Ejecucion Y Procesos Especiales Flashcards

1
Q

Demanda: plazos

A

Exigir tras 20 días

5 años de caducidad

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2
Q

Fases de proceso

A

Incoacion: inicio con demanda con auto de despacho y decreto de secretario

Oposicion: defensa formal y material de ejecutado

Ejecución

Conclusión

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3
Q

Competencias

A

Funcional: judiciales (1a instancia original salvo autos de cuantía máx: jugado de lugar de daño), no judiciales (1a instancia a elección de ejecutante)

Objetiva y territorial: laudos (instancia de lugar de dictado), mediación (si tramita; juez homologado, si no; 1a instancia en lugar de firma)

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4
Q

Partes

A

Ejecutante: pueden ser varios. Si promueve asociación de consumidores y usuarios y condena, instancia de parte puede pedir auto que especifica beneficiarios con audiencia de ejecutado

Ejecutado: deudor en título y/o propietario de bienes endeudados o afectados por documento o ley

Ambos se rigen por reglas de capacidad de parte y procesal de LEC

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5
Q

Partes: peculiaridad sobre extensión

A

Puede extenderse efectos de sentencia si ejercita acción individual sobre condiciones generales de la contratación si los interesados se encuentran en idéntica situación jurídica de los beneficiarios, recae sobre mismo deudor, no hay que valorar vicios, las condiciones tiene igualdad sustancial y el órgano sea competente para conocer la pretensión

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6
Q

Responsabilidad de terceros

A

Solo si tiene bienes de ejecución y no han sido despachados

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7
Q

Deudas gananciales

A

Solo cónyuge deudor (acreedor debe probar responsabilidad ganancial)

Si despacha, debe notificar al otro también, quien puede negarse en plazo

Si es privativo, cónyuge no deudor subsidiario y notificado. Puede oponerse y disolver sociedad

Si es solidario, no se puede despachar si no fue parte en plato, salvo que figure en título extrajudicial o documento que acredite solidaridad

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8
Q

Demanda ejecutiva

A

Debe acompañar documento que acredita capacidad procesal y sucesión si hay, certificación de registro de apoderamiento judicial o referencia numérica, título ejecutivo, acreditación de precios y cotización no dineraria salvo oficiales/públicos

20 días de espera salvo desahucio

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9
Q

Demanda ejecutiva: ampliación

A

Si prescribe algún derecho durante ejecución

Debe cumplir rotación, prohibición de indefension y ejecución de sentencia en sus medios

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10
Q

Orden general de ejecución

A

Se examina competencia, capacidad, caducidad e irregularidades en el título y abusos en títulos no judiciales

So todo es correcto: despacho de ejecución en auto. Se identifica partes, forma de pago, cantidad y que no haya abusos entre profesional-consumidor

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11
Q

Decreto del secretario

A

Decreta desembargo, medidas de localización, y requerimiento de pago si lo pide ley

Cabe recurso de revisión sin suspensión contra cuerpo que dicte auto de despacho

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12
Q

Auto de despacho: efectos

A

Judicial: notificar a ejecutado con decreto con copia de demanda

No judicial: pedir pago. Si no hay o no se hace, se notifica (no hace falta si hay acta notarial de pedida de pago 10 días antes)

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13
Q

Oposición a la ejecución

A

Motivos procesales: falta de capacidad/representación/carácter o nulidad de despacho (5 días. Si es subsanable 10 días para corregir, si no, auto)

De fondo: judiciales (fallos en pago, consignación consentida, caducidad, pacto y auto de cuantía máx con culpa exclusiva de víctima, concurrencia de culpas o fuerza mayor), extrajudiciales (deuda líquida en documento público, compensación de crédito líquido en documento ejecutivo, pluspeticion metálica metálica especie, prescripción o caducidad, pacto de no pedir quita o espera o transacción en documento público) o cláusulas abusivas (ver si es o no subsanable)

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14
Q

Títulos de ejecución: sentencia de condena

A

Declarativas estimatorias: firme, tras plazo, no caducado

Constitutivas: publicidad registral de efectos descritos. No necesita despacho. Efectos a futuro

Declarativas: reconocer relscion jurídica. Retroactivo

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15
Q

Laudo arbitral

A

Debe aportarse junto a demanda, convenio arbitral y documento que acreditación notificación a partes

Ejecutivo aunque recurra (debe pedirse suspensión con canción para daños de demora)

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16
Q

Acuerdo de mediación

A

Escritura pública tras espera ante notario con copias de sesión constitutiva y final

