursos turísticos.
b) Flujos turísticos.
c) Material turístico.

A

El conjunto histórico se define como la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, y cuya estructura representa la evolución de una comunidad humana. Esta categoría se otorga porque estos conjuntos son testimonio de su cultura o constituyen un valor de uso y disfrute para la colectividad.

A diferencia de los monumentos históricos, que se refieren a edificaciones individuales de gran valor, y de los conjuntos arquitectónicos, que pueden tener una valoración más técnica o artística, el conjunto histórico tiene una dimensión cultural y social más amplia, al representar un legado patrimonial de interés para la comunidad​

  1. Turismo, cultura, ética y estética
    6.1. La legislación de patrimonio cultural y su relación con la legislación turística

Tipología de patrimonios:
* El Patrimonio arqueológico, aquellos bienes muebles e inmuebles de carácter histórico y que son susceptibles de ser analizados con metodología arqueológica. Se incluyen los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.
* El Patrimonio etnográfico, bienes muebles e inmuebles, y conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo en sus diferentes aspectos espirituales, materiales o sociales.
* El Patrimonio documental y bibliográfico, bienes reunidos o no en archivos y bibliotecas que se declaran integrantes de este.
o Documental - documentos con una determinada antigüedad
o Bibliográfico - bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa de las que no conste que existe un número de ejemplares determinado.

Bienes inmuebles de interés cultural, de gran relevancia a efectos turísticos:

  • Monumentos - bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal, siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.
  • Jardines históricos - espacios delimitados, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.
  • Conjunto histórico - agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad.
  • Sitio histórico - lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos del pasado, tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y obras de valor histórico, etnológico, paleontológico y antropológico.
  • Zona arqueológica - lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
48
Q

Se entiende por…………… el complejo turístico que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de sus modalidades, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial y se ubica en áreas geográficas homogéneas.

a) Pueblo recuperado.
b) Ciudad de vacaciones.
c) Hotel de ocio.

A

b) Ciudad de vacaciones.

Una ciudad de vacaciones es un complejo turístico que, además de ofrecer servicios de alojamiento en una o varias modalidades, se basa en un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial. Su ubicación está en áreas geográficas homogéneas, cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa turística.

A diferencia de los pueblos recuperados, que son núcleos deshabitados rehabilitados con una oferta turística basada en la conservación del patrimonio, las ciudades de vacaciones son proyectos planificados desde su concepción para el turismo, con una oferta integrada de servicios y actividades recreativas

V. LOS COMPLEJOS TURÍSTICOS CIUDADES DE VACACIONES, PUEBLOS RECUPERADOS, BALNEARIOS, CENTROS DE ESQUÍ Y MONTAÑA Y PARQUES TEMÁTICOS

Algunas CCAA regulan en sus leyes turísticas la categoría amplia de ‘Complejo turístico’, bajo cuyo paraguas incluyen a:

  • Ciudad de vacaciones: complejo turístico que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de sus modalidades, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial y se ubica en áreas geográficas homogéneas, cumpliendo los requisitos establecidos.
  • Pueblos recuperados: el núcleo deshabitado que se rehabilita y acondiciona para prestar una oferta turística de alojamiento en una o varias de sus modalidades, y que responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial, cumpliendo los requisitos reglamentarios. Se respetarán los valores de la arquitectura tradicional de la zona.
  • Balnearios: complejos turísticos que, contando con instalaciones de alojamiento hotelero y con un manantial de aguas minero-medicinales declaradas de utilidad pública, utilizan estos y otros medios físicos naturales con fines terapéuticos de reposo o similares. Los balnearios que utilicen estas aguas con fines terapéuticos tendrán la consideración de centros sanitarios añadida a la de complejos turísticos, debiéndose ajustar, en los aspectos médicos y en las prestaciones hidrológicas y balneo-terápicas, a lo prescrito por las disposiciones aplicables en materia sanitaria.
  • Centros de esquí y montaña: complejos turísticos dedicados a la práctica de deportes de nieve y montaña que formen un conjunto coordinado de medios de remonte mecánico, pistas e instalaciones complementarias de uso público. En Aragón, los centros de esquí y de montaña tienen el carácter de planes o proyectos de interés general, pudiendo ser de iniciativa y gestión pública o privada y rigiéndose por la normativa urbanística, previa declaración de interés general de conformidad con la normativa de ordenación del territorio, declaración que requerirá, además de las exigencias previstas en la normativa sobre ordenación del territorio, que el plan o proyecto incorpore las siguientes determinaciones.
  • Parques temáticos: complejos turísticos con áreas de gran extensión en las que se ubican de forma integrada actividades y atracciones de carácter recreativo o cultural y usos complementarios deportivos, comerciales, hoteleros o residenciales, con sus servicios correspondientes.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
49
Q

Los entes dotados de personalidad jurídica que agrupan a entidades públicas de diferente orden con entidades privadas sin ánimo de lucro para instalar o gestionar servicios de interés local” se denominan:

a) Consejos de turismo.
b) Consorcios.
c) Patronatos o Agencias de turismo.

A

b) Consorcios.

Los consorcios de turismo son entes con personalidad jurídica propia que agrupan entidades públicas de distinto orden junto con entidades privadas sin ánimo de lucro para la instalación o gestión de servicios de interés local. Su objetivo es coordinar esfuerzos entre distintas administraciones públicas y actores privados para mejorar la oferta turística y optimizar recursos en un destino determinado.

A diferencia de los Consejos de Turismo, que tienen una función más bien consultiva y asesora, o los Patronatos o Agencias de Turismo, que suelen actuar como organismos públicos autónomos o entidades empresariales, los consorcios permiten una colaboración más estrecha y estructurada entre diferentes niveles de gobierno y entidades privadas

V. LA NUEVA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL TURISMO

La especialidad y singularidad de la materia turística ha generado la necesidad en las Administraciones Públicas territoriales de ir hacia nuevos modelos de organización institucional del sector, con una mayor descentralización de las funciones relativas al mismo y, de otro lado, buscando el apoyo de la empresa privada o el asesoramiento de organizaciones de tipo consultivo.

Junto a las Administraciones territoriales (Estado, CCAA y entes locales) implicadas en la competencia turística, hay otro tipo de Administraciones turísticas que vienen desarrollando gran parte de la actividad de fomento e incluso, de la actividad de ordenación del sector turístico y que tienen su cobertura legal o bien en la propia Ley de Bases de Régimen Local o en las propias leyes municipales de cada CCAA o de creación.

Estas son:

  • Patronatos o Agencias de Turismo - organismos públicos, ya sean autónomos o entidades públicas empresariales.
  • Sociedades públicas de Turismo - sociedades mercantiles, normalmente de carácter local, con mayoría pública del capital social y que se rigen por Derecho privado salvo en las materias presupuestarias, contables y de control financiero y de contratación.
  • Consorcios de Turismo - entes dotados de personalidad jurídica que agrupan a entidades públicas de diferente orden con entidades privadas sin ánimo de lucro para instalar o gestionar servicios de interés local.
  • Consejos de Turismo - adscritos a las propias Consejerías de Turismo o las competentes en materia turística, su misión es informar y asesorar sobre la materia turística en la CCAA.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
50
Q

El artículo 148.1.18 de la Constitución española dispone que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de ……………………….. dentro de su ámbito territorial.

a) Fomento y ordenación del turismo.
b) Promoción y fomento del turismo.
c) Promoción y ordenación del turismo.

A

c) Promoción y ordenación del turismo.

El artículo 148.1.18 de la Constitución Española establece que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en materia de promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial. Este precepto les otorga un título competencial exclusivo, permitiéndoles regular y gestionar esta actividad de manera independiente del Estado.

El Tribunal Constitucional ha reconocido en varias sentencias que el turismo es una materia plenamente transferida a las CCAA, que pueden legislar en aspectos como la disciplina, promoción y sanción turística​.

II. LA COMPETENCIA TURÍSTICA EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. SU CARÁCTER MULTIDISCIPLINAR

La Constitución Española de 1978 viene a alterar de forma radical el mapa competencial en lo que a la materia turística se refiere.

  • El art. 148.1.18 CE dispone que las CCAA podrán asumir competencias en materia de: ‘promoción y ordenación del turismo dentro de su ámbito territorial’
  • El art. 149 CE no contiene ninguna referencia expresa al turismo ni directa ni indirectamente.
  • Dentro de los principios rectores de la política social y económica no existe una referencia al turismo en ninguno de sus preceptos, por considerarla dentro del ocio.
  • A partir de ambos preceptos constitucionales los Estatutos de Autonomía de todas las CCAA asumen competencia exclusiva en la materia turística en una descripción muy similar e incluso literal entre ellos.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
51
Q

Ley de Bases de Régimen Local de 1985 atribuye a los Municipios, como competencias propias, la información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

a) Verdadero.
b) Falso.
c) Depende de lo que establezca la Ley de Procedimiento Administrativo.

A

a) Verdadero.

La Ley de Bases de Régimen Local de 1985, en su artículo 25.2.h), establece que los Municipios tienen la competencia propia para gestionar sus intereses en materia turística, incluyendo la información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

Además, el artículo 27.3.j) permite que las Comunidades Autónomas deleguen en los Municipios la promoción y gestión turística cuando se considere oportuno para mejorar la eficacia de la gestión pública y fomentar la participación ciudadana. Sin embargo, en la práctica, estas competencias delegadas suelen limitarse a aspectos promocionales e informativos, excluyendo la disciplina, control, inspección y sanción turística​

V. LA COMPETENCIA TURÍSTICA DE LAS ENTIDADES LOCALES

  1. La competencia turística local

La Ley de Bases de Régimen Local de 1985, en su art. 25.2.h), atribuye a los Municipios la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias, ejerciendo en todo caso como competencias propias, la información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

Por vía indirecta, hay competencias locales que inciden el turismo:

  • [art. 25.2.l)] se refiere a la competencia local en la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre y
  • [art. 25.2.m)] a la promoción de la cultura y equipamientos culturales
  • [art. 27.3.j)] las CCAA pueden delegar en los Municipios la promoción y gestión turística.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
52
Q

La declaración responsable se regula en:

a) La Constitución española.
b) La ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) La Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

A

c) La Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, regula la Declaración Responsable, la cual sustituye la autorización administrativa previa para el inicio de ciertas actividades económicas. Esta ley se enmarca en la transposición de la Directiva de Servicios 2006/123/CE de la Unión Europea y busca facilitar la libertad de establecimiento en la prestación de servicios.

En el sector turístico, la declaración responsable permite a los prestadores de servicios manifestar, bajo su responsabilidad, que cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente, disponen de la documentación acreditativa y se comprometen a mantener su cumplimiento durante el desarrollo de la actividad. Sin embargo, la Administración sigue teniendo la facultad de inspección y control posterior para verificar su exactitud

b) Incorrecta - La ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del 1 de octubre, regula en la actualidad el procedimiento administrativo sancionador.

3.2. La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad

La intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros siempre se ha basado en la inicial autorización de apertura y clasificación. A partir de 2009, la legislación turística exige los mismos requisitos previos y, para la obtención de esa información, a través de la cual se obtiene una clasificación provisional, es preciso aportar toda una serie de documentos acreditativos.

La declaración responsable sustituye la aportación documental por la declaración del promotor: ‘cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad’ (art. 3.9 Ley 17/2009).

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
53
Q

Los inspectores de turismo son considerados como “agentes de la autoridad”.

a) Verdadero.
b) Falso.
c) Depende de la gravedad de la inspección.

A

a) Verdadero.

Los inspectores de turismo son considerados “agentes de la autoridad” en el ejercicio de sus funciones de inspección. Esta condición les permite:

Realizar inspecciones con acceso a documentación y dependencias de los establecimientos turísticos.
Solicitar el apoyo de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y otras autoridades.
Garantizar el cumplimiento de la normativa turística mediante medidas coercitivas si fuera necesario.

Las legislaciones autonómicas han otorgado expresamente esta condición, y deben acreditar su autoridad con una credencial oficial.

Sin embargo, aunque pueden tomar medidas preventivas ante infracciones, el uso de la fuerza queda limitado y requiere justificación legal​

IV. EL INSPECTOR DE TURISMO
La Administración Pública autonómica es el sujeto actuante de la inspección desarrollada a través de los inspectores de turismo.
Las características comunes con otros inspectores administrativos - de consumo o los laborales - no impide que los turísticos tengan ciertas peculiaridades, atendiendo a los intereses que se protegen con esta legislación administrativa especial.

  1. El inspector de turismo como autoridad o agente de la autoridad

La inspección de turismo estatal ya en la Orden de 22 de octubre de 1952 se encomendaba a inspectores del Ministerio de Información y Turismo, si bien nada se decía sobre la condición de autoridad de estos funcionarios.

  • En el marco de su competencia turística, las CCAA han regulado sus servicios de inspección, atribuyendo sus funciones y características, entre ellas, la de su carácter de ‘Autoridad’ o de ‘Agentes de la Autoridad’.

La condición de autoridad debe ser acreditada con la correspondiente credencial.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
54
Q

El instrumento capital de la inspección turística cuyo contenido es el resultado de la investigación o de la actuación inspectora se denomina:

a) Hoja de reclamaciones.
b) Citaciones.
c) Acta de inspección.

A

c) Acta de inspección.

El acta de inspección es el instrumento principal de la inspección turística, ya que recoge los resultados de la investigación y las actuaciones de vigilancia y comprobación de la normativa turística vigente.

Las actas de inspección:

Son documentos públicos con valor probatorio, salvo prueba en contrario.
Deben incluir la identificación del inspector, del establecimiento inspeccionado y de los responsables.
Reflejan hechos observados directamente por el inspector o documentados durante la inspección.
Sirven como base para posibles procedimientos sancionadores.

Las diferentes CCAA han regulado su procedimiento de formalización, y se otorga a estas actas presunción de veracidad, salvo prueba en contrario​

  1. Las actas de inspección
  • El acta de inspección es el documento que extienden los inspectores de Turismo, en los que se recoge el resultado de la investigación, de la función inspectora de vigilancia y comprobación de la normativa turística vigente.

Todas las normas autonómicas otorgan veracidad a estos documentos extendidos por los inspectores, de los hechos a los que se refieren, salvo prueba en contrario.

Las actas de inspección tienen carácter de documentos públicos con valor probatorio, y acreditarán, excepto que de la valoración conjunta de las pruebas aportadas resulte lo contrario, la veracidad de los hechos susceptibles de percepción directa por el inspector, de los inmediatamente deducibles de aquellos y de los acreditados por medios de prueba consignados en la propia acta, como los documentos o declaraciones incorporados a la misma.

Las actas pueden constatar la existencia de hechos con objeto de apreciar el cumplimiento o incumplimiento de las normas turísticas, y comprobar la certeza de los hechos denunciados o de hechos controvertidos en el expediente sancionador.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
55
Q

……………………………… sirven para que los interesados presenten o remitan a la inspección documentos o ejecuten determinadas actuaciones; se efectúan por cualquier medio que permita tener constancia de su realización y son anotados en el Libro de inspección.

a) Los requerimientos.
b) Los informes.
c) Las visitas.

A

a) Los requerimientos.

Los requerimientos sirven para que los interesados presenten o remitan a la inspección documentos o ejecuten determinadas actuaciones. Se efectúan por cualquier medio que permita tener constancia de su realización, incluidas las actas de inspección, y deben ser anotados en el Libro de Inspección.

El incumplimiento de un requerimiento puede ser considerado obstaculización o resistencia a la inspección, lo que puede derivar en sanciones. Además, las leyes autonómicas pueden establecer medios adicionales para lograr una investigación legal eficaz

  1. Otros instrumentos de inspección

3.1. El Libro de Inspección
* Más que de un instrumento de inspección se trata de un medio que plasma el resultado de esta.
* Las empresas turísticas tienen la obligación genérica de disponer de él y lo confecciona la Consejería competente.

3.2. Las Hojas de Reclamaciones
La reclamación o queja tiene por objeto poner en conocimiento de las autoridades competentes las deficiencias apreciadas por los usuarios turísticos

3.3. Visitas
Las visitas de los inspectores son un cauce que permite a estos, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden del superior.

3.4. Informes
El informe a veces constituye el único resultado de la inspección. Los inspectores pueden emitirlos de oficio, a petición de los instructores de los procedimientos sancionadores o por orden superior

3.5. Citaciones
Las citaciones tienen por objeto personar a los titulares de las empresas turísticas, sus representantes o su personal, en los lugares que se indiquen por la inspección a los efectos del desarrollo de su labor.

3.6. Requerimientos
El requerimiento sirve para que los interesados presenten o remitan a la inspección documentos o ejecuten determinadas actuaciones.
Los requerimientos se efectúan por cualquier medio que permita tener constancia de su realización, incluidas las actas de inspección.
Son anotados en el Libro de inspección y su incumplimiento se considera obstaculización o resistencia a la inspección.
Estos medios no son numerus clausus, cualquier otro que sirva para lograr una investigación legal puede ser utilizado para la labor inspectora.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
56
Q

Son empresas de restauración:

a) Los bares, cafeterías y restaurantes.
b) Las dedicadas a la rehabilitación de edificios.
c) Las que reestructuran la organización interna de funcionamiento.

A

a) Los bares, cafeterías y restaurantes.

Las empresas de restauración son aquellas que, de forma habitual y profesional, suministran comidas y bebidas mediante precio en establecimientos abiertos al público, ya sea para consumo en el propio local o para llevar.

Dentro de esta categoría se incluyen:

Restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
Establecimientos de catering y servicios de restauración a colectividades.
Empresas de restauración a domicilio.

Lo que caracteriza a una empresa de restauración no es que esta sea su actividad prioritaria, sino que forme parte de su actividad la elaboración y venta de comidas o bebidas para consumo directo.
Además, estas empresas pueden ser tanto independientes como parte de centros, instituciones u organismos más amplios​

  1. Concepto de restauración

La actividad de restauración a veces se halla vinculada a otros servicios complementarios que, de forma accesoria, pueden ser prestados por los establecimientos turísticos o no turísticos.

También existen establecimientos turísticos que, de forma principal o única, llevan a cabo esta actividad, como son los restaurantes, cafeterías, bares o similares.

Pueden tener diversas denominaciones y ser restaurantes, cafeterías, cafés, bares y similares, discotecas y salas de fiestas, en su actividad hostelera, empresas de servicios de restauración a colectividades, establecimientos de catering y empresas de servicios de restauración a domicilio ‘u otros establecimientos similares.

Lo que califica a una empresa como de restauración no es que esta sea una actividad prioritaria, sino que forme parte de su actividad la elaboración mediante precio de comidas o bebidas para ser directamente consumidas, con independencia de que ello se haga de forma conjunta a otros servicios.

No se definen cuáles son esos otros servicios complementarios.

La ordenación turística los incluye en su modalidad de ocio y recreo o de otras actividades turísticas: consultoría y asesoría turística, información turística, gestión de productos turísticos o de similar naturaleza.

  • Empresas de restauración: aquellas que se dedican de forma habitual y profesional a suministrar, desde establecimientos, fijos o móviles, abiertos al público, mediante precio, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.
    También son de aplicación las disposiciones turísticas cuando esa misma actividad se presta con carácter complementario en locales de pública concurrencia.

Tales establecimientos pueden tener entidad propia e independiente, o formar parte de Empresas, Centros, Instituciones y Organismos, constituyendo actividad accesoria de estos, con independencia de la normativa específica que los regula.

Quedan incluidos:
* los establecimientos sujetos a la competencia de la Administración turística: restaurantes y cafeterías, cafés, bares, tabernas, cantinas y otros establecimientos que sirvan comidas.
* los establecimientos de temporada - ’chiringuitos’
* los establecimientos de cualquier naturaleza dedicados a los servicios de restauración.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
57
Q

Son empresas de intermediación turística:

a Las agencias de viajes.
b) Las centrales de reserva.
c) Ambas.

A

c) Ambas.

Las empresas de intermediación turística incluyen tanto las agencias de viajes como las centrales de reserva. Ambas realizan funciones de mediación entre el usuario y el ofertante del servicio turístico, así como la organización del producto turístico.

Agencias de viajes: Son los agentes turísticos de mediación más regulados. Se dedican a la organización y venta de viajes combinados, así como a la reserva y comercialización de otros servicios turísticos.

Centrales de reserva: Empresas que se dedican a la reserva de servicios turísticos de forma individualizada, sin tener la capacidad de organizar viajes combinados. Funcionan como un intermediario entre consumidores y proveedores de servicios turísticos.

En algunas CCAA, se hace una distinción clara entre agencias de viajes y centrales de reserva, pero ambas se engloban dentro de la intermediación turística​

l. CONCEPTO Y TIPOLOGÍA DE LA MEDIACIÓN TURÍSTICA
* Mediación turística: actividad consistente en la intermediación entre el usuario y el ofertante del servicio turístico, así como la propia organización del producto turístico.
Las agencias de viajes y las centrales de reserva son, aunque con excepciones, la tipología más común de empresas de mediación turística.
Las leyes de ordenación turística autonómicas varían, algunas solo prevén a las agencias de viajes, otras consideran a empresas de más variada tipología

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
58
Q

El principio de legalidad implica que:

a) Las infracciones y las sanciones estén previstas en una ley.
b) Exista intencionalidad o reiteración de la infracción.
c) La sanción prevista en la ley sea proporcionada a la infracción.

A

a) Las infracciones y las sanciones estén previstas en una ley.

El principio de legalidad es un pilar fundamental del derecho administrativo sancionador y establece que ninguna persona puede ser sancionada por una conducta que no esté expresamente tipificada como infracción en una norma con rango de ley. Esto implica que las Administraciones Públicas solo pueden imponer sanciones si existe una norma previa que define tanto la conducta sancionable como la sanción aplicable.

En el contexto del Derecho Administrativo del Turismo, el principio de legalidad garantiza la seguridad jurídica para los operadores turísticos y usuarios, asegurando que la actuación administrativa en materia sancionadora se limite a lo establecido en la legislación vigente.

Las opciones b) y c) hacen referencia a otros principios del derecho sancionador, como la intencionalidad o reiteración (relacionado con la culpabilidad y reincidencia) y la proporcionalidad de la sanción, pero no son el eje central del principio de legalidad.

II. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y RESERVA DE LEY EN MATERIA TURÍSTICA

El contenido del principio de legalidad en el Derecho administrativo sancionador se deduce del art. 25.1 CE y de las interpretaciones jurisprudenciales y doctrinales desde la promulgación del texto constitucional: ‘Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento’.

El precepto constitucional consagra el principio de legalidad de las sanciones administrativas que integra:

  • el mandato de reserva legal;
  • el mandato de tipificación;
  • la prohibición denominada non bis in idem - la prohibición de doble sanción por la misma infracción
  • la prohibición de retroactividad de las normas sancionadoras desfavorables.

De ahí que tenga que ser una ley formal la que recoja la potestad sancionadora de la Administración en el sector turístico STC 305/1993, de 25 de octubre, FJ 3ª.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
59
Q

La “estrella” es el distintivo que, en términos generales, acredita:

a) La modalidad de un establecimiento hotelero.
b) La categoría de un establecimiento hotelero.
c) Ninguna de las anteriores.

A

b) La categoría de un establecimiento hotelero.

CAPÍTULO PRIMERO: LA OFERTA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO HOTELERO
II. LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS

  1. La clasificación autonómica de los establecimientos hoteleros

El sistema de clasificación de establecimientos hoteleros en España se basa en un criterio de estrellas, que indica la categoría del hotel según sus características, servicios y equipamientos. Este sistema varía según la normativa de cada comunidad autónoma, ya que la regulación del turismo es una competencia autonómica, pero en términos generales, más estrellas significan mayor calidad y cantidad de servicios.

1 estrella: Servicios básicos y menor confort.
2 estrellas: Más comodidades, pero con limitaciones en instalaciones.
3 estrellas: Buen nivel de confort y servicios adicionales.
4 estrellas: Servicios de alta calidad, con equipamientos avanzados.
5 estrellas: Máximo nivel de lujo y exclusividad.

Por lo tanto, la estrella no acredita la modalidad del establecimiento hotelero (opción a), sino su categoría.

II. LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS
1. La legislación relativa a los establecimientos hoteleros

Categorías. Varían según las modalidades, se acepta la estrella como distintivo

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
60
Q

La prestación de fianzas es una medida provisional contemplada en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

a) Verdadero, pero sólo para casos excepcionales.
b) Verdadero en todo caso.
c) Falso.

A

a) Verdadero, pero sólo para casos excepcionales.

Las medidas provisionales en materia turística no siempre se consideran sanciones, pero sí pueden afectar a los derechos del infractor.
La Ley 39/2015, en su artículo 56, prevé que el órgano competente puede adoptar medidas provisionales en casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados.

Entre las medidas provisionales que pueden aplicarse en materia turística, se menciona la prestación de fianzas, pero su aplicación debe ser motivada y proporcional, por lo que no se aplica en todos los casos, sino solo en circunstancias excepcionales​.

Por lo tanto, la opción b) “Verdadero en todo caso” es incorrecta, ya que la prestación de fianzas no es una medida generalizada, sino excepcional.
c) “Falso” es incorrecta porque la prestación de fianzas sí está contemplada en la Ley 39/2015 como una posible medida provisional.

2.1.3. Las medidas provisionales en materia turística

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, art. 56, prevé las medidas provisionales:
* Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar de forma motivada las medidas provisionales que resulten necesarias y proporcionadas. Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
61
Q

El conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los demandantes turísticos recibe el nombre de:

a) Oferta turística.
b) Patrimonio turístico.
c) Servicios turísticos.

A

a) Oferta turística.

La oferta turística es el conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los turistas. Esta oferta incluye alojamientos, transporte, restauración, actividades recreativas y culturales, entre otros elementos que configuran el sector turístico.

b) “Patrimonio turístico” es incorrecta porque el patrimonio turístico hace referencia a los recursos culturales, históricos, naturales o arquitectónicos que tienen valor turístico, pero no engloba la totalidad de los bienes y servicios ofrecidos en el mercado.

c) “Servicios turísticos” también es incorrecta, ya que los servicios turísticos forman parte de la oferta turística, pero no abarcan todos los elementos que la componen.

