Capacidad y dignidad para suceder Flashcards
¿Quiénes pueden aceptar o repudiar las asignaciones?
- Por regla general, cualquier persona puede aceptar o repudiar la herencia
¿Pueden los incapaces absolutos aceptar o repudiar una asignación?
1.Si pueden, sin embargo deberán hacerlo por medio del representante legal, es decir, quien acepta o repudia es el presentante legal del incapaz absoluto.
¿Cómo un incapaz relativo acepta o repudia una asignación?
- A diferencia del incapaz absoluto, aquí quien manifiesta la aceptación o repudiación es el incapaz relativo, no su representante legal.
- Sin embargo, se hace de otra forma. El incapaz relativo es autorizado por su representante legal para aceptar o repudiar.
¿Caso de persona con capacidad de ejercicio que no puede aceptar o repudiar una asignación?
- Caso de la mujer casada en sociedad conyugal, esta no puede aceptar o repudiar una asignación, por lo que quien deberá hacerlo es el marido, pero con previa autorización de la mujer.
¿Dónde se encuentran regulados los requisitos subjetivos para suceder?
Art. 961 CC
¿Qué señala el art. 961 CC?
Será capaz y digna de suceder toda persona a quien la ley no haya declarado incapaz o indigna.
¿Cuáles son los requisitos para suceder?
- Tener capacidad para suceder
- Ser digno para suceder
¿Qué es la capacidad para suceder?
- Es la aptitud legal para ser heredero o legatario.
- Esta capacidad es distinta a la capacidad para aceptar o repudiar un asignación.
¿Qué es la incapacidad para suceder?
- Es la falta de aptitud legal para ser heredero o legatario
¿Cómo se caracterizan las incapacidades para suceder?
- Son excepcionales
- No se presumen
- Son de derecho estricto. No caben analogías
- Son taxativas
- Constituyen una incapacidad adquisitiva o de goce
- El incapaz no transmite la asignación
- Operan de pleno derecho
- Son irrenunciables, pues son de orden público
- Se pueden hace valer como acción o como excepción
¿Qué quiere decir que las incapacidades para suceder no se presumen?
- Esto implica que quien alega la incapacidad tiene que probarlo.
¿Por qué alguien tendría interés en que otra persona sea declarada incapaz para suceder?
- Para que así aumente su masa hereditaria
¿Qué quiere decir que las incapacidades para suceder sean de derecho estricto?
- Implica que no caben analogías, esto es, solo vincula a aquellos casos expresamente señalados en la norma.
- Prohibe realizar una interpretación analógica
¿Qué es una incapacidad adquisitiva o de goce?
- Es la falta de aptitud de una persona para adquirir derechos y obligaciones.
- Se opone a la capacidad de ejercicio.
¿Por qué el incapaz para suceder no transmite su asignación?
- Debido a que nunca fue objeto de la delación de la asignación.
¿Qué quiere decir que el incapaz nunca fue objeto de la delación?
- Quiere decir que la ley nunca le hiso el llamamiento para aceptar o repudiar una asignación.
¿Qué quiere decir que las incapacidades para suceder operan de pleno derecho?
- Que no requieren de un pronunciamiento judicial para ello.
- Esto implica que no debería discutirse en un juicio si una persona se encuentra o no en situación de incapacidad.
¿Qué quiere decir que las incapacidades sea de orden público?
- Quiere decir que la incapacidad no depende el testador, sino que del mismo ordenamiento jurídico.
¿Cuándo la incapacidad para suceder puede hacerse valer como acción?
- Cuando sea interpuesta por quién tiene interés en que se declare la incapacidad para suceder de alguien
- Ej. Un heredero solicita que se declare como incapaz a otro heredero.
¿Cuándo la incapacidad para suceder puede hacerse valer como excepción?
- Cuando una persona sea demandada en un juicio para que se le declare incapaz.
- El propio heredero es incapaz y demanda a los otros herederos, los otros herederos oponen la excepción de que el heredero demandante es incapaz.
¿Qué clases de incapacidades para suceder existen?
- Incapacidades absoluta
- Incapacidades relativas
¿Cuáles son las incapacidades absolutas para suceder?
- Falta de existencia al momento de la apertura de la sucesión (Art. 962 CC)
- Entidades que carecen de personalidad jurídica (Art. 963 CC)
¿Qué son las incapacidades absolutas para suceder?
- Consiste en la incapacidad que tiene una persona para suceder a cualquier causante
¿Cuál es la primera incapacidad absoluta para suceder?
- Art. 962 CC
- Consiste en la falta de existencia al momento de la apertura de la sucesión.
- Esto implica que al momento de la apertura de la sucesión la persona no ha sido concebida