IRPF II: Rendimientos de Trabajo y de Capital Inmobiliario Flashcards
¿Que son los rendimientos de trabajo? (art. 17 LIRPF)
Son todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación y naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relacion laboral o estatutaria y no tengan el caracter de RAE.
¿Que incluyen los rendimiento íntegros de trabajo? (Lista)
a) Los sueldos y salarios.
b) Las prestaciones por desempleo.
c) Las remuneraciones en concepto de gastos de representación.
d) Las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería con los límites que reglamentariamente se establezcan.
e) Las contribuciones o aportaciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones
f) Las contribuciones o aportaciones satisfechas por los empresarios para hacer frente a los compromisos por pensiones
Sistemas de Prevision Social (art. 17.2.a))
Tanto el sistema de SS o de clases pasivas de funcionarios, como los sistemas de previsión voluntaria se someten al régimen de tributación diferida.
¿En que consiste el régimen de tributación diferida?
Consiste en que las cotizaciones o aportaciones al sistema son deducibles de la renta (art. 19.2 y 51 LIRPF) y, consecuentemente, las prestaciones que reciben los beneficiarios se califican como rendimientos de trabajo.
¿Que otras cosas se consideran RT?
- Las pensiones compensatorias percibidas por el cónyuge y las anualidades por alimentos
- Los derechos especiales de contenido económico que se reserven a los fundadores o promotores de una sociedad.
- Las becas
¿Que incluyen los rendimientos íntegros de trabajo? (Concepto)
Incluyen la totalidad de las contraprestaciones o utilidades percibidas en tal concepto.
¿Que son rendimientos irregulares o plurianuales? ¿Por que reciben trato distinto?
Son los rendimientos que se han generado en un periodo superior a 2 años o los que se han percibido de forma esporádica.
Reciben trato distinto porque al acumularse en un año estos rendimientos que, en teoría, coresponden a trabajos realizados en más de dos años, se produce una discriminación que la ley debe corregir.
¿Como se corrigen los rendimientos plurianuales?
Idealmente se debería anualizar la renta extraordinaria. Sin embargo, se pta por someter la renta irregular o plurianual al tipo medio y no al tipo marginal.
Existe un coeficiente (0,7%) que se multiplica a la renta irregular y sirve para corregir la irregularidad.
¿Cuando no se aplica la reduccion a los rendimientos irregulares o plurianuales?
a. Cuando la renta extraordinaria se imputa a más de un periodo impositivo.
b. Cuando el contribuyente ya ha aplicado la reducción a rentas de la misma naturaleza en los 5 años anteriores.
c. A la rentas de cuantía superior a 1.000.000 de euros.
Además, la cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la citada reducción no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales.
¿Que es el rendimiento neto?
Es el resultado de aplicar al rendimiento íntegro (o en su caso reducido) los gastos deducibles previstos por el art. 19 LIRPF.
¿Que gastos deducibles están previstos en el art. 19 LIRPF? (6)
a) Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.
b) Las detracciones por derechos pasivos.
c) Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.
d) Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca.
e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.
f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales.
¿Que reducciones se pueden practicar sobre el rendimiento neto (art. 20)?
Se trata de una reducción de 3.700 euros para rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 11.250 euros, la cual se va a reduciendo progresivamente para rentas superiores hasta llegar a cero en el nivel de los 14.450 euros de renta.
¿Que exenciones hay para rentas en especie?
- Las entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en cantinas o comedores de empresa o economatos de caracter social
- La utilizacion de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado
- La entrega a los trabajadores en activo de aciones o participaciones de la propio empresa o de otras empresas del grupo de sociedades en la parte que no exceda, para el conjunto de las entregadas a cada trabajador, de 12.000 euros anuales.
¿Como se valoran los rendimientos en especie? (art. 43)
- Regla general: su valor normal en el mercado
- Cesion de uso de vivienda: un porcentaje (5% o 10%) del valor catastral, sin que pueda exceder del 10% de las restantes contraprestaciones de trabajo.
- Entrega de vehículos automóviles: coste de adquisición para el pagador
- Utilización de vehículos automóviles: 20% del mismo coste de adquisición.
Expatriados (art. 7.1.p))
Gozan de exención de las retribuciones por trabajos que realicen en el extranjero para una empresa o entidad no residente en España, con el límite máximo de 60.100 euros anuales.