Por lo tanto, la “oferta turística” es el término correcto para designar el conjunto de productos y servicios turísticos disponibles en el mercado para los turistas.

CAPÍTULO PRIMERO: LA OFERTA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO HOTELERO
l. TIPOLOGÍA DE LA OFERTA TURÍSTICA

La oferta turística es el conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los demandantes turísticos.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
62
Q

Para obtener la habilitación preceptiva para poder ejercer como guía turístico en cualquier Comunidad Autónoma es necesario:

a) Ser español.
b) Ser mayor de edad.
c) Ambas son ciertas (a y b).

A

b) Ser mayor de edad.

Para obtener la habilitación preceptiva como guía turístico en cualquier Comunidad Autónoma de España, no es requisito ser español, sino poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de un país con convenio de reciprocidad con España en este ámbito.

Sin embargo, sí es obligatorio ser mayor de edad, además de cumplir con otros requisitos, como poseer un título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, Técnico Superior en Información y Comercialización Turística o al menos un grado universitario de diplomado, y superar determinadas pruebas de aptitud en algunas Comunidades Autónomas​

Por lo tanto:

La opción a) “Ser español” es incorrecta, ya que no es un requisito exclusivo.
La opción c) “Ambas son ciertas” también es incorrecta, porque no se exige ser español.
La opción b) “Ser mayor de edad” es la correcta, ya que es un requisito imprescindible.

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Para obtener la habilitación preceptiva se exige cumplir con determinados requisitos:

  • Poseer la nacionalidad de algún Estado miembro de La UE, asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o con convenio de reciprocidad con el Estado español en este ámbito;
  • ser mayor de edad;
  • poseer el título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas o Técnico Superior en Información y Comercialización Turística o grado académico al menos de diplomado universitario y
  • superar determinadas pruebas de aptitud - Andalucía.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
63
Q

Ser Guía de Turismo es:

a) Una actividad turística.
b) Una profesión.
c) Un reconocimiento académico.

A

a) Una actividad turística.

CAPÍTULO SEXTO: LAS ENSEÑANZAS Y PROFESIONES TURÍSTICAS
III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS​

Ser guía de turismo es una profesión, ya que implica la prestación habitual y retribuida de servicios de información en materia cultural, artística, histórica, natural y geográfica a quienes realizan visitas a bienes integrantes del Patrimonio Histórico en cada Comunidad Autónoma.

Si bien no se considera una profesión titulada, sí se regula como una actividad turística profesional con requisitos específicos de habilitación. Estos requisitos incluyen la formación académica adecuada y la obtención de una licencia administrativa que autoriza el ejercicio de la profesión

La opción a) “Una actividad turística” es incorrecta porque, aunque el turismo es el sector en el que se enmarca esta profesión, ser guía de turismo implica una actividad laboral profesionalizada.
La opción c) “Un reconocimiento académico” es incorrecta, ya que la habilitación de guía turístico no otorga un título académico, sino una autorización administrativa para ejercer la profesión.

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Las diferentes CCAA ordenan la actividad de los guías turísticos - no profesión titulada - sin la exigencia de una específica ‘titulación académica’, pero sí con la ‘formación académica’ que permite prescribir la exigencia de la intervención de estos profesionales, que han acreditado previamente una determinada capacitación.

Por ello es frecuente que se hable de profesión de guías de turismo, refiriéndose a profesiones no tituladas, pero sí reguladas como actividades turísticas.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
64
Q

La clasificación de las sanciones turísticas están previstas en:

a) La normativa estatal.
b) La normativa autonómica.
c) En ninguna de ellas.

A

b) La normativa autonómica.

Las sanciones en materia turística están reguladas principalmente por la normativa de cada Comunidad Autónoma, ya que el turismo es una competencia autonómica en España. Las leyes autonómicas clasifican las sanciones y establecen su correspondencia con las infracciones, según su orden de gravedad.

Las sanciones turísticas pueden incluir:

Apercibimiento.
Multa.
Suspensión del ejercicio de actividades turísticas.
Clausura definitiva o temporal del establecimiento.
Pérdida de derechos a beneficios financieros, fiscales u otros otorgados por la Comunidad Autónoma.
Revocación del título o autorización.
Por lo tanto:

La opción a) “La normativa estatal” es incorrecta, ya que, aunque existe normativa estatal supletoria, la competencia principal en materia sancionadora turística es autonómica.
La opción c) “En ninguna de ellas” también es incorrecta, ya que las sanciones están claramente reguladas en las leyes autonómicas.
La opción b) “La normativa autonómica” es la correcta, pues cada Comunidad Autónoma establece y aplica su propio régimen sancionador

  1. La sanción turística y su tipificación
    2.1. La clasificación de las sanciones turísticas en las leyes autonómicas

2.1.1. Las sanciones turísticas comunes
Las actuales leyes autonómicas responden con mayor rigor al mandato de la tipificación, enumeran las sanciones y establecen la correspondencia con las infracciones, según su orden de gravedad.
La clasificación de las sanciones no varía excesivamente de una a otra CCAA:
* Apercibimiento;
* Multa;
* Suspensión del ejercicio de las actividades turísticas;
* Clausura definitiva o temporal del establecimiento;
* Pérdida de los derechos a los beneficios financieros, fiscales o de otra índole otorgados por la comunidad autónoma, y
* Revocación del título o autorización.

2.1.2. Las sanciones turísticas accesorias o complementarias
La sanción accesoria no es esencial, depende de la sanción principal impuesta a una infracción y suele aplicarse cuando hay reincidencia en la conducta.
En algunas leyes autonómicas se mencionan estas sanciones y las reglas de aplicación
* suspensión de actividad,
* clausura del establecimiento,
* revocación de autorización o licencia,
* suspensión o retirada de cualquier subvención o ayuda,
* restauración de los desperfectos.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
65
Q

El turismo puede desempeñar según la Agenda 2030 un papel crucial para lograr el acceso a:

a) Localidades inaccesibles
b) Experiencias turísticas nuevas
c) El agua y la seguridad, la higiene y el saneamiento para todos

A

c) El agua y la seguridad, la higiene y el saneamiento para todos

Según la Agenda 2030, el turismo puede desempeñar un papel crucial en el acceso al agua limpia y al saneamiento mediante el uso eficiente del agua, la implementación de medidas de seguridad apropiadas, la gestión de aguas residuales, el control de la contaminación y la eficiencia tecnológica​

a) “Localidades inaccesibles” es incorrecta, ya que, aunque el turismo puede impulsar infraestructuras en zonas remotas, la Agenda 2030 enfatiza más su impacto en el acceso a recursos esenciales como el agua y el saneamiento.

b) “Experiencias turísticas nuevas” también es incorrecta, porque la Agenda 2030 se centra en el desarrollo sostenible y la equidad en el acceso a recursos básicos, más que en la diversificación de experiencias turísticas.

La opción c) “El agua y la seguridad, la higiene y el saneamiento para todos” es la correcta, ya que estos aspectos están alineados con los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU

3.3. Turismo sostenible

En el sector turístico hay que tener en cuenta los nexos entre turismo y factores ambientales, sociales y económicos.

  • El Tratado de Lisboa señala como uno de los objetivos fundamentales de la política europea del turismo, el de fomentar la competitividad del sector, a largo plazo, puesto que la competitividad está estrechamente relacionada con la sostenibilidad del modo de desarrollo.

En relación con el turismo, la Agenda 2030 apunta:

Objetivo 6: Agua limpia y saneamiento.
Mediante el uso eficiente del agua, con medidas de seguridad apropiadas, gestión de aguas residuales, control de la contaminación y eficiencia tecnológica.

(El Turismo tiene más o menos impacto en los 17 ODS)

IV. LAS DIRECTRICES GENERALES DE ESTRATEGIA SOSTENIBLE DE ESPAÑA 2030: LA FORMACIÓN TURÍSTICA

Diversos ejes de actuación de la Agenda 2030 afectan al sector turístico:

Eje 3: transformación competitiva

Líneas de actuación:
* Fortalecer el ecosistema público-privado de impulso a la transformación competitiva.
* Fomentar la conexión entre la industria tecnológica y la turística
* Desplegar una estrategia digital para el sector turismo.
* Desarrollar las normas públicas para la transformación digital.
* Impulsar la adaptación de la regulación existente al nuevo entorno turístico

Eje 4, relativo al espacio turístico, empresas y personas
Líneas de actuación:
* Dotar al territorio de nuevas capacidades, infraestructuras y recursos de gestión.
* Impulsar la calidad del turismo español.
* Promover una mayor calidad del empleo turístico

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
66
Q

La consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen es:

a) Una medida provisional
b) Una multa coercitiva
c) Una sanción complementaria

A

a) Una medida provisional

La consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen es una medida provisional contemplada en el artículo 56 de la Ley 39/2015. Se trata de una acción preventiva adoptada antes de la resolución definitiva del procedimiento, con el objetivo de garantizar la efectividad de la resolución administrativa y proteger los intereses implicados​

b) “Una multa coercitiva” es incorrecta, ya que las multas coercitivas son medios de ejecución de actos administrativos y no medidas provisionales.
c) “Una sanción complementaria” también es incorrecta, porque las sanciones accesorias o complementarias dependen de la existencia de una infracción y sanción principal, mientras que la consignación de cantidades se adopta antes de la resolución final.

Por lo tanto, se trata de una medida provisional que busca evitar perjuicios y garantizar el cumplimiento de la resolución.

2.1.3. Las medidas provisionales en materia turística

  • Podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil:
    a) Suspensión temporal de actividades.
    b) Prestación de fianzas.
    c) Retirada o intervención de bienes productivos o suspensión temporal de servicios por razones de sanidad, higiene o seguridad, d cierre temporal del establecimiento por estas u otras causas previstas en la normativa reguladora aplicable.
    d) Embargo preventivo de bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos.
    e) El depósito, retención o inmovilización de cosa mueble.
    f) La intervención y depósito de ingresos obtenidos mediante una actividad que se considere ilícita y cuya prohibición o cesación se pretenda.
    g) Consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen.
    h) La retención de ingresos a cuenta que deban abonar las Administraciones Públicas.
    i) Aquellas otras medidas que, para la protección de los derechos de los interesados, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
67
Q

Los guías de turismo son:

a) Una profesión titulada
b) Una profesión que requiere de una formación académica
c) Una profesión que requiere de una titulación académica

A

b) Una profesión que requiere de una formación académica

Los guías turísticos no se consideran una profesión titulada, ya que ninguna norma con rango de ley los ha configurado como tales. Sin embargo, sí requieren de una formación académica específica para ejercer su actividad. Las Comunidades Autónomas establecen requisitos como:

Poseer el título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, Técnico Superior en Información y Comercialización Turística o un grado académico universitario equivalente.
Superar pruebas de aptitud específicas en algunas comunidades autónomas.
Obtener una habilitación administrativa para ejercer la profesión​

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Las diferentes CCAA ordenan la actividad de los guías turísticos - no profesión titulada - sin la exigencia de una específica ‘titulación académica’, pero sí con la ‘formación académica’ que permite prescribir la exigencia de la intervención de estos profesionales, que han acreditado previamente una determinada capacitación.
Por ello es frecuente que se hable de profesión de guías de turismo, refiriéndose a profesiones no tituladas, pero sí reguladas como actividades turísticas.
* La actividad propia de los guías de turismo consiste en la prestación, de manera habitual y retribuida, de servicios de información en materia cultural, artística, histórica, natural y geográfica a quienes realicen visitas colectivas a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico en cada CCAA.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
68
Q

El Sistema por el que se apuesta para continuar impulsando las políticas de calidad turística para mantener la ventaja competitiva y continuar siendo un referente mundial del Turismo hasta el año 2030, es:

a) El Modelo Estratégico de Turismo Sostenible (METS)
b) Estrategia Competitiva para el Turismo Español (ECTE)
c) Sistema de Calidad Turística Español (SCTE)

A

c) Sistema de Calidad Turística Español (SCTE)

El Sistema de Calidad Turística Español (SCTE) es el modelo por el que se apuesta para continuar impulsando las políticas de calidad turística en España hasta 2030. Su objetivo es mantener la ventaja competitiva y continuar siendo un referente mundial en el sector.

Se centra en:

Mejorar la capacidad competitiva, productividad y rentabilidad de las empresas turísticas.
Profundizar en la innovación, inclusividad y sostenibilidad.
Promover la hospitalidad como valor fundamental de la oferta turística española.
Elevar la calidad del empleo en el sector.
Por lo tanto:

a) “El Modelo Estratégico de Turismo Sostenible (METS)” es incorrecta, ya que no es el sistema que lidera las políticas de calidad turística en España.
b) “Estrategia Competitiva para el Turismo Español (ECTE)” también es incorrecta, ya que no es el plan específicamente identificado para la calidad turística en 2030.
c) “Sistema de Calidad Turística Español (SCTE)” es la correcta, pues este sistema es el que se está evolucionando y reforzando para garantizar la calidad y la competitividad del turismo español​

IV. LAS DIRECTRICES GENERALES DE ESTRATEGIA SOSTENIBLE DE ESPAÑA 2030: LA FORMACIÓN TURÍSTICA

Diversos ejes de actuación de la Agenda 2030 afectan al sector turístico:

Eje 3: transformación competitiva

Líneas de actuación:
* Fortalecer el ecosistema público-privado de impulso a la transformación competitiva.
* Fomentar la conexión entre la industria tecnológica y la turística
* Desplegar una estrategia digital para el sector turismo.
* Desarrollar las normas públicas para la transformación digital.
* Impulsar la adaptación de la regulación existente al nuevo entorno turístico

Eje 4, relativo al espacio turístico, empresas y personas
Líneas de actuación:
* Dotar al territorio de nuevas capacidades, infraestructuras y recursos de gestión.
* Impulsar la calidad del turismo español.
* Promover una mayor calidad del empleo turístico

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
69
Q

El contrafomento de inversión significa que:

a) Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo.
b) La inversión en turismo es contraproducente a otros ámbitos asimismo importantes.
c) La inversión ha de ser equilibrada entre los diversos objetivos de una región.

A

c) La inversión ha de ser equilibrada entre los diversos objetivos de una región.

El contrafomento de inversión hace referencia a la necesidad de equilibrar la inversión en el turismo para lograr un modelo turístico sostenible y eficiente. Esto implica priorizar ejes estratégicos de desarrollo económico y ambiental, evitando una sobreinversión en turismo que pueda ser perjudicial para otros sectores clave de una región.

Este concepto está alineado con las estrategias de planificación turística, que integran el desarrollo del turismo con otros planes urbanísticos, medioambientales y energéticos. La eficiencia en la inversión turística requiere una gestión equilibrada para asegurar un desarrollo sostenible y evitar impactos negativos en otras áreas.

a) “Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo” es incorrecta, ya que el contrafomento de inversión no implica invertir en áreas que perjudiquen al turismo, sino equilibrar la inversión con otros objetivos.
b) “La inversión en turismo es contraproducente a otros ámbitos asimismo importantes” también es incorrecta, ya que no se considera que la inversión en turismo sea perjudicial en sí misma, sino que debe gestionarse con criterios de sostenibilidad.
c) “La inversión ha de ser equilibrada entre los diversos objetivos de una región” es la correcta, porque refleja el principio de sostenibilidad y gestión equilibrada de los recursos turísticos.

  1. El contrafomento turístico

Contrafomento de consolidación - Conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no fomento de determinados agentes turísticos, obstaculizan, detienen o paralizan la promoción de sus servicios.

Contrafomento de inversión - Conjunto de actividades administrativas que detienen las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
70
Q

El conjunto de intereses a los que responde la norma turística y en particular, la norma de disciplina turística, obliga a la Administración a concretar en cada caso el interés público protegido por la norma y, en consecuencia, en la infracción tipificada.

a) Verdadero.
b) Falso.
c) Depende.

A

a) Verdadero.

El conjunto de intereses a los que responde la norma turística, y en particular, la norma de disciplina turística, obliga a la Administración a determinar en cada caso el interés público protegido por la norma y la infracción tipificada.

Este interés público puede estar relacionado con diferentes aspectos, tales como:

Ofrecer un servicio turístico de calidad, evitando prácticas ilegales como la venta ambulante en establecimientos.
Proteger y defender a los consumidores y usuarios turísticos, sancionando deficiencias en la atención y trato a la clientela.
Preservar la imagen turística del municipio o comunidad, imponiendo sanciones por falta de limpieza o mantenimiento en locales y establecimientos​

Dado que la Administración debe concretar en cada caso el interés público protegido, la afirmación es correcta, por lo que la opción a) “Verdadero” es la correcta.

La opción b) “Falso” es incorrecta, porque la Administración sí tiene la obligación de definir el interés público protegido en cada infracción.
La opción c) “Depende” también es incorrecta, ya que la norma exige esta concreción de forma generalizada.

1.2. La tipificación de infracciones turísticas y los conceptos jurídicos indeterminados
Muchos de los términos utilizados en la legislación autonómica no son concretos, amplían el margen de apreciación administrativa.

La Administración Pública que sanciona debe interpretar en base a tres aspectos:
* los criterios a los que no siempre las normas se remiten;
* teniendo en cuenta además el interés público que protegen las normas turísticas y demás normas a las que estas se remiten, y
* que la conducta objeto de infracción ha de ser mínimamente adecuada para producir el riesgo de lesión de esos intereses públicos.
La mayoría de las infracciones se generan por la creación de la situación de riesgo con independencia de sus eventuales consecuencias.

El conjunto de intereses a los que responde la norma turística y, en particular, la norma de disciplina turística obliga a la Administración a concretar cuál sea ese interés público protegido por la norma y, en consecuencia, en la infracción tipificada.

Ese interés público turístico a veces se integra en uno o varios intereses más genéricos como son los enunciados en algunos Preámbulos de estas leyes:
* el de ofrecer un servicio turístico de calidad (permitir la venta ambulante ilegal de objetos en el establecimiento);
* el de proteger y defender a los consumidores y usuarios turísticos (deficiencias de atención y trato a la clientela);
* el de proteger la imagen turística del municipio o Comunidad (deficiencias en las condiciones de funcionamiento y limpieza de los locales, instalaciones, mobiliario y enseres).

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
71
Q

Las “visitas” son:

a) El cauce que permite a los inspectores de turismo, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.
b) El cauce que permite a los inspectores de turismo, previo aviso, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.
c) El cauce que permite a los inspectores de turismo, previo aviso y acreditación de su personalidad, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.

A

a) El cauce que permite a los inspectores de turismo, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.

Las visitas de los inspectores de turismo permiten el acceso a los establecimientos turísticos en cualquier momento, ya sea por iniciativa propia o por orden de un superior.

Los inspectores tienen la facultad de acceder libremente a las instalaciones, documentos, libros y registros sin necesidad de aviso previo, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa turística. Además, deben acreditar su personalidad y condición antes de proceder a la inspección​My Resumen - Derecho Ad….

Por lo tanto:

La opción b) “Previo aviso” es incorrecta, ya que la inspección puede realizarse en cualquier momento sin aviso previo.
La opción c) “Previo aviso y acreditación de su personalidad” es incorrecta, porque si bien deben acreditarse, no es obligatorio el aviso previo.
La opción a) “En cualquier momento, por sí o por orden de un superior” es la correcta, ya que coincide con la normativa de inspección turística.

  1. Otros instrumentos de inspección

3.3. Visitas
Las visitas de los inspectores son un cauce que permite a estos, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden del superior.
A a los inspectores se les reconoce la facultad de acceder libremente y previa acreditación de su personalidad y condición a las instalaciones, documentos, libros y registros que guarden relación con el objeto de la investigación a fin de examinarlos y comprobar el cumplimiento de la normativa turística de aplicación.
El resultado de la visita se refleja en el Libro de Inspección o Libro de visitas.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
72
Q

El principio de legalidad en el procedimiento sancionador se cumple:

a) Con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley.
b) Con que una norma refleje el procedimiento.
c) Con que la conducta esté bien definida en la ley.

A

a) Con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley.

El principio de legalidad en el procedimiento sancionador se basa en lo establecido en el artículo 25.1 de la Constitución Española, que establece que nadie puede ser sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción según la legislación vigente.

Este principio se desarrolla en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que exige que:

Las infracciones y sanciones estén establecidas en una ley formal (mandato de reserva legal).
Se garantice la tipificación clara y previa de las infracciones.
No se apliquen sanciones con carácter retroactivo en perjuicio del administrado.

Por lo tanto:

La opción b) “Con que una norma refleje el procedimiento” es incorrecta, ya que el principio de legalidad no se cumple solo con un procedimiento administrativo, sino con la existencia de una norma que tipifique infracciones y sanciones.
La opción c) “Con que la conducta esté bien definida en la ley” también es incorrecta, porque la legalidad requiere no solo la tipificación de la conducta, sino también la previsión expresa de la sanción aplicable en la ley.
La opción a) “Con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley” es la correcta, ya que es el fundamento del principio de legalidad en el derecho sancionador​

II. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y RESERVA DE LEY EN MATERIA TURÍSTICA

El contenido del principio de legalidad en el Derecho administrativo sancionador se deduce del art. 25.1 CE y de las interpretaciones jurisprudenciales y doctrinales desde la promulgación del texto constitucional: ‘Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento’.

El precepto constitucional consagra el principio de legalidad de las sanciones administrativas que integra:
* el mandato de reserva legal;
* el mandato de tipificación;
* la prohibición denominada non bis in idem - la prohibición de doble sanción por la misma infracción
* la prohibición de retroactividad de las normas sancionadoras desfavorables.

De ahí que tenga que ser una ley formal la que recoja la potestad sancionadora de la Administración en el sector turístico STC 305/1993, de 25 de octubre, FJ 3ª.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
73
Q

A tenor de la Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, los proveedores turísticos:

a) Pueden voluntariamente comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.
b) Pueden voluntariamente comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y tienen la obligación de comunicar el cese de actividad.
c) Tienen la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.

A

c) Tienen la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.

Según la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, los proveedores turísticos están obligados a comunicar a la Consejería de turismo competente tanto el cambio de titularidad como el cese de actividad.

Esto se debe a que la normativa impone un régimen de comunicación obligatoria para garantizar la correcta actualización de los registros administrativos y permitir a la Administración supervisar el cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios turísticos​

Por lo tanto:

La opción a) “Pueden voluntariamente comunicar cualquier cambio de titularidad y cese de actividad” es incorrecta, ya que la comunicación no es opcional, sino obligatoria.
La opción b) “Pueden voluntariamente comunicar cualquier cambio de titularidad y tienen la obligación de comunicar el cese de actividad” también es incorrecta, porque el cambio de titularidad también debe comunicarse obligatoriamente.
La opción c) “Tienen la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad” es la correcta, ya que así lo establece la ley.

I. EL LIBRE ACCESO A LAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS Y SU EJERCICIO
2. Comunicaciones ulteriores al inicio de la actividad

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, comprende en la declaración responsable de los proveedores turísticos, la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y el cese de actividad, a los efectos oportunos.
A las empresas turísticas de carácter alojativo se les suele exigir, cuando tienen determinados años de antigüedad o han sufrido un deterioro, un programa de mantenimiento, que debe ser aprobado por la Administración turística competente.
De no ser aprobado el plan o no cumplirse, la Administración podría exigir que, junto con la placa-distintivo del establecimiento, se coloque otra con el año de su construcción y la inexistencia de mejoras. Esta placa es de obligada presentación.
También puede imponer una nueva clasificación del establecimiento.
La Administración puede requerir, además, la ejecución de obras de conservación y mejora de las fachadas o espacios visibles desde la vía pública.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
74
Q

La piedra angular de intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros actualmente es:

a) La autorización de apertura y clasificación.
b) La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad.
c) El documento acreditativo de inicio de actividad hotelera.

A

b) La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad.

La intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros se ha basado históricamente en la autorización de apertura y clasificación. Sin embargo, desde la aprobación de la Ley 17/2009, esta ha sido sustituida por la declaración responsable, mediante la cual el promotor afirma cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente y se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad​

Con este cambio, la Administración ya no interviene de manera previa para conceder autorizaciones, sino que verifica el cumplimiento de los requisitos a posteriori, mediante inspecciones.

Por lo tanto:

La opción a) “La autorización de apertura y clasificación” es incorrecta, ya que este mecanismo ha sido sustituido por la declaración responsable en la mayoría de los casos.
La opción c) “El documento acreditativo de inicio de actividad hotelera” también es incorrecta, ya que el documento principal que acredita la legalidad de la actividad es la declaración responsable.
La opción b) “La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad” es la correcta, porque actualmente es la piedra angular del sistema de intervención administrativa en el sector hotelero​

3.2. La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad
La intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros siempre se ha basado en la inicial autorización de apertura y clasificación. A partir de 2009, la legislación turística exige los mismos requisitos previos y, para la obtención de esa información, a través de la cual se obtiene una clasificación provisional, es preciso aportar toda una serie de documentos acreditativos.
La declaración responsable sustituye la aportación documental por la declaración del promotor: ‘cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad’ (art. 3.9 Ley 17/2009).

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
75
Q

Los apartamentos y viviendas turísticas vacacionales se rigen por:

a) La legislación turística autonómica que los regule.
b) La normativa civil.
c) Por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

A

a) La legislación turística autonómica que los regule.

Los apartamentos y viviendas turísticas vacacionales están regulados principalmente por la normativa autonómica, ya que el turismo es una competencia descentralizada en España. Cada comunidad autónoma establece su propia normativa sobre estos alojamientos, incluyendo los requisitos de habitabilidad, registro, licencias y comercialización​

Por otro lado, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) limita la aplicación de su régimen a los arrendamientos de larga duración y excluye explícitamente las viviendas que se alquilan con fines turísticos o vacacionales. Estas quedan sometidas a la legislación turística autonómica​

Por lo tanto:

La opción b) “La normativa civil” es incorrecta, ya que el régimen de estos alojamientos no se regula por el Código Civil, sino por normas turísticas específicas.
La opción c) “Por la Ley de Arrendamientos Urbanos” también es incorrecta, porque esta ley excluye de su ámbito de aplicación las viviendas con fines turísticos.
La opción a) “La legislación turística autonómica que los regule” es la correcta, ya que cada comunidad autónoma establece sus propias normativas sobre apartamentos y viviendas turísticas vacacionales.

