DETERMINACION DE PENA Flashcards
1.- Art. 57 C.P:
Las penas divisibles se dividen en grados y cada una de ellas constituye una pena distinta
ART 58
.- Art. 58 CP: Cuando la ley señala una pena compuesta de dos o más distintas, cada una de ellas forma un grado de penalidad, la más leve el mínimo y la más grave, el máximo.
Tiene 3 penas distintas:
Presidio mayor en su grado mínimo (la mas leve)
Presidio mayor en su grado máximo (la mas grave)
ART 59
1° Presidio perpetuo calificado.
2° Presidio o reclusión perpetuos.
3° Presidio o reclusión mayores en sus grados máximos.
4° Presidio o reclusión mayores en sus grados medios.
5° Presidio o reclusión mayores en sus grados mínimos.
6° Presidio o reclusión menores en sus grados máximos.
7° Presidio o reclusión menores en sus grados medios.
8° Presidio o reclusión menores en sus grados mínimos.
9° Prisión en su grado máximo.
10. Prisión en su grado medio.
11. Prisión en su grado mínimo.
en las penas copulativas se comunica?
Cuando la ley asigna a un delito penas copulativas comprendidas en distintas escalas se aplicarán una y otras a todos los responsables, pero cuando una de ellas se impone al autor de crimen o simple delito por circunstancias peculiares a él que no concurren en los demás, no se hará extensivo a éstos.
art. 61 N°3 del C. P.
Cuando la ley designa a un delito penas alternativas comprendidas o no dentro de la misma escala gradual. El tribunal no estará obligado a imponer a todos los responsables la de la misma naturaleza o a utilizar una sola escala gradual.
COMO SE DEBEN HACER LAS REBAJAS
De acuerdo a lo expuesto y según lo que se deduce de los art. 61 N°1 y 2, del C. P, el tribunal deberá buscar la pena aplicable al caso concreto recorriendo la respectiva escala gradual y cuando de acuerdo con la ley deba hacer rebajas de grados sobre penas compuestas debe hacerlo desde el mínimo.
que pasa siluego ed las rebajas no hay pena que imponer?
Cuando en virtud de rebajas no hay pena que imponer en la respectiva escala gradual por falta de grados inferiores se aplicará siempre multa, es la que se considera como la inmediatamente inferior a la última en todas las escalas graduales
FACTORES QUE INFLUYEN EN LA DETERMINACION DE PENA
- pena señalada
- iter criminis
- participacion criminal
- circunstancias modificatorias
- mayor omenor extensión del mal causado
cuando se castigan las faltas?
Solo cuando han sido consumadas
excepción. El art. 494 bis del C.P sanciona el hurto falta en grado de frustrado.
a) Agravantes que no producen el efecto de aumentar la pena. Art. 63.
1.-Agravantes que por sí mismas constituyan un delito
2.-Agravantes que la ley ha expresado al describir y penar el delito
3.-Agravantes que son inherentes al delito, de manera que no puede existir sin la concurrencia de ellas.
) Comunicabilidad de las circunstancias modificatorias. Art. 64.
Las circunstancias modificatorias personales no se comunican jamás a los copartícipes en quienes no concurran y las materiales se comunican sólo respecto de los que tenían conocimiento de ellas antes o en el momento de la acción o de la cooperación del delito.
donde se le priva al juez la facultad de subir o bajar la pena?
Ley de control de armas.
Delitos de hurto y robo.
Ley Emilia.
Art. 69 bis Delitos contra las personas con la agravante del n°22 del art. 12.
: la ley señala una sola pena indivisible
Art. 65
1.- Si concurren circunstancias agravantes en el hecho, el tribunal no debe tomarlas en consideración.
2.- Si concurren dos o más atenuantes y ninguna agravante, el tribunal podrá aplicar la pena inmediatamente inferior en uno o dos grados.
La ley señala una pena compuesta de dos INdivisibles.
art 661.- No concurren atenuantes, ni agravantes, puede el tribunal imponerla en cualquiera de sus grados.
2.-Concurren tanto atenuantes como agravantes, en este caso el tribunal las compensará racionalmente, graduando el valor de unas y otras. .-Concurren solamente atenuantes, distinguir:
3.1.-Si concurre una sola atenuante debe aplicarla en su grado mínimo.
