Tema 6: El Contrato de Trabajo Flashcards
1.1. Capacidad para celebrar un contrato
REQUISITOS DE EDAD
- Ser mayor de 18 años o menor de 18 legalmente emancipado.
- Mayores de 16 con autorización de los padres o tutores. No en trabajos peligrosos, nocturnos e insalubres.
- Menores de 16 con autorización, para espectáculos públicos siempre que no perjudique su formación o salud.
1.1. Capacidad para celebrar un contrato
REQUISITOS DE NACIONALIDAD
— Los ciudadanos de la UE sin necesidad de permiso de trabajo.
— Los ciudadanos extracomunitarios deberán obtener permiso de trabajo. Y los empresarios que quieran contratarlos también tendrán que obtener un permiso.
1.1. Capacidad para celebrar un contrato
EL EMPRESARIO
— Mayor de edad o menor emancipado
— Si es extracomunitario requerirá permiso de la Admin. Laboral.
— El Empresario puede ser:
A) Persona física (autónomo)
B) Persona jurídica (S.L., S.A. o cooperativa)
C) Una comunidad de bienes
1.2. Elementos del contrato de trabajo
ELEMENTOS SUSTANCIALES DEL CONTRATO
- Consentimiento Mutuo
- El objeto del contrato debe ser posible y lícito
- La causa real debe prestar un servicio a cambio de una retribución
1.2. Elementos del contrato de trabajo
LA FORMA DEL CONTRATO
- Escrito o verbal
- Pueden ser DE PALABRA los Contratos Indefinidos o el Contrato Temporal Eventual por Circunstancias de la Producción que sea inferior a 4 semanas a tiempo completo.
- Cualquiera de las dos partes puede exigir que el contrato sea por escrito. Si no está por escrito se presupone que el contrato verbal era indefinido y a tiempo completo, salvo prueba de los contrario.
1.2. Elementos del contrato de trabajo
EL CONTENIDO DEL CONTRATO
— Si no figuran datos como la jornada, la retribución o la duración de las vacaciones, se pactan según el Convenio Colectivo.
— Otras cláusulas voluntarias:
A) Periodo de prueba
B) Horas Extraordinarias
C) No trabajar para la competencia o permanecer
“X” tiempo en la empresa tras una formación.
1.2. Elementos del contrato de trabajo
LA DURACIÓN DEL CONTRATO
Se presumirá indefinido y a tiempo completo, si:
1. Fuese obligado hacerlo por escrito y se hiciese de
palabra.
2. No se ha dado el alta en la SS. pasado el plazo.
3. Cuando se realice fraude de ley.
1.3. El periodo de prueba
PACTO
— Debe ser pactado en el contrato
— No se puede pactar si el trabajador ya ha sido contratado antes por la empresa.
1.3. El periodo de prueba
DURACIÓN
— La duración la refleja el Convenio Colectivo
— Si no lo refleja el Estatuto de los Trabajadores señala que será:
1. Máximo 6 meses para título Medio o Superior
2. Para el resto 2 meses, salvo Empresas de menos
de 25 trabajadores que es de 3 meses.
— Si el Contrato es en PRÁCTICAS, 1 mes para Grado Medio y 2 para Grado Superior.
— Si el contrato es TEMPORAL, cuya duración es inferior a 6 meses, máximo 1 MES.
— Si es INDEFINIDO DE APOYO AL EMPRENDEDOR su duración es de 1 AÑO.
— Se puede pactar que se interrumpa, y el tiempo no cuenta, por Baja Laboral, Maternidad o Paternidad, Riesgo durante el Embarazo o Lactancia.
1.3. El periodo de prueba
DDERECHOS
- El trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro
- Puede finalizar el Contrato cualquiera de las dos partes sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo alguno.
- No hay indemnización por despido.
MODALIDADES DE CONTRATOS
— FORMATIVOS 1. Para la Formación y el Aprendizaje 2. Prácticas — TEMPORALES 1. Obra y servicio 2. Eventual 3. Interinidad 4. Primer empleo joven — A TIEMPO PARCIAL 1. A tiempo parcial común 2. De Relevo 3. Fijo-Discontínuo — INDEFINIDOS 1. Indefinido Ordinario 2. Indefinido de Apoyo a Emprendedores
2.1. Contratos formativos
Contrato Para la Formación y el Aprendizaje.
REQUISITOS
— Edad entre 16 y 25 años. Tambiñen jóvenes entre 25 y 30 mientras la tasa de paro no sea inferior al 15%. No hay límite de edad si son discapacitados.
— No deben poseer una titulación, ni FP ni universitaria ni Certificado de Profesionalidad.
—No puede haber trabajado antes en esa empresa en el mismo puesto por más de 12 meses.
2.1. Contratos formativos
Contrato Para la Formación y el Aprendizaje.
DURACIÓN
— Duración mínima de 1 año y máxima de 3 años.
— Finalizada la duración máxima, el trabajador no podrá ser contratado para la formación por la misma u otra empresa para la misma actividad pero sí para otra distinta.
— Baja laboral, Maternidad, Paternidad y Riesgo durante el Embarazo o Lactancia interrumpen la duración del contrato.
— No puede ser a tiempo parcial. No podrá realizar horas extra salvo por fuerza mayor, ni trabajos nocturnos ni a turnos.
2.1. Contratos formativos
— Contrato Para la Formación y el Aprendizaje.
PERIODO DE FORMACIÓN
— El primer año, máximo 75% del tiempo es trabajo efectivo y mínimo 25% formación. SEgundo y tercer año 85% trabajo efectivo y 15% formación, como mínimo.
— La formación puede ser en un centro de FP o en la misma empresa. Podrá ser presencial, teleformación, a distancia o mixta.
2.1. Contratos formativos
— Contrato Para la Formación y el Aprendizaje.
RETRIBUCIÓN
— La retribución se fijaá en el Convenio y NO puede ser INFERIOR al 75% u 85% del S.M.I., en función del trabajo efectivo.
2.1. Contratos formativos
— Contrato en Prácticas
REQUISITOS
— Poseer un título de FP, universidad o certificado de profesionalidad.
— Realizar el contrato en los 5 años siguientes a terminar los estudios.
— Para los jóvenes menores de 30 no existe límite de 5 años desde 2013.
2.1. Contratos formativos
— Contrato en Prácticas
DURACIÓN
— Mínimo 6 meses y Máximo 2 años.
— Si es inferior a 2 años puede haber un máximo de 2 prórrogas de mínimo 6 meses hasta alcanzar la duración máxima.
— Baja Laboral, Maternidad, Paternidad, Riesgo durante el Embarazo o Lactancia, interrumpen la duración del contrato.
— El PERIODO DE PRUEBA es de 1 mes para Grado Medio y 2 meses para Grado Superior.
2.1. Contratos formativos
— Contrato en Prácticas
RETRIBUCIÓN
— La pactada en el Convenio o Contrato pero NO INFERIOR el primer año al 60% del salario de un trabajador de la misma categoría o 75% el segundo año.
— Los convenios pueden mejorar los porcentajes.
2.2 Contratos temporales
— Obra y servicio
DURACIÓN
— La duración depende de cuándo finalice la obre o servicio. PEro cabe señalar una duración concreta si se conoce, suele indicarse “hasta fin de obra”.
— Se establece un MÁXIMO de 3 AÑOS ampliable 12 meses más por convenio.
— Si dura más de 1 año, el empresario debe avisar con 15 días antes de finalizar el contrato. Si finaliza la duración máxima y sigue trabajando adquiere la condición de fijo.