Derecho Competencia Flashcards
La rivalidad
Promover calidad constante como proceso buscando dinero y cuota
No garantizado (carteles y oligopolios)
Poder de mercado
Impedir libertad (forzar precios a consumidores y modelos a empresas)
Libertad de empresa
Fundamental
Restricciones justificadas
Los poderes públicos pueden tomar monopolio o actuar en competencia según interés nacional
Modelos de competencia
Perfecta: muchos competidores sin control total, prestaciones homogéneas, único precio transparente y libre
Imperfecta: pocos competidores, prestaciones no homogéneas, varios precios, puede haber barreras y ocultación, se busca juego estratégico
Juicio de proporcionalidad
Cuando hay bienes afectados protegidos en conflicto con libertad de prestación
Conductas prohibidas
Colusiones: acuerdos para falsear competencia
Abuso de posición de dominio: explotación abusiva
Se corrije con norma estatal si sólo se localiza en un estado, y con Europea si afecta a varios países
Aplicación conjunta de leyes
Aplicación paralela (nacional puede ser más, pero no menos que europea y no puede contradecir a la Comisión)
Puede acumularse sanciones de leyes según criterio de equidad
Se aplica ley nacional si entorpece a europea
Aplicación paralela: sanciones
Puede sancionarse dos veces si no hay identidad de hechos, no hay identidad única de infractor ni de bien jurídico protegido
Autoridades de aplicación legal
Aplicación descentralizada (cooperación y cambio de información entre Comisión y AANN)
Comisión tiene primacía (excluye AANN y puede reclamarlo tras previa consulta) y AANN prioridad temporal entre ellas (suspensión o desestimar a quienes conocen después)
Autoridades de aplicación legal: la Comisión
Rige por el TJUE, y compartirá medios de prueba respetando su finalidad y leyes, imponiendo sanciones cuando la autoridad lo permite o se respeta el estándar de protección (nunca privaciones de libertad)
Autoridades de aplicación legal: España
La AN y TS anulan total o parcialmente los actos recurridos o dispondrá cese o modificación si son contrarios a derecho
Aplica derecho de competencia entre particulares con jurisdicción civil al salvaguardar intereses y derechos en juzgados de los mercantil
Autoridades de aplicación legal: CCAA España
Legislación exclusiva estado, CCAA competencia de aplicación si afecta sólo a su CCAA
Se coordina con Consejo de defensa de la competencia y las CCAA deben notificar sus incidencias en 15 días
Autoridad de aplicación legal: competencia en negocios
Comision: +5.000 M (2 más de 250 M)
AANN: 240 M (2 más de 60 M)
La colusion
Cooperación entre sujetos que eliminan la rivalidad. Basta mero intento de acuerdo.
Las prácticas conscientemente paralelas son colusión en España pero no en UE (los criterios de sanción son iguales)
Nulidad de acuerdos y administraciones ilícitas. Puede imponerse responsabilidad por el daño causado.
Se permite por razones de eficiencia objetiva
Las colusiones: formas
Horizontal/verticales con cualquier forma
La comisión debe probar la voluntad
Las administraciones públicas que salvaguardando a particulares pueden ser sancionados con multas por facilitar colusiones y resarcir DyP
La colusion: probación y límites
Debe probarse, expresamente o con indicios, y puede oponerse presentando alternativas
No se sanciona alteraciones insignificantes (15% de cuota de competidores, 10% en no competidores. Si hay acumulativos, se reduce 5% en insignificancia, pero nunca si <30% delnmercado tiene redes paralelas)
La colusion: proceso en exenciones
No se ponderan ni notifican (cumplir ley). Se autoevalua y hay control a posteriori
Debe mejor la producción general dar beneficio equitativo a usuarios, ser indispensable y no eliminar competencia
Si beneficia todo el contrato, no puede superar 30% de cuota
Los acuerdos verticales
Contratos colusorios o no (si limita libertad de actuación o es anticompetitivo)
Cláusulas negras; contrato no se beneficia de exención
Se permite distribución selectiva y exclusivi por lujo, eficiencia, necesidad o propiedad intelectual
Los acuerdos verticales: vehículos a motor
Más estricto por mercado de postventa
Se prohíbe restricciones a piezas en selectivo a talleres independientes y macer marca de ellos
Abuso de posición de dominio
Actuar ignorando presión competitiva afectado al comercio de modo unilateral
Se considera relevancia de mercado (capacidad de sustitución)
Abuso de posición de dominio: tipos
Explusion: trabas a competencia residual (precios predatorios, bundles, descuento selectivo, negativo injustificada a contratar)
Essencial facilities: aprovechar falta de sustituto
Explotación: precio excesivo, limitar producción, condiciones no equitativas
Actos desleales de falseamiento
Solo nacional
Desleal ilícito que afecta competencia e interés público
El proceso sancionador
Multas punitivas o coercitivas y medidas cautelares contra periculum in mora y fumus boni iuris
De oficio o por demanda. Puede ayudar autoridad nacional por mandato
Se extiende a matriz por control efectivo de filiales
5 años de prescripción desde comisión individual o cese en continuas
El proceso sancionador: proceso
En Europa, Consejo de la Comisión. En nacional, Consejo de la CNMC
Se investiga, se forma pliego de cargos y vista ante Consejo Auditor, en la que puede alegarse explicación licita para los actos. Comisión hace proyecto de decisión final y Comité Consultivo lo revisa y resuelve Colegio de Comisarios
Decisión tiene infracción, orden de cese, multa, imposición de remedios o comportamientos (idóneo menos gravoso y proporcional)
El proceso sancionador: multas
Se calcula con ventas afectadas del último año afectado completo
Base hasta 30% de ventas afectas x número de años de conducta (+coeficiente de disuasión) + agravantes/atenuantes. Máx 10% de volumen de negocios (en nacional, 1% en leves, 5% en graves y 10% en muy graves)
El proceso sancionador: cláusula de clemencia
Exención por ayudas probatorios relevantes.
