Nulidad Flashcards
que es la nulidad
es cuando el negocio juridico no satisface los requisitos de validez, entonces no cuenta con el auxilio de la coacción estatal para hacer valer el contrato.
otras formas de ineficacia del contrato
a) simulación → art 1707
b) resolución → art 1552 y 1489
c) inoponibilidad →
d) resciliación → art 1567 inc1
¿cuando es nulo un acto?
cuando faltan algunos requisitos de validez que la ley exige eb atención a su naturaleza (nulidad absoluta) o en atención a la calidad de las partes que en el intervienen (nulidad relativa).
causales de nulidad absoluta (requisitos en atencion a la naturaleza del acto)
causales indudables:
a) objeto ilicito
b) causa ilicita
c) incapacidad absoluta
causales no indudables porque se disputa la inexistencia o la nulidad:
a) ausencia de solemnidades
b) error esencial (disputa inexistencia, nulidad o rescición)
c) fuerza física
d) falta de objeto y causa
causales de nulidad relativa (requisitos en atención a la calidad de las personas que comparecen al acto)
a) error sustancial
b) error accidental cuando se eleva a categoria de sustancial
c) error en la persona
d) fuerza moral
e) dolo
f) incapacidad relativa
diferencias nulidad e inexistencia
la accion para perseguir la nulidad prescribe en 10 años, la inexistencia no prescribe. conceptual y teoricamente no se hace una distinción ya que desde el punto de vista juridico decir que una regla es real es decir que existe.
la distincion es pragmatica.
diferencias nulidad e inexistencia
la accion para perseguir la nulidad prescribe en 10 años, la inexistencia no prescribe. conceptual y teoricamente no se hace una distinción ya que desde el punto de vista juridico decir que una regla es real es decir que existe.
la distincion es pragmatica.
diferencias nulidad absoluta y relativa
a) titulares de la acción para solicitarla → la absoluta puede ser solicitada por cualquier persona que tenfa interés en que ella se declare, el juez tiene el deber de declararla si es que aparece de manifiesto. la relativa la solicita aquel en cuyo beneficio se estableció, su heredero o cesionarios. el juez no puede demandarla. ademas pueden demandarla quienes fueron victimas de algun vicio del consentimiento.
b) lapso de prescripcion → absoluta 10 años, relativa 4 años
c) causales que la producen
d) relativa puede ser convalidada por las partes (ratificación), la absoluta no.
LOS EFECTOS DE LAS DOS SON LOS MISMOS
momento en que se produce efectos la nulidad
Solo produce sus efectos una vez que ha sido judicialmente declarada, necesita la existencia de una sentencia firme o ejecutoriada.
SE DISTINGUEN LOS EFECTOS QUE PRODUCE ENTRE LAS PARTES O ENTRE TERCEROS
contratante diligente
cumplio su parte o esta por cumplirla. le corresponde la accion resolutoria en un contrato bilateral
La mora purga la mora
art 1552, es el retraso culpable en el cumplimiento de la obligacion. indemniza perjuicios.
¿cuando se solicita la nulidad de oficio?
a) cuando surge de manera patente en la lectura de la escritura del acto, sin que requiera ningún analisis indagatorio
b) cuando el instrumento en el que aparece está acompañado en un proceso jurisdiccional que se lleve ante el juez que declara la nulidad.
en el caso de que el juez no declare la nulidad de oficio puede proceder un recurso de queja.
¿Qué es la ratificación?
la nulidad relativa puede ser saneada por las partes, es la ejecución voluntaria de la obligación contraída (confirmación). Se confirma un acto incialmente nulo.
Efectos nulidad respecto a las partes
se distingue si es que se cumplió o no el contrato.
SI NO SE CUMPLIÓ EL CONTRATO:
→ no podrá pedirse su ejecución
→ las obligaciones desaparecen art 1567 n8
SI ES QUE SE CUMPLIÓ EL CONTRATO: Art 1687
→ las partes tienen derecho a ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato nulo
→ las prestaciones mutuas siguen las reglas de la acción reivindicatoria
acción reivindicatoria art 889
es la que tiene el dueño que no es poseedor para recuperar la posesión de la cosa.
se plantea el problema de que es lo que el poseedor vencido debe devolver al reivindicante y que es lo que éste debe pagar al poseedor vencido. los art 904 a 915 regulan las prestaciones mutuas.