T15- Política sanitaria TUBERCULOSIS BOVINA Flashcards

1
Q

Ficha de la enfermedad

A
  • La tuberculosis es la infección por cualquier micobacteria del MTC (complejo mycobacterium tuberculosis).
  • Problema de salud pública.
  • La exposición a MTC x aerosol se considera la vía + frecuente de infección en animales pero tb se puede x ingesta de material contaminado.
  • Tras la infección pueden aparecer granulomas nodulares no vasculares llamados tubérculos.
  • Las lesiones tuberculosas se dan con + frecuencia en pulmones, gl linfáticos retrofaríngeos, bronquiales y mediastínicos. También se hallan en gl mesentéricos, hígado, bazo, superficies serosas y otros órganos.
  • Agente causal: Mycobacterium tuberculosis. MTC integrados x mycobacterium bovis, caprae, tuberculosis y africanum.
  • HH: Bóvidos, cérvidos, cabras, caméludos, otras especies domésticas/silvestres y humanos.
  • Periodo de incubación: variable
  • LNR: Lab de Sanidad Animal de Santa Fe (Granada)
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2
Q

Lucha frente a tuberculosis ovina y caprina

A

Es la erradicación.

aquí vienen como 1000 reglamentos que paso de estudiármelos

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3
Q

Medidas de lucha aplicadas en España (ESQUEMA)

A

En el RD 2611/1996 y sus modificaciones, incluyen 8 puntos:

  1. Población diana (identificación/registros).
  2. Notificación (sospecha/confirmación)
  3. Dx de tuberculosis bovina
  4. Sacrificio de positivos
  5. Medidas profilácticas granja
  6. Calificaciones sanitarias
  7. Movimiento y reposición
  8. Laboratorios
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4
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 1. Población diana (identificación/registros).

A
  • Actualmente el programa se desarrolla para todos los bovinos que define la directiva 64/432 (??) y modificaciones del RD 1716/2000 por el que se establecen las normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de especies bovina y porcina, incluidas todas aquellas unidades de cebo calificadas de T3 o en fase de calificación como T3.
  • Actualmente solo pueden quedar excluidas del programa las explotaciones de cebo ubicadas en provincias o UVLs cuya prevalencia no sea cero, siempre que sean unidades de cebo pura, explotadas de forma cerrada de forma que no supongan ningún riesgo para la diseminación de la enfermedad.
  • Proyecto piloto para la autorización de movimiento de terneros desde explotaciones + (T2+, TS, TE) a cebaderos. Se podrá autorizar excepcionalmente el movimiento de terneros a cebaderos no calificados no incorporados al presente programa. Este proyecto pretende aliviar económicamente la situación crítica en algunas granjas.
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5
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 2. Notificación (sospecha/confirmación)

A

Un rebaño se considera + si:

  • Presenta SC compatibles
  • Al menos existe un animal
  • con >6semanas IDTB+
  • > 6 meses con gamma-IFN +
  • No han sido sometidos a la totalidad de pruebas diagnósticas previstas en el RD 1716/2000 (es decir, IDTB e IFNgamma). Se analizan también todos los animales adquiridos con <6 semanas.
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6
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 3. Diagnóstico de tuberculosis bovina RD 1047/2003

A

IDENTIFICACIÓN DEL AGENTE:
- Cultivo microbiológico: no es conveniente porque M.bovis tiene un crecimiento lento de hasta 3 meses.
- Técnicas moleculares (PCR)
- Observación microscópica de granulomas (histopatología) para identificar las lesiones patognomónicas.
TÉCNICAS INMUNOLÓGICAS
- Válidas para el comercio intracomunitario(UE)
* IDTBsencilla: una única inyección de tuberculina bovina.
* IDTBcomparada: una inyección de tuberculina bovina y tuberculina aviar administrada simultáneamente.
- Pruebas complementarias: prueba de gammaIFN (animales >6m)

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7
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 4. Sacrificio de positivos.

A

Cuando se detecte un + en una explotación, se identifica y se marca lo más rápido posible. Se separará del resto del rebaño y deberá desaparecer de la explotación, siendo sacrificado, antes de 15 días en:
- Mataderos sanitarios de Campaña de Erradicación autorizados x rgto 853 y 854/2004.
- Explotación in situ
- Otros centros autorizados (gestión SANDACH)
Asimismo, si una hembra resulta +, también se sacrificará a la desendencia perteneciente al último año.

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8
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 5. Medidas profilácticas en la granja (saneamiento)

A
  • Se llevará a cabo el saneamiento de focos bajo Control Oficial y con productos autorizados para la L+DDD.
  • Comprobación del estatus de los animales >12 meses, siguiendo el Plan Nacional de Erradicación, eliminando aquellos animales + y en caso de que sea una hembra, también su descendencia del último año.
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9
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 6. Calificaciones sanitarias

A

Según el RD 1047/2003 Y 1716/2000.
- Explotación T1: Se desconocen los antecedentes clínicos y la situación en relación con la tuberculina, en los dos últimos años.
- Explotación T2: Se conocen los antecedentes clínicos, la situación en cuanto a la reacción a la tuberculina y se realizan pruebas de control de rutina hasta pasar al tipo T3. Hay T2+ y T2-. Las explotaciones T2+ se someterán a pruebas de IDTB y gamma-IFN en paralelo-
- Explotación T3: Oficialmente indemne.
*TS (suspensión): ante la sospecha de micobacterias.
* TR (retirada): si se aísla el agente. Para la obtención del título de rebaño oficialmente indemne, este debe asegurar que:
º No hay signos clínicos de tuberculosis
º Todos los animales >6semanas son negativos a 2 pruebas oficiales dependiendo de la prevalencia. Si la prevalencia es 1% un chequeo anual. Si la P es 1-3% es un chequeo anual con interpretación severa. Si la P es >3% dos chequeos anuales con un intervalo de 4-6m. Interpretación severa.