I. LOS APARTAMENTOS Y VIVIENDAS TURÍSTICAS VACACIONALES

  1. Conceptos y modalidades comunes

La aparición de plataformas digitales, dando un uso turístico a las viviendas particulares, ha exigido nuevas normativas para evitar perjuicios a los usuarios.

De forma conjunta a las modalidades tradicionales de apartamentos y viviendas turísticas, algunas CCAA ya regulan los apartamentos y viviendas de ‘uso turístico’, de manera que no se les califica en su totalidad como apartamentos o viviendas turísticas, pues solo el uso es turístico, lo que conlleva la aplicación de la normativa turística solo en lo que afecta a sus características de uso.

Este tipo de alojamientos se define en función de su carácter turístico, empresarial o habitual en el sector de la actividad alojativa.
Como alojamientos turísticos, quedan sujetos a la legislación turística autonómica concreta, los bloques o conjuntos de villas, chalés, bungalós y similares que sean ofrecidos empresarialmente en alquiler, de modo habitual, debidamente dotados de mobiliario, instalaciones, servicios y equipo para su inmediata ocupación, por motivos vacacionales o turísticos.

Solo este tipo de alojamiento recibe la denominación oficial de apartamento turístico

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
76
Q

El control administrativo de los campamentos privados es de menor intensidad y aún, incluso, de ninguna intensidad en algunas Comunidades en que no se contempla esta modalidad.

a) Verdadero
b) Falso
c) Dependerá de las circunstancias que marque la legislación local.

A

a) Verdadero

El control administrativo de los campamentos privados es de menor intensidad e incluso inexistente en algunas Comunidades Autónomas, donde no se contempla esta modalidad.

La mayoría de las Comunidades Autónomas han optado por un modelo de intervención administrativa leve, basado en la simple comunicación previa del establecimiento del campamento privado. Sin embargo, algunas legislaciones autonómicas prevén la inspección de estos campamentos a efectos específicos, aunque su control sigue siendo más flexible en comparación con los campamentos públicos​

Por lo tanto:

La opción b) “Falso” es incorrecta, ya que el documento confirma que el control administrativo es menor o nulo en algunos casos.
La opción c) “Dependerá de las circunstancias que marque la legislación local” también es incorrecta, porque el documento establece claramente que, en algunas comunidades, no existe regulación para los campamentos privados.
La opción a) “Verdadero” es la correcta, ya que el control administrativo sobre los campamentos privados varía entre Comunidades Autónomas y puede ser inexistente en algunos casos​

  1. La intervención administrativa sobre los campamentos de turismo

2.2. La intervención administrativa de limitación originaria sobre los campamentos de turismo

A) Campamentos públicos
A efectos turísticos, la autorización inicial de apertura y clasificación es la modalidad de intervención administrativa en todo el sistema de ordenación de los campamentos de turismo.
El objeto de control es un requisito exigible, bajo la responsabilidad del promotor que, mediante la declaración responsable, deberá responder del cumplimiento de los requisitos desde el primer momento.

B) Campamentos privados
El control administrativo de los campamentos privados es de menor o ninguna intensidad, en algunas Comunidades en que no se contempla esta modalidad.
La mayoría de las CCAA ya preveían la técnica más leve de intervención, la simple comunicación, que ahora se impone, aunque luego prescribieran que tales campamentos fueran objeto también de inspección a determinados efectos.

C) Áreas de acampada y acampadas libres
Para su ejercicio, aunque no supone un establecimiento específico, bastará con una mera declaración responsable porque, de otro modo, la Administración ni siquiera podrá conocer el mismo hecho de la acampada, cuando ello es necesario.
Cada vez es más frecuente la prohibición de las acampadas libres, en aras a la protección del medio ambiente y la seguridad.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
77
Q

La oferta al público de la realización de viajes debe hacerse a través de una agencia de viajes legalmente constituida:

a) Excepcionalmente.
b) Siempre.
c) Depende a quién se dirija.

A

b) Siempre.

La oferta al público de la realización de viajes debe hacerse siempre a través de una agencia de viajes legalmente constituida, ya que estas entidades son las únicas habilitadas para organizar, vender y gestionar viajes turísticos.

Las agencias de viajes cuentan con la infraestructura administrativa y legal necesaria para garantizar la seguridad del consumidor y el cumplimiento de la normativa turística. Además, las Comunidades Autónomas establecen regulaciones estrictas sobre las agencias de viajes, incluyendo requisitos de fianza, licencias y seguros de responsabilidad civil.

No obstante, existen excepciones limitadas, como las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que organizan viajes exclusivamente para sus miembros y sin fines comerciales. Sin embargo, estas excepciones no afectan la norma general de que la oferta de viajes al público debe realizarse a través de agencias de viajes.

Por lo tanto:

La opción a) “Excepcionalmente” es incorrecta, ya que la regla general exige que los viajes sean gestionados por agencias legalmente establecidas.
La opción c) “Depende a quién se dirija” también es incorrecta, porque la comercialización de viajes al público siempre requiere una agencia de viajes, salvo en casos muy específicos de asociaciones sin ánimo de lucro.
La opción b) “Siempre” es la correcta, ya que la normativa exige que cualquier oferta de viajes al público pase por una agencia de viajes legalmente constituida.

III. ACTIVIDADES DE LAS AGENCIAS DE VIAJES. REGIMEN DE EXCEPCIÓN

La oferta al público de la realización de viajes debe hacerse a través de una agencia de viajes legalmente constituida, a quien se ha de encargar la organización técnica, la formalización de reservas y con quien debe contratar el consumidor final.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
78
Q

En los casos de venta a distancia y de comercio electrónico en materia turística, debe quedar constancia en soporte físico:

a) De ciertos datos relativos al titular de la agencia y características del producto o servicio turístico, nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia, precio detallado de los servicios y demás aspectos generales.
b) Del local desde donde se realiza la venta.
c) Desde los servidores desde los que se opera la venta a distancia

A

a) De ciertos datos relativos al titular de la agencia y características del producto o servicio turístico, nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia, precio detallado de los servicios y demás aspectos generales.

En los casos de venta a distancia y comercio electrónico en el ámbito turístico, es obligatorio que ciertos datos queden reflejados en soporte físico, garantizando transparencia y protección al consumidor. Estos datos incluyen:

Nombre del titular de la agencia de viajes.
Nombre comercial, domicilio y código de identificación de la agencia.
Marca o nombre comercial registrado, en su caso.
Características detalladas del producto o servicio turístico (si se trata de un viaje combinado, debe cumplir con la normativa aplicable).
Precio detallado, costes de intermediación y sistema de pago, con comprobante físico para el cliente.
Otros aspectos generales y específicos relacionados con la contratación del producto o servicio turístico.
Las empresas que operan en este ámbito deben asegurarse de que los clientes puedan disponer de un justificante inmediato de las operaciones realizadas.

Por lo tanto:

La opción b) “Del local desde donde se realiza la venta” es incorrecta, ya que no es un requisito obligatorio en la normativa.
La opción c) “Desde los servidores desde los que se opera la venta a distancia” también es incorrecta, ya que la normativa exige documentación sobre la contratación y no sobre los medios tecnológicos utilizados.
La opción a) “De ciertos datos relativos al titular de la agencia y características del producto o servicio turístico, nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia, precio detallado de los servicios y demás aspectos generales” es la correcta, porque estos son los datos exigidos en la regulación sobre venta a distancia y comercio electrónico en el sector turístico.

VII. LA MEDIACIÓN TURÍSTICA A DISTANCIA
Las plataformas digitales dan lugar a que la organización, intermediación y comercialización de servicios turísticos prestados a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario, mediante servicios de la sociedad de la información, solo pueda realizarse por agencias de viajes o centrales de reservas, debidamente autorizados (o bajo declaración responsable del promotor) en función del contenido de la actividad que desarrollen.
Estas empresas quedan obligadas a cumplir la normativa relativa a la sociedad de la información, en especial la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, y disponer de una oficina permanente de atención al público.

En algunas CCAA se prevé que las agencias de viajes mayoristas, minoristas y mayoristas-minoristas pueden realizar sus funciones de intermediación, venta de servicios y productos turísticos por cualquier procedimiento de venta a distancia, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia.
Pueden crearse agencias de viajes que realicen su actividad a través de medios telemáticos o de comunicación a distancia de cualquier naturaleza, sin estar obligadas a disponer de establecimientos abiertos al público.

Los prestadores que vayan a realizar la actividad turística de agencias de viaje de venta a distancia deben, al inicio de la actividad, cumplir los siguientes requisitos:
* Tener suscrito y en permanente vigencia un seguro de responsabilidad civil, a beneficio de los usuarios, que cubra tres bloques de responsabilidades, con una póliza que habrá de cubrir una cuantía mínima de 150.000 €.
o La responsabilidad civil de explotación del negocio.
o La responsabilidad civil indirecta o subsidiaria.
o La responsabilidad por daños patrimoniales primarios.

  • Constituir una fianza en la forma y cuantía prevista en el art. 147.
  • En todos los casos de venta a distancia y de comercio electrónico, ya sea en la publicidad, en las ofertas de venta, en la contratación o en la facturación deberá quedar constancia en soporte físico de los siguientes datos:
    o Nombre del titular de la agencia.
    o Nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia
    o Marca o nombre comercial registrado, en su caso.
  • Características detalladas del producto o servicio turístico. Si es un viaje combinado, contendrá la información exigida por la normativa aplicable.
  • Precio detallado, y en su caso coste de la intermediación, así como sistema de pago, del que el cliente deberá tener comprobante en soporte físico.
  • Cuantos aspectos generales y específicos hagan referencia a la contratación del producto o servicio turístico.
    Estas empresas estarán obligadas a poner los medios que permitan a sus clientes disponer, con carácter inmediato a su celebración, de un justificante de las operaciones realizadas.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
79
Q

La Administración estatal puede legislar los establecimientos hoteleros de cada Comunidad Autónoma:

a) verdadero
b) falso
c) depende

A

b) falso

La Constitución Española de 1978 establece que la competencia sobre turismo es exclusiva de las Comunidades Autónomas. Esto incluye la regulación y legislación sobre los establecimientos hoteleros dentro de cada comunidad.

El Estado no puede legislar directamente sobre estos establecimientos, ya que las leyes autonómicas son las que establecen las normativas específicas para su funcionamiento, clasificación, inspección y sanción. No obstante, el Estado sí puede regular aspectos generales que afecten al sector en todo el territorio nacional, como normas sobre accesibilidad, protección del consumidor o normativa laboral aplicable a los trabajadores del sector.

Por lo tanto:

La opción a) “Verdadero” es incorrecta, porque la regulación hotelera corresponde a cada Comunidad Autónoma.
La opción c) “Depende” también es incorrecta, ya que la competencia autonómica es clara y exclusiva.
La opción b) “Falso” es la correcta, porque el Estado no puede legislar directamente sobre los establecimientos hoteleros de cada Comunidad Autónoma.

VI. LA COMPETENCIA AUTONÓMICA SOBRE EL TURISMO
* La competencia turística se articula en nuestro texto constitucional como competencia autonómica.
El art. 148.1.18 CE establece como competencia de las CCAA la de la ‘promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial’, atribuyendo competencia exclusiva a las CCAA tanto sobre la promoción como sobre la disciplina y la sanción turística que, en todo caso, ha de entenderse en el ámbito de la ordenación del turismo.

80
Q

El criterio del lugar de residencia fijo:

a) es el que delimita el concepto de lo que es “turismo”
b) no es elemento siempre determinante para definir si existe o no turismo
c) nunca es determinante en la delimitación del concepto de turismo.

A

b) no es elemento siempre determinante para definir si existe o no turismo

El criterio del lugar de residencia fijo se ha utilizado tradicionalmente para delimitar el concepto de turismo, ya que el turista es una persona que se desplaza a un lugar diferente al de su residencia habitual. Sin embargo, este criterio no siempre es determinante para definir si existe o no turismo.

En algunos casos, una persona puede realizar actividades turísticas sin pernoctar fuera de su residencia habitual (por ejemplo, excursiones de un día o visitas culturales en su propia ciudad), lo que demuestra que el lugar de residencia no es el único factor para definir el turismo.

Por lo tanto:

La opción a) “Es el que delimita el concepto de lo que es ‘turismo’” es incorrecta, porque el turismo se define por múltiples factores, no solo por el lugar de residencia.
La opción c) “Nunca es determinante en la delimitación del concepto de turismo” también es incorrecta, porque en muchos casos sí es un criterio relevante.
La opción b) “No es elemento siempre determinante para definir si existe o no turismo” es la correcta, ya que hay situaciones en las que el turismo no depende exclusivamente del cambio de residencia fija.

81
Q

En la oferta de turismo rural:

a) no existe ningún elemento común entre las tipologías autonómicas.
b) es común únicamente el hecho en sí de que el alojamiento no se ubica en el ámbito urbano.
c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

A

c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

Las Comunidades Autónomas clasifican la oferta de turismo rural de manera diversa, adaptándola a sus características histórico-artísticas, geográficas y culturales. Sin embargo, en el plano de la exigencia de control administrativo, la intervención de la Administración autonómica sigue un nivel de intensidad muy similar en todas las categorías de turismo rural.

Aunque los requisitos técnicos y modalidades pueden diferir, la inspección y el seguimiento administrativo se aplican de manera uniforme dentro de cada Comunidad Autónoma, asegurando el cumplimiento de las normativas de ordenación turística.

Por lo tanto:

La opción a) “No existe ningún elemento común entre las tipologías autonómicas” es incorrecta, ya que hay ciertos aspectos compartidos, como la supervisión administrativa y la regulación del suelo.
La opción b) “Es común únicamente el hecho en sí de que el alojamiento no se ubica en el ámbito urbano” también es incorrecta, porque aunque la ubicación rural es una característica compartida, el control administrativo es un aspecto clave en común.
La opción c) “En el plano de la exigencia de control administrativo, es común que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías” es la correcta, ya que la intervención administrativa es un factor uniforme en todas las categorías de turismo rural.

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

Uno de los aspectos de mayor complejidad consiste en integrar las muy diferentes categorías en que las CCAA pretenden clasificar la oferta de turismo rural, ya sea de carácter alojativo o no.

Muchas de ellas entroncan directamente con otras modalidades diferentes de oferta turística: la hotelera, la de apartamentos o viviendas turísticas, campamentos, ocio, turismo interior o deportivo, pero siempre prestando el servicio en el marco rural más arraigado o típico de cada región.

Cada CCAA trata de dar respuesta a sus especiales características histórico-artísticas, rurales, geográficas, climáticas, arquitectónicas y culturales, lo que trae como consecuencia la necesidad de dar un tratamiento dispar a cada modalidad, por las exigencias técnicas que cada una de ellas ha de satisfacer hacia el usuario turístico.

En el plano de la exigencia de control administrativo, la intensidad de intervención de la Administración autonómica es muy similar en unas y otras categorías.

82
Q

En Cataluña, qué se entiende por el establecimiento de turismo rural que es la masovería?

a) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo situada en una explotación agrícola, ganadera o forestal que se comparte con el payés y donde se presta el servicio de alojamiento y al menos desayuno.
b) la vivienda unifamiliar en núcleo de población donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera.
c) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo de población y ubicada en la misma explotación que presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera

A

c) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo de población y ubicada en la misma explotación que presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera

83
Q

Los/las ………………… tienen por objeto personar a los titulares de las empresas turísticas, sus representantes o su personal, en los lugares que se indiquen por la inspección a los efectos del desarrollo de su labor.

a) Visitas.
b) Requerimientos.
c) Citaciones.

A

a) Visitas.

84
Q

La normativa turística es en algunos aspectos:

a) Parte integrante de la legislación del consumo
b) Parte integrante de la legislación civil
c) Parte integrante de la legislación local

A

c) Parte integrante de la legislación local

85
Q

El turismo que puede sostenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes, es:

a) Turismo alternativo
b) Turismo sustentable
c) Turismo sostenible

A

c) Turismo sostenible

86
Q

Se entiende por actividad turística:

a) Todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que pueden generar o incrementar las corrientes turísticas
b) Todo el fenómeno turístico en su vertiente jurídica, económica y social
c) Los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del turismo

A

c) Los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del turismo

87
Q

El Patronato Nacional de Turismo se constituyó en un primer período como:

a) Caja especial que operaba como un órgano administrativo ordinario insertado en la jerarquía y de naturaleza privilegiada
b) Organismo administrativo ordinario regulado en la normativa del RD 25 de abril de 1927
c) Organismo administrativo que gestionaba los caudales del turismo de forma reglamentada.

A

a) Caja especial que operaba como un órgano administrativo ordinario insertado en la jerarquía y de naturaleza privilegiada

2.3. El Patronato Nacional de Turismo. El sistema de Caja especial en materia turística
Nace mediante el RD de 25 de abril de 1928 - Gaceta de Madrid del 26 de abril de 1928 - y sustituiría a la Comisaría Regia con cuatro objetivos:
1. Una mayor atención administrativa de la organización turística.
2. Ahondar en el éxito obtenido por la Comisaría Regia.
3. Dar respuesta adecuada a las grandes exposiciones de Sevilla y Barcelona.
4. Asegurar las singulares atracciones que ofrece España en el campo del arte.

Se constituyó el Patronato en este primer periodo como una caja especial, se trataba de un órgano administrativo ordinario insertado en la jerarquía administrativa, pero a su vez privilegiado, lo cual generaba excepciones de dudosa legalidad a los principios y reglas presupuestarias de unidad de caja (todos los pagos e ingresos públicos en principio deben hacerse en una caja única y contabilizarse en una cuenta también única) y de especialidad (las asignaciones del presupuesto se hacen por capítulos, artículos y conceptos, y han de gastarse dentro del periodo de vigencia de aquel, sometiendo los gastos a una rigidez anticipada).

88
Q

Del diseño competencial que hace la Constitución Española de 1978 respecto a la materia turística, así como de la posterior interpretación que opera nuestro Tribunal Constitucional sobre aquellos preceptos, se concluye la existencia de:

a) Una competencia turística compartida
b) Una Administración autonómica del turismo que será la que asuma las diferentes potestades administrativas turísticas
c) Una competencia turística local que abarca el conjunto de potestades administrativas turísticas

A

b) Una Administración autonómica del turismo que será la que asuma las diferentes potestades administrativas turísticas

89
Q

Las empresas de restauración son:

a) las destinadas al entretenimiento, el recreo, deportivas, culturales y lúdicas, especialmente a la actividad gastronómica.
b) las dedicadas a elaborar y proporcionar, mediante precio, comidas o bebidas para ser directamente consumidas, junto o no, a otros servicios complementarios
c) las dedicadas a restaurar el patrimonio histórico artístico y cultural.

A

b) las dedicadas a elaborar y proporcionar, mediante precio, comidas o bebidas para ser directamente consumidas, junto o no, a otros servicios complementarios

90
Q

Las modalidades, categorías, especialidades y regímenes de explotación de los establecimientos alojativos hoteleros son:

a) lo mismo.
b) conceptos distintos
c) depende de las Comunidades Autónomas.

A

b) conceptos distintos

91
Q

La multidimensionalidad del fenómeno turístico da lugar a su:

a) multidisciplinariedad
b) transversalidad
c) sostenibilidad

A

b) transversalidad

92
Q

En la oferta de turismo rural:

a) no existe ningún elemento común entre las tipologías autonómicas.
b) es común únicamente el hecho en sí de que el alojamiento no se ubica en el ámbito urbano.
c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

A

c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

93
Q

Cuál de los sectores siguientes no tiene expresión específica en los objetivos de la Agenda 2030 para el Turismo sostenible?

a) Energía asequible y no contaminante
b) Vida de ecosistemas terrestres
c) La investigación sobre el turismo

A

c) La investigación sobre el turismo

94
Q

Las oficinas de turismo son los establecimientos con carácter público o privado que habitualmente prestan un servicio turístico consistente en facilitar al usuario orientación, asistencia e información.

a) Verdadero
b) Falso
c) Depende

A

a) Verdadero

  1. La actividad de información turística. Las oficinas de turismo

Aunque las oficinas de información turística no ofrecen el servicio turístico propiamente dicho, lo complementan en la prestación turística informativa necesaria para la prestación de un servicio turístico de calidad.
La prestación informativa turística constituye una actividad prestacional cuyo resultado deriva además de la previa coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas implicadas.

Las oficinas de información turística se articulan en todos los ámbitos competenciales.
* Las Oficinas Españolas de Turismo en el extranjero son servicios de la Administración del Estado en el exterior que dependen del Presidente de TURESPAÑA y de los jefes de la misión diplomática de cada país.

Tienen la misión de ejecutar los planes de promoción del turismo español, así como de apoyarla comercialización de productos turísticos españoles en los mercados internacionales, colaborando con las CCAA, entes locales y empresas turísticas.

La información turística es un servicio que se presta ‘para facilitar al usuario de forma habitual, profesional y técnica, información relacionada con el alojamiento, transporte, servicios turísticos, espectáculos, excursiones, monumentos, fiestas, actividades culturales u otras actividades relativas al turismo y al ocio’.

95
Q

Forma parte del contenido mínimo del plan de inspección turística:

a) La modalidad y categoría de los establecimientos inspeccionados
b) Los elementos subjetivos a tener en cuenta por el inspector en relación a las empresas inspeccionadas
c) Los inspectores que van a actuar en el plan.

A

a) La modalidad y categoría de los establecimientos inspeccionados

96
Q

La falta de intencionalidad es:

a) Un criterio para atenuar la sanción administrativa turística
b) Un criterio para determinar la existencia de la infracción turística
c) Un criterio para determinar no iniciar las actuaciones de inspección turística

A

a) Un criterio para atenuar la sanción administrativa turística

2.3. Causas agravantes y atenuantes. La reincidencia en la infracción turística

En algunos supuestos, las leyes autonómicas lo que establecen no son propiamente criterios de graduación de las sanciones, sino determinadas circunstancias agravantes y atenuantes para la concreción de la sanción, en función de:
* la falta de intencionalidad;
* el resarcimiento de los perjuicios ocasionados con anterioridad al acuerdo de iniciación del expediente sancionador;
* la subsanación de las deficiencias causantes de la infracción, durante la tramitación del expediente sancionador y la ausencia de beneficio económico derivado de la infracción.
Como circunstancias agravantes de la responsabilidad se apuntan:
* la reiteración o comisión de dos o más infracciones de cualquier carácter que así hayan sido declaradas por resolución firme, en el término de dos años.
* la reincidencia o comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme.
* la naturaleza de los perjuicios ocasionados.
* el beneficio ilícito obtenido.

97
Q

La prestación mediante precio de servicios turísticos de alojamiento con o sin restauración por parte de personas agricultoras y ganaderas en sus caseríos, integrados en explotaciones agrarias es una modalidad de turismo rural denominado:

a) Agroturismo
b) Hoteles rurales
c) Hoteles agrícolas

A

a) Agroturismo

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

País Vasco
Las modalidades de turismo rural se encuentran más recientemente reflejadas en la categoría de ‘agroturismo y casas rurales’ en la Ley de turismo del País Vasco, de 27 de julio de 2016, en cuyo art. 49 señala que:
1. El agroturismo consiste en la prestación mediante precio de servicios turísticos de alojamiento, con o sin restauración, por parte de personas agricultoras y ganaderas en sus caseríos, integrados en una explotación agraria, según lo establecido en la legislación vigente

98
Q

El apartamento turístico puede ser ofrecido:

a) En unidades aisladas, con o sin mobiliario
b) Por bloques o conjuntos
c) Compartido o individual.

A

b) Por bloques o conjuntos

I. LOS APARTAMENTOS Y VIVIENDAS TURÍSTICAS VACACIONALES
1. Conceptos y modalidades comunes

La aparición de plataformas digitales, dando un uso turístico a las viviendas particulares, ha exigido nuevas normativas para evitar perjuicios a los usuarios.
De forma conjunta a las modalidades tradicionales de apartamentos y viviendas turísticas, algunas CCAA ya regulan los apartamentos y viviendas de ‘uso turístico’, de manera que no se les califica en su totalidad como apartamentos o viviendas turísticas, pues solo el uso es turístico, lo que conlleva la aplicación de la normativa turística solo en lo que afecta a sus características de uso.
Este tipo de alojamientos se define en función de su carácter turístico, empresarial o habitual en el sector de la actividad alojativa.
Como alojamientos turísticos, quedan sujetos a la legislación turística autonómica concreta, los bloques o conjuntos de villas, chalés, bungalós y similares que sean ofrecidos empresarialmente en alquiler, de modo habitual, debidamente dotados de mobiliario, instalaciones, servicios y equipo para su inmediata ocupación, por motivos vacacionales o turísticos.
Solo este tipo de alojamiento recibe la denominación oficial de apartamento turístico

El apartamento turístico puede ser ofrecido en dos modalidades:

  • por bloques, entendiéndose como bloque el edificio integrado por apartamentos que se ofrece en su totalidad bajo una sola unidad empresarial de explotación
  • por conjuntos, siendo el conjunto, el agregado de apartamentos turísticos situados en uno o varios edificios, y/o de bungalós, villas, chalés o similares, que se ofrezcan como alojamientos turísticos bajo una sola unidad empresarial de explotación.
99
Q

La acampada itinerante es una modalidad de acampada:

a) Propia de los campamentos públicos
b) Propia de los campamentos privados
c) Libre

A

c) Libre

II. LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO
1. Tipología de los campamentos de turismo - Cámping

Islas Baleares
El Decreto 113/1986, de 13 de febrero - BOJE de 10 de marzo, no distingue las modalidades de campamentos públicos y privados, sino más bien criterios y requisitos para otorgarles la calificación. Las categorías son: de lujo, 1ª, 2ª y 3ª.
* Se prevé la posibilidad de la acampada libre como acampada itinerante que, respetando los derechos de propiedad o de uso, tenga lugar fuera de los campings, por grupos integrados por un número máximo de tres tiendas, caravanas o cualquier otro medio de acampada, separadas de otro posible grupo como mínimo un kilómetro y con una permanencia máxima en el mismo de tres días.

