UNIDAD 3: Derechos reales Flashcards
Patrimonio
Conjunto de derechos (subjetivos) y obligaciones, evaluables en dinero, del que es titular una persona.
La clasificacion mas importante de elementos que forman parte del patrimonio es: entre derechos reales y derechos de crédito
Derecho real
Conjunto de facultades que se reconocen a una persona sobre una cosa
Derecho de crédito (u obligacion)
Vínculo jurídico entre dos personas (deudor/acreedor) en virtud del cual el deudor se compromete a realizar una determinada prestacion (= conducta); estando el acreedor facultado para exigir su realización forzosa
En que se diferencian derechos reales y de crédito?
- Contenido
- Eficacia/ proteccion
Contenido de derechos reales
- poder directo e inmediato de su titular sobre una cosa (ej derecho de propiedad)
Contenido de derecho de crédito
Facultad exigible frente a una persona = actividad concreta que ha de desplegar el deudor = la denominada prestación
Eficacia del derecho real
Eficacia ERGA OMNES = frente a terceros
=> El titular de un derecho real puede hacer valer su condición de tal frente a cualquiera y puede defenderlo mediante acciones reales
Eficacia del derecho de crédito
Eficacia INTER PARTES
=> El acreedor solo puede dirgirse contra el deudor y su crédito se defiende con acciones personales
Propiedad
Señoría jurídica plena o potencialmente plena de una persona sobre una cosa > es al propietario al que corresponden todas las facultades posibles sobre la cosa y que, además, va a estar protegido en su derecho mediante acciones
Expresion “ plena o potencialmente plena” en la definicion de propiedad
Es al propietario al que inicialmente corresponden todas las facultades posibles sobre la cosa
PERO a veces se ve temporalmente privado de todas o parte de las facultades PERO no deja de ser propietario y las facultades acabarán retornando al propietario
Elasticidad del derecho de propiedad
Tendencia a que las facultades inherentes a la propiedad retornen a ella
A veces, el propietario puede verse reducidas sus capacidades pero acabaran volviendo al propietario
Expresion “señoria juridica” en la definicion de propiedad
El propietario no tiene una mera relación física con la cosa, sino una relación jurídica
Voc: propietario civil
Dominus ex iure Quiritium
Adquisicion derivativa
Se adquiere la propiedad de una cosa que antes estaba en el poder de otra persona
Como hicieron los peregrinos si la propiedad era solo para ciudadanos?
Podia comprar y disponer de la cosa materialmente como que si fueron propietarios. . PERO los peregrinos no tenian la capacidad juridica entonces no podian ejercer acciones protectoras de propiedad > creacion por el pretor de la reivindicatio utilis
Requisitos de la propiedad ex iure Quiritium
[SUJETOS] Ser ciudadano romano
[OBJETO] Cualquiera si se trata de una res intra commercium, y para los fundos, solo los fundos in solo italico
[MODO]: adquisicion hecha por un modo previsto por el derecho civil
[SITUACION DE ADQUISICION DERIVATIVA]: El transmitor tenia que ser el propietario de la cosa o tener potestad alienandi, segun el principio nemo dat quod non habet.
Reivindicatio utilis
Accion creada por el pretor que permite reclamar la cosa de quien la poseyera ilegítimamente. Colocaba al peregrino en una posición muy similar a la del propietario civil, razón por la cual se la calificó como propiedad peregrina.
Requisito de la propiedad: modos previstos por el derecho civil
Para la res mancipi, debe adquirirse por mancipatio o in iure cessio > sin eso no era propietario, solo posesor > podia ser propietario con el tiempo por usurpatio
Potestad alienandi
[INTERNET] Tener capacidad para transmitir una cosa derivada del principio nemo dat quod non habet
Principio nemo dat quod non habet
Principio que supone que las personas afectadas no son propietarias pero, sin embargo, tienen capacidad para transmitir válidamente la cosa (por ejemplo, el marido en el caso de los fondos dotales), es necesario tener potestas alienandi.
Aqduisicion a non domino
Cuando, para adquisiciones derivativas,
- falta el requisito de que la transmision de la cosa se hace por el antiguo propietario
- el transmitante no tiene tampoco la potestas alienandi
> pero el adquirente non domino podia convertirse propietario con la usurpatio
2 peligros que corria el adquirente non domino
- Eviccion: que el legitimo propietario reivindica la propiedad
- Que pierde la posesion y no podia reivindicarla > pero habia la actio publiciana (salvo contra el propietario civil de buena fe)
5 tipos de acciones
- Accion reivindicatoria: exceptio hypothecaria, exceptio ususfructus, praescriptiones
- Accion negatoria
- Actio furti
- Actio legis Aquiliae
- Accion Publiciana
Accion reivindicatoria
- accion tipica que protege al propietario en caso de privacion del derecho de propiedad: de poseer su cosa
- el demandante es: quien se cree dominus iure quiritium
- el demandado: quien posee la cosa ilegitimamente
-> el demandante debe probar su derecho de propiedad
Finalidad de la accion reivindicatoria
- Reconocimiento y declaración de la existencia del derecho de propiedad a favor del demandante
- Intimación al demandado para que restituya la cosa
Medidas de defensa frente a la accion reivindicatoria
- Exceptio hypothecaria
- Exceptio ususfructus
- Praescripciones
Como hacemos para saber lo que pasa con la cosa antes de la accion reivindicatoria?
