Tema 7: Símbolos religiosos personales y estáticos Flashcards
Símbolos estáticos - discriminación
> Discriminación directa: prohibidas por la CE.
> Discriminación indirecta: tratamos esta. A la práctica son discriminación.
Símbolos estáticos - límites a la libertad religiosa
> En la gran mayoría de casos con sentencia se establece el derecho a la libertad religiosa que predomine con unos límites:
-Tiene que haber una normativa sobre vestimenta en la empresa.
-Haber un pronunciamiento expreso de la empresa diciendo que son neutrales religiosamente, que no predomina ninguna = neutralidad religiosa.
-Normas que prohíban cualquier manifestación religiosa en virtud de la neutralidad. Si se dice esto ya no miramos el punto 4 y 5.
-Que esta vestimenta no cause un perjuicio a la empresa. Criterio subjetivo de la empresa.
-Que la vestimenta no sea un requisito profesional esencial y determinante - muy importante, más objetivo.
> Dirección empresarial vs libertad religiosa.
Símbolos estáticos - caso 1
> Trabajadora de una empresa que recolectaba champinones, comunicó que ella llevaba el panuelo islámico y la empresa le dijo ok.
El uniforme tenía que tener con un gorro el pelo tapado y todo el cuerpo tapado.
Una auditoria les dijo que no podí porque la normativa de sanidad establece que nada puede sobrepasar el uniforme.
El panuelo lo sobrepasaba.
Al final se la despidió ya que era un requisito esencial.
Símbolos estáticos - caso 2
> Quipá.
Conductor de autobús y le sancionaron.
Al recorrer ganó porque no afectaba a la empresa, no causaba ningún perjuicio.
STSJ ISLAS BALEARES, DE 9-9-2002.
Símbolos estáticos - caso 3
> JUZGADO SOCIAL 1 PALMA DE MALLORCA, Nº 31/2017, DE 6 DE FEBRERO.
VELO.
Senora administrativa de atención al a pasajero y tenía antiguedad de 10 anos en la empresa.
Sancionada hasta 7 veces por llevar el velo islámico.
En el manual corporativo decían un uniforme determinado.
En 2015 ella comunicó que iba a llevar velo y los representantes dijeron que no sabían si se lo podían permitir, mientras se le permitó hasta respuesta.
Los servicios jurídicos centrales de Madrid no lo permitieron por imagen corporativa y uniforme.
Al final se le dio la razón.
No se pudo acreditar perjuicio moral ni económico.
Ni requisito profesional obligado.
Símbolos estáticos - caso 4
> STEDH Sección 4ª, 15-1-2013, CASO CASILDA C. REINO UNIDO.
CADENA CON CRUZ
Llevaba una cruz.
Como no era una cruz grande ni interfería en su trabajo ni en su uniforme consideró inocua e irrelevante para el uniforme e imagen de la empresa.
Símbolos estáticos - caso 5
> STSJ MADRID, SALA SOCIAL, SECCIÓN 5ª DE 27-10-1997.
VESTIMENTA. FALDA.
Chica que trabaja en el Dutyfree de un aeropuerto.
Camisa y minifalda y por motivos religiosos no quería ponerse la minifalda.
La echaron porque la chica sabía que era ese uniforme y ella no dijo nada en la entrevista de trabajo.
La sentencia le da razón a la empresa porque ella escondido su religión, es decir ha enganado a la empresa.
Falta de lealtad y buena fe.
Todo el mundo al firmar un contrato de trabajo está renunciado a una parte de su libertad.
Símbolos estáticos - caso 6
> Dos amigas, una trabaja en el Corte Inglés, otra vendiendo zapatos al lado del Corte Inglés en el Portal del Angel en una zapatería familiar.
Se cambian de religión y no pueden ir a trabajar desde el viernes a la puesta del sol hasta el sábado a la puesta del sol.
El Corte Inglés: nulo ,despedido improcedente.
