CGR: Función De Auditoría Y Jurisdiccional Flashcards

1
Q

Concepto de Auditoría

A

Examen o revisión de hecho, a posteriori de una operación o gestión qué realiza la AE

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2
Q

Tipos de Auditoría

A

I) Legalidad (cumplimiento normativo) -> aplica a trámites exentos de TDR
II) Desempeño
III) Finanzas

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3
Q

Límite a Auditoría

A

Art. 21 a) LOCGR

CGR no podrá analizar mérito o conveniencia de decisiones políticas o administrativas

Esto lo hace cada servicio público en sus org de control internos (fiscalía o contraloría interna)

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4
Q

Sistema de Control Adm

A

1) Control interno jerárquico

-Lo tienen funcionarios con facultades de control y orden de sus subalternos

2) Órganos internos de Control (ej. Contraloría o Fiscalía Internas)

-Están en todo servicio público

-Ven conveniencia, oportunidad o mérito de las decisiones

-Ayudan a tomar decisión a superior jerárquico

3) CGR

-Parcial, muy posterior y no puede ver conveniencia de decisión

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5
Q

Función contable de CGR

A

Contabilidad general de la Nación

  • La realiza División de Análisis Contable

DL N°1263: la lleva a cabo cada servicio público

-CGR: dicta reglas de contabilidad y lleva contabilidad agregada

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6
Q

Función jurisdiccional de CGR

A

Deriva de examen (revisión de operaciones de funcionario público que tiene a su cargo recursos públicos) y juzgamiento de cuentas

Se materializa en reparo

Se lleva a cabo juicio de cuentas

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7
Q

Rendición de cuentas

A

Examinado hay 3 opciones:

1) es aprobada, se extiende finiquito

2) observada, debiendo subsanarse

3) objetada, haciéndose reparo

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8
Q

Examen de cuentas

A

Se hace a personas CUENTADANTES

Objetivo (art. 95 LOCGR):

I) Fiscalizar la percepción de rentas e ingresos del fisco y su inversión

II) Comprobar fidelidad y veracidad de cuentas, la autenticidad de la documentación y que cuadren las operaciones aritméticas

  • Departamento de Contabilidad determina si se formula o no reparo

Se realiza a funcionarios y personas naturales o jcas de d° privado que manejan bienes o fondos públicos

Fiscalización a privados se limita a verificar si cumplieron fin

CGR tiene plazo de 1 año para realizarlo; si vence de = forma hay resp adm de funcionario que no rindió cuenta, y penal o civil para funcionario

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9
Q

Juicio de cuentas

A

Es proc contencioso adm x llevarse a cabo:

  • C/ presencia de Fiscal de CGR, representa interés del fisco
  • En 1ra instancia ante Subcontralor (juzgado de cuentas)
  • En 2da instancia ante Contralor y 2 abogados integrantes (tribunal de cuentas)

Se cuestiona que sea proc contencioso adm x

1) No se impugna AA alguno
2) Se demanda a funcionario x resp civil

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10
Q

Procedimiento: opciones rendición de cuenta

A

1) Se aprueba la cuenta x jefe de Departamento de Contabilidad y se extiende finiquito

2) Se observa la cuenta: se devuelve a cuentadante para que corrija aspectos no legales de la cuenta.

  • Subsanados: se extiende finiquito o se formula reparo

3) Se formula reparo

  • Se rindió cuenta deficientemente o es ilegal
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11
Q

Etapas Juicio de Cuentas (LOCGR y CPC JOMC)

A

I) Discusión

  • Reparo
  • Notificación personal (en regiones x carabineros, en Santiago x receptor) las demás not se hacen x carta certificada
  • Traslado: 15 días + tabla de emplazamiento después de notificado cuentadante
  • Contestación: puede seguirse juicio en rebeldía previa not del secretario. Se puede ampliar
  • Informe del jefe de depto de Contabilidad (30 días)
  • Vista al Fiscal: demandante. 15 días después de informe

2) Prueba

  • 15 días
  • Juez puede decretar MMR

3) Sentencia

  • Plazo: 30 días desde última diligencia
  • Requisitos: 114 LOCGR
  • Se notifica personalmente
  • Si hay delito, se remite antecedente a MP
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12
Q

Recursos contra sentencia J° Cuentas

A

I) Apelación

  • 15 días desde notificación sentencia 1ra instancia
  • Se interpone ante Juzgado de Cuentas para ante Tribunal de Cuentas
  • Se admite prueba que no se pudo rendir en 1ra instancia

Plazo de 30 días para dictar sentencia

II) Recurso Extraordinario de Revisión

  • Se interpone ante Tribunal de Cuentas.
  • Plazo de interposición: 3 meses para residentes y 6 meses para residentes fuera del país
  • Plazo de fallo: 30 días
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13
Q

Restitución en J° Cuentas

A

Cuentadante vencido con plazo de 30 días para restituir

  • Si no paga en 1 mes, suspensión del cargo
  • 2 meses es separado del cargo

Se puede iniciar juicio ejecutivo ordinario para que pague

Contralor puede ordenar que se descuente hasta 50% de su remuneración para que pague (125 inc. II LOCGR)

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