Sucesión intestamentaria Flashcards
Sucesión intestamentaria
Sucesión que se tramita por disposición de la ley y es supletoria de la testamentaria. Se presenta cuando el de cujus no ha presentado testamento, cuando existe inobservancia de las formalidades de ley o tratándose de herederos que no pueden acceder al haber hereditario del de cujus
¿Cuándo se da la sucesión intestamentaria?
- No hay testamento
- Testamento no es valido
- No se dispuso de todos los bienes
- No se cumplen condiciones del testador
- Heredero muere antes que el testador
- Se repudia la herencia o es incapaz
¿Quienes tienen derecho a heredar legítimamente?
- Descendientes
- Ascendientes
- Cónyuge
- Parientes colaterales hasta el 4to grado
- Concubino
- Fisco del estado
Formas de suceder
- Por cabeza: Se recibe en nombre propio; hijos, padres y colaterales
- Por estirpes: Herencia por representación, se presenta siempre en forma ascendiente en línea recta y sin limitación de grado; puede existir en forma colateral limitada en favor de los sobrinos del de cujus
¿Qué pasa si a la muerte de los padres quedan sólo los hijos?
La herencia se dividirá entre todos por partes iguales
¿Qué pasa si del de cujus quedan hijos y descendientes de ulterior grado?
Los primeros heredarán por cabeza y los segundos por estirpes
- Lo mismo se observará tratándose de descendientes de hijos premuertos, incapaces de heredar o que hubieren renunciado a la herencia
¿Qué pasa si sólo quedan descendientes de ulterior grado?
La herencia se dividirá por estirpes, y si en algunas de éstas hubiere varios herederos, la porción que a ella corresponda se dividirá por partes iguales
¿Qué pasa si concurren hijos con ascendientes?
Los ascendientes sólo tendrán derecho a alimentos, que en ningún caso pueden exceder de la porción de uno de los hijos
¿Qué pasa si concurren descendientes con el cónyuge que sobrevive?
Al cónyuge le corresponderá la porción de un hijo si:
- Carece de bienes, recibiendo íntegramente la porción de bienes que se señale
- O los que tiene al morir el autor de la sucesión, no igualan a la porción que cada hija o hijo debe corresponder, recibiendo lo que baste para igualar sus bienes en la porción mencionada
¿Qué pasa si el cónyuge que sobrevive concurre con ascendientes?
La herencia se dividirá en dos partes iguales, de las cuales se aplicará una para el cónyuge y otra a los ascendientes
¿Qué pasa si el cónyuge concurre con uno o más hermanos del autor de la sucesión?
Tendrá dos tercios de la herencia, y el tercio restante se aplicará al hermano o se dividirá por porciones iguales entre los hermanos
¿Qué pasa cuando faltan descendientes y el/la cónyuge?
- Sucederán los padres por partes iguales
- En caso de que solo viva uno de los padres, el que viva sucederá la herencia
- Si hubiere ascendientes por ambas líneas, se dividirá la herencia en dos partes iguales, y se aplicará una a los ascendientes de la línea paterna y otra a la de la materna.
¿Cómo hereda el adoptado? ¿Qué pasa ante la muerte de un adoptado?
- Como hijo
- Si concurre el cónyuge del adoptado con los adoptantes, las dos terceras partes de la herencia corresponden al cónyuge y la otra tercera parte a los que hicieron la adopción
Acerca de la sucesión para el/la concubino/a
- La concubina y el concubinario tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge siempre y cuando:
- Hayan vivido juntos como si fueran cónyuges durante los dos años que precedieron inmediatamente a su muerte
- O cuando hayan tenido hijos en común, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato - Si al morir el autor de la herencia le sobreviven varias concubinas o concubinarios en las condiciones que se mencionan anteriormente, ninguno de ellos heredará
Reglas para los parientes colaterales
- Parientes más próximos excluyen a los más remotos
- Se hereda solo cuando no hay ascendientes ni descendientes
- Los hermanos de padre y madre heredan el doble que los medios hermanos
- Se hereda hasta cuarto grado