100
Q

El albergue es:

a) Una modalidad de campamento de turismo
b) Una modalidad de alojamiento turístico
c) Una modalidad de alojamiento de turismo rural

A

b) Una modalidad de alojamiento turístico

III. ALBERGUES Y REFUGIOS

  1. Tipología de esta modalidad de alojamientos turísticos

En la modalidad de alojamiento turístico de albergue y de refugio tampoco existe uniformidad normativa.
Las últimas leyes turísticas van delimitando lo turístico de los albergues de otras tipologías no turísticas.

101
Q

No son complejos turísticos:

a) Los pueblos recuperados
b) Los parques temáticos
c) Los establecimientos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico

A

c) Los establecimientos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico

102
Q

Las empresas de restauración son empresas turísticas complementarias:

a) Verdadero
b) Falso
c) Depende

A

b) Falso

  1. Concepto de restauración
    La actividad de restauración a veces se halla vinculada a otros servicios complementarios que, de forma accesoria, pueden ser prestados por los establecimientos turísticos o no turísticos.

No se definen cuáles son esos otros servicios complementarios.
La ordenación turística los incluye en su modalidad de ocio y recreo o de otras actividades turísticas: consultoría y asesoría turística, información turística, gestión de productos turísticos o de similar naturaleza.
* Empresas de restauración: aquellas que se dedican de forma habitual y profesional a suministrar, desde establecimientos, fijos o móviles, abiertos al público, mediante precio, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.
También son de aplicación las disposiciones turísticas cuando esa misma actividad se presta con carácter complementario en locales de pública concurrencia.
Tales establecimientos pueden tener entidad propia e independiente, o formar parte de Empresas, Centros, Instituciones y Organismos, constituyendo actividad accesoria de estos, con independencia de la normativa específica que los regula.

103
Q

El hecho de que una infracción turística afecte a personas vulnerables se considera un criterio para aplicar uno u otro grado de sanción turística

a) Verdadero
b) Falso
c) Depende del tipo de vulnerabilidad

104
Q

Las sanciones administrativas

a) Pueden suponer penas privativas de libertad cuando no tienen naturaleza pecuniaria
b) En ningún caso pueden suponer privación de libertad
c) Pueden suponer penas privativas de libertad de grado mínimo cuando tienen naturaleza pecuniaria

A

b) En ningún caso pueden suponer privación de libertad

105
Q

La regla del non bis in ídem en materia sancionadora turística implica:

a) Que no pueden sancionarse los hechos con relevancia penal o administrativa en los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento
b) Que deben sancionarse los hechos en ambas jurisdicciones: penal y contencioso-administrativa
c) Que dependerá de la relevancia de la infracción para que conozca una u otra jurisdicción

A

a) Que no pueden sancionarse los hechos con relevancia penal o administrativa en los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento

106
Q

En Castilla y León la casa rural es:

a) El establecimiento cuyas dependencias constituyen un todo homogéneo con entradas y, en su caso, escaleras y ascensores de uso exclusivo
b) El establecimiento ubicado en un edificio con valor arquitectónico tradicional, histórico, cultural o etnográfico
c) El establecimiento que está situado en una vivienda que ocupa la totalidad de un edificio o parte del mismo con salida propia a un elemento común o a la vía pública

A

c) El establecimiento que está situado en una vivienda que ocupa la totalidad de un edificio o parte del mismo con salida propia a un elemento común o a la vía pública

Castilla y León
Decreto 75/2013, de 28 de noviembre (BOCL, núm. 232, de 2 de diciembre de 2013) que la Ley 14/2010, de Turismo, de Castilla y León, concreta en:
* Hotel rural: establecimiento cuyas dependencias constituyen un todo homogéneo con entradas y escaleras y ascensores de uso exclusivo.
* Posada: establecimiento ubicado en un edificio con valor arquitectónico tradicional, histórico, cultural o etnográfico.
* Casa rural: establecimiento en una vivienda que ocupa la totalidad de un edificio o parte del mismo, con salida propia a zona común o a la vía pública.

107
Q

El sellado de precios se exige normalmente a los efectos de:

a) Control administrativo a los efectos de una posible sanción
b) Información turística que la Administración simplemente certifica
c) Abrir los establecimientos de alojamiento turístico

A

b) Información turística que la Administración simplemente certifica

108
Q

Los guías turísticos tienen la naturaleza de ser:

a) Profesionales titulados
b) Actividad turística
c) Profesionales habilitados titulados

A

b) Actividad turística

109
Q

La Agenda 2030 recoge entre sus ejes la promoción de una mayor calidad del empleo turístico.

a) Verdadero
b) Falso
c) No exactamente en esos términos

A

a) Verdadero

110
Q

La actividad administrativa reglamentadora sobre los establecimientos hoteleros alcanza, entre otros aspectos, a:

a) Las reservas, el régimen de personal y la facturación
b) Los servicios mínimos, las medidas de igualdad de género en el nombramiento de directores de los establecimientos y las hojas de reclamaciones
c) Las reservas, el régimen de personal y las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral

A

a) Las reservas, el régimen de personal y la facturación

111
Q

En general, en la legislación turística de las diferentes Comunidades autónomas, el concepto de municipio de preferente uso turístico o las zonas turísticas saturadas:

a) Es diferente categoría a la de municipio turístico
b) Es la misma categoría que la del municipio turístico
c) Ninguna de las dos respuestas anteriores es válida

A

a) Es diferente categoría a la de municipio turístico

  1. El municipio turístico
    Las leyes de régimen local de las diferentes CCAA pueden establecer regímenes especiales para municipios pequeños o de carácter rural o que reúnan otras características, como su carácter histórico-artístico o el predominio en su término de actividades turísticas, mineras, industriales u otras semejantes - art. 30 LBRL.
    Esto ha hecho surgir a efectos promocionales y de coordinación, la figura del Municipio turístico, cuya declaración corresponde a las CCAA en sus territorios.
    * Para integrar al Municipio turístico con las exigencias medioambientales, se creó la figura del Municipio turístico sostenible.

Otras categorías que prevén las leyes autonómicas son los municipios de preferente uso turístico, o zonas turísticas saturadas - arts. 36 y 37 de la Ley cántabra 5/1999, de 24 de marzo, -vid. Planificación turística.

112
Q

Las ordenanzas de ciudadanía de ciudades como Barcelona o Madrid:

a) Son legislación turística
b) Son normativa turística subsidiaria
c) Son normas que tratan de fomentar que sus municipios sean lugares amables, y bellos para sus ciudadanos pero sin naturaleza turística

A

c) Son normas que tratan de fomentar que sus municipios sean lugares amables, y bellos para sus ciudadanos pero sin naturaleza turística

113
Q

En el ordenamiento jurídico catalán, la Masía se considera a:

a) aquella vivienda unifamiliar fuera de núcleo que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y como mínimo, de desayuno.
b) aquella vivienda unifamiliar en núcleo de población donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera
c) aquella vivienda unifamiliar, fuera de núcleo de población que se alquila en régimen de casa entera.

A

a) aquella vivienda unifamiliar fuera de núcleo que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y como mínimo, de desayuno.

114
Q

La promoción turística en el seno de la Unión Europea se justifica en:

a) El interés de la Unión Europea por el turismo comunitario
b) En que el turismo contribuye a la realización de la cohesión económica y social en la Unión
c) En la competencia social de la Unión Europea

A

b) En que el turismo contribuye a la realización de la cohesión económica y social en la Unión

La promoción turística dentro de la Unión Europea tiene como objetivo principal mejorar la calidad y competitividad de la oferta turística comunitaria. Sin embargo, esta promoción también se basa en la idea de que el turismo es un factor clave para lograr la cohesión económica y social en la Unión. Esto implica que el turismo no solo genera crecimiento económico, sino que también ayuda a reducir las disparidades regionales y fomenta la integración social mediante la creación de empleo y la promoción del desarrollo equilibrado entre las distintas regiones europeas.

2.3. La promoción turística en el seno de la UE

En el marco comunitario europeo también han sido muy diversas las medidas que directa o indirectamente han tratado de fomentar el turismo en el ámbito de los Estados miembros en las mismas o diferentes líneas de actuación autonómica.
En todo caso, estas medidas se atienen al principio de subsidiariedad y suponen acciones muy diversas que han sido adoptadas por las instituciones comunitarias: ya la Decisión del Consejo de 13 de julio de 1992 aprobaría un Plan de acciones comunitarias en favor del turismo - DO L231, de 13 de agosto de 1992, que ha tenido continuidad por periodos amplios y que se ha concretado en programas y ayudas concretas.

El objetivo en todas ellas ha sido mejorar la calidad y la competitividad de la oferta turística comunitaria, no olvidando la idea de que el turismo contribuye a la realización de la cohesión económica y social en la Unión.

115
Q

El Libro Oficial de Reclamaciones de los establecimientos turísticos es:

a) La primera intervención histórica que se adoptó de fomento administrativo
b) La primera medida que se adoptó durante la Guerra Civil española de prestación
pública turística por parte de las Administraciones Públicas
c) La primera intervención histórica de limitación y sanción del sector para un servicio turístico de mayor calidad

A

c) La primera intervención histórica de limitación y sanción del sector para un servicio turístico de mayor calidad

El Libro Oficial de Reclamaciones fue implantado como una medida de control y supervisión sobre las empresas turísticas, con el objetivo de mejorar la calidad del servicio turístico. Se estableció como una intervención administrativa no solo de fomento, sino también de limitación y sanción, permitiendo a las autoridades controlar la actividad turística y sancionar incumplimientos. Fue instaurado por Real Orden Circular de 29 de enero de 1929 y posteriormente regulado en normativas sucesivas. Su existencia responde a la necesidad de asegurar la protección de los usuarios y garantizar la calidad del servicio turístico en España.

2.4. La incertidumbre organizativa del turismo durante la Guerra Civil

La autonomía financiera del Patronato hizo que fuera suprimida por Decreto de 4 de diciembre de 1931, al considerarse anormal el modelo administrativo ‘de conceder independencia al Patronato Nacional de Turismo, dotándole de ingresos procedentes del Seguro Obligatorio de Viajeros, las mermas legales de sus ingresos y la falla de estabilidad y situación definida de sus funcionarios’.

La Junta se disolvió el 14 de abril de 1931 ante la sospecha generalizada de desvío de fondos para actividades antirrepublicanas.
Se constituyó en su lugar, durante 7 meses y medio, la primera Dirección General de Turismo, que seguiría funcionando con los fondos del Seguro Obligatorio de Viajeros, si bien fiscalizada por la Presidencia y con el pase de estos Fondos a los Presupuestos Generales del Estado en 1931.
Cuando tras este tiempo se restableció el Patronato, los servicios encomendados a la Dirección pasaron a la Subsecretaría de la Presidencia del Consejo de Ministros, bajo la dependencia inmediata del Secretario del Patronato Nacional de Turismo, un Funcionario con categoría de Jefe de Administración.

La organización funcional del organismo se dividió a partir de entonces en cinco secciones representativas de nuevas competencias:
* Información (agencias en el extranjero, reclamaciones, asuntos varios y almacén)
* Propaganda general y publicaciones;
* Prensa y redacción;
* Contabilidad y alojamientos (asesoría de alojamientos, comunicaciones y transportes, administración de edificios).

Se implantó el Libro Oficial de Reclamaciones, una importante intervención administrativa en torno a la empresa turística, no ya solo de fomento, sino de limitación y sanción del sector, para un servicio turístico de mayor calidad.

La jurisprudencia existente solo se pronunció en materia de sanción turística (STS de 25 de junio de 1957) en contadas ocasiones.
El resto de los pronunciamientos se refieren a cuestiones del personal del Patronato: cese de Funcionarios o destitución del Administrador. Otras sentencias también se pronuncian sobre medidas laborales en la empresa turística.

La Real Orden Circular de 29 de enero de 1929 estableció el Libro Oficial de Reclamaciones con carácter obligatorio en los hoteles y pensiones, para simplificar el trabajo de inspección de alojamientos turísticos.
El Estatuto sobre la explotación de manantiales de aguas mineromedicinales de 25 de abril de 1928 lo establecería como obligatorio en los balnearios.

116
Q

El Libro de Inspección o Libro Oficial de Visitas está previsto en algunas legislaciones autonómicas con el fin de:

a) Que los inspectores puedan entrar en los establecimientos turísticos
b) Permitir el seguimiento de la labor inspectora
c) Que se exhiba en el establecimiento para conocimiento de los clientes o usuarios turísticos.

A

b) Permitir el seguimiento de la labor inspectora

El Libro de Inspección o Libro Oficial de Visitas es un instrumento previsto en algunas legislaciones autonómicas para permitir el seguimiento de la labor inspectora. Su función principal no es solo la inspección en sí misma, sino que sirve como un registro que documenta los resultados de las inspecciones realizadas en los establecimientos turísticos. Es una obligación para las empresas turísticas disponer de él, y su confección corresponde a la Consejería competente en materia turística. Esto garantiza un control administrativo efectivo y permite verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en el sector turístico.

3.1. El Libro de Inspección
La obligatoriedad del Libro de lnspección para las industrias y empresas se impuso por Orden del Ministerio de Información y Turismo de 31 de octubre de 1970 (BOE de 17 de noviembre).

  • Debe contener los datos de carácter general que se detallaban en anexo, constaba de veintiséis hojas y veinticinco de las impresas a dos caras.
  • Debía estar en todo momento a disposición de ‘los funcionarios inspectores del Ministerio, a los que deberá ser Facilitada su labor por los administrados en cuanto precise en su función inspectora y su carencia, manipulación o uso indebido del mismo será motivo de expediente y objeto de las sanciones establecidas en las disposiciones vigentes’ - art. 3.

Actualmente, el Libro de Inspección o Libro Oficial de Visitas está previsto en algunas legislaciones autonómicas con el fin de permitir el seguimiento de la labor inspectora.

  • Más que de un instrumento de inspección se trata de un medio que plasma el resultado de esta.
  • Las empresas turísticas tienen la obligación genérica de disponer de él y lo confecciona la Consejería competente.
117
Q

Para el cumplimiento del principio de tipicidad se requiere que:

a) La conducta ilegal turística esté prevista en una ley turística
b) El ilícito administrativo se contemple en una ley turística y su reglamento de desarrollo
c) Sea precisa la definición de la conducta que la ley considere que es objeto de infracción y sanción

A

c) Sea precisa la definición de la conducta que la ley considere que es objeto de infracción y sanción

El principio de tipicidad en el derecho sancionador exige que las infracciones y sanciones estén definidas con claridad y precisión en una norma con rango de ley (lex certa). Esto significa que la conducta que se sanciona debe estar descrita con suficiente detalle para evitar interpretaciones arbitrarias o subjetivas por parte de la Administración.

El documento menciona que para cumplir con este principio, la conducta objeto de infracción y la sanción deben estar descritas en la ley con todo detalle, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 1989. Además, se indica que aunque el desarrollo reglamentario puede especificar o graduar las sanciones establecidas en la ley, no puede crear nuevas infracciones ni alterar la naturaleza de las ya previstas en la legislación.

III. LA EXIGENCIA DE TIPICIDAD DE INFRACCIONES Y SANCIONES TURÍSTICAS
La legalidad se cumple con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley formal - lex previa, pero para el cumplimiento de la tipicidad se requiere que la ley considere que es objeto de infracción y sanción - lex certa.

  • Para que se cumpla la tipicidad, la conducta objeto de infracción y la sanción deben estar descritas en la ley con todo detalle - Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 1989.
  • La tipificación indirecta ocurre cuando el principio de tipicidad se cumple mediante la técnica de que un reglamento se remita a una ley.

Es inconstitucional hacer esta remisión para crear obligaciones o prohibiciones cuyo incumplimiento diera origen a una infracción sancionable. Simplemente se utiliza para completar el contenido específico de las conductas sancionables.

118
Q

… es una consecuencia del mandato de la tipificación de las sanciones, pues cada tipo de infracción conlleva una determinada sanción.

a) La graduación de las sanciones
b) La tipificación de las conductas
c) El principio de legalidad

A

a) La graduación de las sanciones

La graduación de las sanciones es la consecuencia del mandato de tipificación de las sanciones, ya que cada tipo de infracción conlleva una sanción específica, que puede variar en intensidad según la gravedad de la conducta.

Este proceso de graduación responde a los principios del derecho sancionador administrativo, que establecen que la sanción debe ser proporcional a la infracción cometida y que debe contemplarse una escala de sanciones en función de distintos factores, como la reincidencia, la intencionalidad o el perjuicio causado.

Por lo tanto:

La opción b) “La tipificación de las conductas” es incorrecta, porque la tipificación se refiere a la definición de las infracciones, no a la sanción aplicada.
La opción c) “El principio de legalidad” también es incorrecta, ya que este principio garantiza que las sanciones estén previstas en la ley, pero no se refiere directamente a su graduación.
La opción a) “La graduación de las sanciones” es la correcta, ya que es el resultado de la tipificación de las sanciones en la normativa turística.

2.2. La graduación de las sanciones turísticas y los criterios para su determinación

  • La graduación de las sanciones administrativas es una consecuencia del mandato de la tipificación de las sanciones, pues cada tipo de infracción conlleva una determinada sanción que ha de ser graduada atendiendo a los criterios que cada Ley autonómica establece.

La sanción se gradúa en tres niveles: grado mínimo, medio o máximo.

Según cómo se califiquen, se atribuyen unos márgenes.

Los criterios que se ofrecen para aplicar uno u otro grado son variados:
* La subsanación durante la tramitación del procedimiento sancionador.
* Los perjuicios causados a los turistas o terceros.
* El número de personas afectadas.
* El beneficio ilícito obtenido.
* El volumen económico de la actividad.
* La categoría del establecimiento.
* La trascendencia del daño o perjuicio causado a la imagen o los intereses turísticos de la CCAA.
* La reincidencia.

119
Q

La actividad administrativa derivada de las reglamentaciones autonómicas que en el marco de su propia ordenación se lleva a cabo, es … en el turismo rural:

a) Escasa
b) Insuficiente
c) Múltiple

A

c) Múltiple

En el turismo rural, la actividad administrativa derivada de las reglamentaciones autonómicas es múltiple, ya que las Comunidades Autónomas tienen competencia exclusiva en la ordenación del turismo y han desarrollado normativas detalladas para regular este sector.

Las regulaciones autonómicas abarcan diversos aspectos como:

Clasificación y tipología de alojamientos rurales.
Requisitos de infraestructura y calidad.
Condiciones de seguridad, accesibilidad y sostenibilidad.
Procedimientos de inscripción y registro.
Control administrativo y sanciones por incumplimiento.
Por lo tanto:

La opción a) “Escasa” es incorrecta, porque las normativas autonómicas han desarrollado una intervención administrativa amplia en el turismo rural.
La opción b) “Insuficiente” también es incorrecta, ya que, aunque puede haber margen de mejora, la regulación es bastante extensa y detallada.
La opción c) “Múltiple” es la correcta, ya que la intervención administrativa en este sector es diversa y afecta a numerosos aspectos del turismo rural.

CAPÍTULO SEGUNDO: LA OFERTA DE TURISMO RURAL
l. JUSTIFICACIÓN DE LA OFERTA DE TURISMO RURAL
La regulación autonómica de esta modalidad turística responde a la necesidad de potenciar los recursos naturales y socioculturales del medio rural, incidiendo en la actividad alojativa y en un sector turístico que alcanza servicios y actividades conexos o complementarios, relacionados con el entorno natural, el deporte y el ocio.

La actividad administrativa derivada de las reglamentaciones autonómicas es múltiple en el turismo rural y reviste todas las formas conocidas.

La actividad de inspección, comprobación y obtención de información anterior al ejercicio de la actividad limitadora se pone de manifiesto previo a la obtención de la calificación turística rural y a lo largo del ejercicio de la actividad, por parte del agente turístico, cuando se producen determinadas modificaciones que pueden alterarla.
La actividad sancionadora y de arbitraje no revisten especial interés, los reglamentos se remiten de forma unánime a la ley general autonómica de ordenación turística, o más específica de sanción y disciplina.
No obstante, hay excepciones.

120
Q

El complejo de oferta turística que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de las modalidades de turismo rural en Asturias, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial y se ubica en áreas geográficas homogéneas que reúnen los requisitos previstos, es:

a) Un establecimiento de turismo activo
b) Un núcleo de turismo rural
c) Una hospedería rural

A

b) Un núcleo de turismo rural

Los Núcleos de Turismo Rural son una figura novedosa en la oferta turística de Asturias. Se trata de un complejo de oferta turística que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de las modalidades de turismo rural, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial y se ubica en áreas geográficas homogéneas que cumplen los requisitos establecidos en la normativa.

El Decreto 143/2002, de 14 de noviembre, modificado por el Decreto 45/2011, regula este tipo de alojamiento, diferenciándolo de otras modalidades rurales en la comunidad.

Por lo tanto:

La opción a) “Un establecimiento de turismo activo” es incorrecta, ya que el turismo activo está más relacionado con actividades recreativas y deportivas en la naturaleza, y no con una estructura de alojamiento planificada.
La opción c) “Una hospedería rural” también es incorrecta, ya que esta denominación no se corresponde con la figura regulada en Asturias.
La opción b) “Un núcleo de turismo rural” es la correcta, porque se trata de un complejo turístico con planificación y gestión unitaria en el ámbito del turismo rural asturiano.

Asturias
Decreto 143/2002, de 14 de noviembre, de alojamientos de turismo rural modificado por Decreto 45/2011, prevé tres tipos de alojamientos de esta tipología:
* Hoteles rurales
* Casas de aldea
* Apartamentos rurales.

Los Núcleos de turismo rural, una figura novedosa, son el complejo de oferta turística que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de las modalidades de turismo rural, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial, y se ubica en áreas geográficas homogéneas que reúnen los requisitos previstos.

121
Q

La vivienda turística vacacional es:

a) Un apartamento turístico
b) Una modalidad alojativa hotelera
c) Una modalidad alojativa que no es un apartamento turístico por tratarse de unidades aisladas

A

c) Una modalidad alojativa que no es un apartamento turístico por tratarse de unidades aisladas

CAPÍTULO TERCERO: LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE OTROS AGENTES TURÍSTICOS ALOJATIVOS
I. LOS APARTAMENTOS Y VIVIENDAS TURÍSTICAS VACACIONALES
1. Conceptos y modalidades comunes

Como alojamientos turísticos, quedan sujetos a la legislación turística autonómica concreta, los bloques o conjuntos de villas, chalés, bungalós y similares que sean ofrecidos empresarialmente en alquiler, de modo habitual, debidamente dotados de mobiliario, instalaciones, servicios y equipo para su inmediata ocupación, por motivos vacacionales o turísticos.
Solo este tipo de alojamiento recibe la denominación oficial de apartamento turístico

La vivienda turística vacacional no tiene la consideración de apartamento turístico, al tratarse de unidades aisladas de apartamentos, bungalós, villas y chalés y similares y, en general, cualquier vivienda que, con independencia de sus condiciones de mobiliario, equipo, instalaciones y servicios, se ofrece en régimen de alquiler por motivos vacacionales o turísticos. Esta modalidad ha ido desapareciendo.

122
Q

…. son aquellos terrenos debidamente delimitados y acondicionados para facilitar la vida al aire libre, en los que se pernocta bajo tienda de campaña, en remolque habitable o en cualquier elemento similar fácilmente transportable

a) Los entornos de turismo rural
b) Los campamentos de turismo
c) Los entornos de turismo activo

A

b) Los campamentos de turismo

Los campamentos de turismo son terrenos debidamente delimitados y acondicionados para facilitar la vida al aire libre. En ellos, los turistas pueden pernoctar bajo tienda de campaña, en remolques habitables (caravanas) o en elementos similares fácilmente transportables.

Estos establecimientos deben cumplir con normativas específicas en materia de seguridad, higiene, medio ambiente y urbanismo, y su regulación varía según la Comunidad Autónoma.

Por lo tanto:

La opción a) “Los entornos de turismo rural” es incorrecta, porque estos hacen referencia a zonas donde se desarrollan actividades turísticas en contacto con la naturaleza, pero sin la infraestructura específica de los campamentos.
La opción c) “Los entornos de turismo activo” también es incorrecta, ya que el turismo activo se centra en actividades de aventura y deportivas, pero no necesariamente en alojamientos al aire libre.
La opción b) “Los campamentos de turismo” es la correcta, porque describe con precisión este tipo de alojamiento al aire libre.

II. LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO
1. Tipología de los campamentos de turismo
Los campamentos de turismo se agrupan de forma más simple que los establecimientos hoteleros, ya que no tienen modalidades ni especialidades, sólo gozan de categorías diferentes.

Las normas, tanto estatales como autonómicas, que ordenan la materia se refieren exclusivamente a dos tipos de campamentos de turismo: los campamentos de turismo públicos y los privados. Algunas Comunidades incluso no distinguen entre unos y otros.

  • Campamentos de turismo: aquellos terrenos debidamente delimitados y acondicionados para facilitar la vida al aire libre, en los que se pernocta bajo tienda de campaña, en remolque habitable o en cualquier elemento similar fácil mente transportable.
  • Campamentos públicos: aquellos que pueden ser utilizados por cualquier persona mediante precio, con las categorías de lujo, 1ª, 2ª y 3ª.
  • Campamentos privados: los instalados por corporaciones y organismos públicos - salvo que en los mismos se admita al público en general, percibiendo directa o indirectamente precio por su utilización, en cuyo caso son públicos - y los instalados por entidades privadas para uso exclusivo de sus miembros o asociados. La utilización de estos campamentos por quienes no son miembros o socios de la entidad suele dar lugar a que sean considerados públicos y se les aplique diferente regulación.
123
Q

Las intervenciones administrativas limitativas sobre los campamentos de turismo

a) De naturaleza urbanística y turística
b) De naturaleza inspectora y sancionadora
c) De naturaleza medioambiental y urbanística

A

a) De naturaleza urbanística y turística

Las intervenciones administrativas limitativas sobre los campamentos de turismo son de naturaleza urbanística y turística, ya que regulan tanto la ubicación y características del terreno como el cumplimiento de normativas turísticas específicas.

