Alimentar a los hijos Flashcards
Obligación de Alimentar a Hijos
Ambos progenitores vienen obligados a alimentar a sus hijos menores de edad, no emancipados.
De dónde surge el deber de proveer alimentos a los hijos menores de edad?
El deber de proveer alimentos a los hijos menores de edad surge de la relación paterno-filial.
Cuándo se origina el deber de proveer alimentos a los hijos menores de edad?
El deber se origina en el momento en que la paternidad o maternidad quedan legalmente establecidas.
SLG y Alimentos Menor
El sostenimiento de la familia y la educación de los hijos comunes -Y DE CUALQUIERA DE LOS CÓNYUGES- será de la Sociedad de Gananciales.
De qué manera corresponde la responsabilidad de alimentos de menores?
La responsabilidad de alimentos de los menores corresponde, de manera principalísima, al padre o madre.
Si se divorcian y uno de los progenitores se casa de nuevo bajo SLG
En caso de divorcio, y subsiguiente matrimonio de alguno de los padres, adoptando un régimen de gananciales, la responsabilidad por los alimentos de los menores corresponde a la nueva Sociedad Legal de Gananciales constituida entre el padre o la madre y el nuevo cónyuge.
Si se divorcian y uno de los progenitores se casa de nuevo con capitulaciones
Si se casan con capitulaciones matrimoniales y pactan el: régimen económico de Separación Total de Bienes, el tribunal está impedido de considerar los ingresos del esposo o esposa del progenitor alimentante, puesto que el matrimonio se contrajo bajo una condición que elimina con ello la existencia de una SLG.
Proporción de cuantía de alimentos
La cuantía de alimentos será proporcional a los recursos del que los brinda (alimentante) y a las necesidades del que los recibe (alimentista).
Determinación de cuantía de los alimentos
Al emitir una determinación de cuantía de los alimentos, el juzgador deberá salvaguardar el interés público dirigido a proteger el interés óptimo del menor.
Consideraciones Tribunal
Al balancear la protección del interés óptimo del menos y la proporcionalidad de recursos del alimentante y necesidad del alimentista, el tribunal debe considerar el total de menores alimentistas a los cuales proveer alimentos.
Cuando extingue obligación
La obligación que tienen los padres con patria potestad de alimentar a sus hijos menores de edad se extingue con la emancipación del menor.