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10
Q

Mediante los RD 1716/2000 y 1047/2003 para el mantenimiento del título de rebaño T3

A

Se debe asegurar que:

  • Se realizan controles anuales de los animales >6 semanas
  • Se realizan controles de los animales <6 semanas incorporados
  • Control de la entrada de animales mediante IDTB
  • Los animales sacrificados son examinados postmortem.
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11
Q

Mediante los RD 1716/2000 y 1047/2003 para la recuperación del título de rebaño T3

A

Se debe asegurar que:
- Se han eliminado aquellos casos positivos
- Se realiza L+DDD
- Repetición de pruebas:
º IDTB en animales >6 semanas con un intervalo entre 60 y 120 días.
º IDTB y gammaIFN en paralelo en animales mayores de 6 meses.

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12
Q

Mediante los RD 1716/2000 y 1047/2003 para la obtención de la calificación territorial de región oficialmente indemne (T3)

A

Debe:

  • Haber <0,1% de rebaños infectados durante 6 años consecutivos.
  • Haber >99,9% de rebaños OI-TB (T3) durante 6 años consecutivos
  • Sistema de identificación individual
  • Todos los bovinos son sometidos a examen postmoretm y en caso de detectar lesiones compatibles con tuberculosis, enviar muestras al LNR y autorizados.
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13
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 7. Movimiento y reposición.

A

Incorporar animales de granjas calificadas libres de tuberculosis y colocar a estos animales bajo cuarentena. Los animales que resulten + a los chequeos deberán ir a matadero antes de 15 días, los que resulten - van a reposición.

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14
Q

Medidas de lucha aplicadas en España: 8. Laboratorios e indemnizaciones.

A
  • LNR: Laboratorio Central Sanidad Animal de Santa Fe (Granada)
  • LRSA: Laboratorio de Producción y Sanidas Animal de cada CCAA
    Indemnizaciones según RD 389/2011.
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15
Q

Vacuna de tuberculosis

A

No existe vacunación para esta enfermedad en la Política Sanitaria.

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16
Q

Programa Nacional de erradicación de tuberculosis bovinas

A

º DIAGNÓSTICO:

  • Frecuencia de chequeos: según prevalencia y calificación de la zona (hasta 3 anuales)
  • Interpretación: estándar, severa (2mm con signos), extrasevera si existen antecedentes (+2mm es positivo)
  • Combinación de pruebas: IDTB+IFNgamma
  • Vigilancia en mataderos: como mínimo 5 animales, en caso de que la explotación sea +. Normalmente se ven pocas lesiones.

º EXPLOTACIONES:

  • Control de movimiento cuando hay sospecha, se inmoviliza y se realiza L+DDD
  • Calificación de pastos: se realiza L+DDD y vacío sanitario de 60d.
  • Suspensión o retirada la calificación.
  • Códigos de buenas prácticas para evitar la EEII.

º EQUIPOS VETERINARIOS:

  • Cursos formación/ validación de pruebas: se realizan cursos de formación obligatoria donde los veterinarios aprenden las pruebas y a posteriori lo ponen en práctica. Se dan consejos para mejorar las lecturas.
  • Programas de inspecciones y sanciones: una vez se realiza la prueba, un vet de la Junta puede ir a la explotación (pasado tiempo de sensibilización de 42-60 días) para comprobar que se realizó correctamente.

º OTROS RESERVORIOS: Existen otros animales reservorios de CMT. Por ello se realiza:
- Programa de erradicación de ganado caprino: rebaños de caprino relacionados con bovino con pruebas IDR comparativa/gamma interferón.
- Otras especies domésticas: se aplican vigilancias serológicas en otras especies domésticas para ver cómo afecta Mycobacterium a ellos (porcino, ovino).
- Vigilancia de animales sulvestres, plan PATUBES (jabaí, ciervo, tejón), identificar qué especies sivestres se ven afectados por las micobacterias. Sobre ello, se aplican diferentes programas, evitando contacto con estas especies.
El PATUBES tiene como objetivo conocer la influencia que tiene la fauna salvaje en los diferentes escenarios de la tuberculosis bovina en España, así como la propuesta de medidas a establecer para disminuir la transmisión entre especies silvestres y domésticas. Este plan comprende propuestas de medidas concretas a aplicar en función de la clasificación de las distintas regiones de acuerdo con su situación epidemiológica de riesgo y se completará iniciativas legales que posibiliten su cumplimiento.

17
Q

Situación actual

A

Incremento de la sensibilidad diagnótica está haciendo aflorar la infección residual junto con el creciente papel como reservorio de la fauna silvestre en determinadas zonas. No obstante es reseñable que el leve incremento de prevalencia ha sido a los rebaños de aptitud lechera.

18
Q

Objetivos detallados del programa 2018

A
  • CCAA con prevalencia de rebaño del 0%: El objetivo es mantener este nivel de prevalencia de rebaño durante 2018 y mantener un % de rebaños oficialmente indemnes del 99,9%.
  • CCAA con un rango de prevalencia inferior a 1% o de baja prevalencia: reducción en 2018 de al menos un 20% de la prevalencia de rebaño y de la incidencia conseguida en 2015.
  • Declaración de Zonas de Especial Incidencia (ZEI): las CCAA podrán declarar como ZEI aquellas comarcas o UVLs con prevalencia de rebaño >3%. En ellas se aplicará un aumento en los chequeos rutinarios sobre los rebaños T3. Así mismo, dentro de ellas, la autoridad competente podrá decidir aplicar, tras un estudio epidemiológico de la zona, medidas adicionales en municipios con más de un 5% de rebaños positivos.