Desde el punto de vista urbanístico, los campamentos de turismo deben ubicarse en zonas autorizadas y cumplir con requisitos de ordenación del territorio y edificación.
Desde el punto de vista turístico, deben cumplir con normativas de calidad, seguridad y servicio al cliente, garantizando condiciones adecuadas para los usuarios.
Por lo tanto:

La opción b) “De naturaleza inspectora y sancionadora” es incorrecta, porque la inspección y sanción son mecanismos de control, pero no la base de la intervención administrativa limitativa.
La opción c) “De naturaleza medioambiental y urbanística” también es incorrecta, porque aunque hay regulaciones medioambientales, la intervención administrativa se centra en aspectos turísticos y urbanísticos.
La opción a) “De naturaleza urbanística y turística” es la correcta, ya que estas son las dos áreas principales de regulación sobre los campamentos de turismo.

  1. La intervención administrativa sobre los campamentos de turismo

A) Campamentos públicos
A efectos turísticos, la autorización inicial de apertura y clasificación es la modalidad de intervención administrativa en todo el sistema de ordenación de los campamentos de turismo.
El objeto de control es un requisito exigible, bajo la responsabilidad del promotor que, mediante la declaración responsable, deberá responder del cumplimiento de los requisitos desde el primer momento.

Hay dos tipos de actividades administrativas limitativas los campamentos de turismo:

  • Las de índole urbanística, que integran a su vez:

o la obtención de autorización administrativa (cuando se trata de municipios en los que existe un planeamiento urbanístico municipal que prevé los campamentos de turismo), o bien
o la aprobación de un Plan Especial (cuando no existe tal planeamiento o este no contempla la instalación de campamento).

  • Las de índole turística.
124
Q

Los pueblos recuperados se integran en la categoría de establecimientos turísticos denominada:

a) Complejos turísticos
b) Turismo rural
c) Turismo activo

A

a) Complejos turísticos

Los pueblos recuperados se incluyen dentro de la categoría de “Complejo turístico”, según la regulación de algunas Comunidades Autónomas. Este concepto agrupa diversos tipos de establecimientos turísticos, como ciudades de vacaciones, balnearios, centros de esquí y parques temáticos, donde los pueblos recuperados se consideran una forma de revalorización turística de núcleos urbanos en desuso.

Por lo tanto:

La opción b) “Turismo rural” es incorrecta, ya que, aunque los pueblos recuperados pueden encontrarse en zonas rurales, su clasificación oficial en algunas CCAA los sitúa dentro de los complejos turísticos.
La opción c) “Turismo activo” también es incorrecta, porque esta categoría está más relacionada con actividades deportivas y de aventura.
La opción a) “Complejos turísticos” es la correcta, ya que los pueblos recuperados se incluyen en esta categoría según la normativa de algunas CCAA.

V. LOS COMPLEJOS TURÍSTICOS CIUDADES DE VACACIONES, PUEBLOS RECUPERADOS, BALNEARIOS, CENTROS DE ESQUÍ Y MONTAÑA Y PARQUES TEMÁTICOS
Algunas CCAA regulan la categoría amplia de ‘Complejo turístico’, bajo cuyo paraguas incluyen a:

  • Ciudad de vacaciones: complejo turístico que, además de prestar el servicio de alojamiento en una o varias de sus modalidades, responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial y se ubica en áreas geográficas homogéneas, cumpliendo los requisitos establecidos.
  • Pueblos recuperados: el núcleo deshabitado que se rehabilita y acondiciona para prestar una oferta turística de alojamiento en una o varias de sus modalidades, y que responde a un proyecto unitario de planificación, gestión y explotación empresarial, cumpliendo los requisitos reglamentarios. Se respetarán los valores de la arquitectura tradicional de la zona.
  • Balnearios: complejos turísticos que, contando con instalaciones de alojamiento hotelero y con un manantial de aguas minero-medicinales declaradas de utilidad pública, utilizan estos y otros medios físicos naturales con fines terapéuticos de reposo o similares. Los balnearios que utilicen estas aguas con fines terapéuticos tendrán la consideración de centros sanitarios añadida a la de complejos turísticos, debiéndose ajustar, en los aspectos médicos y en las prestaciones hidrológicas y balneo-terápicas, a lo prescrito por las disposiciones aplicables en materia sanitaria.
  • Centros de esquí y montaña: complejos turísticos dedicados a la práctica de deportes de nieve y montaña que formen un conjunto coordinado de medios de remonte mecánico, pistas e instalaciones complementarias de uso público. En Aragón, los centros de esquí y de montaña tienen el carácter de planes o proyectos de interés general, pudiendo ser de iniciativa y gestión pública o privada y rigiéndose por la normativa urbanística, previa declaración de interés general de conformidad con la normativa de ordenación del territorio, declaración que requerirá, además de las exigencias previstas en la normativa sobre ordenación del territorio, que el plan o proyecto incorpore las siguientes determinaciones.
  • Parques temáticos: complejos turísticos con áreas de gran extensión en las que se ubican de forma integrada actividades y atracciones de carácter recreativo o cultural y usos complementarios deportivos, comerciales, hoteleros o residenciales, con sus servicios correspondientes.
125
Q

… son las empresas constituidas en forma de sociedad mercantil, anónima o limitada que, en posesión del título-licencia correspondiente, se dedican profesional y comercialmente en exclusividad al ejercicio de actividades de mediación y/o organización de servicios turísticos pudiendo utilizar medios propios en la prestación de los mismos

a) Las empresas de viajes combinados
b) Las agencias de viajes
c) Las empresas de intermediación turística

A

b) Las agencias de viajes

Las agencias de viajes son empresas constituidas en forma de sociedad mercantil, anónima o limitada, que poseen el título-licencia correspondiente y que se dedican profesional y comercialmente en exclusividad a la mediación y/u organización de servicios turísticos. Además, pueden utilizar medios propios para la prestación de estos servicios.

Las agencias de viajes pueden clasificarse en:

Mayoristas, que organizan y venden paquetes turísticos a minoristas.
Minoristas, que venden directamente al consumidor final.
Mayoristas-minoristas, que combinan ambas funciones.
Por lo tanto:

La opción a) “Las empresas de viajes combinados” es incorrecta, porque las empresas de viajes combinados son un tipo de producto ofrecido por agencias de viajes, no una categoría empresarial en sí misma.
La opción c) “Las empresas de intermediación turística” también es incorrecta, ya que estas engloban a otras figuras más amplias, mientras que la definición dada corresponde específicamente a agencias de viajes.
La opción b) “Las agencias de viajes” es la correcta, porque cumplen con todos los elementos descritos en la definición.

l. CONCEPTO Y TIPOLOGÍA DE LA MEDIACIÓN TURÍSTICA
* Mediación turística: actividad consistente en la intermediación entre el usuario y el ofertante del servicio turístico, así como la propia organización del producto turístico.
Las agencias de viajes y las centrales de reserva son, aunque con excepciones, la tipología más común de empresas de mediación turística.
Las leyes de ordenación turística autonómicas varían, algunas solo prevén a las agencias de viajes, otras consideran a empresas de más variada tipología

II. VIAJES COMBINADOS Y AGENCIAS DE VIAJES

  • Agencias de viajes: empresas constituidas en forma de sociedad mercantil, anónima o limitada que, en posesión del título-licencia correspondiente, se dedican profesional y comercialmente en exclusividad al ejercicio de actividades de mediación y/u organización de servicios turísticos, pudiendo utilizar medios propios en la prestación de estos.
126
Q

Indique cuál de estas afirmaciones es incorrecta:

a) Las centrales de reservas son las empresas y entidades que se dedican principalmente a reservar servicios turísticos de forma individualizada
b) Las centrales de reservas no son meras oficinas de información turística y tampoco tienen capacidad para organizar viajes combinados
c) Las centrales de reservas son las empresas y entidades que se dedican principalmente a reservar servicios turísticos de forma industrial

A

a) Las centrales de reservas son las empresas y entidades que se dedican principalmente a reservar servicios turísticos de forma individualizada

Las centrales de reservas son empresas o entidades dedicadas principalmente a la reserva de servicios turísticos de forma individualizada, actuando como intermediarios entre los proveedores de servicios (hoteles, transportes, actividades, etc.) y los consumidores.

También es importante destacar que no son meras oficinas de información turística ni tienen capacidad para organizar viajes combinados, lo que las diferencia de las agencias de viajes.

Por lo tanto:

La opción a) “Las centrales de reservas son las empresas y entidades que se dedican principalmente a reservar servicios turísticos de forma individualizada” es correcta, ya que describe fielmente su función principal.
La opción b) “Las centrales de reservas no son meras oficinas de información turística y tampoco tienen capacidad para organizar viajes combinados” también es correcta, porque su labor es de intermediación en la reserva de servicios, sin funciones de asesoramiento turístico ni de organización de paquetes.
La opción c) “Las centrales de reservas son las empresas y entidades que se dedican principalmente a reservar servicios turísticos de forma industrial” es incorrecta, ya que el término “de forma industrial” no se ajusta a la naturaleza de su actividad, que es individualizada y orientada al consumidor final o a agencias.

V. CENTRALES DE RESERVAS
* Centrales de reservas: empresas y entidades que se dedican a reservar servicios turísticos de forma individualizada. No son oficinas de información turística y tampoco tienen capacidad para organizar viajes combinados.
En ningún caso pueden percibir de los usuarios turísticos contraprestación económica por su intermediación.

127
Q

Las empresas de mediación turística deben suscribir un seguro de responsabilidad civil, a beneficio de los usuarios, que cubra para los tres bloques de responsabilidad previstos, en una cuantía mínima de:

a) 200.000 euros
b) 100.000 euros
c) 150.000 euros

A

c) 150.000 euros

Las empresas de mediación turística deben suscribir un seguro de responsabilidad civil a beneficio de los usuarios, que cubra tres bloques de responsabilidades con una póliza mínima de 150.000 euros.

Los tres bloques de responsabilidad que debe cubrir el seguro son:

Responsabilidad civil de explotación del negocio.
Responsabilidad civil indirecta o subsidiaria.
Responsabilidad por daños patrimoniales primarios.
Este seguro es obligatorio para garantizar la protección de los consumidores y usuarios turísticos frente a posibles incumplimientos o daños que puedan derivarse de la actividad de mediación turística.

Por lo tanto:

La opción a) “200.000 euros” es incorrecta, ya que el mínimo exigido es menor.
La opción b) “100.000 euros” también es incorrecta, porque la cantidad mínima es superior.
La opción c) “150.000 euros” es la correcta, ya que es el monto mínimo exigido para la póliza de responsabilidad civil de estas empresas.

VII. LA MEDIACIÓN TURÍSTICA A DISTANCIA

Los prestadores que vayan a realizar la actividad turística de agencias de viaje de venta a distancia deben, al inicio de la actividad, cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener suscrito y en permanente vigencia un seguro de responsabilidad civil, a beneficio de los usuarios, que cubra tres bloques de responsabilidades, con una póliza que habrá de cubrir una cuantía mínima de 150.000 €.
    o La responsabilidad civil de explotación del negocio.
    o La responsabilidad civil indirecta o subsidiaria.
    o La responsabilidad por daños patrimoniales primarios.
  • Constituir una fianza en la forma y cuantía prevista en el art. 147.
  • En todos los casos de venta a distancia y de comercio electrónico, ya sea en la publicidad, en las ofertas de venta, en la contratación o en la facturación deberá quedar constancia en soporte físico de los siguientes datos:
    o Nombre del titular de la agencia.
    o Nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia
    o Marca o nombre comercial registrado, en su caso.
  • Características detalladas del producto o servicio turístico. Si es un viaje combinado, contendrá la información exigida por la normativa aplicable.
  • Precio detallado, y en su caso coste de la intermediación, así como sistema de pago, del que el cliente deberá tener comprobante en soporte físico.
  • Cuantos aspectos generales y específicos hagan referencia a la contratación del producto o servicio turístico.
    Estas empresas estarán obligadas a poner los medios que permitan a sus clientes disponer, con carácter inmediato a su celebración, de un justificante de las operaciones realizadas.
128
Q

Cuando la actividad de restauración se presta con carácter complementario, en locales de pública concurrencia:

a) Se aplican las mismas disposiciones turísticas correspondientes a las empresas de restauración
b) Se aplican las disposiciones propias de la actividad turística complementaria de restauración
c) Se aplica la legislación turística con carácter general pero no la propia de las empresas de restauración.

A

a) Se aplican las mismas disposiciones turísticas correspondientes a las empresas de restauración

Cuando un establecimiento presta servicios de restauración como complemento de su actividad principal (por ejemplo, en un hotel, centro de espectáculos o recinto deportivo), sigue estando sujeto a la normativa específica de las empresas de restauración. Esto significa que debe cumplir con las mismas exigencias en cuanto a condiciones higiénico-sanitarias, control de precios, licencias y autorizaciones administrativas. La razón es garantizar la uniformidad de la regulación turística y evitar que estos establecimientos operen con normas menos exigentes que las empresas de restauración convencionales.

b) “Se aplican las disposiciones propias de la actividad turística complementaria de restauración”
🔹 Incorrecta porque no existe una normativa diferenciada para actividades de restauración complementarias. La legislación turística aplica de manera uniforme a todos los servicios de restauración, sin importar si son el servicio principal del establecimiento o un complemento a otra actividad. No hay un régimen especial de regulación exclusivo para estos casos.

c) “Se aplica la legislación turística con carácter general pero no la propia de las empresas de restauración”
🔹 Incorrecta porque aunque la legislación turística general es aplicable, la específica para empresas de restauración también lo es. La actividad de restauración debe cumplir con los mismos requisitos que cualquier otro establecimiento del sector, incluyendo aspectos de seguridad alimentaria, condiciones de higiene y control administrativo, incluso si se trata de un servicio complementario dentro de un local de otra naturaleza.

  1. Concepto de restauración

La actividad de restauración a veces se halla vinculada a otros servicios complementarios que, de forma accesoria, pueden ser prestados por los establecimientos turísticos o no turísticos.

Lo que califica a una empresa como de restauración no es que esta sea una actividad prioritaria, sino que forme parte de su actividad la elaboración mediante precio de comidas o bebidas para ser directamente consumidas, con independencia de que ello se haga de forma conjunta a otros servicios.

No se definen cuáles son esos otros servicios complementarios.
La ordenación turística los incluye en su modalidad de ocio y recreo o de otras actividades turísticas: consultoría y asesoría turística, información turística, gestión de productos turísticos o de similar naturaleza.

  • Empresas de restauración: aquellas que se dedican de forma habitual y profesional a suministrar, desde establecimientos, fijos o móviles, abiertos al público, mediante precio, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.

También son de aplicación las disposiciones turísticas cuando esa misma actividad se presta con carácter complementario en locales de pública concurrencia.

Tales establecimientos pueden tener entidad propia e independiente, o formar parte de Empresas, Centros, Instituciones y Organismos, constituyendo actividad accesoria de estos, con independencia de la normativa específica que los regula.

129
Q

Los denominados cafés, bares, salas de fiestas, clubes y similares, quedan normalmente incluidos por las legislaciones turísticas autonómicas en la categoría turística de:

a) Restaurantes
b) Bares
c) Cafeterías

A

a) Restaurantes

Según la normativa, los cafés, bares, salas de fiestas, clubes y similares quedan incluidos en la regulación de los restaurantes, lo que implica que se someten a las disposiciones turísticas aplicables a este tipo de establecimientos. La regulación autonómica de la restauración incluye tanto los restaurantes como las cafeterías y bares, integrando en esta clasificación a los mencionados establecimientos

  1. Concepto de restauración

En el concepto de restauración se incluye la ordenación de restaurantes y cafeterías.

La Orden del Ministerio de Información y Turismo reguladora de los restaurantes (derogada, como la de cafeterías por el RD 39/2010) definía:

  • Restaurante: aquellos establecimientos, cualquiera que sea su denominación, que sirvan al público, mediante precio, comidas y bebidas, para ser consumidas en el mismo local.
    Los cafés, bares, salas de fiestas, clubes y similares quedan incluidos en esta misma regulación.
  • Cafeterías: aquellos establecimientos, cualquiera que sea su denominación, que, además de helados, batidos, refrescos, infusiones y bebidas en general, sirvan al público, mediante precio, principalmente en la barra o mostrador y a cualquier hora, dentro de las que permanezca abierto el establecimiento, platos fríos y calientes, simples o combinados, confeccionados de ordinario a la plancha para refrigerio rápido, quedando excluidos los supuestos en que tales servicios se presten únicamente a contingentes particulares y no al público en general.
130
Q

Algunas legislaciones autonómicas consideran a las discotecas y salas de baile como:

a) Actividad turística
b) Actividad privada que no se regula por la legislación turística
c) Actividad meramente mercantil sin intervención administrativa alguna sobre ella

A

a) Actividad turística

Algunas Comunidades Autónomas consideran a discotecas y salas de baile como parte de la actividad turística y las incluyen en la ordenación turística cuando contribuyen a la diversificación de la oferta y desarrollo del turismo. Esto implica que deben cumplir ciertos requisitos normativos propios de la regulación turística, incluyendo licencias específicas, controles administrativos y normativas de seguridad y calidad turística​

b) “Actividad privada que no se regula por la legislación turística”
🔹 Incorrecta porque aunque en algunas normativas autonómicas estos establecimientos no son considerados empresas turísticas de pleno derecho, sí están regulados por la legislación turística en aspectos específicos, especialmente cuando forman parte de la oferta turística complementaria.

c) “Actividad meramente mercantil sin intervención administrativa alguna sobre ella”
🔹 Incorrecta porque estos establecimientos requieren intervención administrativa, tanto en aspectos de seguridad como en regulación turística y normativa municipal. La Administración fija condiciones sobre horarios, seguridad, higiene y otras regulaciones que afectan a su funcionamiento​

II. EMPRESAS DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS DE ENTRETENIMIENTO, RECREO, DEPORTIVAS, CULTURALES, LÚDICAS Y DE TURISMO ACTIVO. LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS

Algunas CCAA ya califican como empresa de actividad turística - sometida a la legislación turística - a las destinadas al entretenimiento, el recreo, deportivas, culturales y lúdicas.
Incluso se refieren también al turismo activo, no solo alojativo:

  • Empresa de turismo activo: aquella cuya actividad consiste en la prestación de servicios que permite el desarrollo de actividades recreativas, deportivas y de aventura que se practican sirviéndose de los recursos que ofrece la naturaleza en el medio en que se desarrollan, sea este aéreo, terrestre, subterráneo, acuático o subacuático, y en las que es inherente un cierto grado de destreza o experimentación.

Hay normas autonómicas que, dentro del turismo activo, integran a algunas otras:

  • Establecimientos de oferta de entretenimiento: aquellos abiertos al público que se dedican a ofrecer servicios de entretenimiento, actuaciones musicales en vivo o por medios mecánicos o electrónicos, exhibiciones artísticas variadas, baile público. Entre estos están:
    o Salas de fiesta.
    o Salas de baile.
    o Discotecas.
    o Cafés concierto.
    o Clubes de playa.
    o Cualquier otro establecimiento de entretenimiento que se determine reglamentariamente.
  • Centros turísticos recreativos o deportivos: aquellos establecimientos que disponen de áreas en las que, de forma integrada, se sitúan las actividades propias de los parques temáticos, de atracciones o de carácter recreativo, cultural, deportivo o de esparcimientos, y otros usos complementarios, con los servicios correspondientes.
131
Q

Los guías turísticos son necesariamente:

a) Profesionales con titulación académica
b) Profesionales sin titulación académica
c) Profesionales con la formación académica precisa para obtener la capacitación correspondiente

A

c) Profesionales con la formación académica precisa para obtener la capacitación correspondiente

Los guías turísticos no son una profesión titulada, ya que no se exige una titulación académica específica para ejercer la actividad. Sin embargo, sí se requiere una formación académica que permita obtener la capacitación correspondiente. Para ello, los candidatos deben superar pruebas de aptitud y cumplir requisitos específicos según la normativa de cada Comunidad Autónoma.

El proceso de habilitación de los guías turísticos implica:

Superar pruebas de aptitud diseñadas por cada CCAA.
Poseer un título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas, Técnico Superior en Información y Comercialización Turística o un grado académico mínimo de diplomado universitario.
Obtener la habilitación administrativa, que no es un título profesional, sino una autorización para ejercer la actividad.
Inscribirse en el Registro de Guías de Turismo de la Comunidad Autónoma correspondiente​

a) “Profesionales con titulación académica”
🔹 Incorrecta porque la actividad de guía turístico no está considerada una profesión titulada, lo que significa que no se exige un título universitario específico para ejercer. La habilitación profesional se obtiene mediante pruebas de aptitud y formación acreditada.

b) “Profesionales sin titulación académica”
🔹 Incorrecta porque si bien no se exige una titulación específica, sí se requiere una formación académica mínima y la superación de pruebas para acreditar la capacitación necesaria para el ejercicio de la actividad​

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Las diferentes CCAA ordenan la actividad de los guías turísticos - no profesión titulada - sin la exigencia de una específica ‘titulación académica’, pero sí con la ‘formación académica’ que permite prescribir la exigencia de la intervención de estos profesionales, que han acreditado previamente una determinada capacitación.

Por ello es frecuente que se hable de profesión de guías de turismo, refiriéndose a profesiones no tituladas, pero sí reguladas como actividades turísticas.

  • La actividad propia de los guías de turismo consiste en la prestación, de manera habitual y retribuida, de servicios de información en materia cultural, artística, histórica, natural y geográfica a quienes realicen visitas colectivas a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico en cada CCAA.
132
Q

El hecho de que puede mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes, recibe el nombre de:

a) Turismo sostenible
b) Turismo sustentable
c) Ecoturismo

A

a) Turismo sostenible

El turismo sostenible es aquel que puede mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes. Se trata de un modelo de turismo que equilibra el desarrollo económico con la preservación de los recursos naturales y culturales, asegurando su disponibilidad para futuras generaciones.

Las comunidades autónomas incluyen en su planificación turística medidas para promover la sostenibilidad, como la rehabilitación de áreas degradadas y la regulación de la oferta para evitar la masificación turística​

Razón por la cual las otras opciones son incorrectas:
b) “Turismo sustentable”
🔹 Incorrecta porque aunque el término sustentable suele usarse como sinónimo de sostenible en algunos contextos, su definición en este ámbito es distinta: se refiere a un turismo que puede justificarse o defenderse con razones estratégicas, pero no necesariamente implica que pueda mantenerse sin afectar los recursos existentes​

c) “Ecoturismo”
🔹 Incorrecta porque el ecoturismo pone el énfasis en la protección medioambiental y en la concienciación ecológica dentro de la actividad turística. No es un concepto tan amplio como el turismo sostenible, ya que se centra en áreas naturales y en la minimización del impacto ecológico​

  1. Turismo, ordenación del territorio y desarrollo sostenible

Las leyes autonómicas turísticas han de integrarse con la ordenación territorial y urbanística, de modo que resulte compensada y ecuánime en los ámbitos afectados.

A nivel de política administrativa, se consideran los conceptos de:

  • Turismo sostenible: puede mantenerse por sí mismo, sin ayuda exterior ni merma de los recursos existentes.
  • Turismo sustentable: puede defenderse o sustentarse con razones que permitan una determinada estrategia.
  • Ecoturismo: hace énfasis en los aspectos de protección medioambiental de la actividad turística.
  • Turismo responsable: sin merma de los recursos existentes y con especial protección del medioambiente y del paisaje.
  • Turismo alternativo: modelo turístico que apunta a una mayor oferta turística no tradicional y más cercana al medio natural.
133
Q

Los espacios delimitados, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales a veces complementados con estructuras de fábrica y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos, se denomina:

a) Sitio histórico
b) Paisajes históricos
c) Jardines históricos

A
  1. Turismo, cultura, ética y estética
    6.1. La legislación de patrimonio cultural y su relación con la legislación turística

Tipología de patrimonios:

  • El Patrimonio arqueológico, aquellos bienes muebles e inmuebles de carácter histórico y que son susceptibles de ser analizados con metodología arqueológica. Se incluyen los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.
  • El Patrimonio etnográfico, bienes muebles e inmuebles, y conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo en sus diferentes aspectos espirituales, materiales o sociales.
  • El Patrimonio documental y bibliográfico, bienes reunidos o no en archivos y bibliotecas que se declaran integrantes de este.
    o Documental - documentos con una determinada antigüedad
    o Bibliográfico - bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa de las que no conste que existe un número de ejemplares determinado.

Bienes inmuebles de interés cultural, de gran relevancia a efectos turísticos:

  • Monumentos - bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal, siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.
  • Jardines históricos - espacios delimitados, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica y estimados de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.
  • Conjunto histórico - agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad.
  • Sitio histórico - lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos del pasado, tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y obras de valor histórico, etnológico, paleontológico y antropológico.
  • Zona arqueológica - lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica.
134
Q

La implantación de los códigos éticos en los destinos turísticos:

a) Se promueve por la Organización Mundial del Turismo
b) Se reconoce en todas las leyes turísticas autonómicas
c) Es de obligada observancia

A

a) Se promueve por la Organización Mundial del Turismo

La Organización Mundial del Turismo (OMT) promueve la implantación de códigos éticos en los destinos turísticos, en particular el Código Ético Mundial para el Turismo, adoptado en 1999. Su objetivo es garantizar que las empresas y destinos maximicen los beneficios económicos, sociales y culturales del turismo, minimizando su impacto ambiental y social.