Si ocurren en pleito, homologacion por cierto judicial

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17
Q

Auto de cuantía máx

A

Establece indemnización de seguro civil en proceso penal de tráfico

18
Q

Resoluciones de acuerdo

A

Homologar transacción judicial

Necesita auto con testimonio de partes

19
Q

Escritura pública

A

Acto jurídico consentido expedido con carácter ejecutivo por notario

20
Q

Pólizas de contratos mercantiles

A

Firma de partes y corredor de comercio

Privado

21
Q

Títulos al portador

A

Obligaciones vencidas y cupones de dicho títulos

Ejecutivo

22
Q

Ejecución provisional

A

Sin caución

Demanda sucinta o escrito a juzgado de 1a instancia (en rebeldía, anotaciones preventivas antes de plazo de revisión sobre cancelación de asientos registrales) por recurrido o entre sucesores

Debe acompañar testimonio de particular y certificación del tribunal en apelación

23
Q

Ejecución provisional: prohibidas

A

Declarativas, constitutivas, condena ilicida, filiación, separación, divorcio, nulidad de matrimonio, capacidad, estado civil y derechos honoríficos salvo obligaciones patrimoniales, condenas a emitir voluntad, nulidad o caducidad de propiedad industrial, sentencia extranjera no firme (salvo TI), pronunciamientos indemnizatorios sobre honor, intimidad o propia imagen

24
Q

Ejecucion provisional: acciones

A

Puede denegarse por sentencia no permitida, no a favor de ejecutante, fuera de plazo, incompetencia

Apelable con tramitación preferente. Si es a favor de ejecutante, ejecución forzosa (oposición si se producirá situación irreparable, exigiendo medidas alterna), deberá presentar caucion y escrito tras despacho en 5 días (ejecutante opone tras 5 días). Ejecutante deberá devolver costas y resarcir daños

25
Q

El embargo

A

Por agente judicial asistido por letrado de la administración de justicia con decreto

Letrado dicta garantías y notifica. No puede embargar fuera de comercio, mínimo vital o que genere renta

Bien elegido por pacto. Si no, por facilidad de liquidación, menor menoscabo y que no supere valor de deuda

26
Q

El embargo: procedimiento

A

Deudor señala bienes. Si no, letrado de oficio señala bienes y cargas, o si no, se dirijo a entes públicos o personas para precisar relaciones

Se garantiza dándolo a cuenta del juzgado. Si es pensiones, se transfiere a ejecutante o cuenta de consignaciones o por orden de retención

En muebles, se describe en acta y las personas involucradas. En inmuebles, mandamiento de anotación preventiva en registro justificando periculum in mora y fumus boni iuris

27
Q

Garantías del embargo

A

Notación preventiva: bienes inmuebles. Mandamiento de anotacuon en registro

Depósito judicial: bienes muebles y derechos. Letrado decide según naturaleza o se designa depositario (conserva diligentemente) que entregará y podrá pedir reembolso y/o resarcimiento salvo que sea una de las partes

Administración judicial: grupo de empresas. Se cita socios, partes admins… para decidir administrador judicial. Si no hay acuerdo decide letrado por decreto. Si se líquida la mayor parte, 2 interventores (1 para mayoritarios y otro para minorías). Se registra en civil y mercantil

28
Q

La subasta: preparación

A

Avalúo (valoración de bien) y cómo puede liquidarse

Pujador debe depositar 5% de precio. Ejecutante puede pujar sin depósito. Ejecutado puede liberar bienes pagando deuda más intereses y costas

29
Q

La subasta: proceso

A

Se convoca por letrado y se anuncia en BOE

Se vende lotes que cubran gastos de subasta 24 h tras anuncio durante 20 días (prórroga de 1 hora en puja de último minuto)

Pujadores deben decir si se reservan la postura

Puede suspenderse si lerado descubre que ejecutado está en concurso (+15 días, devolución de fianzas)

30
Q

La subasta: desenlace

A

Si puja final cubre 70%, adjudicado (40 días para depositar diferencia entre 5% y ofrecido)

Si no cubre 70%, ejecutado ofrece tercero que cubra

Si no, ejecutante puede tomar en 5 días (si es VH puede pedir 70% o lo que deba por concepto y supere 60% de tasación)

Si no, mejor postor provisional. Si no cubre 50%, letrado adjudica según circunstancias, y si deniega, subasta desierta

31
Q

La administración forzosa

A

Uso de rendimientos para pagar crédito (no cuenta como embargo)