Reducción por aportaciones probatorios relevantes adicionales (2°; 50-30, 3°; 30-20, sig.; hasta 20)
El proceso sancionador: especialidades nacionales
Se puede sancionar matriz si las filiales solo son pantalla y hasta 60% a quienes participan en acuerdo
Prescribe acción desee acto o cese. 4 años en muy graves, 2 en graves, y 1 en leves
Proceso sancionador: compromisos y acuerdos
Compromisos: neutralizar consecuencias negativas de una posible infracción en casos complicados
Acuerdos: solución negociada voluntaria que acepta culpa y multa sin investigación en casos sencillos
Resarcimiento de daños
Por daños emergente, lucro cesante e intereses
Debe demostrarse daño efectivo, causalidad y culpabilidad (se presume en carteles)
5 años de prescripción desde cese y conocimiento posible para víctima
Tribunales españoles no pueden revisar decisiones firmes
Resarcimiento de daños: responsabilidades
Solidaria en carteles (puede hacer repetición) Si reduce por clemencia, primero afectados directo, y demás perjudicados subsidiariamente
No se indemniza sobrecoste cuando se podía repercutir (passing-on) pero si si lo impone no miembro del cartel
Control de concentraciones
Es todo acto que da un cambio considerable de control (adquisición, fusión, filial común, compra de deudas… En marcas, solo si transfiere actividad generadora de negocio)
Control ex ante ante posible abuso de posición de dominio
Control de concentraciones: UE
Si +5000M con al menos +250M (salvo que haga +⅔ de actividad en 1 EM)
Si no, +2500M con al menos 2 de +100M en al menos 3 EM con +100M con 2 empresas de al menos 25M (salvo que “”)
Remite a nacional si hay amenaza significativa para ese estado o la afecta a su mercado definido
Control de concentraciones: nacional
Si hay incremente de 30% de cuota en mercado relevante o volumen +240M con al menos 2 de +60M
Debe notificar UE salvo volumen de -10M y cuota -50M
Control de concentraciones: proceso
Tras notificación, se examina conducta, y si hay dudas por parte del órgano, se hace proceso de incubación, y por último, hay resolución.
Examen analiza si obstaculiza competencia o refuerza dominio (en nacional, además, si obstaculiza competencia, usando márgenes de política industrial e interés público general)
Control de concentraciones: multas
1-10% de volumen si no notifica, colabora, cumple condiciones o ejecuta contra decisión
Las ayudas estatales
Prohibido cuando amenace o falsee competencia, afecta a intercambios comerciales o favorece a ciertas empresas
Comisión hace control de compatibilidad, pero si no, no favorecidos pueden ir a juez nacional para que haga control de legalidad
Las ayudas estatales: permitidas
Con carácter social a consumidores sin discriminación, para reparar desastres.
Si se justifica: para desarrollar zonas con bajo nivel de vida o alto desempleo, para proyecto de interés común europeo o remediar gran perturbación económica, facilitar desarrollo de actividades que no alteran intercambios en contra del interés común, promover cultura o conservar patrimonio, todo lo que acepte el Consejo
Las ayudad estatales: proceso
Tras notificación previa y suspensión de medidas, se examina (procedimient de investigación formal si hay dudas), y luego la resolución dice si se acepta o no (puede haber condiciones).
Si no se notifica, se obliga a que se recupere lo hecho
La competencia desleal: engaño
Información, falsa o veraz, que induzca a error, que afecte comportamiento económico u ocultación de información relevante en el contexto fáctico
La competencia desleal: confusión
Presentación similar a otra, lo que hace parecer que son lo mismo.
Se considera consumidor medio
La competencia desleal: prácticas agresivas
Limitar decisión decisión consumidor con presion (acoso, fuerza…) o influencia (posición de poder)
La competencia desleal: comparación
Lícito con productos iguales que da mayor información al consumidor de forma objetiva y veraz sin ánimo de denigrar, confundir o usar reputación ajena
Competencia desleal: discriminación
Trato diferenciado e injustificado a los consumidores
Competencia desleal: denigracion
Atacaron honor o crédito de competidor.
Se permite si es verdad, pertinente y proporcional.
No importa daño efectivo o dolo
Competencia desleal: imitación
Lícito salvo riesgo de confusión, contra derechos de exclusiva, y parasitarismo
Competencia desleal: venta a pérdida
Si crea confusión del nivel de precios o desacreditar producto