SUCESORIO Flashcards
Sucesión
a partir del art 951cc. “Es un modo de adquirir el dominio del patrimonio de una persona difunta, o sea, el conjunto de derechos y obligaciones transmisible, o una cuota de dicho patrimonio, o especies o cuerpos ciertos o cosas indeterminadas de un género determinado”.
Caracteristicas:
Derivativo - gratuito - por causa de muerte - a titulo universal o singular
Clases: Testada - Intestada - Mixta
Titulo: Testamento - Ley
Asignaciones por causa de muerte
Disposiciones de bienes que hace el testador o la ley.
a titulo universal: Herencias
a titulo singular: Legados
Asignatarios:
Herederos - Legatarios
Diferencias:
1) Herederos
2) Legatarios
origen
1- testamento - ley
2- solo testamento
representación difunto
1- Representa juridicamente
2- no representa
Deudas difunto
1- Responsable hereditarias y testamentarias
2- no responde, salvo impuesto expresamente. salvo en subsidio herederos hasta su legado.
Adquisición dominio
1- desde fallecimiento causante
2- legatario especie cuerpo cierto, fallece causante. genero: adquiere credito con fallecimiento, luego dominio con tradicion b. legados.
Posesión legal herencia
1- desde que se difiere herencia, junt a dominio
2- con entrega del legado, corpus y animus
Posesión efectiva
1- si se concede
2- no se concede
Apertura de la Sucesión
Hecho jurídico que determina el momento en que se transfiere el patrimonio del causante a los asignatarios por causa de muerte, habilitandolos para tomar posesion de los bienes.
La sucesion se abre con la muerte.
(Inscripción de defuncion debe expresar fecha de fallecimiento)
determina habilidad, derechos,leyes vigentes,estado de indivisión.
Se abre en su último domicilio, salvo los casos expresamente exceptuados
(Domicilio: residencia acompañada del animo, real o presunto, de permanecer en ella)
excp. sucesion desaparecido, ultimo domicilio en chile.
-esto determina competencia y ley que regirá la sucesión.
excepcion. ultimo domicilio.
- art 15 nº2, los chilenos quedan sometidos a las leyes patrias, no obstante tu domicilio o residencia en pais extranjero. en relacion a “ las obligaciones y derechos que nacen de las relaciones de familia. (respecto conyuges y parientes chilenos)
- art. 998. sucesion abintestato de extranjero fallecido fuera o dentro territorio chileno, tendran los chilenos a titulo de herencia, alimentos mismos derechos que a sucesion de chileno
Delación
Art 956. “ La delación de una asignacion es el actual llamamiento de la ley a aceptarla o repudiarla”.
Just delationis
Momento que opera
-regla general: apertura sucesión
-excepcion: asignaciones sujetas a condicion.
-contraexcepción: condicion suspensiva negativa y meramente potestativa del asignatario. caucion.
(ej, heredero juan si no se va de chile)
Derecho de Herencia
Derecho real que tienen los herederos sobre todo el patrimonio del causante, o bien, sobre una cuota de este
-Genera la acción de petición de herencia.
Posesion Herencia
1)Posesión legal
La posesion de la herencia se adquiere desde el momento en que es deferida, aunque se ignore.
2)Posesión real
Requiere concurrencia de Corpus y Animus, habilita adquirir herencia por prescripción.
3)Posesión efectiva
Otorgada por resolución judicial (hay testamento) o administrativa (no hay testamento) a quien tiene apariencia de ser heredero.
Otros medios adquirir Dº de herencia
-Tradición
-Prescripción
· 10 años
· 5 años, heredero putativo, posesión efectiva.
Incapacidades para suceder
Para suceder es necesario:
-Capacidad
-Dignidad
art. 961 “será capaz de suceder, toda persona que la ley no haya declarado incapaz o indigna”
Incapacidad adquisitiva o de goce.
opera de pleno derecho
sancion: nulidad absoluta
1)Incapacidad Absoluta
*Incapacidad entidades no personas juridicas
*Incapacidad del que no existe naturalmente al tiempo de abrirse la sucesión.
Excepciones:
- Personas concebidas al abrirse la sucesion.
- Personas cuya existencia se espera.
10 años para cumplirse
- Asignaciones en Apremio de servicios importantes. plazo 10 años.
- Asignaciones condicionales.
- Sucesores x Derecho transmisión
2) Incapacidades Relativas
Condenado por crimen de dañado ayuntamiento
- Incesto
Incapacidad Confesor
-Eclesiastico
hasta 2 años anterior a testamento
Incapacidad funcionario autoriza testamento
- Notario, testigos y sus parientes.