Este código no es de obligado cumplimiento, pero sirve como referencia internacional para las legislaciones nacionales y autonómicas, orientando la gestión turística hacia principios de responsabilidad, sostenibilidad y accesibilidad​.

b) “Se reconoce en todas las leyes turísticas autonómicas”
🔹 Incorrecta porque aunque algunas comunidades autónomas han incorporado principios del Código Ético en su normativa, no todas lo han hecho de manera expresa. Su aplicación depende de la voluntad de cada administración autonómica y municipal, por lo que no es un reconocimiento uniforme en toda España.

c) “Es de obligada observancia”
🔹 Incorrecta porque el Código Ético Mundial para el Turismo es una recomendación, no una norma de cumplimiento obligatorio. Su aplicación es voluntaria, aunque se fomenta a nivel internacional y algunas legislaciones nacionales pueden tomarlo como referencia para desarrollar regulaciones específicas

6.2. La ética y la estética del destino turístico

La OMT promueve el cumplimiento del Código Ético Mundial para el Turismo, desde 1999, para garantizar en los países miembros y destinos turísticos, que las empresas maximicen los efectos económicos, sociales y culturales positivos del turismo, reduciendo al mínimo los impactos ambientales y sociales negativos.

Acciones concretas que exigen que el turismo sea un derecho de todos, haciendo accesible el destino a discapacitados físicos o psíquicos, personas con movilidad reducida, niños pequeños o de edad avanzada, un sector cada vez más numeroso.

Ciudades como Barcelona o Madrid, mediante ordenanzas, tratan de fomentar que sus municipios sean buenos lugares para sus ciudadanos, con normativas de horarios de depósito de basuras o prohibiciones no tender ropa en los balcones.

135
Q

Qué ley regula en la actualidad el procedimiento administrativo sancionador?

A

La Ley 39/2015, del 1 de octubre, regula en la actualidad el procedimiento administrativo sancionador, que se completa con los principios en materia sancionadora que se encuentran en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público - BOE núm. 236, de 2 de octubre.

Según esta ley los principios de la potestad sancionadora son:
* Principio de legalidad. Irretroactividad.
* Principio de tipicidad. Responsabilidad.
* Principio de proporcionalidad. Prescripción.
* Concurrencia de sanciones.

136
Q

El enfoque de esta asignatura sobre el turismo consiste:

a) en estudiar con carácter general el Derecho que es aplicable al turismo, especialmente, las conexiones que el turismo tiene con todos los sectores implicados: la economía, el ámbito local, autonómico y europeo
b) en estudiar el Derecho administrativo del turismo, especialmente de la legislación administrativa turística, analizando los diferentes instrumentos de intervención administrativa
c) en estudiar la legislación que afecta al sector turístico, especialmente la que es relevante para el sector tal y como lo es el consumo, la ordenación del territorio, la competencia, etc.

A

b) en estudiar el Derecho administrativo del turismo, especialmente de la legislación administrativa turística, analizando los diferentes instrumentos de intervención administrativa

El enfoque de esta signatura es el Derecho Administrativo del Turismo, centrándose en la regulación administrativa de esta actividad. Analiza los distintos instrumentos de intervención administrativa en el turismo, incluyendo la promoción, planificación, arbitraje, limitación e inspección de las actividades turísticas. Además, explora la evolución de la intervención administrativa sobre el turismo y su impacto en la regulación del sector​.

a) “En estudiar con carácter general el Derecho que es aplicable al turismo, especialmente, las conexiones que el turismo tiene con todos los sectores implicados: la economía, el ámbito local, autonómico y europeo”
🔹 Incorrecta porque el documento no aborda el Derecho general del turismo ni su vinculación con otros sectores en términos amplios. Se enfoca específicamente en la legislación administrativa turística y sus mecanismos de intervención.

c) “En estudiar la legislación que afecta al sector turístico, especialmente la que es relevante para el sector tal y como lo es el consumo, la ordenación del territorio, la competencia, etc.”
🔹 Incorrecta porque aunque el documento menciona normativas relacionadas, su enfoque no es el estudio de toda la legislación que incide en el turismo, sino el análisis del Derecho Administrativo Turístico, con especial énfasis en la regulación autonómica y los mecanismos de control administrativo​My Resumen - Derecho Ad….

I. EL DERECHO DEL TURISMO ES PARTE ESPECIAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El Derecho del turismo es un Derecho esencialmente administrativo.
La legislación del turismo es administrativa en cuanto ordena la intervención de la Administración Pública en el sector turístico.

137
Q

Señale cuál es la afirmación incorrecta:

a) Es obligación de la empresa turística permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos
b) Es obligación del cliente turístico observar las normas usuales de convivencia
c) Es derecho del cliente turístico recibir el servicio de la empresa turística con la más alta calidad

A

a) Es obligación de la empresa turística permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos

VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS Y USUARIOS TURÍSTICOS A LOS EFECTOS DE LA ORDENACIÓN TURÍSTICA

Muchas leyes autonómicas relacionan las obligaciones genéricas de las empresas turísticas y las de sus clientes sin perjuicio de los requisitos que deben observar atendiendo a la naturaleza de empresa turística de que se trate.

  • El cumplimiento de estas obligaciones, muchas de ellas de tipo formal, pueden resultar fiscalizado o comprobado con objeto de la inspección.

Son obligaciones de las empresas turísticas, entre otras:

  • Llevar a cabo la comunicación administrativa para el inicio de actividad o declaración responsable, a la que deberán acompañar toda la documentación correspondiente
  • Comunicar a la Administración de la CCAA las modificaciones o reformas que puedan afectar a la clasificación de los establecimientos, así como los cambios de titularidad; la de informar a los clientes sobre la extensión y características de los servicios a convenir y, en su caso, la efectiva prestación de los mismos; la de informar a los clientes sobre los precios a satisfacer si el servicio resulta contratado y, en todo caso, los precios máximos comunicados a la Administración Turística
  • Entregar al cliente factura detallada, justificante o ticket del importe de los servicios prestados, cumpliendo la normativa de facturación
  • Facilitar al cliente la hoja de reclamaciones cuando lo solicite
  • Exhibir públicamente, conforme a lo establecido en la normativa correspondiente, el distintivo acreditativo de la clasificación, aforo y cualquier otra variable, así como los símbolos de calidad normalizada
  • Disponer de cuantos Libros, Hojas y demás documentos sean exigidos por la reglamentación vigente
  • Permitir la entrada y permanencia de cualquier persona y sus vehículos en dichos establecimientos
  • Facilitar en los términos establecidos por la normativa vigente la accesibilidad a los establecimientos de las personas que sufren disminuciones físicas, sensoriales o psíquicas.

Son obligaciones de los clientes o usuarios turísticos:

  • Observar las normas usuales de convivencia
  • Aceptar las normas particulares de las empresas turísticas, siempre que no sean contrarias a la reglamentación vigente
  • Satisfacer el precio de los servicios disfrutados
  • Respetar las instalaciones de las empresas turísticas, especialmente cuando estén ubicadas en lugares de especial valor histórico-artístico y/o ecológico.

Son derechos de los usuarios turísticos, sin perjuicio de los que le correspondan en virtud de lo previsto en la Ley de Consumidores y Usuarios - que establece una defensa genérica del consumidor en la que hay que integrar al usuario turístico:

  • Recibir de la Administración competente información objetiva sobre los distintos aspectos de los recursos de la oferta turística
  • Recibir del titular de la actividad turística una información veraz, eficaz y suficiente sobre las condiciones de la prestación de servicios turísticos
  • Exigir que, en lugar de fácil visibilidad, se exhiba el distintivo acreditativo de la clasificación y cualquier otra variable de la actividad
  • Formular reclamaciones
  • No ser discriminados en el acceso a los establecimientos turísticos
  • Recibir del establecimiento turístico bienes y servicios acordes en naturaleza y calidad con la categoría correspondiente.
138
Q

El intercambio de casas entre particulares, sin dinero a cambio, recibe en el ámbito turístico la denominación de:

a) Permuta turística
b) Iniciativa de economía colaborativa
c) Esta modalidad no es turística

A

b) Iniciativa de economía colaborativa

El intercambio de casas entre particulares, sin dinero a cambio, se considera una forma de economía colaborativa en el ámbito turístico. No se trata de una actividad turística tradicional, sino de un fenómeno que ha surgido gracias a las plataformas digitales que facilitan estos intercambios.

Dentro de la economía colaborativa en turismo, se distinguen tres tipos de iniciativas:

Puro intercambio (ejemplo: couch surfing), donde las personas se alojan sin coste en viviendas de otros.
Intercambio de casas entre particulares, sin dinero a cambio.
Oferta de alojamiento mediante intercambio monetario (por ejemplo, alquileres vacacionales en plataformas como Airbnb).
Este tipo de prácticas plantea desafíos en términos de regulación y competencia con el sector turístico tradicional, ya que muchas veces no están sujetas a la normativa turística vigente​.

a) “Permuta turística”
🔹 Incorrecta porque el término “permuta turística” no es un concepto reconocido en la legislación turística. Aunque la permuta es una figura jurídica del Derecho Civil, no se emplea en la normativa turística para referirse al intercambio de viviendas.

c) “Esta modalidad no es turística”
🔹 Incorrecta porque si bien el intercambio de casas sin dinero no es una actividad turística convencional, sí tiene implicaciones en el sector turístico. Se analiza dentro del fenómeno de la economía colaborativa, que impacta en la regulación turística y en la competencia con los alojamientos tradicionales​

2.3. La economía colaborativa y el sector turístico

La economía colaborativa puede generar la multiplicación en la prestación de servicios entre particulares, sin sujeción muchas veces a la normativa turística.

El principal problema que ofrece es la determinación de su naturaleza y su compleja conexión con la regulación de consumo y legislación turística en cuanto generadora de competencia en el mercado con los agentes prestadores de los servicios turísticos.

Muchas de las iniciativas de economía colaborativa son más tipo empresas de servicios permanentes que convierten a estos particulares en empresarios del sector.

La tecnología ha aportado a los particulares la capacidad de organizarse y de recibir el feedback de los propios usuarios.
Hay tres tipos de iniciativas de economía colaborativa:

  • El puro intercambio - couch surfing - una forma de viajar alojándote gratis en casa de alguien.
  • El intercambio de casas entre particulares, sin dinero a cambio.
  • El ofrecimiento de algo por un precio, con intercambio monetario.

Hay un vacío normativo en la regulación de esta materia, que aún se encuentra definiéndose y que ya genera importantes recursos.

En la actualidad, el fenómeno colaborativo se extiende a las plataformas que unen a demandantes y ofertantes muy diversos: vehículos con conductor; financiación participativa, estacionamiento de vehículos; espacios compartidos de trabajo…
Las múltiples normas aplicables hacen que sea un sector complejo y carente de seguridad jurídica, por los múltiples focos de legislación sectorial aplicables.

139
Q

Las legislaciones turísticas autonómicas recogen los centros turísticos de esquí o de montaña; los campos de golf y los puertos náuticos dentro de la tipología de:

a) Turismo sostenible
b) Turismo deportivo
c) Turismo activo

A

c) Turismo activo

Las legislaciones turísticas autonómicas incluyen los centros turísticos de esquí o de montaña, los campos de golf y los puertos náuticos dentro de la tipología de turismo activo. Este tipo de turismo engloba aquellas actividades recreativas, deportivas y de aventura que se practican en el medio natural, utilizando los recursos del entorno y que requieren cierto grado de destreza o experimentación​

Las empresas de turismo activo están reguladas en varias comunidades autónomas y ofrecen actividades en medio terrestre, acuático, subterráneo o aéreo, como senderismo, esquí, navegación, golf, entre otros. Su regulación busca garantizar la seguridad de los usuarios y la sostenibilidad del entorno donde se practican estas actividades.

a) “Turismo sostenible”
🔹 Incorrecta porque aunque estos espacios pueden integrar principios de sostenibilidad, la normativa turística autonómica no los clasifica específicamente bajo “turismo sostenible”, sino que los enmarca dentro del turismo activo.

b) “Turismo deportivo”
🔹 Incorrecta porque el turismo deportivo es una categoría más general que abarca eventos y competiciones deportivas, mientras que el turismo activo se centra en actividades recreativas y deportivas realizadas en la naturaleza, incluyendo las estaciones de esquí, puertos náuticos y campos de golf​

  1. Turismo y deporte

El turismo deportivo es una modalidad más acorde con el respeto a las condiciones medioambientales que, con el tiempo, va alcanzando un mayor interés y proporción en el conjunto de la oferta turística.

Las CCAA regulan algunos elementos turísticos deportivos como las embarcaciones de recreo y deportivas.

Las leyes turísticas incluyen dentro de la tipología de ‘otras actividades de interés turístico’ a las que contribuyen a dinamizar el sector turístico, incluyendo deportes de aventura, estaciones de esquí, puertos náuticos o campos de golf.

El concepto de deporte se integra en el de empresas de turismo activo o complejo turístico, centro de esquí o montaña, dedicados a la práctica de deportes de nieve y montaña y que forman un conjunto coordinado de infraestructuras, pistas e instalaciones complementarias de uso público - art. 53 Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Turismo de Aragón.

140
Q

Los … son todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas

a) Servicios turísticos
b) Medios turísticos
c) Recursos turísticos

A

c) Recursos turísticos

Los recursos turísticos son todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas. Estos pueden incluir desde monumentos y sitios históricos hasta eventos culturales, paisajes naturales y tradiciones locales​

a) “Servicios turísticos”
🔹 Incorrecta porque los servicios turísticos se refieren a las actividades y prestaciones dirigidas a los turistas, como alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio. No incluyen necesariamente bienes materiales o inmateriales.

b) “Medios turísticos”
🔹 Incorrecta porque la expresión “medios turísticos” no es un término técnico reconocido en la legislación turística. No tiene una definición clara que englobe todos los elementos que conforman la oferta turística, a diferencia del término “recursos turísticos”, que sí está regulado​

  1. Un concepto normativo del Turismo
  • La ley catalana - Ley 13/2002 - define varios elementos que son comunes a todas las leyes de ordenación turística autonómicas:

o El recurso turístico: todos los bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas.
o Sujeto turístico: el conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tienen una relación directa con el sector turístico.
o Administraciones turísticas: los entes u órganos públicos con competencias sobre la actividad y los servicios turísticos, así como los organismos que estén adscritos a aquellos.
o Actividad turística: los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del turismo.
o Servicios turísticos: los servicios dirigidos a atender las demandas de los usuarios turísticos.

141
Q

La denominada Comisión Interministerial de Turismo se creó en 1954 como un organismo:

a) Consultivo y deliberante
b) Consultivo
c) Deliberante

A

a) Consultivo y deliberante

2.5. La fructífera producción normativa turística de los años 60. El Ministerio de Información y Turismo

La Comisión Interministerial de Turismo fue creada por Decreto de 25 de junio de 1954 como un organismo consultivo y deliberante. Su función era mejorar la organización del sector turístico en España, coordinando a distintos ministerios implicados en el desarrollo del turismo.

Posteriormente, en 1970, se reestructuró debido a la creciente complejidad de la gestión del turismo, integrando representantes de distintos sectores y dotándose de un secretario gestor que coordinaba su funcionamiento​

142
Q

La regulación genérica de las ayudas al sector turístico es competencia:

a) Estatal de ordenación general de la economía
b) Autonómica de ordenación del turismo
c) Local de fomento y promoción del turismo

A

a) Estatal de ordenación general de la economía

La regulación genérica de las ayudas al sector turístico es competencia del Estado dentro de la ordenación general de la economía, según ha establecido el Tribunal Constitucional en la Sentencia 75/1989, de 24 de abril.

Sin embargo, la gestión de las ayudas es competencia autonómica, salvo que la gestión centralizada sea imprescindible para garantizar su efectividad. Esto significa que, aunque el Estado regula de manera general las ayudas, su ejecución y aplicación concreta suele recaer en las Comunidades Autónomas​

b) “Autonómica de ordenación del turismo”
🔹 Incorrecta porque la gestión de las ayudas sí es competencia autonómica, pero no su regulación genérica. La ordenación del turismo es una competencia autonómica, pero la regulación de ayudas económicas se encuadra dentro de la competencia estatal de ordenación general de la economía.

c) “Local de fomento y promoción del turismo”
🔹 Incorrecta porque los municipios tienen competencia en la promoción turística de interés local, pero no en la regulación de ayudas al sector. La competencia municipal se limita a la gestión de actividades locales y estrategias de promoción, sin capacidad para establecer normativas generales sobre ayudas y subvenciones​

III. LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL RELATIVA A LA DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL EN MATERIA TURÍSTICA

Además de su competencia residual, asumiendo lo que no está transferido a las CCAA, al Estado le corresponde la función de definición de una estrategia nacional en coordinación con las CCAA y entes locales

Sentencia del TC 75/1989, de 24 de abril

Dictada en los conflictos positivos de competencias promovidos por la Junta de Galicia en relación con varias Órdenes del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, de 19 de julio de 1984 y de 31 de mayo de 1985, sobre ayudas y subvenciones en materia de turismo.

En ella se concluye lo siguiente en relación con la distribución competencial turística:

  • La regulación genérica de las ayudas entra dentro de la competencia estatal de ordenación general de la economía, pues cumple un objetivo de política económica: potenciar actividades turísticas especiales que complementan la oferta tradicional y permiten corregir la excesiva estacionalidad.
  • La gestión de las ayudas es una competencia autonómica salvo que la gestión centralizada sea imprescindible para garantizar su efectividad. No basta el reconocimiento de ciertas facultades de gestión a las CCAA para que se consideren respetadas sus competencias exclusivas, ni cabe aplicar con carácter general los postulados de la Sentencia 88/87.
143
Q

El Municipio turístico surge fundamentándose en una actividad administrativa de:

a) Limitación e inspección
b) Servicio público y coordinación
c) Promoción y coordinación

A

c) Promoción y coordinación

El Municipio turístico surge como una figura reconocida en las legislaciones autonómicas a efectos promocionales y de coordinación. Su declaración corresponde a las Comunidades Autónomas, y se otorga a aquellos municipios que presentan una actividad turística predominante.

El objetivo de esta designación es facilitar la planificación y el desarrollo turístico sostenible en estos municipios, asegurando una mejor coordinación entre administraciones y el impulso de actividades promocionales para fortalecer su atractivo turístico

a) “Limitación e inspección”
🔹 Incorrecta porque el concepto de Municipio turístico no se basa en actividades de limitación o inspección. Aunque pueden existir regulaciones en cuanto al control del turismo en estos municipios, su creación no responde a medidas restrictivas, sino a estrategias de promoción.

b) “Servicio público y coordinación”
🔹 Incorrecta porque aunque los municipios turísticos pueden desarrollar servicios públicos turísticos, su fundamento principal radica en la promoción turística y la coordinación entre administraciones para gestionar el impacto del turismo y fomentar su desarrollo

  1. El municipio turístico

Las leyes de régimen local de las diferentes CCAA pueden establecer regímenes especiales para municipios pequeños o de carácter rural o que reúnan otras características, como su carácter histórico-artístico o el predominio en su término de actividades turísticas, mineras, industriales u otras semejantes - art. 30 LBRL.

Esto ha hecho surgir a efectos promocionales y de coordinación, la figura del Municipio turístico, cuya declaración corresponde a las CCAA en sus territorios.

  • Para integrar al Municipio turístico con las exigencias medioambientales, se creó la figura del Municipio turístico sostenible.
144
Q

El objetivo de la nueva Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030 es:

a) Fomentar el turismo en toda la Unión Europea con el fin de lograr un turismo sostenible y respetuoso con el medio ambiente
b) Sentar las bases de la transformación del turismo español hacia un modelo de crecimiento sostenido y sostenible que permita su liderazgo mundial
c) Mejorar la capacidad competitiva del turismo europeo respecto de destinos turísticos mundiales.

A

b) Sentar las bases de la transformación del turismo español hacia un modelo de crecimiento sostenido y sostenible que permita su liderazgo mundial

El objetivo de la Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030 es sentar las bases para transformar el modelo turístico español hacia un crecimiento sostenido y sostenible, con el fin de mantener el liderazgo mundial del sector. Para ello, la estrategia se apoya en:

Mejorar la competitividad y rentabilidad de la industria turística.
Aprovechar los valores naturales y culturales de los destinos.
Distribuir equitativamente los beneficios y las cargas del turismo.
El nuevo modelo turístico busca fomentar la digitalización, la sostenibilidad y la colaboración público-privada, adaptándose a los nuevos patrones de consumo y a las exigencias del mercado​.

a) “Fomentar el turismo en toda la Unión Europea con el fin de lograr un turismo sostenible y respetuoso con el medio ambiente”
🔹 Incorrecta porque la Estrategia 2030 se centra exclusivamente en España. Si bien hay objetivos alineados con la sostenibilidad global, no busca fomentar el turismo en toda la UE, sino adaptar el modelo español.

c) “Mejorar la capacidad competitiva del turismo europeo respecto de destinos turísticos mundiales”
🔹 Incorrecta porque la estrategia no está enfocada en la competitividad del turismo europeo en general, sino en fortalecer el liderazgo de España dentro del turismo global​

2.3. La promoción turística en el seno de la UE

En el marco comunitario europeo también han sido muy diversas las medidas que directa o indirectamente han tratado de fomentar el turismo en el ámbito de los Estados miembros en las mismas o diferentes líneas de actuación autonómica.

El objetivo en todas ellas ha sido mejorar la calidad y la competitividad de la oferta turística comunitaria, no olvidando la idea de que el turismo contribuye a la realización de la cohesión económica y social en la Unión.

La Agenda 2030 ubica en diferentes objetivos una forma concreta de fomento turístico, respetuoso con el resto de objetivos de la agenda.

El objetivo de la nueva Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030 es por ello ‘sentar las bases de la transformación del turismo español hacia un modelo de crecimiento sostenido y sostenible, que nos permita mantener su posición de liderazgo mundial.

145
Q

Al fenómeno según el cual el desincentivo hacia determinados modelos de crecimiento turístico que produce un mayor beneficio y consolidación de determinados establecimientos turísticos ya autorizados en su actividad, se le denomina:

a) Contrafomento de consolidación
b) Contrafomento de inversión
c) Desincentivo sostenible

A

a) Contrafomento de consolidación

El contrafomento de consolidación se refiere al conjunto de medidas administrativas que desincentivan ciertos modelos de crecimiento turístico, beneficiando indirectamente a los establecimientos turísticos ya autorizados. Esto sucede porque las normativas pueden limitar la creación de nuevas infraestructuras o imponer restricciones para preservar la sostenibilidad del sector, consolidando así a las empresas existentes.

Ejemplo de este fenómeno es cuando se declara una zona turística como saturada, lo que impide la apertura de nuevos negocios turísticos pero favorece a los establecimientos ya autorizados, reduciendo la competencia en el mercado​

b) “Contrafomento de inversión”
🔹 Incorrecta porque el contrafomento de inversión se refiere a la paralización de nuevas inversiones en el sector turístico, pero no específicamente a la consolidación de los establecimientos existentes. Es un concepto más amplio que busca redirigir recursos a otros modelos de desarrollo distintos al turístico.

c) “Desincentivo sostenible”
🔹 Incorrecta porque no existe un concepto legal ni doctrinal denominado “desincentivo sostenible” en la regulación turística. Aunque las políticas de sostenibilidad pueden generar limitaciones al crecimiento turístico, este término no es el adecuado para describir el fenómeno en cuestión

  1. El contrafomento turístico

Contrafomento de consolidación - Conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no fomento de determinados agentes turísticos, obstaculizan, detienen o paralizan la promoción de sus servicios.

Contrafomento de inversión - Conjunto de actividades administrativas que detienen las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas.

3.1. El contrafomento de consolidación

La empresa y actividad turística exige de una inversión constante sobre la que la Administración Pública puede actuar. Las medidas de fomento dirigen la oferta turística hacia el modelo que cada Administración desea, en calidad y en cantidad.

Esto genera la situación de consolidar y beneficiar a los establecimientos ya autorizados, que ejercen una actividad turística sometida a menor competencia en el mercado de la que tendrían de no articularse estas medidas, a través del fomento de otras fórmulas e incluso a través de un contrafomento de fórmulas anteriores.

146
Q

El desarrollo del turismo sostenible y su incidencia en las comunidades, puede vincularse con los objetivos nacionales de reducción de la pobreza:

a) Verdadero
b) Falso
c) Sólo a través de la incidencia en la energía asequible y no contaminante

A

a) Verdadero

El desarrollo del turismo sostenible y su impacto en las comunidades está directamente vinculado con los objetivos nacionales de reducción de la pobreza. La Agenda 2030 reconoce que el turismo puede fomentar el crecimiento económico, generar empleo y promover el emprendimiento y pequeños negocios, beneficiando especialmente a grupos vulnerables como mujeres y jóvenes.

El turismo sostenible puede canalizar inversiones y recursos hacia comunidades locales, mejorando sus condiciones de vida mediante:

Generación de empleo en sectores turísticos.
Fomento del emprendimiento mediante pequeñas y medianas empresas turísticas.
Empoderamiento de comunidades locales, promoviendo la inclusión social y la diversificación económica​

b) “Falso”
🔹 Incorrecta porque existe una relación comprobada entre el turismo sostenible y la reducción de la pobreza, según la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

c) “Sólo a través de la incidencia en la energía asequible y no contaminante”
🔹 Incorrecta porque aunque la energía sostenible es un factor clave en el turismo sostenible, la reducción de la pobreza también está relacionada con la generación de empleo, la educación, la igualdad de género y la inclusión social dentro de las comunidades locales​

3.3. Turismo sostenible

En relación con el turismo, la Agenda 2030 apunta:
Objetivo 1: Fin de la pobreza.
Al ser uno de los sectores económicos con mayores dimensiones del mundo, y de los que registran un crecimiento más rápido, el turismo puede fomentar el crecimiento económico y el desarrollo a todos los niveles y aportar ingresos mediante la creación de empleo.
El desarrollo del turismo sostenible, y su incidencia en las comunidades, se vincula con los objetivos nacionales de reducción de la pobreza, con los relacionados con la promoción del emprendimiento y los pequeños negocios, y con el empoderamiento de los grupos menos favorecidos, las mujeres y los jóvenes.