Ejecutante puede pedir parte o todo bien embargado y es el único que puede iniciar el proceso

32
Q

Las tercerias

A

De dominio: propietario de un bien embargado en una ejecución de la que no es parte. Declaración de propiedad que alza embargo y no recupera bien. Debe probarse. Demanda ante letrado por sentencia sobre ejecución del embargo en juicio verbal. Se resuelve por auto sin fuerza de cosa juzgada una vez. No puede acumular acciones

De mejor derecho: crédito preferente vencido, líquido y exigible de cobro. Debe probarse. Mantiene embargo

33
Q

Ejecución hipotecaria: aspectos generales

A

Sobre bienes garantizados con hipoteca. Juzgado de 1ra instancia del lugar de finca en inmuebles y en lugar de escritura en muebles (pública y registro de la propiedad)

Ante hipotecando no deudor diferente a tercero poseedor. Debe aportarse documento que acredita saltos e intereses variables y certificación registral electrónico de apoderamiento judicial

34
Q

Ejecucion hipotecaria: requisitos

A

Intereses no pueden superar 30% de deuda base

Debe constar precio de tasación claro y fijo y domicilio de deudor para notificar (puede modificarlo deudor, hipotecante no deudor y 3er adquiriente. Acreedor nunca unilateralmente, pero se necesita su consentimiento en mobiliario y en inmobiliario si sale de terreno de dominio de juzgado

35
Q

Ejecucion hipotecaria: requisitos en VH

A

Debe indicarse que lo es, mirar su acreedor es gran tenedor de viviendas (si lo es, aporta notificación) y si el deudor es vulnerable (acreditación de vigencia menor a 3 meses von consentimiento de deudor hipotecario) Si concurre todo, no se admite a menos que se acredite conciliación o mediación

36
Q

Ejecucion hipotecaria: auto de despacho

A

Se pide a deudor hipotecante o 3ro no deudor y certificación de derechos y de cargas del bien del registrador

Sin requerimiento, nulo. Puede ser extrajudicial (10 días antes de demanda ante notario) o judicial (Auto ante juez, o si no edicto, si no se hace extrajudicial). Si se desatiende, ejecución hasta pago, si se atiende, ejecucion sin efecto en extrajudicial, y auto que finaliza y da costas a ejecutado en judicial

Si se forman cargas o derechos después, puede subrogar hasta límite de hipoteca. Si hipoteca no existe, letrado dicta sobreseimiento recurrible con decisión en 5 dias

37
Q

Ejecucion hipotecaria: finalizacion

A

Tras 10 días de requerimiento de pago o ejecución, puede pedir transferencia de administración si no es pagado en 2 años.

Tras 20 días, subasta por ejecutante con preaviso de 20 días

38
Q

Ejecucion hipotecaria: extinción

A

Por extinción de garantía (certificación del registro de la propiedad expresiva de la cancelación

Error en cantidad exigible (ejemplar de libreta con asientos del demandado. Salvo de demandado/ante son distintos)

Cláusulas abusivas (nulas. Si rigen el contrato, sobreseimiento. Si son omitibles, se omiten. Audiencia durante 15 días, después, auto de improcedencia o despacho. Puede apelarse improcedencia)

39
Q

Títulos de obligacion de dar: cosa in/determinada

A

Determinado: si tiene ejecutado letrado usa premios e interrogación (Silencio es desobediencia). Si no sabe dónde está ejecutante puede pedir a juzgado que pida sustitución con justa compensación pecuniaria según el valor del inmueble y los perjuicios sufridos(si ejecutado se opone, juicio verbal con perito)

Indeterminada: letrado da posesión o embarga bienes del ejecutado

40
Q

Títulos de obligacion de dar: inmueble

A

Si es vivienda habitual, un mes para desalojar, un mes de prórroga si es necesario. Si lo ocupan terceros sin título letrado modifica despacho para que pesenten títulos en diez días, y el ejecutante pueda pedir lanzamiento de quienes crea que son de hecho. Si se acepta auto expone día y hora de lanzamiento. Si hay bienes muebles que no pertenecen al título, ejecutado debe retirarlos (si no lo hace, se presume abandono. Si es algo no separable, puede pedir abono en cinco días)

41
Q

Títulos de obligación de hacer

A

Persoalisimo: plazo para cumplir o elegir motivo de negación. Ejecutante puede pedir equivale pecuniaria con multa de 50% de valor de prestación (si no hay valor de mercado) o apremio con multa por mes tras fecha límite

No personalisimo: puede encargarse 3ro o reclamar DyP