Efectos del contrato Flashcards
¿Para quiénes surge efectos el contrato?
En base al 1438, 1545 y 1560, pareciera ser que solo para las partes que comparecen con su voluntad a celebrarlo
Sin embargo, también obligan al mandante en el mandato,
al cesionario (el comprador de mi posición en el contrato)
Herederos
¿Qué son las partes?
una parte es una o varias personas naturales o jurídicas que poseen la misma intención/ orientación normativa.
¿Qué es el mandato?¿Cómo se distingue la representación del mandato?
El mandato es un contrato, por regla gral, consensual, por el cual un mandante encarga o confía a un mandatario la ejecución de uno o más negocios, quien lo ejecuta por cuenta y riesgo del mandante
Se distingue de la representación porque el hecho de que en el mandato los negocios se celebren por cuenta y riesgo del mandante, no es lo mismo que decir que se ejecute a nombre del mandante
¿Cómo se relaciona el mandato y la representación?
El mandato puede ser sin o con representación
Sin representación → mandatario hace un negocio pero no a nombre del mandante
Los efectos del negocio se radican en el patrimonio del mandatario, quien luego debe rendir cuentas ante el mandante
Aquel con quien el mandatario celebra el contrato NO SABE que lo celebra con el mandante
Con representación → el mandato se une a la representación. El mandatario actúa a nombre del mandante
Los efectos del negocio se radican en el patrimonio del mandante
Aquel con quien el mandatario celebra el contrato SÍ SABE que lo celebra con el mandante
¿Cómo se distingue entre el efecto relativo y el efecto absoluto o expansivo?
el efecto obligatorio del contrato
Alude al elemento obligacional
El efecto absoluto o expansivo del contrato alude al hecho que el contrato si bien no obliga a los terceros, sí tiene efectos económicos respecto de los terceros y crea situaciones jurídicas y de hecho que los terceros deben respetar
Para evitar posibles perjuicios, los terceros disponen de acción de simulación,
¿Cuáles son excepciones aparentes al efecto relativo?
1.Estipulación por otro
No es una excepcion en el sentido de que el tercero debe consentir
Sí es excepción en el sentido de que de todas maneras el tercero adquiere el derecho de aceptar o no la obligación (no el derecho a cobrar)
2.Promesa del hecho ajeno
No es una excepción en ningún sentido, porque no se adquiere un derecho
3.Infracción del contrato como parte de cadena causal que crea un daño moral
Acá se debe esgrimir el daño, no el contrato directamente
¿Cuáles son excepciones claras al efecto relativo?
- En el caso de un accidente de tránsito, un tercero puede demandar a la aseguradora fundandose en el contrato de seguro
- En el contrato de construcción, el adquiriente de una vivienda puede demandar a la empresa constructora fundado en el contrato de construcción 19.472
3.Hipótesis del grupos de contrato: los contratos suelen estar coligados entre sí. Subcontratos, contratos de suministro, sociedades que crean sociedades. Si hay un contrato concatenado con otros que actúan creando incumplimiento de mi contrato, podría demandar a los otros
(esto no tiene gran aceptación)