Clasificación de Contratos Flashcards
contratos unilaterales y bilaterales. art 1439
criterio → numero de partes que resultan obligadas como consecuencia de la celebración del contrato
bilateral → las dos partes resultan obligadas reciprocamente
unilateral → una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna.
bilateral imperfecto → por circunstancias posteriores a su celebración se convierte en bilateral.
(contrato plurilateral → intervención de 3 partes o más en el contrato)
instituciones aplicables a contratos bilaterales
- resolución tácita
- excepción de contrato no cumplido
- teoria de los riesgos
- ciertos requisitos de validez que se configuran de distinta manera en un contrato bilateral que en otro unilateral.
Qué es la resolución tácita
es una ineficacia contractual en virtud del incumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. art 1489. en todo contrato BILATERAL se entiende incluida la condicion resolutoria de no cumplirse por una de las partes lo pactado.
se puede pedir su resolución o su cumplimiento forzado.
condición resolutoria → evento futuro e incierto del que depende la extinción de un derecho. tiene una obligación condicional.
CONDICION RESOLUTORIA TACITA → CONDICION QUE VA INCORPORADA COMO ELEMENTO DE LA NATURALEZA EN TODO CONTRATO BILATERAL.
las opciones frente al incumplimiento son la resolución o el cumplimiento forzado, ayudandose del derecho de prenda. ademas se tiene derecho a indemnización por perjuicio. Si se resuelve el contrato se tiene derecho a que le devuelvan la cosa entregada y las obligaciones se extinguen y se puede pedir indemnización por perjuicio.
contratos de ejecución diferida
la exigibilidad de las obligaciones se posterga o difiere hasta la llegada de un cierto plazo. Luego, el cumplimiento o incumplimiento son hechos futuros inciertos.
contratante diligente
cumplió o esta por cumplir su obligación
derecho de prenda general
art 2465. Quien contrae una obligación compromete como garantía para su cumplimiento todo su patrimonio actual o futuro, de suerte que el acreedor podría aprehender bienes, rematarlos en pública subasta y cobrar dinero.
pacto comisorio simple y calificado
pacto comisorio simple → tiene el mismo efecto que la condicion resolutoria tacita.
pacto comisorio calificado → solo tiene 1 efecto. que el solo incumplimiento va a tener como unica consencuencia y de forma inmediata la resolución del contrato.
excepción de contrato no cumplido
el titular del derecho que elige entre la resolucion o el cumplimiento coactivo del contrato es el acreedor de la obligación INCUMPLIDA.
excepcion → la mora purga la mora. si ni el vendedor entrega la cosa ni el comprador la paga, ninguno podrá reclamar resolución.
mora → atraso culpable en el cumplimiento de una obligación
teoria de la causa
en los contratos bilaterales la causa de la obligación de uno de los contratantes es la obligación reciproca del otro.
teoria de los riesgos
¿quien asume el costo de la perdida ocasionada por el caso fortuito? EL RIESGO ESTA DEL LADO DEL ACREEDOR (comprador). art 1550. no se recupera el precio ni obtengo la cosa.
excepciones →
- el riesgo solo se verifica tratandose de una especie o cuerpo cierto, lo asume el acreedor. art 1550.
- art 1820 el riesgo es de cargo del comprador desde el momento de la celebración del contrato.
contratos gratuitos y onerosos art 1440
el criterio es la utilidad economica que reporta para los contratantes.
gratuito → importa utilidad para una de las partes, mientras que la otra sufre un gravamen.
oneroso → reporta utilidad para ambas partes.
especies de culpa y cuidado
R.G → quien actua con culpa debe indemnizar los perjuicios que de ello resulte (ello es el acto culpable).
art 44→ estandares de culpa
culpa grave → equivale al dolo. no manejar los negocios ajenos con aquel ciudado que aun las personas negligentes y de poca prudencia suelen emplear en sus negocios.
culpa leve → requiere una diligencia media o cuidado ordinario. la diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios.
culpa levisima → requiere suma diligencia o ciudado. aquella diligencia que un hombre de negocios emplea en su administracion.
art 1547 → fija el nivel de ciudado debido.
El deudor no es responsable sino de la culpa lata en los contratos que por su naturaleza sólo son útiles al acreedor; es responsable de la leve en los contratos que se hacen para beneficio recíproco de las partes; y de la levísima, en los contratos en que el deudor es el único que reporta beneficio.
EL ESTANDAR DE COMPORTAMIENTO CORRESPONDE A UN ELEMENTO DE LA NATURALEZA
¿De que depende la indemnización?
art 1558. los grados de responsabilidad son relevantes para determinar el nivel de cuidado del deudor, si falta el nivel de ciudado se debe indemnizar los perjuicios causados, el daño emergente y el lucro cesante. se deben indemnizar los perjuicios.
Acción pauliana art 2468
existen obligaciones entre dos personas, el acreedor tiene en cuenta que el deudor posee patrimonio para responder. desprendiendose el deudor de su patrimonio el acreedor ve disminuidas sus posibilidades de cobrar. asi, el acreedor puede pedir que se dejen sin efecto los actos del deudor que han disminuido su patrimonio.
Si los actos que disminuyeron el patrimonio eran de caracter oneroso se exige para proceder a revocarlos que el deudor y el tercero hayan obrado de mala fe.
si el contrato era gratuito solo se exige para revocarlo que el deudor haya obrado de mala fe.
RESUMEN: Esta acción le pertenece al acreedor y tiene por objeto dejar sin efecto los actos que haya celebrado el deudor y en virtud de los cuales se deteriora su derecho de prenda general (art 2465), este derecho consiste en que toda obligación da derecho al acreedor a perseguir su cumplimiento en todos los bienes del deudor, en todo su patrimonio, exceptuándose solamente los no embargables. permite dejar sin efecto el contrato celebrado por el deudor en perjuicio del acreedor. Esta acción prescribe en 1 año contado desde la fecha de celebración.
contratos conmutativos y aleatorios art 1441
conmutativo → aquel contrato en que las prestaciones de las partes se miran como equivalentes. Es conmutativo cuando al momento de su perfección las partes pueden apreciar con certeza el monto de sus prestaciones reciprocas
aleatorio → una de las prestaciones es una contingencia incierta de ganancia o perdida, una de las partes adquiere el riesgo.
la diferencia entre los dos es la posibilidad de determinar al momento de celebrar el contrato el beneficio economico.