En función de que hubiera poseído la cosa con buena y de mala fe, para
> gastos
> frutos
> deteraciones
Exceptio hypothecaria (Accion reivindicatoria)
Es la que se concede al acreedor hipotecario para rechazar la acción reivindicatoria intentada por el propietario de la cosa dada en garantía.
Exceptio ususfructus (Accion reivindicatoria)
Excepción concedida al usufructuario frente al nudo propietario que ejercita contra él la acción reivindicatoria
Praescriptiones (Accion reivindicatoria)
Medios de defensa procesal en los que se alega la extinción del derecho de propiedad del demandante por haber éste permanecido inactivo frente al poseedor demandado durante el tiempo que fija la Ley. Hay diferentes tipos de prescripciones
Tipos de praescriptiones
- Prescripción ordinaria: la originaria usucapión de la Ley de las XII Tablas
- Praescriptio longi temporis
- Praescriptio longissimi temporis
Accion negatoria
Es la acción que se concede al propietario para defenderse de las perturbaciones de quien alega tener un derecho real sobre aquélla
Accion furti
- Acción derivada del delito de furtum
- se concede al propietario contra los ladrones, cómplices y encubridores
- Tiene carácter penal: persigue la obtención de una indemnización
- se puede acumular a la acción reivindicatoria.
Accion legis Aquiliae
Acción por daños en las cosas. Originariamente correspondía al propietario contra los causantes de daños en esclavos o animales. Posteriormente, el pretor la amplió a daños causados en otras cosas.
Accion Publiciana
Reivindicación ficticia en la que se advierte al juez de que actúe como si el tiempo necesario para la usucapión hubiera ya transcurrido. El demandante había de probar que reunía todos los requisitos necesarios para usucapir (salvo el tiempo).
-> se dirige al poseedor bonitario pero fue usado por los propietarios porque puede ser mas facil que la accion reivindicatoria (probar dominium ex iure quiritium)
Poseedor bonitario/ pretorio
El que adquiere de quien no es propietario -adquisición a non domino
Copropiedad o condominio
Situacion cuando una cosa pertenece a varios sujetos. La denominación no es romana.
Desde época antigua, los romanos concibieron la posibilidad de que titular del derecho de propiedad sobre una cosa pudieran ser, al mismo tiempo, varios sujetos jurídicos.
Denominacion romana para la copropiedad
Las fuentes, para referirse a tales situaciones, hablan de res commune esse, res commune habere…
Denominacion romana de los varios titulares
A los varios titulares se les llama dominii o socii. (en español = condoomino)
Origenes de la copropiedad
Esta situación de condominio se puede originar porque:
- así lo quieren las partes > copropiedad voluntaria
- por circunstancias ajenas a dicha voluntad» copropiedad incidental
Los dos grandes modelos (actuales) de organización de la copropiedad
- Comunidad llamada romana o por cuotas
- Comunidad llamada germanica o mano comun
Caracteristicas del modelo actual de copropiedad: la comunidad proindiviso ã llamada romana o por cuotas
- No coincide en absoluto con el modelo antiguo de propiedad romana + diferencias con la copropiedad romana clásica
- Origen en una concepción individualista del derecho de propiedad > situación concebida como ** transitoria y desventajosa**.
- Tiene 2 consecuencias
Consecuencias del modelo actual de copropiedad: la comunidad proindiviso ã llamada romana o por cuotas
2 consecuencias fundamentales:
1) EL cuota = Mientras dura la situación de copropiedad, se reconoce a cada copropietario un ámbito de poder exclusivo sobre una parte o porción del derecho ostentado en común
2) Acción de división de la cosa común: posibilidad para cada comunero de salir de la situación de indivisión en cualquier momento
Nombre latin para la accion de division de la cosa comun
Actio communi dividundo
Caracteristicas del modelo actual de copropiedad: la comunidad proindiviso llamada germanica o en mano comun
- Origen en una concepción colectivista del mundo > situación concebida como ** permanente, estable y ventojosa**.
- No hay cuota: cada condómino tiene la propiedad plena sobre la totalidad de la cosa
- La propiedad sólo está limitada por la concurrencia del derecho de propiedad de los demás comuneros.
- NO se reconoce a cada comunero la posibilidad de pedir la división > la cualidad de copropietario es personalisima > ius adcrescendi
Ius adcrescendi
= derecho de acrecer
> Es un efecto típico de la copropiedad integral (germanica)
> Renuncia/ Pérdida del derecho de propiedad de uno > acrece a los demás porque sin cuotas, y siendo la cualidad del siendo la cualidad del copropietario personalísima > dicha posición revertirá (acrecerá) a los demás condóminos.
Las 2 formas de copropiedad romana
- Consortium ercto non cito
- La copropiedad clasica
Caracteristicas del Consortium ercto non cito
- Forma mas antigua de copropiedad romana
- Se establece a la muerte de un sujeto, entre los varios coherederos
-
Indivisibilidad:
Al principio, son titulares pro indiviso de la propiedad de los bienes del difunto > situación de renuncia a la división de la herencia.
Perdida del carácter de indivisibilidad con el tiempo> actio familiae erciscundae en la Ley de las XII Tablas
Actio familiae erciscundae
En la ley de las 12 Tablas, accion que permite a cualquiera de los copropietarios, en cualquier momento, pedir la división de la cosa común
-> Para la forma consortium ercto non cito