147
Q

El nuevo sistema limitador de la actividad turística bascula en un primer momento sobre:

a) El prestador del servicio turístico a través de la declaración responsable
b) La Administración turística a través de la declaración responsable
c) El cliente o usuario turístico a través de la exigencia de la declaración responsable

A

a) El prestador del servicio turístico a través de la declaración responsable

El nuevo sistema limitador de la actividad turística se basa en la declaración responsable del prestador del servicio turístico, quien asume la responsabilidad del cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa vigente.

La declaración responsable es un documento mediante el cual el prestador afirma, bajo su responsabilidad, que cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa turística y que dispone de la documentación que lo acredita.

La Administración solo interviene a posteriori, en caso de inspección o sanción, para comprobar la veracidad de la declaración.
Si se detecta alguna falsedad o incumplimiento, se impide la continuidad de la actividad y se derivan responsabilidades administrativas, civiles o penales​

b) “La Administración turística a través de la declaración responsable”
🔹 Incorrecta porque la Administración no es responsable del cumplimiento de los requisitos, sino que únicamente recibe y archiva la declaración responsable. Su papel es de supervisión posterior, sin intervenir en la concesión de autorizaciones previas.

c) “El cliente o usuario turístico a través de la exigencia de la declaración responsable”
🔹 Incorrecta porque el cliente o usuario turístico no tiene ninguna relación con la declaración responsable. Este sistema es un mecanismo de control administrativo que recae exclusivamente sobre los prestadores de servicios turísticos​

CAPÍTULO CUARTO: LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LIMITACIÓN EN MATERIA TURÍSTICA. LA INSPECCIÓN TURÍSTICA
I. EL LIBRE ACCESO A LAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS Y SU EJERCICIO
* La actividad de limitación administrativa consiste en el control que la Administración Pública lleva a cabo para que los particulares puedan realizar todo tipo de actividades con incidencia en sectores determinados.

Por vía comunitaria de regulación de los servicios en el mercado interior fue aprobada la Directiva 2006/123, de 12 de diciembre (DO L 376, de 27 de diciembre de 2006), que dio lugar a la Ley estatal 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, según la cual se modificó el mecanismo de intervención limitativa de la Administración sobre el sector servicios en general y, el turístico en particular.
* A partir de esta ley estatal, cada CCAA ha procedido a esa misma Iiberalización en la prestación de los servicios en general, y en particular en el sector turístico, modificando las leyes de ordenación turística al respecto.

Los nuevos mecanismos de control hacen recaer sobre el prestador la responsabilidad del cumplimiento de las exigencias previstas en la ordenación autonómica, pues en ningún caso la nueva regulación deroga las exigencias de fondo.

Ahora se responsabiliza el prestador a través de la ‘declaración responsable’, según la cual se cumplen todas las exigencias de la normativa turística, ya que es el documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad (art. 3).

El nuevo sistema limitador bascula sobre el prestador y solo a posteriori, tras la inspección y/o sanción, la Administración intervendrá de forma más coercitiva.

148
Q

La caracterización de los inspectores de turismo como autoridades o agentes de la autoridad consiste con carácter amplio en:

a) Permitirles la detención de los empresarios turísticos que incumplan la normativa turística cuando esta sea la única medida posible que permita suspender la actividad turística prestada ilegalmente
b) Habilitarles para cerrar o clausurar los establecimientos turísticos cuando en ellos existan ciertos indicios de que se realizan actividades ilegales, siempre y cuando dicha medida esté prevista en la legislación turística autonómica
c) Habilitarles legalmente para emplear la fuerza con carácter previo a la resolución en la que ha de concluir el procedimiento sancionador cuando aprecien una situación de urgencia que consideren que el empleo de la fuerza es el medio oportuno, congruente y proporcionado ante la situación de peligro inminente que valoren a través de la inspección

A

IV. EL INSPECTOR DE TURISMO
La Administración Pública autonómica es el sujeto actuante de la inspección desarrollada a través de los inspectores de turismo.

  1. El inspector de turismo como autoridad o agente de la autoridad
    La inspección de turismo estatal ya en la Orden de 22 de octubre de 1952 se encomendaba a inspectores del Ministerio de Información y Turismo, si bien nada se decía sobre la condición de autoridad de estos funcionarios.
  • En el marco de su competencia turística, las CCAA han regulado sus servicios de inspección, atribuyendo sus funciones y características, entre ellas, la de su carácter de ‘Autoridad’ o de ‘Agentes de la Autoridad’.

La condición de autoridad debe ser acreditada con la correspondiente credencial.

El objetivo de las normas de ordenación, disciplina y sanción turística es habilitar legalmente a los inspectores para emplear la fuerza con carácter previo a la resolución en la que ha de concluir el procedimiento sancionador, cuando aprecien una situación de urgencia y consideren que el empleo de la fuerza es el medio oportuno, congruente y proporcionado ante la situación de peligro inminente que valoren a través de la inspección.

149
Q

El procedimiento de inspección turística se inicia:

a) Por la Administración competente con o sin denuncia del usuario afectado
b) Por denuncia del cliente afectado
c) A instancia de la empresa turística

A

a) Por la Administración competente con o sin denuncia del usuario afectado

El procedimiento de inspección turística puede iniciarse por la propia Administración, con o sin denuncia del usuario afectado. Es decir, la inspección no depende exclusivamente de una denuncia particular, sino que puede ser activada por orden de los órganos competentes, por iniciativa de los inspectores o en el marco de planes de inspección turística.

Según la normativa, el procedimiento puede iniciarse por:

Orden del Jefe de Servicio de Inspección, dentro de los planes de actuación.
Por iniciativa del propio Servicio de Inspección, sin sujeción a un plan específico.
Por resolución de los órganos superiores de la Consejería competente en turismo.
Por denuncia, reclamación o queja de un usuario turístico​

b) “Por denuncia del cliente afectado”
🔹 Incorrecta porque la denuncia de un cliente puede dar lugar a una inspección, pero no es el único mecanismo de inicio del procedimiento. Las inspecciones pueden realizarse de oficio por parte de la Administración.

c) “A instancia de la empresa turística”
🔹 Incorrecta porque la empresa turística no puede iniciar una inspección sobre sí misma. Puede informar sobre determinadas circunstancias o colaborar con la Administración, pero el inicio del procedimiento depende de la autoridad competente​

VII. EL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN TURÍSTICA
* El procedimiento de inspección turística no se contiene en ninguna de las leyes autonómicas, solo describen las funciones y medios con que cada Comunidad desarrolla la inspección y los criterios en el ejercicio de la labor inspectora: los de eficacia y oportunidad

La iniciación del procedimiento de inspección turística se puede articular:
* Por orden del Jefe de Servicio de Inspección, cuando es en desarrollo de los planes de actuación;
* Por iniciativa del citado Servicio, cuando es sin sujeción a plan alguno;
* Por resolución de los órganos superiores de la Consejería competente en materia turística que tengan conferidas atribuciones referidas a la inspección;
* Por orden superior del Consejero competente en turismo, o del Gobierno;
* Con motivo de una denuncia, reclamación o queja; petición de informes o por iniciativa de los propios funcionarios inspectores.

150
Q

… sirven para que los interesados presenten o remitan a la inspección documentos o ejecuten determinadas actuaciones.

a) Los informes
b) Las citaciones
c) Los requerimientos

A

c) Los requerimientos

3.6. Requerimientos
El requerimiento sirve para que los interesados presenten o remitan a la inspección documentos o ejecuten determinadas actuaciones.
Los requerimientos se efectúan por cualquier medio que permita tener constancia de su realización, incluidas las actas de inspección.
Son anotados en el Libro de inspección y su incumplimiento se considera obstaculización o resistencia a la inspección.
Estos medios no son numerus clausus, cualquier otro que sirva para lograr una investigación legal puede ser utilizado para la labor inspectora.

151
Q

El plazo de prescripción de las sanciones comienza a contarse desde:

a) El día siguiente a aquel en que se cometió el hecho que provocó la sanción
b) El día siguiente en que sea ejecutable la resolución por la que se identifica la infracción.
c) El día siguiente en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla

A

c) El día siguiente en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla

V. PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES TURÍSTICAS. LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.

152
Q

El “Pazo” es una tipología de establecimiento turístico de alojamiento:

a) Hotelero
b) Rural
c) Hostal

A

b) Rural

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

Galicia
La Ley de turismo de Galicia 7/2011 se refiere a las modalidades en diferentes grupos:
* Grupo I: hospederías rurales.
* Grupo II: pazos y otras edificaciones singulares. Grupo III: casas rurales.
* Grupo IV: aldeas de turismo rural.
* Otros fijados reglamentariamente.

153
Q

Entre las intervenciones administrativas posteriores a la declaración responsable de un establecimiento turístico rural se encuentra:

a) La comunicación de modificaciones por obras
b) La comunicación de las condiciones de prestación de los servicios turísticos
c) El registro de la publicidad de la empresa turística

A

a) La comunicación de modificaciones por obras

  1. La declaración responsable y la comunicación administrativa inicial para el ejercicio de la actividad turística rural
  2. Otras intervenciones administrativas posteriores
    Sin perjuicio de esta primera intervención, las disposiciones reglamentarias autonómicas prevén otras diversas intervenciones administrativas, integrándose de en ‘autorizaciones o intervenciones’ de tracto sucesivo, con distinto grado de intensidad, en la técnica de intervención (información, comunicación, sellado o autorización).
    Su cumplimiento deberá integrarse en la declaración responsable de la Ley 17/2009.
    Se refieren estas otras intervenciones a:
  • Distintivos y publicidad. Normalmente es obligatorio exhibir junto a la entrada principal del alojamiento una placa normalizada,
  • Información sobre la ocupación, a efectos estadísticos.
  • Control de entradas y salidas de huéspedes.
  • Comunicación de modificaciones por obras. Cualquier modificación de las instalaciones, servicios o funcionamiento se ha de comunicar a la Administración competente. En unos casos se trata de una simple comunicación (Castilla y León). En otros, sin embargo, la comunicación ha de llevarse a cabo para recabar una autorización previa (Cataluña).
  • Comunicación de periodos de apertura. Los titulares de los alojamientos de turismo rural deben comunicar a la Administración competente el periodo de apertura al público del alojamiento para siguiente en un plazo determinado, ya que normalmente la reglamentación prevé periodos mínimos de apertura.
  • Sellado de precios. Se exige a efectos de información y, antes de iniciar su aplicación, se deben presentar en original a la Administración para su sellado, a modo de certificación. La Administración no puede negarse a sellar los precios, puesto que su potestad se halla limitada a la simple constatación a los efectos certificantes. Esta relación de precios debidamente sellada ha de quedar expuesta en lugar visible. En ocasiones, el no sellado tiene el efecto de no poderse cobrar precios superiores a los que se tengan expuestos al público (Extremadura).
  • Hojas de Reclamaciones y Libro de inspección. El establecimiento ha de contar de forma obligatoria con estos documentos ,una vez otorgada la autorización inicial. De no disponer de ellos, la empresa turística incurre en infracción, la cual contemplan las leyes autonómicas de disciplina con diferente gravedad, según las circunstancias.
  • Camas supletorias y otras modificaciones alojativas. La Administración turística debe autorizar la instalación de camas supletorias siempre que se cumplan determinados requisitos. Normalmente la instalación de cunas para niños menores de determinada edad no exige de esta autorización y tiene carácter gratuito. Además, ha de solicitarse a la Administración la autorización para modificar el número de habitaciones, capacidad, instalaciones o servicios relevantes.
  • Cese de actividad. Los titulares de los establecimientos de turismo rural están obligados a comunicar a la Administración correspondiente el cese de su actividad turística en un plazo determinado previo al cese. Esta comunicación previa se exige con objeto de que dicha baja sea autorizada.
  • Cambio de titularidad de la empresa. Los cambios de titularidad en algunas legislaciones autonómicas deben ser simplemente comunicados y, en otras, deben ser autorizados hasta tal extremo que si se deniega la autorización ello trae como consecuencia la medida que sin duda tiene naturaleza sancionadora, cual es la de revocar la autorización de apertura y funcionamiento del establecimiento que desea cambiar de titularidad.
  • Información a los efectos de datos estadísticos y promocionales. Los titulares de estas empresas en ocasiones tienen la obligación de facilitar a la Administración competente los datos por esta solicitados según impreso que se elabora a los efectos del control estadístico y planes de promoción.
154
Q

Los campamentos juveniles, albergues, centros y colonias de vacaciones escolares se regulan por:

a) La normativa turística de los campamentos de turismo privados
b) La normativa turística de los campamentos de turismo y actividades turísticas complementarias
c) Por las normas específicas para estos establecimientos

A

c) Por las normas específicas para estos establecimientos

II. LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO
1. Tipología de los campamentos de turismo

Las normas, tanto estatales como autonómicas, que ordenan la materia se refieren exclusivamente a dos tipos de campamentos de turismo: los campamentos de turismo públicos y los privados. Algunas Comunidades incluso no distinguen entre unos y otros.

  • Campamentos de turismo: aquellos terrenos debidamente delimitados y acondicionados para facilitar la vida al aire libre, en los que se pernocta bajo tienda de campaña, en remolque habitable o en cualquier elemento similar fácil mente transportable.
  • Campamentos públicos: aquellos que pueden ser utilizados por cualquier persona mediante precio, con las categorías de lujo, 1ª, 2ª y 3ª.
  • Campamentos privados: los instalados por corporaciones y organismos públicos - salvo que en los mismos se admita al público en general, percibiendo directa o indirectamente precio por su utilización, en cuyo caso son públicos - y los instalados por entidades privadas para uso exclusivo de sus miembros o asociados. La utilización de estos campamentos por quienes no son miembros o socios de la entidad suele dar lugar a que sean considerados públicos y se les aplique diferente regulación.

Quedan excluidos de esta modalidad alojativa:

  • Determinados supuestos en que se contrate el alojamiento por tiempo superior a seis meses, cualquiera que fuera la modalidad del contrato celebrado,
  • Los alojamientos en campamentos juveniles, albergues, centros y colonias de vacaciones escolares que se regulan por sus normas específicas
  • en general, ‘cualquier establecimiento similar en el que la prestación del servicio de alojamiento turístico se realice de manera ocasional y sin ánimo de lucro’ - Decreto andaluz 164/2003.
155
Q

Juan tiene que irse a trabajar este año a Irlanda y decide llevarse todos sus muebles y alquilar vacía su vivienda de Madrid. La alquila a un estudiante para el curso académico. Tiene la duda de si para ello tiene que cumplir con los requerimientos de la legislación turística madrileña sobre apartamentos turísticos o viviendas de uso
turístico porque le han dicho que necesita una licencia administrativa. Acude a usted para que le asesore ¿Qué le diría?

a) Que, efectivamente ha de cumplir con la legislación correspondiente a los apartamentos turísticos
b) Que necesariamente ha de cumplir con la legislación sobre viviendas de usos turístico
c) Que no necesita licencia alguna y únicamente ha de tener en cuenta la Ley de Arrendamientos Urbanos

A

c) Que no necesita licencia alguna y únicamente ha de tener en cuenta la Ley de Arrendamientos Urbanos

  1. Modalidades de apartamentos y viviendas turísticas
    Los apartamentos turísticos ofrecen sus servicios por bloques o en conjuntos, con categorías de lujo, primera, segunda y tercera, representados en llaves, y las viviendas turísticas vacacionales, con un régimen más leve de intervención.

La Ley de Arrendamientos Urbanos limita esta tipología alojativa, quedan excluidas:
* las viviendas que, por motivos vacacionales o turísticos, se cedan, sin contraprestación económica;
* las viviendas contratadas por tiempo superior a dos meses computados de forma continuada por una misma persona usuaria;
* las viviendas situadas en el medio rural, que, en caso de que se destinen a alojamiento turístico, se regularán por las normas de alojamientos rurales.
* los conjuntos formados por tres o más viviendas de una misma persona titular o explotadora, ubicadas en un mismo inmueble o grupo de inmuebles contiguos o no, siéndoles de aplicación la normativa sobre los establecimientos de apartamentos turísticos.

156
Q

… son los establecimientos que ofrecen o facilitan al público en general, de modo habitual y profesional y mediante precio, servicios de alojamiento en habitaciones por plaza, mayoritariamente en habitaciones colectivas o de capacidad múltiple, con o sin otros servicios complementarios de restauración, pudiendo ofrecen también actividades de ocio, educativas, de naturaleza o deportivas

a) Los campamentos de turismo
b) Los establecimientos de turismo activo
c) Los albergues

A

c) Los albergues

III. ALBERGUES Y REFUGIOS
1. Tipología de esta modalidad de alojamientos turísticos

Se trata de establecimientos que, cuando son de carácter ‘juvenil ‘genéricamente son asumidos por la Administración de Cultura o Juvenil de las correspondientes CCAA y que, por tanto, la Administración Turística tiene sobre los mismos un papel residual.

  • Albergues: establecimientos que ofrezcan o faciliten al público en general, de modo habitual y profesional y mediante precio, servicios de alojamiento en habitaciones por plaza, mayoritariamente en habitaciones colectivas o de capacidad múltiple, con o sin otros servicios complementarios de restauración, pudiendo ofrecer la práctica de actividades de ocio, educativas, de contacto con la naturaleza o deportivas.
157
Q

El municipio turístico sostenible es en esencia aquel:

a) Que integra el municipio turístico con las exigencias de una economía sostenible
b) Que integra el municipio turístico con las exigencias medioambientales
c) Que integra cualquier entidad local con las exigencias de competitividad turística

A

a) Que integra el municipio turístico con las exigencias de una economía sostenible

  1. El municipio turístico
    Las leyes de régimen local de las diferentes CCAA pueden establecer regímenes especiales para municipios pequeños o de carácter rural o que reúnan otras características, como su carácter histórico-artístico o el predominio en su término de actividades turísticas, mineras, industriales u otras semejantes - art. 30 LBRL.
    Esto ha hecho surgir a efectos promocionales y de coordinación, la figura del Municipio turístico, cuya declaración corresponde a las CCAA en sus territorios.
    * Para integrar al Municipio turístico con las exigencias medioambientales, se creó la figura del Municipio turístico sostenible.
158
Q

El turismo puede desempeñar según la Agenda 2030 un papel crucial para lograr el acceso a:

a) Localidades inaccesibles
b) Experiencias turísticas nuevas
c) El agua y la seguridad, la higiene y el saneamiento para todos

A

c) El agua y la seguridad, la higiene y el saneamiento para todos

3.3. Turismo sostenible

  • El Tratado de Lisboa señala como uno de los objetivos fundamentales de la política europea del turismo, el de fomentar la competitividad del sector, a largo plazo, puesto que la competitividad está estrechamente relacionada con la sostenibilidad del modo de desarrollo.

En relación con el turismo, la Agenda 2030 apunta:

Objetivo 6: Agua limpia y saneamiento.
Mediante el uso eficiente del agua, con medidas de seguridad apropiadas, gestión de aguas residuales, control de la contaminación y eficiencia tecnológica.

159
Q

La consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen es:

a) Una medida provisional
b) Una multa coercitiva
c) Una sanción complementaria

A

a) Una medida provisional

2.1.3. Las medidas provisionales en materia turística

  • Podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil:
    a) Suspensión temporal de actividades.
    b) Prestación de fianzas.
    c) Retirada o intervención de bienes productivos o suspensión temporal de servicios por razones de sanidad, higiene o seguridad, d cierre temporal del establecimiento por estas u otras causas previstas en la normativa reguladora aplicable.
    d) Embargo preventivo de bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos.
    e) El depósito, retención o inmovilización de cosa mueble.
    f) La intervención y depósito de ingresos obtenidos mediante una actividad que se considere ilícita y cuya prohibición o cesación se pretenda.

g) Consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen.

h) La retención de ingresos a cuenta que deban abonar las Administraciones Públicas.
i) Aquellas otras medidas que, para la protección de los derechos de los interesados, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución.

160
Q

El conjunto de intereses a los que responde la norma turística y en particular, la norma de disciplina turística, obliga a la Administración a concretar en cada caso el interés público protegido por la norma y, en consecuencia, en la infracción tipificada.

a) Verdadero.
b) Falso.
c) Depende.

A

a) Verdadero.

1.2. La tipificación de infracciones turísticas y los conceptos jurídicos indeterminados

El conjunto de intereses a los que responde la norma turística y, en particular, la norma de disciplina turística, obliga a la Administración a concretar cuál sea ese interés público protegido por la norma y, en consecuencia, en la infracción tipificada.

Ese interés público turístico a veces se integra en uno o varios intereses más genéricos como son los enunciados en algunos Preámbulos de estas leyes:

  • el de ofrecer un servicio turístico de calidad (permitir la venta ambulante ilegal de objetos en el establecimiento);
  • el de proteger y defender a los consumidores y usuarios turísticos (deficiencias de atención y trato a la clientela);
  • el de proteger la imagen turística del municipio o Comunidad (deficiencias en las condiciones de funcionamiento y limpieza de los locales, instalaciones, mobiliario y enseres).
160
Q

Los guías de turismo son:

a) Una profesión titulada
b) Una profesión que requiere de una formación académica
c) Una profesión que requiere de una titulación académica

A

b) Una profesión que requiere de una formación académica

161
Q

El Sistema por el que se apuesta para continuar impulsando las políticas de calidad turística para mantener la ventaja competitiva y continuar siendo un referente mundial del Turismo hasta el año 2030, es:

a) El Modelo Estratégico de Turismo Sostenible (METS)
b) Estrategia Competitiva para el Turismo Español (ECTE)
c) Sistema de Calidad Turística Español (SCTE)

A

c) Sistema de Calidad Turística Español (SCTE)

IV. LAS DIRECTRICES GENERALES DE ESTRATEGIA SOSTENIBLE DE ESPAÑA 2030: LA FORMACIÓN TURÍSTICA

Eje 3: transformación competitiva

Eje 4, relativo al espacio turístico, empresas y personas

se debe continuar impulsando las políticas de calidad turística que tantos frutos han dado en la última década a empresas y destinos, apostando por la evolución del Sistema de Calidad Turística Español (SCTE) para mantener la ventaja competitiva y continuar siendo un referente mundial.

162
Q

El contrafomento de inversión significa que:

a) Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo.
b) La inversión en turismo es contraproducente a otros ámbitos asimismo importantes.
c) La inversión ha de ser equilibrada entre los diversos objetivos de una región.

A

a) Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo.

  1. El contrafomento turístico

Se fomentan ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo

Contrafomento de consolidación - Conjunto de actividades administrativas que, por la vía de la consolidación y no fomento de determinados agentes turísticos, obstaculizan, detienen o paralizan la promoción de sus servicios.

Contrafomento de inversión - Conjunto de actividades administrativas que detienen las inversiones y fomentos administrativos para el logro de objetivos distintos y contrarios a la prestación de un servicio turístico acorde con planificaciones previas.

3.1. El contrafomento de consolidación
La empresa y actividad turística exige de una inversión constante sobre la que la Administración Pública puede actuar. Las medidas de fomento dirigen la oferta turística hacia el modelo que cada Administración desea, en calidad y en cantidad.
Esto genera la situación de consolidar y beneficiar a los establecimientos ya autorizados

3.2. El contrafomento de inversión

La eficiencia de la inversión para lograr el modelo turístico esperado pasa por equilibrar intereses, dando prioridad a los ejes estratégicos, en un modelo de desarrollo económico sostenible.

163
Q

Las “visitas” son:

a) El cauce que permite a los inspectores de turismo, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.
b) El cauce que permite a los inspectores de turismo, previo aviso, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.
c) El cauce que permite a los inspectores de turismo, previo aviso y acreditación de su personalidad, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.

A

a) El cauce que permite a los inspectores de turismo, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden de un superior.

  1. Otros instrumentos de inspección

3.3. Visitas

Las visitas de los inspectores son un cauce que permite a estos, en cualquier momento, entrar en los establecimientos turísticos por sí o por orden del superior.

A a los inspectores se les reconoce la facultad de acceder libremente y previa acreditación de su personalidad y condición a las instalaciones, documentos, libros y registros que guarden relación con el objeto de la investigación a fin de examinarlos y comprobar el cumplimiento de la normativa turística de aplicación.

El resultado de la visita se refleja en el Libro de Inspección o Libro de visitas.

164
Q

El principio de legalidad se cumple:

a) Con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley formal.
b) Con que una norma refleje el procedimiento.
c) Con que la conducta esté bien definida en la ley.

A

a) Con la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley formal.

II. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y RESERVA DE LEY EN MATERIA TURÍSTICA
El contenido del principio de legalidad en el Derecho administrativo sancionador se deduce del art. 25.1 CE y de las interpretaciones jurisprudenciales y doctrinales desde la promulgación del texto constitucional: ‘Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento’.
Es la previsión de que las infracciones y sanciones se contengan en la ley formal.
El precepto constitucional consagra el principio de legalidad de las sanciones administrativas que integra:
* el mandato de reserva legal;
* el mandato de tipificación;
* la prohibición denominada non bis in idem - la prohibición de doble sanción por la misma infracción
* la prohibición de retroactividad de las normas sancionadoras desfavorables.
De ahí que tenga que ser una ley formal la que recoja la potestad sancionadora de la Administración en el sector turístico STC 305/1993, de 25 de octubre, FJ 3ª.

164
Q

La piedra angular de intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros actualmente es:

a) La autorización de apertura y clasificación.
b) La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad.
c) El documento acreditativo de inicio de actividad hotelera.

A

b) La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad.

3.2. La comunicación previa o declaración responsable para el inicio de la actividad

La intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros siempre se ha basado en la inicial autorización de apertura y clasificación. A partir de 2009, la legislación turística exige los mismos requisitos previos y, para la obtención de esa información, a través de la cual se obtiene una clasificación provisional, es preciso aportar toda una serie de documentos acreditativos.

La declaración responsable sustituye la aportación documental por la declaración del promotor: ‘cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad’ (art. 3.9 Ley 17/2009).