Indignidad para suceder
Falta de mérito para suceder
Sanción excluyente de la sucesion al asignatario por haber cometido actos:
-Grave atentado contra el difunto
-Serio olvido deberes para con este
Pronunciada por declaracion judicial
(deshederamiento origen testamento)
Causales:
a) Homicidio causante
b) Atentado grave contra causante y parientes
vida, honor o bienes
-probado por sentencia ejecutoriada en juicio indignidad
c) Incumplimiento deber de socorro
-estado de demencia o destitucion (imposibilidad fisica, moral o enferma para sanarse por si solo)
d) Fuerza o Dolo para obtener disposiciones testamentarias o impedir testar.
e) detencion u ocultacion testamento
-se presume dolo
f) Falta de acusación a la justicia del homicidio causante
g) Falta de instancia por el nombramiento de guardador al impuber, demente o sordomudo.
-Ascendiente o descendiente llamado a suceder abintestato, no pidio nombrarle guardador, omitio 1 año.
h) Excusa sin causa de guardador o albacea
i) Promesa de hacer pasar bienes a un incapaz
Extinción:
-Por perdón del ofendido
-Extinción indignidad por purga
5años + posesión
Derecho de transmisión
Facultad que tiene el heredero, que acepta la herencia, de aceptar o repudiar la herencia o legado que se defirió a su causante fallecido sin haber aceptado o repudiado.
primer causante
transmitente
transmitido
requisitos:
-transmitente capaz suceder primer causante
-transmitido capaz suceder transmitente
-transmitido debe ser heredero
-transmitido debe aceptar herencia transmitente
-Dº transmitente no prescritos
Teoria de los acervos
Determina los bienes sobre los cuales deben cumplirse las distintas asignaciones y la liquidación de la masa a partirse.
1) Acervo bruto
conjunto de bienes en poderdel causante, debe separar patrimonios
2) Acervo iliquido
patrimonio tanto activo como pasivo
debe hacerse Baja Generales
A.- Costas apertura y publicacion testamento / apertura sucesion
·gastos verbal a escrito, avisos, posesion efectiva, guardas, sellos, faccion de inventario, ultima enfermedad, Funeraria…
B.- Deudas hereditarias
C.- Impuestos fiscales gravan masa hereditaria (NO APLICA)
D.- Asignaciones alimenticias forzosas
3) Acervo liquido
sobre este acervo se calculan las asignaciones
4) Acervo Imaginario
Para cumplir con las asignaciones forzosas, se podría calcular aca las asignaciones.
se acumulan donaciones revocables e irrevocables hechas en razón de legitimas o mejoras.
podria agregarse las donaciones hechas en vida a extraños cuando estas sean superior a 1/4 de estas + acervo imaginario, en ese caso se agregan al acervo imaginario.
Sucesión Intestada
Aquella que se produce por disposicion de la ley en favor de los herederos que ella establece,
que tiene lugar cuando el causante o difunto no ha dispuesto, si dispuso no lo hizo conforme a derecho o no han tenido efectos sus disposiciones.
Casos:
Testador no dispuso
-Falleció sin testamento o revocó
-otorgó pero no regula bienes
-cuotas no completan unidad
-usufructo sin determinar nuda propie
-fideicomisio sin fiduciario
-asignaciones solo a titulo singular
Testador no dispuso conforme a derecho
-Nulo por defectos de forma o fondo
-Nulo por clausula(disposion incapaz)
-Viola asignaciones forzosas- accion de reforma de testamento
No efecto las disposiciones
-Asignación condicional fallida
-Asignatario designa repudia, indigno o incapaz
-Testamento privilegiado caducó
Derecho de Representación
art. 984. Ficción legal en que se supone que una persona tiene el lugar y por consiguiente el grado de parentesco y los derechos hereditarios que tendría su padre o madre, si este o esta no quisiese o no pudiese suceder.
Requisitos:
-Debe tratarse de sucesión intestada
-No debe encontrarse el representado
-Representante descendiente repre
-Representado pariente causante
-Representante capaz y digno suceder causante
Orden de sucesión
Conjunto de herederos abintestato que considerados colectivamente se excluyen los unos a otros conforme al orden de prelación establecido por la ley.
1) Descendientes
hijos y conyuge
2) Conyuge y ascendientes
3) Hermanos
4) Los colaterales
hasta sexto grado
5) El Fisco
Herencia vacante
Sucesion parte Testada y parte Intestada
Cuando en un mismo patrimonio se ha de suceder por testamento y abintestato, se cumpliran las disposiciones testamentarias, y el remanente se adjudicará a los herederos abintestato segun las reglas generales.
Sucesión Testada
Transmision que hace el causante de sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles a las personas que designa en su testamento.
art. 999 - “Acto mas o menos solemne en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto despues de sus dias, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en el mientras viva”.
Caracteristicas
- Acto juridico unilateral y unipersonal
- Acto personalisimo
- Acto solemne
- Acto mortis causa
- Es revocable
Requisitos Testamento
a) Internos
-Capacidad de testar
Incapaces: Impuber, bajo intediccion demencia, actualmente no en sano juicio por ebriedad u otra causa, no puede expresar voluntad claramente.
-Voluntad exenta de vicios
Fuerza, Error motivo: error persona, Dolo determinante
b) Externos
- Formalidades legales
Otorgado en chile o Pais extranjero