Familiar: procedente.
Es el día y medio que más se vende. Tengo que contratar a alguien obligatoriamente y tengo que contratar a alguien nuevo que no sabe.
En cambio, en el Corte Inglés es muy fácil cambiar el turno con otro trabajador.
Símbolos estáticos - caso 7
> STSJ ANDALUCIA, SALA SOCIAL, GRANADA, SECCIÓN 1ª, Nº 2965/2011, DE 21-12.
VESTIMENTA INDUMENTARIA HINDUISTA
Una chica se viste hindú y da clases de yoga durante 4 anos sin recibir ninguna queja.
Se la despidió por eso.
Cambiarla de centro de trabajo a otra población.
Tanto la inspección de trabajo como los tribunales entendieron que no perjudicaban el trabajo.
Fiestas religiosas
> Fiestas laborales propias de cada religión.
Hay que saber que día tienen fiesta consultando las webs de la CIE, la FEREDE y la FCJE.
Con un certificado de estas y con un acuerdo se puede.
La ley dice que se podrán sustituir los días festivos siempre que haya acuerdo con la empresa.
Por lot tanto si no hay acuerdo aunque tenga el certificado no me va a servir de nada.
Ahora bien, también tenemos la libertad religiosa que está en la CE y deberemos mirar si predomina la ley o el derecho fundamental.
Si no causa ningún perjuicio a la empresa podría decirse que sin acuerdo se podría defender ese trabajador.
Se puede cambiar un día festivo por motivos religiosos por otro festivo o otra opción, cambiar el festivo por un día personal.
Ramadán
> No puedes despedir al trabajador por practicarlo.
Si se cae del andamio la culpa es del empresario.
Trabajador soldado musulmán en la unidad de obras solicitó no trabajar en Espana durante el Ramadán porque su religión le prohibía hacerlo.
La STS 2427/200, de 27 de marzo, no le dio la razón diciendo que la normativa aplicable le permite concluir su jornada laboral 1h antes pero no le permite no trabajar.
Scaffoliding - spanish
andamio
Las cruces en los lugares públicos en un estado donde rige el principio de laicidad
> S GRAN SALA DEL TEDH, CASO LAUTSI Y OTROS CONTRA ITALIA, DE 18-3-2011
CRUCIFIJO EN LA ESCUELA
-En 2011 una senora llamada Lautsi solicita que se quiten unos crucifijos de una escuela y se dijo que no; se quería porque formaban parte de la identidad del país y de la escuela.
-La senora apeló y nadie le dio la razón a nivel nacional.
> En 2009 el TEDH por sala 2n por unanimidad dice que los crucifijos se tienen que sacar porque la escuela es una institución sensible dondo hay personas vulnerables por lo que se tiene que extremar las precauciones para que no se produzca una situación de adoctrinamiento.
> Las sentencias de las salas se pueden apelar y llevan a la Gran Sala. En este caso Italia apeló. Se entienda que afecta a toda la comunidad europea y todos los países de la UE y fundaciones que formen parte de la UE pueden ser parte del pleito.
Es la primera vez que la Gran Sala casa una sentencia dictada por su primera instancia.
La buene es la SGS 2011 (TEDH) wue dice que no se debe retirar.
También es un símbolo cultural y histórico no solo religioso.
La organización del ambiente escolar es una cuestión de las autoridades públicas que pueden prohibirlo o no.
El crucifijo es un símbolo esencialmente religioso pero no hay evidencia reveladora de que un símbolo religioso en un salón de clase pueda tener alguna influencia sobre los alumnos.
Un crucifijo en una escuela no es inconstitucional. El consejo escolar tendrá la potestad para quitarlo o no.
> En Espana es legal que los cargos se juren sobre la biblia. No va en contra de la laicidad porque es por tradición.
Hoy en día se utiliza Lautsi 2011 que está por encima de todo.
sensitive - spanish
sensible
lawsuit - spanish
pleito