Prescripción Médica Flashcards
Prescripción médica: farmacoterapia racional
Orientación diagnóstica. Considerar problemas del paciente. Medidas no farmacológicas. Correcta selección de agentes. Regimen de dosificación. Instrucciones. Seguimiento.
Ley de garantías y uso racional del medicamento
RDL 1/2015 de 24 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Ley de garantís y uso racional del medicamentos:
normativa de la UE
Directiva 2004/27/CE:
Reglamento CE 726/2004 (autorización y control de los medicamentos de uso humano y veterinario, creación AEM).
Medicamento de uso humano: definición
sustancia o combinación con propiedades para el tto o prevención de enfermedades en humanos, con acción farmacológica, inmunológica o metabólica o de establecer un diagnóstico médico.
Medicamento de uso veterinario: definición
Sustancia o combinación con propiedades para el tto o prevención de enfermedades en animales o con acción farmacológica, inmunológica o metabólica o de establecer un diagnóstico médico.
Se consideran las premezclas para piensos medicamentosos.
Excipiente: definición
componente del medicamento distinto al principio activo y material de acondicionamiento.
Materia prima: definición, medicamento
sustancia activa o no, destinada a la fabricación de un medicamento.
Forma gaélica o farmacéutica: definición
Combinación de la forma de presentación y de administración del medicamento.
Medicamento genérico: definición
misma composición cualitativa y cuantitativa en principios activos, misma forma farmacéutica y bioequivalencia.
Producto intermedio: definición
Destinado a una transformación industrial posterior
Fórmula magistral: definición
Medicamento preparado por el farmacéutico para cumplimentar una prescripción facultativa.
Destinado a un paciente concreto.
Preparado oficinal: definición
Medicamento preparado por el farmacéutico, dispensado en oficina de farmacia, descrito en el formulario Nacional. Destinado a enfermos que abastece la farmacia.
Medicamento en investigación: definición
Forma farmacéutica de un principio activo o placebo que se investiga o utiliza como referencia en un ensayo clínico.
Producto Sanitario: definición
- instrumento, dispositivo, equipo, programa, material cualquier otro artículo
- Diagnóstico, control, tratamiento, investigación, sustitución, modificación anatómica, regulación de la concepción.
- Su función principal no se ejerce por medios farmacológicos.
Producto de cuidado personal: definición
sustancias o mezclas no medicamentosas.
Aplicación piel, mucosas, dientes.
Higiene, estética o eliminación de ectoparásitos
Producto cosmético: definición
Sustancia o mezcla
Destinado al contacto piel, mucosa o dientes
Objetivo exclusivo: limpieza, perfumar, modificar aspecto, corregir olores, proteger.
Medicamentos falsificados: definición
Se ha falseado: Identidad Composición Origen, Historial de distribución.
Medicamentos legalmente reconocidos
Medicamentos vet/hum elaborados industrialmente.
Preparados oficiales.
Medicamentos especiales previstos x ley.
Sustancias o combinaciones autorizadas ensayos o investigación animal.
Medicamentos sujetos a prescripción médica
- Riesgo si no control médico.
- Uso en condiciones anormales.
- Contienen sustancias con actividad o reacciones adversas que precien más estudios.
- Uso parenteral.
Categorías de Medicamentos sujetos a prescripción médica
M. de dispensación bajo prescripción médica renovable o no renovable.
M. sujetos a prescripción médica especial.
Dispensación bajo prescripción médica especial.
Medicamentos no sujetos a prescripción médica
Procesos que no requieren diagnóstico preciso.
Datos de toxicología, clínica, uso y vía administración no exigen prescripción médica.
Proespectos: indicaciones prevenir uso indebido.
Requisitos fórmulas magistrales
- Directrices formulario nacional.
- Elaborados en oficina de Farmacia o Servicio de Farmacia.
- Normas de elaboración y control de calidad.
- Animales: prescripción veterinaria, uno o pocos animales.
- Identificación, conservación, uso.
Requisitos de los preparados oficinales
- Enumerados y descritos en el Formulario Nacional.
- Elaborados y garantizados por un farmacéutico.
- Presentación/dispensación x principio activo, denominación común o del F. Nacional.
- Idem destinados a animales.
Formulario Nacional
- Fórmulas magistrales y p. oficiales reconocidos como medicamentos.
- Acceso: O. de farmacia o Serv farmacéutico.
- Prohibida publicidad de f. magistrales o p. oficiales.
Receta médica y prescripción hospitalaria:
- Quién puede realizarla.
- Dispensación.
- Validez
- Médico, odontológico, podólogo.
- Enfermeros y fisioterapeutas: facultados, regulado.
- Dispensación: farmacéutico.
- Validez: todo el territorio nacional si el contenido es adecuado.
Legislación receta médica
RD 1718/2010 de 17 de diciembre sobre la receta médica y órdenes de dispensación.
Receta médica: definición
Documento sanitario normalizado y obligatorio
Prescripción med y PS sujetos a prescripción.
Dispensación oficina de farmacia y otros establ. autorizados.
Orden de dispensación hospitalaria: definición
Documento sanitario normalizado y obligatorio
Prescripción medicamentos especial vigilancia
Farmacia hospitalaria para pac. ambulatorios
Orden de dispensación
Ley 29/2006 de 26 de julio de garantías y uso racional de los m y PS
Documento normalizado y obligatorio
Profesionales enfermeros facultados.
Ámbitos de sus competencias.
Indican o autorizan dispensación de M y PS.
Validez recetas
Papel: 10 días (vacunas: 90 días).
Electrónicas: plan terapéutico (plazo inferior 1 año).
Receta médica privada
Papel o electrónica.
Identificación.
Dispensación cualquier farmacia nacional.
Custodia y protección de datos (prescripción, dispensación de fármacos y productos sanitarios)
- Prescriptor: responsabilidad de conservación y custodia de impresos y talonarios.
- Mutualidades de funcionarios: los beneficiarios son reponsables de custodiar y conservar las recetas.
- Pérdida o sustracción: denuncia policial, notificación a la entidad u organismo.
Custodi y protección de datos: oficinas de farmacia
Receta papel: conservación 3 meses.
Estupefacientes: trámite distinto.
Electrónicas: acceso y dispensación. Conservar la información lo mínimo imprescindible para facturación.
Electrónica privada: conservación 3 meses.
Posteriormente DESTRUCCIÓN DE TODA LA INFORMACIÓN.