Personas que deben consentir la adopción en presencia del tribunal Flashcards
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
El adoptante o los adoptantes
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
Los padres que tengan la patria potestad deben consentir la adopción de sus hijos, así como el progenitor que por razón de un decreto de divorcio no posea la patria potestad sobre un hijo menor de edad.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
Deberá consentir la adopción el progenitor que a la fecha de la presentación hubiere reconocido como hijo suyo al menor a ser adoptado.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
El adoptado mayor de 10 años debe consentir a su adopción.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
El Secretario del Departamento de la Familia, cuando esté bajo su custodia y cuidado un menor de edad a ser adoptado no emancipado y cuyo progenitor o progenitores hayan sido privados de la patria potestad.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
El tutor especial o defensor judicial designado a los fines de consentir a la adopción.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
Los padres menores de edad, pero mayores de 18 años cuando a la fecha de la presentación de la petición de adopción están casados entre sí.
Deben consentir la adopción en presencia del tribunal:
Los abuelos biológicos cuando los padres biológicos sean menores de edad no emancipados.