Torturas y otros delitos contra la integridad moral Flashcards
derecho a la integridad moral
art 15 CE
todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes
la intedridad moral es…
un atributo de la persona, como ente dotado de dignidad por el solo hecho de serlo: personalidad, identidad individual, equilibrio psicofísico, autoestima o respeto ajeno
Art. delito contra la integridad moral
173.1
Tipo básico 173.1
El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral
Elementos del tipo - delito contra la integridad moral
I. Un acto claro e inequívoco de contenido vejatorio para el sujeto pasivo.
II. La concurrencia de un padecimiento físico o psíquico,
III.Que el comportamiento sea humillante o degradante (objetivamente) con
especial incidencia en el concepto de dignidad de la persona-víctima.
IV. Que sea grave
Se castigan las humillaciones leves?
cuando se cometen en el ámbito intrafamiliar o cometidas por funcionario o autoridad
Tipo subjetivo delito contra la integridad moral
dolo
Cabe la tentativa en un delito contra la integridad moral?
SI
Cabe concurso real en caso de agresiones sexuales?
No, lo absorbe
Artículo Acoso laboral
173.1 (2º y 3er párrafo)
Acoso laboral
en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial, prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir un trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.
Que se produzca en el marco de una relación laboral.
Que el sujeto activo sea el superior jerárquico. Lo que implica que
nos encontremos ante un delito especial.
Que los actos hostiles o humillante se hayan cometido de manera
reiterada.
Conducta típica acoso laboral
hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier act laboral o funcionaria que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad
Artículo acoso inmobiliario
Art 173.3
Acoso inmobiliario
“el que deforma reiterada lleve a cabo actos hostiles y humillantes que sin llegar a constituir trato degradante, tengan por objeto impedir el legitimo disfrute de la vivienda”
Bien Jurídico Acoso inmobiliario
además de la integridad moral se tutela al derecho al disfrute de una vivienda por parte de los propietarios o inquilino frente a los ataques dirigidos a obligar a unos o a otros a abandonarla, independientemente de que ésta se propia o arrendada para así alcanzar , en la mayoría de los supuestos objetivos especuladores.
Conducta típica Acoso inmobiliario
jercer actos hostiles o humillantes reiterados en el tiempo con el fin de impedir que puedan disfrutar del inmueble o actos que fuerzan a la victima a vivir indignamente.
Para apreciar el delito de acoso inmobiliario, deben
concurrir vejaciones reiteradas
Art. violencia habitual en el ámbito familiar
173.2 Y 3 CP
Bien jurídico violencia habitual en el ámbito familiar
Se protege la integridad moral de las víctimas, independientemente del castigo de los actos violentos individualmente considerados. Por lo tanto, lo delitos de asesinato, homicidio, lesiones, amenazas…. Que puedan cometerse en este contexto también serán castigados autónomamente.
Sujeto activo violencia habitual en el ámbito familiar
sujeto activo: se trata de un delito especial propio, sujeto activo tiene que tener un vinculo con el pasivo tasado exlege
- Núcleo de convivencia
- Cónyuge o persona que haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aún sin convivencia
- personas especialmente vulnerables en custodia o guarda de centro públicos o privados
Habitualidad violencia habitual en el ámbito familiar
- Numero de actos de violencia (hayan sido juzgados o no)
- Proximidad temporal de los mismos
- Pertenencia de la victima a la misma unidad familia
la violencia habitual en el ámbito familiar tiene que ser dolosa para ser sancionable?
Sí
Es sancionable un conducta pasiva del tipo del 173.2 (violencia habitual en el ámbito familiar)?
El tipo exige que el comportamiento atribuido sea activo, no siendo suficiente el comportamiento omisivo
Sin perjuicio de ello es sancionable penalmente quien contribuye a la violencia de otro, no impidiéndola pese a encontrarse en posición de GARANTE
Art. delito Torturas
174