POSESIÓN Y PRESCRIPCIÓN Flashcards
Las relaciones entre sujetos de derecho y bienes es normativa, por lo tanto no se puede…
Termina la oración,
Observar empíricamente
Entre tenencia y posesión –> aludiendo al título
Entre posesión y dominio –> examinando las MDAED
¿Qué cuestiones surgen de la definición de posesión?
def y respuesta
La tenencia de una cosa determinada con ánimo de sr o dueño. sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.
- posesión es corporal? R: se puede poseer el título en que consta la calidad de acreedor.
- Se requiere ánimo de sr y dueño (estandar obj)
- dueño o el que se da por tal (distinción entre Ius possessionis y Ius Possidendi)
- “en su lugar y nombre de él” –> admite representación
FUNCIONES DE LA POSESIÓN
- Hace *presumir *el dominio
- Permite acceder al dominio
- Opera como título de dominio respecto de los frutos de la cosa poseída para el poseedor de buena fe
El objeto de la posesión
Qué es, corporalidad o no, personales o reales
Determinada = singularizada o con identidad establecida (pde ser universal)
715 –> posesión de cosas incorporales.
- Personales no (porque no se ejercen continuamente)
- se puede poseer el título en que consta el crédito
- 715 + 766 nº4 + 882 = EL 715 se refiere sólo a los derechos reales
Tipos de posesión
Justo título:
* Define título
* Qué es lo justo del título (cómo responde el código)
Título = antecedente que justifica una situación jurídica
El código responde así
1. dice tipos de título: tralsaticios, constitutivos, declarativos
2. Enumera los injustos
En el contexto de responder qué es el justo título:
* Define los tipos de título
* Por qué se dicen MDAED como títulos posesorios?
* Por qué se dice prescripción como título posesorio?
- traslaticios los que *sirven *para transferir el dominio
- constitutivos de dominio la ocupación, la accesión y la prescripción.
- Son meramente declarativos los títulos que se limitan a declarar un derecho preexistente.
- Se dicen MDAED como títulos posesorios porque la ocupación y la accesión cumplen esos dos roles
Ocupación –> posesorio si se ocupa cosa que tiene dueño
se dice prescripción como título posesorio porque se refiere al Ius Possidendi
En el contexto de responder qué es el justo título:
* Problema de los títulos meramente declarativos
* 704 nº3: es necesario declarar la nulidad para que el título sea injusto?
Al definir los traslaticios declara que incluyen a los actos de partición pero en 1344 declara que son declarativos
Conclusión: Si el bien se adjudica a un heredero –> declarativo. Si se* liquida*, es traslaticios
Tenor literal: no. pero cabe la discusión si debe acompañarse con la acción de nulidad
¿Cómo responder a la pregunta de “cómo se adquiere, conserva y pierde la posesión”?
1. distinguir los “dos” estatutos.
muebles:
* Adq –> corpus + animus
* Conserva –> animus
inmuebles
* adq –> inscripción
* conserva –> inscripción
* Pierde–> cancelación 728
2. Relativizar que existan 2 estatutos claramente diferenciables por las sgtes reglas
* 726, que se ve complicado con el 729 y 730
* es decir, hay un estatuto para inmuebles inscritos y otro para los no inscritos
3. Hablar de la pequeña propiedad raíz, propiedad agrícola y de propiedad indígena
conclusión: no se logró la identificación entre inscripción y propiedad que Bello pretendió
Aplica la distinción entre posesión regular e irregular en inmuebles
Teoría 1: no, porque es un requisito inscribir el título, por lo que nunca puede ser irregular
Teoría 2: 726,729 y 730 pueden llevar a poseer inmueble inscrito por el adquirente del tenedor si hay una competente inscripción
¿Qué es competente inscripción? la formalmente correcta, por que si es otra cosa, se elude el problema. Esto encuentra apoyo en el 2.505
Entonces, posesión posesión irregular se configura por 708 + 702. y 724 debe leerse como “posesión regular”