Delitos Contra Derechos Civiles Flashcards
Secuestro
Toda persona que mediante fuerza, violencia, intimidación, fraude o engaño, sustrae, o retiene y oculta, a otra persona privándola de su libertad será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de veinticinco (25) años. Para que se configure el delito de secuestro no es necesario que la sustracción sea por tiempo y distancia sustancial; basta con el movimiento o traslado de un lugar a otro.
Restricción a la libertad
Toda persona que restrinja intencionalmente y sin excusa legítima a otra persona de manera que interfiera sustancialmente con su libertad, incurrirá en delito menos grave.
Servidumbre involuntaria o esclavitud.
Toda persona que ejercite atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos sobre otra persona, mediante servidumbre involuntaria o esclavitud, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años. Cuando la persona que comete el acto fuere el padre o madre, encargado o tutor legal de la víctima menor de edad incapacitada mental o físicamente, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de doce (12) años. Para fines de este Artículo, servidumbre involuntaria incluye: (1) Imponer sobre cualquier persona o grupo de personas una condición de servidumbre o trabajos forzados mediante engaño, fraude, secuestro o restricción de libertad, coacción, uso de la fuerza o amenaza a la víctima o a su familia. (2) Ejercer abuso de poder real o pretendido o aprovecharse de la situación de vulnerabilidad de la víctima, haciendo a la víctima sujeto de una restricción de libertad o de interferencia con sus movimientos o comunicaciones, privación o destrucción de documentos de identidad, maltrato físico o emocional y denegación de derechos laborales. (3) Imponer condiciones onerosas para la terminación de la servidumbre, repago en trabajo por deuda propia o ajena. Se impondrá la pena con agravantes cuando dicha servidumbre tome la forma de prostitución u otras formas de explotación sexual, o la venta de órganos.
Trata humana
Toda persona que mediante la captación, el transporte, el traslado, la acogida o recepción de personas y que recurriendo al uso de la fuerza, amenaza, coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder, u otras situaciones de vulnerabilidad, ofrezca o reciba la concesión o recepción de pagos o beneficios con el fin de obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra para que ésta ejerza la mendicidad, cualquier clase de explotación sexual, pornografía, trabajo o servicio forzado, servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o sus prácticas análogas, la servidumbre o extracción de órganos, aun con el consentimiento de la víctima, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de doce (12) años. Cuando la persona que comete el acto fuere el padre o madre, encargado o tutor legal de la víctima menor de edad será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de veinte (20) años.