3.2.- Si concurren dos o más atenuantes sin ninguna agravante, puede imponer la pena inferior en uno o dos grados al mínimo de los señalados por la ley. Para ello debe tomar en cuenta el número y entidad de dichas circunstancias.
4.- Concurren solamente agravantes, sea una o varias, el legislador debe imponerla en su grado máximo.
LA PENA SEÑALADA AL DELITO ES UN GRADO DE UNA DIVISIBLE.
1.- No concurren atenuantes ni agravantes, el tribunal puede recorrer la pena en toda su extensión.
2.- Concurren tanto atenuantes como agravantes, se hará su compensación racional, graduando el valor de unas y otras.
3.- Concurren solamente atenuantes, hay que distinguir:
3.1.- concurre una sola atenuante, se debe aplicar en su mínimum .
3.2.- Concurren varias atenuantes, podrá el tribunal imponer la inferior en uno o dos grados, según sea el número y entidad de dichas circunstancias.
4.-Concurren solamente agravantes, hay que distinguir:
4.1.- Concurre una sola agravante, debe imponerse la pena en su máximum.
4.2.- Concurren dos o más agravantes, puede aplicar la pena superior en un grado.
CÓMO SE CALCULA EL MINIMUM Y MAXIMUM
“Para determinar en tales casos el mínimum y el máximum de la pena, se divide por mitad el período de su duración: la más alta de estas partes formará el máximum y la más baja el mínimum.”
la pena asignada al delito consta de dos o mas grados.
ART 68..1.- No concurren atenuantes, ni agravantes. El tribunal al aplicarla puede recorrerla en toda su extensión.
2.-Concurren tanto atenuantes como agravantes.- El tribunal debe compensarlas racionalmente graduando el valor de unas y otras.
3.-Concurren sólo atenuantes, hay que distinguir:
3.1. Concurre una sola atenuante. El tribunal no puede imponer el grado máximo de la pena.
3.2.- Concurren varias atenuantes. El tribunal puede imponer la pena inferior en uno o dos o tres grados al mínimo de los señalados por la ley según el número y entidad de dichas circunstancias.
4.- Concurren solamente agravantes. Hay que distinguir:
4.1.- Concurre una sola agravante. No puede aplicar el grado mínimo de la pena. 4.2.- Concurren dos o más agravantes. Podrá imponer la inmediatamente superior en grado al máximo de los designados por la ley.
QUE SE NECESITA PARA QUE CONCURRA EL 68 BIS?
68 bis, se ha señalado que es requisito básico que no existan agravantes, si ellas existen no recibe aplicación.
ART.68 BIS CP: SITUACION ESPECIAL CUANDO CONCURRE UNA SOLA ATENUANTE MUY CALIFICADA.
cuando sólo concurra una atenuante muy calificada el Tribunal podrá imponer la pena inferior en un grado al mínimo de la señalada al delito”.
B) DISCUSIÓN DOCTRINARIA. CARÁCTER FACULTATIVO O IMPERATIVO DE REBAJAR EN LOS ART. 65 A 68 CP.
es facultativo para el tribunal:
1.Las expresiones utilizadas por el legislador, emplea la palabra “podrá”, lo que denotaría sólo una autorización y no un imperaTIVO
2.Cuando el legislador ha querido contemplar atenuaciones imperativas lo indica expresamente, como sucede en los art. 51 a 54,
efectuar la rebaja es obligatorio, pero la magnitud de ella es facultativo para el tribunal:
1.de lo contrario prácticamente se anularía el efecto atenuatorio que el legislador ha querido otorgar a las circunstancias atenuantes,
- además, se debe preferir la interpretación que conduzca a dar algún efecto útil a la disposición en vez de aquella que la transforma en letra muerta.
) MAYOR O MENOR EXTENSION DEL MAL CAUSADO POR EL DELITO.
se toman en cuenta diversos aspectos, como la magnitud de la lesión o peligro para el bien jurídico, si el resultado del hecho punible es graduable como sucede en algunos delitos como la estafa, hurto etc., la magnitud del hecho punible y los demás efectos perjudiciales que deriven de aquel.