12. FACULTAD DEL DERECHO DE RETENCIÓN Flashcards
¿Qué es la facultad de retención?
la facultad otorgada por ley que autoriza al acreedor cuyo crédito es exigible, a conservar en su poder el bien mueble o inmueble debido hasta que el deudor le pague o le asegure lo que le debe
acreedor retiene la cosa hasta que deudor pague
¿se necesita de autorización judicial o manifestación previa para ejercer la facultad?
¿Qué debe hacer el retenedor si se le pide restituir o entregar?
NO necesita autorización ni manifestación para ejercer la facultad
PERO
pero si se le requiere (pide) para restituir o entregar, debe oponer (levantar) su derecho de retención
si se le pide que devuelva el bien, debe informar que lo está reteniendo debido a su derecho de retención y no entregarlo hasta que se resuelva la situación
ejemplo: Si Carla le prestó un libro a Javier, y Javier debe dinero a Carla, ella puede mantener el libro hasta que se le pague. Si Javier le pide el libro, Carla debe decirle que lo retiene debido a la deuda y no entregarlo hasta que le paguen.
La retención puede ejercerse sobre _____ de la cosa que está en ____ del acreedor, independientemente de la _____ adeudado al retenedor.
la totalidad // posesión // cuantía del crédito
[Obligaciones del retenedor] (1) ¿puede el retenedor usar la cosa retenida?
NO
[Obligaciones del retenedor] (2) El retenedor está obligado a ___ la cosa y efectuar las mejoras ___ a costa de ____ y ____ al concluir la retención.
conservar // del deudor // restituirla al concluir la retención
[Obligaciones del retenedor] (3) Si opta por percibir los frutos naturales de la cosa, el retenedor _____ al deudor. En dicho caso, puede ____ de ellos e imputar su valor a los ____ del crédito, y queda obligado a ____ de los frutos percibidos al ____ la retención.
dará aviso // disponer // intereses // rendir cuenta /// terminar
Causas de extinción del derecho de retención (5)
(a) extinción del crédito que garantiza
(b) entrega o abandono voluntario de la cosa sobre la que recae
(c) sustitución por otra garantía suficiente, si el tribunal lo autoriza a petición del deudor de la suma de dinero
(d) la pérdida o destrucción total de la cosa
(e) el abuso o deterioro de la cosa o la violación de alguna de las normas del código