4. LA CONSIGNACIÓN Flashcards
Consignación
es una manera de extinción de una obligación mediante pago o cumplimiento
consignar: depositar en el tribunal la suma reclamada
Mediante la consignación, ¿en qué casos puede el deudor liberarse de su obligación? (4)
deudor queda liberado de responsabilidad mediante la consignación o la oferta de la prestación debida en cualquiera de estos casos:
(a) si el acreedor a quien se hace el ofrecimiento de pago se niega, sin razón, a admitirlo no quiere
(b) si el acreedor está ausente o incapacitado para recibir el pago no puede
(c) si varias personas pretenden tener derecho a cobrar todos quieren
(d) si se ha extraviado el título de la obligación se perdió
Requisitos para que la consignación de la cosa debida libere al deudor de su obligación de dar (3)
(a) debe ser previamente anunciada a las personas interesadas en el cumplimiento de la obligación
(b) debe ajustarse estrictamente a los requisitos del pago
(c) debe hacerse mediante el depósito de lo debido
Cómo se hace la consignación:
(a) si la cosa que se consigna es dinero
se deposita en la cuenta del tribunal, ante quien acreditará el deposito
Cómo se hace la consignación:
(b) si es una cosa mueble que no es dinero
(1) La cosa siempre debe ponerse a disposición del acreedor
(2) depósito del mueble:
—-(a) queda en las manos del deudor
—-(b) se deposita en las manos de un 3ro
(3) el deposito se tiene que acreditar ante el tribunal
(4) el tribunal ordenará:
—-(a) el cambio de depositario
—-(b) la venta en subasta si no es posible conservar la cosa o si su depósito causa gastos excesivos
Cómo se hace la consignación:
(c) si es un inmueble
(a) se hace al colocar el título, si lo hay, en poder del tribunal competente
(b) se hace al acreditar el abandono, cuando proceda, desde cuyo momento queda a disposición del acreedor
Cómo se hace la consignación:
Luego de hecho el depósito y acreditado ante el tribunal, ¿qué se tiene que hacer?
hecho el depósito y acreditado ante el tribunal, este debe también notificarse a las personas interesadas
La persona obligada a una prestación de hacer queda liberada mediante la consignación si: (2)
(1) se satisface alguno de estos requisitos:
—-(a) el acreedor a quien se hace el ofrecimiento de pago se niega, sin razón, a admitirlo
—-(b) el acreedor está ausente o incapacitado para recibir el pago
(2) demuestra su disposición y capacidad de cumplir, si es que para ello requiere de la cooperación activa del acreedor
Luego de hecha debidamente la consignación, ¿qué puede el deudor pedir al tribunal?
el deudor puede pedir al tribunal que determine la suficiencia del pago y ordene cancelar la obligación
¿podría el deudor retirar la cosa o la cantidad consignada? ¿cuál sería el efecto?
Si el acreedor no ha aceptado la consignación, o no ha recaído la declaración judicial de la suficiencia del pago, el deudor puede retirar la cosa o la cantidad consignada, dejando subsistente la obligación
Si hecha la consignación, el acreedor autoriza al deudor a retirarla, ¿qué ocurre?
Si hecha la consignación el acreedor autoriza al deudor para retirarla, el acreedor pierde toda preferencia que tenga sobre la cosa. Los codeudores y fiadores quedan liberados.
Si la consignación se da porque acreedor se niega sin razón a recibir el pago y el tribunal determina que la consignación está bien hecha, ¿qué sanción se le impondrá al acreedor?
impondrá al acreedor una sanción económica que no exceda el cinco por ciento (5%) del valor de la prestación, sin perjuicio del pago de costas y honorarios y los daños y perjuicios causados.