Piedra angular de intervención administrativa sobre los establecimientos hoteleros.

165
Q

A tenor de la Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio los proveedores turísticos:

a) Pueden voluntariamente comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.
b) Pueden voluntariamente comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y tienen la obligación de comunicar el cese de actividad.
c) Tienen la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.

A

c) Tienen la obligación de comunicar a la Consejería de turismo competente cualquier cambio de titularidad y de cese de actividad.

166
Q

El conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los demandantes turísticas, es lo que se denomina:

a) Actividad turística.
b) Medios turísticos.
c) Oferta turística.

A

c) Oferta turística.

CAPÍTULO PRIMERO: LA OFERTA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO HOTELERO
l. TIPOLOGÍA DE LA OFERTA TURÍSTICA

La oferta turística es el conjunto de bienes, productos, servicios y recursos turísticos que las instituciones y empresas turísticas ponen a disposición del mercado para ser utilizados y consumidos por los demandantes turísticos.

167
Q

Los apartamentos y viviendas turísticas vacacionales se rigen por:

a) La legislación turística autonómica que los regule.
b) La normativa civil.
c) Por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

A

b) La normativa civil.

. LOS APARTAMENTOS Y VIVIENDAS TURÍSTICAS VACACIONALES
1. Conceptos y modalidades comunes

De forma conjunta a las modalidades tradicionales de apartamentos y viviendas turísticas, algunas CCAA ya regulan los apartamentos y viviendas de ‘uso turístico’, de manera que no se les califica en su totalidad como apartamentos o viviendas turísticas, pues solo el uso es turístico, lo que conlleva la aplicación de la normativa turística solo en lo que afecta a sus características de uso.

Este tipo de alojamientos se define en función de su carácter turístico, empresarial o habitual en el sector de la actividad alojativa.
Como alojamientos turísticos, quedan sujetos a la legislación turística autonómica concreta, los bloques o conjuntos de villas, chalés, bungalós y similares que sean ofrecidos empresarialmente en alquiler, de modo habitual, debidamente dotados de mobiliario, instalaciones, servicios y equipo para su inmediata ocupación, por motivos vacacionales o turísticos.

Solo este tipo de alojamiento recibe la denominación oficial de apartamento turístico

La vivienda turística vacacional no tiene la consideración de apartamento turístico, al tratarse de unidades aisladas de apartamentos, bungalós, villas y chalés y similares y, en general, cualquier vivienda que, con independencia de sus condiciones de mobiliario, equipo, instalaciones y servicios, se ofrece en régimen de alquiler por motivos vacacionales o turísticos. Esta modalidad ha ido desapareciendo.

Hay CCAA que, en aras a la protección de la densidad de construcción en su territorio, generaliza sus previsiones a las viviendas vacacionales de titularidad y uso propio, aunque no se ofrezcan para uso turístico.

Respecto a todas ellas se prevé en las normas autonómicas la obligación de cumplir con unos requisitos técnicos y administrativos, que varían de unas modalidades y categorías a otras, configurándose de forma diferente los servicios mínimos, comunes y complementarios que han de prestar cada una de estas empresas.

168
Q

La oferta al público de la realización de viajes debe hacerse a través de una agencia de viajes legalmente constituida:

a) Excepcionalmente.
b) Siempre.
c) Depende a quién se dirija.

A

b) Siempre.

III. ACTIVIDADES DE LAS AGENCIAS DE VIAJES. REGIMEN DE EXCEPCIÓN

La oferta al público de la realización de viajes debe hacerse a través de una agencia de viajes legalmente constituida, a quien se ha de encargar la organización técnica, la formalización de reservas y con quien debe contratar el consumidor final.

168
Q

El control administrativo de los campamentos privados es de menor intensidad y aún, incluso, de ninguna intensidad en algunas Comunidades en que no se contempla esta modalidad.

a) Verdadero
b) Falso
c) Dependerá de las circunstancias que marque la legislación local.

A

a) Verdadero

  1. La intervención administrativa sobre los campamentos de turismo
    2.2. La intervención administrativa de limitación originaria sobre los campamentos de turismo

B) Campamentos privados
El control administrativo de los campamentos privados es de menor o ninguna intensidad, en algunas Comunidades en que no se contempla esta modalidad.
La mayoría de las CCAA ya preveían la técnica más leve de intervención, la simple comunicación, que ahora se impone, aunque luego prescribieran que tales campamentos fueran objeto también de inspección a determinados efectos.

169
Q

En los casos de venta a distancia y de comercio electrónico en materia turística, debe quedar constancia en soporte físico:

a) De ciertos datos relativos al titular de la agencia y características del producto o servicio turístico, nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia, precio detallado de los servicios y demás aspectos generales.
b) Del local desde donde se realiza la venta.
c) Desde los servidores desde los que se opera la venta a distancia

A

a) De ciertos datos relativos al titular de la agencia y características del producto o servicio turístico, nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia, precio detallado de los servicios y demás aspectos generales.

VII. LA MEDIACIÓN TURÍSTICA A DISTANCIA

Los prestadores que vayan a realizar la actividad turística de agencias de viaje de venta a distancia deben, al inicio de la actividad, cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener suscrito y en permanente vigencia un seguro de responsabilidad civil, a beneficio de los usuarios, que cubra tres bloques de responsabilidades, con una póliza que habrá de cubrir una cuantía mínima de 150.000 €.
    o La responsabilidad civil de explotación del negocio.
    o La responsabilidad civil indirecta o subsidiaria.
    o La responsabilidad por daños patrimoniales primarios.
  • Constituir una fianza en la forma y cuantía prevista en el art. 147.
  • En todos los casos de venta a distancia y de comercio electrónico, ya sea en la publicidad, en las ofertas de venta, en la contratación o en la facturación deberá quedar constancia en soporte físico de los siguientes datos:
    o Nombre del titular de la agencia.
    o Nombre comercial, domicilio, código de identificación de la agencia
    o Marca o nombre comercial registrado, en su caso.
  • Características detalladas del producto o servicio turístico. Si es un viaje combinado, contendrá la información exigida por la normativa aplicable.
  • Precio detallado, y en su caso coste de la intermediación, así como sistema de pago, del que el cliente deberá tener comprobante en soporte físico.
  • Cuantos aspectos generales y específicos hagan referencia a la contratación del producto o servicio turístico.
    Estas empresas estarán obligadas a poner los medios que permitan a sus clientes disponer, con carácter inmediato a su celebración, de un justificante de las operaciones realizadas.
170
Q

La Administración estatal puede legislar sobre establecimientos hoteleros en cada Comunidad autónoma:

a) verdadero
b) falso
c) depende

A

b) falso

III. LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL RELATIVA A LA DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL EN MATERIA TURÍSTICA

Además de su competencia residual, asumiendo lo que no está transferido a las CCAA, al Estado le corresponde la función de definición de una estrategia nacional en coordinación con las CCAA y entes locales

La coexistencia de las CCAA con con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla justifica la existencia de una legislación estatal aplicable en los ámbitos competenciales en estos específicos territorios.
El Tribunal Constitucional ha desempeñado un papel definitivo, pero no concluye en los criterios a seguir en la delimitación competencial, no existe un parámetro general.

171
Q

El criterio del lugar de residencia fijo:

a) es el que delimita el concepto de lo que es “turismo”
b) no es elemento siempre determinante para definir si existe o no turismo
c) nunca es determinante en la delimitación del concepto de turismo.

A

b) no es elemento siempre determinante para definir si existe o no turismo

172
Q

En la oferta de turismo rural:

a) no existe ningún elemento común entre las tipologías autonómicas.
b) es común únicamente el hecho en sí de que el alojamiento no se ubica en el ámbito urbano.
c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

A

c) en el plano de la exigencia de control administrativo, es común, que la intensidad de intervención de la Administración autonómica sea muy similar en unas y otras categorías

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

Uno de los aspectos de mayor complejidad consiste en integrar las muy diferentes categorías en que las CCAA pretenden clasificar la oferta de turismo rural, ya sea de carácter alojativo o no.
Muchas de ellas entroncan directamente con otras modalidades diferentes de oferta turística: la hotelera, la de apartamentos o viviendas turísticas, campamentos, ocio, turismo interior o deportivo, pero siempre prestando el servicio en el marco rural más arraigado o típico de cada región.
Cada CCAA trata de dar respuesta a sus especiales características histórico-artísticas, rurales, geográficas, climáticas, arquitectónicas y culturales, lo que trae como consecuencia la necesidad de dar un tratamiento dispar a cada modalidad, por las exigencias técnicas que cada una de ellas ha de satisfacer hacia el usuario turístico.
En el plano de la exigencia de control administrativo, la intensidad de intervención de la Administración autonómica es muy similar en unas y otras categorías.

173
Q

En Cataluña, qué se entiende por el establecimiento de turismo rural que es la masovería?

a) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo situada en una explotación agrícola, ganadera o forestal que se comparte con el payés y donde se presta el servicio de alojamiento y al menos desayuno.
b) la vivienda unifamiliar en núcleo de población donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera.
c) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo de población y ubicada en la misma explotación que presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera

A

c) la vivienda unifamiliar fuera de núcleo de población y ubicada en la misma explotación que presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera

II. TIPOLOGÍA AUTONÓMICA DE OFERTA DE TURISMO RURAL

Cataluña
Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico, se refiere a los dos tipos de establecimientos de turismo rural: casas de payés y alojamientos rurales.

  • Las casas de payés o establecimientos de agroturismo son aquellos en los que la persona titular, payés o payesa profesional, obtiene rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, de acuerdo con los criterios normativos del departamento competente en materia de agricultura, ganadería y explotaciones forestales, y donde las personas usuarias pueden conocer las tareas y actividades propias de la explotación agraria a la que están vinculadas. Se clasifican en:

o Masía. Vivienda unifamiliar fuera de núcleo, situada en el seno de una explotación agrícola, ganadera o forestal, que comparte el payés o payesa con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y, como mínimo, de desayuno.

o Masovería. Vivienda unifamiliar, fuera de núcleo de población, que se alquila en régimen de casa entera.

o Casa de pueblo compartida. Vivienda unifamiliar, en núcleo de población, que comparte el payés o payesa con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y, como mínimo, de desayuno.

o Casa de pueblo independiente. Vivienda unifamiliar, en núcleo de población, con servicio de alojamiento, en régimen de casa entera.

  • Los alojamientos rurales son establecimientos en los que la persona titular no está obligada a obtener rentas de actividades agrarias, ganaderas o forestales, pero debe residir en la misma comarca, en los municipios limítrofes de la comarca o en la vivienda, dependiendo de la modalidad.

o Masía. Vivienda unifamiliar fuera de núcleo que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y desayuno.

o Masovería. Vivienda unifamiliar, fuera de núcleo de población, en la misma explotación, con servicio de alojamiento de casa entera.

o Casa de pueblo compartida. Vivienda unifamiliar, dentro de núcleo de población, que comparte la persona titular con las personas usuarias turísticas y donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de habitaciones y, como mínimo, de desayuno.
o Casa de pueblo independiente. Vivienda unifamiliar, en núcleo de población, con servicio de alojamiento en régimen de casa entera.

a) Es la Masía - la vivienda unifamiliar fuera de núcleo situada en una explotación agrícola, ganadera o forestal que se comparte con el payés y donde se presta el servicio de alojamiento y al menos desayuno.

b) Es la casa de pueblo independiente - la vivienda unifamiliar en núcleo de población donde se presta el servicio de alojamiento en régimen de casa entera.

174
Q

Las intervenciones de limitación sobre los campamentos públicos de turismo son:

a) De índole urbanística y turística
b) De índole de consumo y turística
c) De índole turística y medioambiental

A

a) De índole urbanística y turística

II. LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO
2. La intervención administrativa sobre los campamentos de turismo

2.2. La intervención administrativa de limitación originaria sobre los campamentos de turismo

A) Campamentos públicos

A efectos turísticos, la autorización inicial de apertura y clasificación es la modalidad de intervención administrativa en todo el sistema de ordenación de los campamentos de turismo.

El objeto de control es un requisito exigible, bajo la responsabilidad del promotor que, mediante la declaración responsable, deberá responder del cumplimiento de los requisitos desde el primer momento.

Hay dos tipos de actividades administrativas limitativas los campamentos de turismo:

  • Las de índole urbanística, que integran a su vez:
    o la obtención de autorización administrativa (cuando se trata de municipios en los que existe un planeamiento urbanístico municipal que prevé los campamentos de turismo), o bien
    o la aprobación de un Plan Especial (cuando no existe tal planeamiento o este no contempla la instalación de campamento).
  • Las de índole turística.
175
Q

La futura estrategia turística de la Agenda 2030 se propone abordar:

a) La calidad y precariedad del empleo turístico
b) La confianza en el empleado turístico
c) Una nueva política de recursos humanos dentro de las empresas turísticas

A

a) La calidad y precariedad del empleo turístico

IV. LAS DIRECTRICES GENERALES DE ESTRATEGIA SOSTENIBLE DE ESPAÑA 2030: LA FORMACIÓN TURÍSTICA
Diversos ejes de actuación de la Agenda 2030 afectan al sector turístico:

Eje 3: transformación competitiva

Eje 4, relativo al espacio turístico, empresas y personas

  • Promover una mayor calidad del empleo turístico. Los prestadores de servicios turísticos son la clave del éxito de empresas y destinos turísticos. El sector necesita atraer y retener el mejor talento, puesto que los trabajadores son los responsables últimos de la satisfacción de los turistas.

La formación, pilar sobre el que construir la calidad percibida y de la oferta turística, debe garantizar que los empleados del sector puedan desarrollar adecuadamente sus funciones y, mediante cualificaciones profesionales o titulaciones adecuadas, ofrecer un entorno de confianza a empresarios y trabajadores.

La estrategia deberá abordar cuestiones estructurales como la calidad y la precariedad del empleo turístico, así como la corrección de las desigualdades, que en ocasiones empañan la dignidad del empleo turístico.

Esta labor se realizará en coordinación con los organismos e instituciones competentes en materia laboral.

176
Q

Una de las exigencias de las agencias de viajes y centrales de reserva es:

a) Obtener autorización administrativa para el comienzo de la actividad
b) Constituir y mantener vigente una garantía o seguro de responsabilidad
c) Permitir en todo caso el acceso a los inspectores de turismo a las plataformas o webs de las empresas

A

b) Constituir y mantener vigente una garantía o seguro de responsabilidad

177
Q

El derecho del cliente turístico a disponer inmediatamente del justificante de las operaciones realizadas es característico de:

a) Los agentes turísticos hoteleros
b) Las centrales de reserva
c) La mediación turística a distancia

A

c) La mediación turística a distancia

178
Q

A ….. no les son de aplicación los principios y límites del Derecho administrativo sancionador:

a) las infracciones turísticas leves
b) las sanciones accesorias
c) las multas coercitivas

A

c) las multas coercitivas

2.1.3. Las medidas provisionales en materia turística
2.1.4. Las multas coercitivas

Frente a las multas-sanción, las multas coercitivas son medios de ejecución de actos administrativos: el apremio, la ejecución subsidiaria, la compulsión sobre personas

No son de aplicación los principios y límites del Derecho administrativo sancionador, como señala la Sentencia del Tribunal Constitucional 239/1988, de 14 de diciembre.

Solo pueden imponerse cuando se trate de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado; actos en que, procediendo la compulsión, la Administración no la estima conveniente o actos cuya ejecución pueda el obligado encargar a otra persona.

179
Q

El Estado tiene competencia exclusiva para ordenar a los guías de turismo:

a) Verdadero
b) Falso
c) Depende del territorio en que se habilite

A

b) Falso

III. LOS GUÍAS TURÍSTICOS

Las diferentes CCAA ordenan la actividad de los guías turísticos - no profesión titulada - sin la exigencia de una específica ‘titulación académica’, pero sí con la ‘formación académica’ que permite prescribir la exigencia de la intervención de estos profesionales, que han acreditado previamente una determinada capacitación.

Por ello es frecuente que se hable de profesión de guías de turismo, refiriéndose a profesiones no tituladas, pero sí reguladas como actividades turísticas.

  • La actividad propia de los guías de turismo consiste en la prestación, de manera habitual y retribuida, de servicios de información en materia cultural, artística, histórica, natural y geográfica a quienes realicen visitas colectivas a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico en cada CCAA.
180
Q

Los cámpings públicos tienen la naturaleza de ser

a) Establecimientos de actividad complementaria.
b) Establecimientos de alojamiento de turismo rural.
c) Establecimientos públicos

A

c) Establecimientos públicos

181
Q

El contrafomento de inversión significa que:

a) Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo
b) La inversión en turismo es contraproducente a otros ámbitos asimismo importantes.
c) La inversión ha de ser equilibrada entre los diversos objetivos de una región.

A

a) Se invierte en ámbitos que pueden resultar contraproducentes al turismo

182
Q

La Administración estatal puede conceder subvenciones en materia de turismo:

a) Verdadero
b) Falso.
c) Depende.

A

a) Verdadero

183
Q

La actividad de servicios turísticos en territorio español puede restringirse a la obligación de que el prestador ciudadano de la Unión Europea esté establecido en el territorio español

a) Verdadero
b) Falso
c) Depende

A

b) Falso

II. VIAJES COMBINADOS Y AGENCIAS DE VIAJES

Las exigencias de la Ley 17/2009, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en relación con la libre prestación de servicios para prestadores de otro Estado miembro (capítulo III), prohíbe expresamente que se restrinja en territorio español la actividad de servicios de estos prestadores mediante:
* La obligación de que el prestador esté establecido en el territorio español.
* La obligación de que el prestador obtenga una autorización concedida por autoridades españolas, o deba inscribirse en un registro o en un colegio o asociación profesional españoles.
* La prohibición de que el prestador se procure en el territorio nacional cierta forma o tipo de infraestructura, incluida una oficina o un gabinete, necesaria para llevar a cabo las correspondientes prestaciones.
* Exigencias que impidan o limiten la prestación de servicios como autónomo.
* La obligación de que el prestador obtenga de las autoridades españolas un documento de identificación específico.
* La exigencia de requisitos sobre el uso de determinados equipos y material que formen parte integrante de la prestación del servicio, salvo por motivos de salud y seguridad en el trabajo,
* Las restricciones contempladas en el artículo 16, relativas a autorizaciones, declaraciones o limitaciones discriminatorias (art. 12 Ley 17/2009).

184
Q

El compromiso y la cooperación permanente entre los agentes del sistema turístico es uno de los principios:

a) Del Plan del Turismo Español Horizonte 2020
b) Del Plan Marco de Competitividad del Turismo Español (Plan FUTURES)
c) Del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA)

A

a) Del Plan del Turismo Español Horizonte 2020

2.1. La competencia estatal de fomento turístico

Tras el Plan Nacional e lntegral de Turismo de 2016, actualmente estamos bajo:
Plan del Turismo Español Horizonte 2020, orientaciones se basan en seis principios:
1. Planificación desde la orientación al mercado.
2. Equilibrio entre el sector turístico y su entorno.
3. Diferenciación de los destinos a través de sus atributos y rasgos propios.
4. Especialización de los productos de acuerdo con la evolución de la demanda.
5. Simplificación para incentivar el desarrollo y mejora de las empresas turísticas.
6. Compromiso y cooperación permanente entre los agentes del sistema turístico.
Estos principios concluyen en los siguientes objetivos y estrategias:
1. Nueva economía turística.
2. Valor al cliente.
3. Sostenibilidad del modelo.
4. Entorno Competitivo.
5. Liderazgo compartido.

185
Q

La habilitación de guías y guías intérpretes de turismo forma parte de:

a) La promoción turística
b) La ordenación del turismo por parte del Estado
c) La ordenación del turismo por parte en un determinado ámbito territorial por cada Comunidad Autónoma

A

c) La ordenación del turismo por parte en un determinado ámbito territorial por cada Comunidad Autónoma

186
Q

Los alojamientos en campamentos juveniles están normalmente . . . la legislación de los campamentos de turismo

a) Integrados en
b) Excluidos de
c) Regulados en

A

b) Excluidos de

187
Q

Para el ejercicio de la actividad turística rural normalmente:

a) Se exige autorización administrativa
b) Se exige declaración responsable
c) Se exige declaración responsable y comunicación

A

b) Se exige declaración responsable

188
Q

Dentro de la actividad reglamentadora administrativa sobre los establecimientos hoteleros se encuentra la exigencia de:

a) Entregar al cliente, antes de su admisión, un documento en el que conste el nombre y categoría del hotel, número de habitación, precio de la misma, fecha de entrada y salida
b) Entregar al cliente un documento justificativo de todos los servicios que el establecimiento va a prestar al cliente
c) Que el cliente haga el pago mediante medio de pago de los servicios prestados por el establecimiento hotelero que sea acreditativo de la transacción.

A

a) Entregar al cliente, antes de su admisión, un documento en el que conste el nombre y categoría del hotel, número de habitación, precio de la misma, fecha de entrada y salida

189
Q

Los sujetos de sanción turística pueden ser:

a) los sujetos turísticos comunes (empresas, establecimientos, actividades turísticas) y particulares
b) Exclusivamente los sujetos turísticos comunes (empresas, establecimientos, actividades turísticas)
c) Únicamente los sujetos turísticos particulares que actúan en nombre de las empresas turísticas.

A

a) los sujetos turísticos comunes (empresas, establecimientos, actividades turísticas) y particulares

190
Q

La urgencia o peligro inminente que puede provocar la actuación por la fuerza de la inspección de turismo sobre la empresa o establecimiento turístico, ha de tener en cuenta:

a) La salubridad pública que puede ser objeto de daños por la actuación de la empresa o establecimiento turístico
b) La inviolabilidad del domicilio, interpretada como ámbito de privacidad de los individuas y personas jurídicas
c) La igualdad de trato de las empresas turísticas ante las mismas circunstancias

A

b) La inviolabilidad del domicilio, interpretada como ámbito de privacidad de los individuas y personas jurídicas

  1. El inspector de turismo como autoridad o agente de la autoridad

La inspección de turismo estatal ya en la Orden de 22 de octubre de 1952 se encomendaba a inspectores del Ministerio de Información y Turismo, si bien nada se decía sobre la condición de autoridad de estos funcionarios.
* En el marco de su competencia turística, las CCAA han regulado sus servicios de inspección, atribuyendo sus funciones y características, entre ellas, la de su carácter de ‘Autoridad’ o de ‘Agentes de la Autoridad’.
La condición de autoridad debe ser acreditada con la correspondiente credencial.
En el ámbito de la inspección turística resulta complicado comprender el significado de ‘agente de la autoridad’ o de ‘autoridad’.
El objetivo de las normas de ordenación, disciplina y sanción turística es habilitar legalmente a los inspectores para emplear la fuerza con carácter previo a la resolución en la que ha de concluir el procedimiento sancionador, cuando aprecien una situación de urgencia y consideren que el empleo de la fuerza es el medio oportuno, congruente y proporcionado ante la situación de peligro inminente que valoren a través de la inspección.
Hay que tener en cuenta los límites de esta fuerza, ya que puede interferir en el acceso a determinados establecimientos de turismo, a la inviolabilidad del domicilio art. 18.2 CE, ‘ámbito de privacidad’ de los individuos y de las personas jurídicas (SSTC 22/1984, de 17 de febrero, y 137/1985, de 17 de octubre).
Los inspectores pueden solicitar el apoyo necesario de cualquier otra autoridad, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, policías locales e incluso de los guardas de conservación de la naturaleza. En la práctica lo hacen para que estas otras autoridades aprecien el peligro inminente que exige el empleo de la fuerza siendo, muy frecuentemente, estos los que promueven la inspección.

191
Q

En el Derecho turístico gallego existe un modelo de planificación turística denominado:

a) Plan territorial sectorial de ordenación de los recursos turísticos
b) Zona turística saturada
c) Denominaciones de geodestinos turísticos

A

c) Denominaciones de geodestinos turísticos

III. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE PLANIFICACIÓN TURÍSTICA

Galicia
La Ley gallega 7/2011 de turismo, sin perjuicio de regular también la figura del municipio turístico, prevé diversos recursos de naturaleza planificadora:
* Los Planes de organización turística de Galicia establecen las áreas turísticas en que se estructura el territorio de la Comunidad, para definir actuaciones de planificación, organización, inversión y promoción y asimismo con el objetivo de mejorar la oferta turística, la eficiencia del gasto público, la colaboración interadministrativa y la participación empresarial - art. 22.
* La Consejería competente define y crea denominaciones de Geodestino turístico: áreas o espacios geográficos limítrofes que comparten una homogeneidad territorial basada en sus recursos turísticos naturales, patrimoniales y culturales, con especial protagonismo turístico - art. 23.
* Los Territorios de preferente actuación turística, para cuya declaración es preciso aprobar un Plan de Actuación Integral.

191
Q

Los instrumentos de ordenación del territorio, planificación urbanística y ordenación de recursos naturales o culturales deberán integrar dentro de sus determinaciones:

a) El conjunto de planes de urbanización existentes en el territorio, así como los planes medioambientales existentes
b) Las conclusiones de la aplicación de las directrices urbanísticas y
medioambientales a las que se haya llegado por parte de los organismos administrativos turísticos territoriales
c) Las directrices y actuaciones turísticas de índole territorial que le pudieran afectar y tener en consideración los recursos y productos turísticos presentes en su ámbito

A

c) Las directrices y actuaciones turísticas de índole territorial que le pudieran afectar y tener en consideración los recursos y productos turísticos presentes en su ámbito

192
Q

La competencia comunitaria (UE) sobre el turismo es una competencia:

a) De ordenación turística
b) Normativa
c) Complementaria de apoyo o coordinación entre los diferentes Estados

A

c) Complementaria de apoyo o coordinación entre los diferentes Estados

193
Q

Cualquier reclamación referida a los precios de los establecimientos turísticos requiere para darle curso:

a) Que se presente la factura
b) Que conste en el Libro de inspecciones
c) Que se verifique por la Inspección la verosimilitud de la correspondiente irregularidad

A

a) Que se presente la factura