UNIDAD 5: Nociones fundamentales de Derecho Hereditario Flashcards
Successio = sucesion
El reemplazo en una determinada posición jurídica; es decir, en virtud de la misma el sucesor entra en la posición jurídica que antes ocupaba el antecesor
Clases de sucesio
- Relacionadas con los bienes y derechos recibidos
=> Sucesion universal
=> Sucesion particular - Relacionadas con la sucesion en si misma:
=> Sucesion mortis causa
=> Sucesion inter vivos
Sucesion universal
Cuando el sucesor se subroga en todo (o una parte alícuota) del patrimonio del antecesor.
(Cuando el sucesor recibe los derechos y bienes en un bloque y de una solo vez)
Sucesion particular
Cuando el sucesor se subroga en una relación o derecho concretos.
(Cuando el sucesor solo recibe un dreecho o un bien)
Caracteristicas de la sucesion universal
1.-El sucesor se coloca en la misma posición jurídica del antecesor.
2.-El sucesor adquiere un patrimonio en su conjunto y mediante un solo acto
Equivalente de la sucesion particular en Roma
Adquisicion
=> Una persona se convertía en titular de un concreto derecho o relación que antes pertenecía a otra (por ej, cuando una persona se convierte en titular del derecho de propiedad por mancipatio)
Sucesion inter vivo
Sucesion que tiene lugar en vida del antecesor
Sucesion mortis causa
Sucesion que tiene lugar por mediante de la herencia
Posicion juridica de los sucedores
- Legatario: el que recibe solo un bien
- Heredero: el que recibe todo (incluido deudas)
Delacion
El llamamiento hecho a una o varias personas para adquirir una determinada herencia. Entonces, la herencia es deferida (=ofrecida)
La herencia se defiere =ofrece) por…
- Testamento= delacion testamentaria
- Ley = delacion intestada
Delacion testamentaria ⚠
Cuando la designación de la persona llamada a heredar se hace por voluntad del causante (testador) expresada en testamento. Da lugar a una sucesion testada
Delacion intestada ⚠
Cuando el llamamiento a la herencia se hace por una disposición de la Ley. Da lugar a una sucesion intestada o ab intestato
Causas de una delacion intestada
- No hay testamento hecho por el causante
- El testamento es invalido
- Ninguno de los instuidos llega a ser heredero
2 principios en Roma sobre la sucesion
- Los 2 tipos de sucesion son incompatibles (sucesion testamentaria e intestada)
- La sucesion testamentaria es preferida
Consecuencias de estos 2 principios sobre la sucesion en Roma
a) Si hay testamento > no puede haber delacion ab intestato
b) Si hay **agradecimiento”: uno de los sucesores no recibe la herencia, su parte de la herencia se reparte entre los demás sucesores
c) Cuando el heredero es instituido sólo en una parte del patrimonio (por ejemplo, en la mitad), el resto le acrece a él también.
Heredor en latin
Heres
Categorias de herederos
- Heres suus et necessarius
- Heres necesarius
- Heres extraneus
Heres suus et necesarius
Heredero que está sometido a la patria potestad [autorité parentale] del causante.
Ellos suceden ipso iure
Sucesion ipso iure
Cuando, con respeto a la herencia, para el sucesor no se exige el requisito de la aceptación, sino que se convierten en sucesores lo quieran o no.
Sucesion heres necessarius
Es para el esclavo emancipado (manumitido) e instituido heredero. Adquiere la herencia de forma inmediata y sin su aceptacion.
Sucesion heres extraneus
Tienen que aceptar la herencia expresamente para suceder, pudiendo renunciar.
Consecuencias de la adquisicion hereditaria
Son numerosas; 2 se destacan:
1. Confusion de los patrimonios de causante y heredero
2. Responsabilidad del heredero por las deudas del causante: tiene la responsabilidad de las deudas + debe responder las obligaciones con todo su patrimonio
Responsabilidad ultra vires hereditatis
En derecho romano, responsabilidad que va mas alla del patrimonio hereditario, que se transmite a los sucesores, puede resultar grave en caso de herencia insolvente o damnosa»_space; soluciones : beneficio de inventario
Beneficio de inventario
Solucion que permite al heredero de responder de las deudas del causante, pero solo hasta el limite del activo de la herencia (igual en nuestro codigo civil)
Testamento
Declaración solemne y de última voluntad, mediante la cual se nombra heredero/s, pudiendo hacerse otras disposiciones de tipo personal o patrimonial, que tienen efecto a la muerte de
Caracteristicas del testamento
- Acto solemne: forma del testamento debe ser prevista por las normas jur + necesita publicidad
- Acto personalisimo: no puede hacerse mediante un tercero
- Acto de ultima voluntad: efecto a la muerte del testador, mientras viv@ puede hacer un nuevo
Heredis institutio
Designación de heredero. Requisito esencial para un testamento > sin el testamento no es valido
Substitucion vulgar
Cuando el testador nombraba varios herederos para evitar la invalidad del testamento
Clases de testamentos
- Testamentum calatis comitiis:
- Testamentum in procinctu
- Testamentum per aes et libram
aparecidos en la epoca postclasica - Testamentum per scripturam
- Testamentum per nuncupationem
+ en la epoca Justiniana, testamentos menos solemnes
Testamentum calatis comitiis
Es el que se otorga ante los comicios curiados, presididos por el Pontifex Maximus.
El contenido se hacia conocer a toda la comunidad, se basaba sobre una concepcion primitiva de la herencia: determinar el nuevo pater familias
-> hasta el sigllo II AC
Testamentum in procinctu
Forma antigua de testamento, era una declaracion de voluntad hecha en epoca de guerra a los camaradas
= testamento militar
-> hasta finales de la Republica
Testamentum per aes et libram
Originalmente no fue un verdadero testamento pero poco a poco se asimiliba a un testamento por la jurisprudencia
amentum per aes et libram: Negocio en virtud del cual transmitía la propiedad de todos sus bienes a una persona de su confianza por mancipatio (= Familiae emptor)
-> condicion: presencia de 5 testigos + familiaz empto + libripens [funcionario]
Testamentum per scripturam
Documento que contiene la ultima voluntad del testador, se otorga por escrito ante 7 testimonios que sirve como testamento
Testamentum per nuncupationem
Testamento oral que se hacia delante de 7 testigos
Quien no sucede al pater ? Porque
- Hijo emancipado
- Mujer casada sine manu
- Descendientes por linea femenina
Porque no estan sometidos a la patria potestad
Quien son los herederos legales o ab intestado
- Filii (hijo)
- filiae (cuando no esten casadas cum manu) (hijas)
- uxor in manu (femme)
- nasciturus
> todos los sui estan llamados a suceder
Como se reparte la herencia
Se reparte por capita > una parte se llama cuota viril
- 1ro los sui (hijos, o nietos)
- 2ndo: agnados (hermanos, tios, etc) con el grado mas proximo
- 3ro: gentiles (siempre para mujeres)
Evolucion de la sucesion legitima
- Derecho antiguo con Ley de XII Tablas: libertad absoluta de designar a quien quisiera
- Despues (intervencion pretor): Solo nombrar los sui sin cutoa (incluso para desheredarlos)
- Finales de Republica: Nombrar + determinada proporcion para descendientes, ascendientes y hermanos cognaticios
Querella inofficiosi testamenti
Si el testador no nombrar o deja una determina proporcion de sus bienes a sus ascendientes, descendientes o hermanos cognaticios, los parientes pueden privar de eficacia, en un plazo de 5 años: el testamento vuelve inoficioso