Propiedad Intelectual E Industrial Flashcards
Característica generales
Protección legal nacional (territorialidad). Puede haber tratados internacionales (CUP y ADPIC)
Nacen con registro (si no, no hay protección
En infracciones, no importa intencionalidad
Marcas
Derecho exclusivo para distinción en ámbito (salvo renombrada)
10 años renovables infinito
Debe poder precisarse
Marcas: especiales
Posición (identifica detalles propio del producto)
Patron: identifica caracter distintivo reconocido por cliente. No puede ser forma necesaria para funcionalidad)
Colores: muy limitado
Marcas agentes
A menos que justifique su actuación, no puede negar registrarla en perjuicio del titular.
En franquicias los vendedores no representan. En internacional puede pedirse acción de denegación o nulidad si le fue concedida o si ya esta registrado para hacer fiducias
Las patentes
Derecho a proteger regla técnica que resuelve problema técnico
Debe cumplir la regla de la técnica, ser repetible, y novedoso
Las patentes: prohibiciones
Descubrimientos, terias y métodos matemáticos sin aplicación práctica, obras artísticas, o literarias, elementos estéticos, planes, reglas o métodos para actividades intelectuales, económico-comerciales, juegos, cirugía, terapia o diagnóstico (salvo superficial no agresivo), programas de ordenador sin aplicación práctica, invenciones contrarias al orden público, clonacion humana y genética heredable, y en animales si supone sufrimiento sin beneficio sustancial, variedades y razas animales o vegetales, mutaciones o hibridaciones naturales y el cuerpo humano (salvo obtenido con método de técnica y se especifique propósito de secuencia de ADN)
ADN solo si se aísla de su entorno o se obtenga información sobre propósito
Las patentes: novedad
No estar comprendido en el estado de la técnica (accesible a público, expuesto o por solicitud de patentes con relación a España)
No es accesible si hay un deber de confidencialidad, en exposiciones oficiales reconocidas o se expone ante fabricante( orales deben ser alegadas en oposición y escritas deben contener las características en documentos varios)
No se puede combinar documentos, salvo experto que vea referencia expresa junto a conocimiento general
En Europa, reivindicar en otro estado en 1 año da prioridad europea
Las patentes: actividad inventiva
No obvio para expertos no innovador.
Debe determinarse estado de la técnica que quiere mejorarse y cómo se hará (diferencias, aplicación…) y debe comprobarse si el experto podría deducirlo
Patentes: registro
Se concede a quien registre primero
Si no es inventor, puede pedir subrogarse, denegar solicitud o presentar nueva solicitud usando fecha de anterior (si ha sido concedida, reivindicación)
Patentes: titularidad en particulares
Si hay varios, cotitularidad (a partes iguales salvo contrario)
En contratos para investigar, la empresa es titular salvo que la aportación personal y la importancia del invento superen lo estipulado en el contrato (compensación)
Si es persona independiente que usa medios o formación de empleo, empresa puede asumir titularidad o derecho de uso compensando a persona según caso
Patentes: titularidad en públicas
Inventor tiene derecho de beneficio por explotación
En profesores y docentes universitarios y centros de investigación, es titular entre sí es en funciones. Si no, persona
En contratos entre entre públicos y privados, se rige contrato
Patentes: plazos para registro entre empresas
En privados, 1 mes para notificar a emoresa y 3 meses para que esta decida que hacer. Silencio no reserva y hace que pierda derechos cualquiera
En públicas, 3 meses para ambos. Silencio igual que privado
Diseños
Ley española y directiva armonizadora y reglamento europeo
Protege diseño visible del producto
Debe ser novedoso y de carácter singular
Diseños: registro
No es necesario, pero si no se hace solo se protege ante 3ros de mala fe
5 años, prorrogables hasta 25 (3 si no registra para vida comercial breve)
Los diseños: novedad
Ningún otro diseño idéntico accesible al público. Se considera idéntico si difiere detalles insignificantes o irrelevantes (tamaño, color, formas…)
Se considera accesible cuando se publica, expone, comercializa antes de la fecha de la publicación, salvo que, razonablemente, no hayan sido conocidos por los círculos especializados de la UE en el proceso normal de Comercio
Los diseños: carácter singular
Impresión general que produce difiere de cualquier otro para usuarios informados.
Se tiene en cuenta grado de libertad del diseñador (hay diseños fijos son muy influenciables)
El derecho de autor
Protege sólo formas expresivas concretas propias de mood compatible, acumulable e independiente (no pued ehaber dos iguales, y el grado de protección puede variar)
Debe ser una obra repreoducible de modo preciso propio del autor (originalidad objetiva antes, durante o después)
El derecho de autor: las obras literarias
Obra escrita con lenguaje convencional (puede tener elementos gráficos). Originalidad depende de expresión, título, trama, personajes, texto, hecho, datos… (no se protege descubrimiento de información)
Las epístolas deben respetar honor, intimidad…