4. CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Flashcards
4.1 CONCEPTO DE CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
En la determinacion no se puede hablar de contrato o convenio porque no es en realidad un acuerdo de voluntades, desde el punto de vista que el patron no acude voluntariamente a la firma del CCT sino bajo la amenza de la huelga.
4.2 CONTENIDO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO (10)
- Nombres y domicilios de los contratantes.
- Empresas y establecimientos incluidos.
- Duración del contrato (por tiempo determinado, indeterminado o para obra determinada).
- Jornadas de trabajo.
- Días de descanso y vacaciones.
- Monto de los salarios.
- Cláusulas sobre capacitación o adiestramiento de los trabajadores.
- Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial para nuevos empleados.
- Bases sobre la integración y funcionamiento de Comisiones establecidas por la Ley.
- Otras estipulaciones acordadas por las partes.
*Prohibición de incluir cláusulas de exclusión por separación, que permitan despedir a trabajadores que dejen de pertenecer al sindicato.
4.3 QUIEN TIENE LA TITULARIDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DEL TRABAJO
LA TITULARIDAD LA TIENE EL SINDICATO AL QUE ESTÉN AGREMIADOS LOS TRABAJADORES DEL CENTRO DE TRABAJO SIN EMBARGO EXISTEN VARIOS SUPUESTOS * Si hay sindicatos de empresa o industriales, o ambos, el contrato colectivo se celebra con el que obtenga la mayoría de votos de los trabajadores en la empresa.
* Si hay sindicatos gremiales, el contrato colectivo se celebra con el conjunto de los sindicatos mayoritarios que representen a las profesiones, siempre que lleguen a un acuerdo. En caso contrario, cada sindicato celebrará un contrato para su profesión.
* Si hay sindicatos gremiales y de empresa o industria, los primeros pueden celebrar un contrato colectivo para su profesión, siempre que el número de trabajadores a su favor sea mayor que el de los trabajadores de la misma profesión que votan por el sindicato de empresa o de industria.
* El voto de los trabajadores sigue el procedimiento contemplado en el artículo 390 Bis.
* El sindicato o sindicatos que obtengan la mayoría de trabajadores recibirán la Constancia de Representatividad para solicitar la celebración y firma del contrato colectivo de trabajo según el artículo 387.
4.4 REGISTRO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
- Debe presentarse solicitud por escrito.
- Debe depositarse en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
- Debe presentarse ante el Centro Federal de Conciliación y Regis- Laboral la siguiente documentación:
- La documentación con al que las partes contratantes acrediten su personalidad;
- El contrato colectivo de trabajo;
- La Constancia de Representatividad que establece el artículo 390 Bis, de al Ley Federal de Trabajo.
4.5 REVISIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Al menos una vez durante los cuatro años posteriores
2. Las referidas revisiones contractuales deberán depositarse ante el CFCRL.
3. Este centro verificará:
* Que se haya hecho del conocimiento de los trabajadores el conte- nido del CCT.
* Que se les entregó un ejemplar impreso del mismo CCT por parte del patrón.
* Que este CCT cuenta con el respaldo de al mayoría de los trabaja- dores mediante consulta donde se manifiesten los trabajadores,
con su voto personal, libre ycsecreto.
* Que la consulta a los trabajadores se realice conforme con el proce- dimiento establecido en el artículo 390 Ter de la LFT.
* El apoyo de los trabajadores es un requisito de validez del CCT.
4.6 CONTRATO LEY
Contrato Colectivo Obligatorio o Contrato-Ley (Artículos 404 al 406):
Artículo 404: Definición de Contrato-Ley:
* Contrato-Ley: Convenio entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones.
* Objetivo: Establecer condiciones de trabajo en una rama específica de la industria.
* Declaración Obligatoria: Puede ser declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, zonas económicas que abarquen una o más de esas entidades, o en todo el territorio nacional.
Artículo 405: Ámbito de Aplicación:
* Los contratos-ley pueden celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.
Artículo 406: Solicitud de Contrato-Ley:
* Requisito de Solicitud: Sindicatos que representen al menos las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados de una rama de la industria.
* Ámbito de Solicitud: Puede ser para una o varias Entidades Federativas, zonas económicas que abarquen una o más de esas entidades, o para todo el territorio nacional.