Evaluación de diagnóstico Flashcards
Norma que regula la evaluación de diagnóstico
Orden de 29 de diciembre de 2023 por la que se regula el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia.
¿Qué carácter tiene la evaluación de diagnóstico?
Carácter informativo, formativo y orientador para los
centros, para el profesorado, para el alumnado e sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa
¿Cuál es la finalidad de la evaluación de diagnóstico?
Contribuir a determinar el nivel adquirido por el alumnado en las competencias de las distintas áreas de cara a promover que los centros elaboren propuestas de actuación que contribuyan a mejorar el nivel alcanzado por su alumnado en dichas competencias, adopten medidas de mejora de la calidad y de la equidad de la educación y orienten la práctica docente. En consecuencia, tendrá carácter informativo,
formativo e orientador.
¿Tendrá efectos académicos?
No
Ámbitos de aplicación
Se aplicará en todos los centros educativos que impartan enseñanzas correspondientes al cuarto curso de educación primaria
¿Qué alumnado deberá realizarla?
Deberá ser realizada por todo el alumnado del nivel, menos en aquellos casos que establezca el órgano superior
¿Para qué servirá la información obtenida en las pruebas?
Será tenida en cuenta para elaborar propuestas de actuación que contribuyan a mejorar el nivel de consecución alcanzado por su alumnado respecto de los objetivo del área y que permitan adoptar medidas de mejora de la calidad y la equidad de la educación y orienten la práctica docente. Asimismo, será tenida en cuenta junto con los demás datos obtenidos en la evaluación del proceso de enseñanza aprendizaje
para analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones encaminadas al desarrollo del currículo.
¿Quién formará parte de la comisión de coordinación de la evaluación de diagnóstico?
a) Director, que la presidirá.
b) Jefe de estudios
c) Jefa del Departamento de Orientación, de ser o caso.
d) Un titor del nivel que se evalúa, nombrados por la dirección del centro.
¿Qué funciones tendrá la comisión?
a) Informar a la comunidad educativa sobre el sentido y la finalidad de la evaluación
b) Coordinar el proceso de esta evaluación en el centro.
c) Colaborar con la Administración educativa y con los servicios de inspección
¿Cuándo se crea la comisión?
Se constituirá al comienzo de cada curso y su composición se reflejará en la PGA.
¿Quién elaborará las pruebas?
Serán elaboradas por un equipo de trabajo formado por profesionales especializados/as en el conocimiento de las diferentes áreas y de su currículo.
¿Por qué estarán constituidas las pruebas?
Estarán constituidas por ejercicios para cada una de las áreas y cuestionarios de contexto dirigidos al profesorado, a la dirección, al alumnado y a sus familias.
¿Con qué contarán los centros?
Con una plataforma informática
¿Qué es la corrección de contraste?
Se requerirá una
muestra significativa de ejercicios de las pruebas a todos los centros, con el fin de realizar una
corrección de contraste que contribuya al control de calidad
¿Qué obtendrán los centros?
Obtendrán un informe de resultados que incluirá información sobre el nivel adquirido en las distintas competencias, teniendo como referencia el nivel alcanzado por el alumnado de toda la Comunidad Autónoma para ese mismo nivel educativo y competencia.
2. Los centros educativos serán los encargados
de comunicar a las familias el resultado de estas probas.