34. Uniformidad del Derecho Contractual Internacional Flashcards
Explica el panorama internacional de la uniformidad del derecho internacional
- GLOBALIZACIÓN A PARTIR DE LA SEGUNDA MIRAD DEL SIGLO XX
- Achicamiento del mundo
- Se difunde la cultura, moda, comercio y derecho
- Auge del comercio internacional:
a) Globalización de la economía (negocios que involucran a muchos países)
b) Globalización del derecho (es una oportunidad, no una desgracia, para compartir una civilización más madura y culturalmente enriquecida en la diversidad) - CAIDA DE INSTITUCIONES BASE DEL DERECHO DEL SIGLO XIX
- Soberanía
- Confianza en los códigos nacionales
- Mercado interno
¿Cuáles son los obstáculos actuales para el comercio internacional y cómo se pueden resolver?
El comercio internacional es el principal motor de la economía mundial. Debido a la multiplicidad de los sistemas jurídicos nacionales, se obstaculiza el libre comercio, según la OMC, el FMI y El Banco Mundial.
Este obstáculo se puede vencer mediante la uniformidad jurídica
¿Cuáles son algunas experiencias de uniformidad y armonización del derecho en el ámbito internaiconal?
- Unión Europea: vanguardia del proceso de UNIFORMIDAD del derecho
- Comunidad de Estados Independientes. Eje: Federación Rusa
- Los Estados Unidos de América (UCC y Restatements)
- República Popular China
- Zona del Tratado de Libre Comercio para América del Norte (TLCAN)
- Mercado Común Centroamericano
- Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)
- Organización Región de Estados Franco Parlantes para la Uniformidad Legislativa Mercantil (OHADA) en África
Otras zonas que no cuentan con armonización legal, pero sí cuentan con comercio coordinado son:
- Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC)
- Acuerdo Transpacífico de Asociación Económica (TPP)
Distingue entre los distintos regímenes jurídicos (8) del mundo (# de legislaciones, % de población mundial y principales países)
- Common Law (sistema tradicional ingles-americano)
- 146 jurisdicciones
- 33.4% de la población mundial
- Países: Inglaterra, EUA, Australia, Canada - FRANCO-LATINO
- 76 jurisdicciones
- 18.3% de la población mundial
- Paises: México, Argentina, Chile, Colombia, Cuba, Perú, España, Francia, Bélgica - FRANCO-LATINO GERMÁNICO
- 13 jurisdicciones
- 5.2% de la población mundial
- Países: Italia, Austria, Dinamarca, Panamá, Turquía y Lousina (EUA) - GERMÁNICO-ESCANDINAVO
- 13 jurisdicciones
- 6.7% de la población mundial
- Países: Alemania, suiza, Finlandia, Holanda, Noruega, Suecia y Polonia, etc. - ROMANO-COMMON LAW
- 15 jurisdicciones
- 4.5% de la población mundial
- Países: Japón, Sud África, Sud Korea y la provincia de Quebec en Canadá. - JURISDICCIONES EMERGENTES
- 18 jurisdicciones
- 27.7% de la población mundial
- Países: China, la Federación Rusa, Vietnam, etc. (países más poblados) - ISLÁMICO
- 14 jurisdicciones
- 2.7% de la población mundial
- Países: Arabia Saudita, Kuwait, Oman y Qatar, etc. - JURISDICCIONES INDIFERENCIADAS
- 134 jurisdicciones
- 2.2% de la población del mundo
- Países: Ciudad del Vaticano, Corea del norte, Antártica, etc.
¿Cómo identificamos y distinguimos a un régimen jurídico de otro?
En base a:
- Fuentes del derecho
- Reglas de interpretación
- Organización de los tribunales
CIVIL VS COMMON LAW
- Códigos/Precedentes judiciales
- Sus reglas hacen referencia a los Códigos y se permite analogía/Interpretación cerrada (no permite analogía)
- Tribunales organizados jerárquicamente, con muchos jueces que resuelven muchos casos/Tribunales centralizados con pocos jueces que deciden pocos casos.
¿Es posible saber si un sistema jurídico es mejor que otro? ¿Por qué?
No es posible saber cuál es el mejor en virtud de que ambos son dos modos distintos de pensar y crear derecho.
Para calificar un sistema como bueno o malo no se debe atender a la estructura intrínseca o contenido de sus leyes (justas/injustas), sino más bien:
- La formación ética y técnica de sus abogados
- Los criterios de selección de sus jueces y su autonomía
- El Estado deDerecho que prive en el territorio de su aplicación
¿Cuál es la diferencia entre unificación y armonización?
UNIFORMIDAD es el género y sus especies son:
- Unificación: Derecho único e idéntico (Hard Law)
- Armonización: Derecho parecido, con diferencias no irreconciliables (Soft Law)
¿Qué es la UNIFICACIÓN? Explica tambien sus instrumentos, así como ejemplos de los mismos
LA UNIFICACIÓN O HARD LAW tuvo su auge a partir de la 2a guerra mundial
- Liga de las Naciones: 58 miembros (1937)
- ONU: 193 miembros a 2016
TRATADOS INTERNACIONALES: Es un mismo derecho con texto idéntico para todos los países.
a) INCONVENIENTES:
1. Vigente solo entre los que firman y ratifican
2. Largo y complicado proceso de negociación (puede durar años) y ratificación (lo mismo para la modificación)
3. Pocos entran en vigor
4. Muy poca flexibilidad
b) EJEMPLOS:
1. Protocolo Sobre Uniformidad del Régimen Legal de los Poderes (Protocolo de Washington, 1940)
2. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG, Viena, 1980)
3. Convención Interamericana Sobre Régimen Legal de Poderes para ser Utilizados en el Extranjero (Convención de Panamá, CIDIP-II, 1975)
4. Convención Interamericana sobre Derecho aplicable a los Contratos Internacionales (Convención de México, CIDIP-V, 1994)
5. Convención de las Naciones Unidas sobre la Cesión de Créditos en el Comercio Internacional (Nueva York 2001)
ORGANISMOS LEGISLATIVOS COMUNES
- Unión Europea
- Mercado Común Centroamericano (Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica)
- Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)
- República Popular China (Ley de Contratos en 1999)
- Comunidad de Estados Independientes, cuyo eje es la Federación Rusa
- AFRICA: Organización Región de Estados Franco Parlantes para la Uniformidad Legislativa Mercantil (OHADA)
¿Qué es la armonización y cuáles son sus principales instrumentos?
La armonización no trata de un derecho único, es un derecho armónico (soft law)
-Cada país adopta, tropicaliza y modifica su derecho interno.
INSTRUMENTOS PRINCIPALES
- Leyes modelo
- Guías legislativas, jurídicas o contractuales
- Disposiciones modelo
- Declaraciones interpretativas
- Modelo de cláusulas tipo, estándar o uniformes
- Restatements
- Principios
Señala algunos ejemplos de Leyes Modelo
- Ley Modelo de UNCITRAL/CNUDMI Sobre Arbitraje Comercial Internacional (1985, 2006)
- Ley Modelo de UNCITRAL/CNUDMI Sobre Comercio Electrónico (1996)
- Ley Modelo de UNCITRAL/CNUDMI Sobre Firma Electrónica (2001)
- Ley Modelo de LEASING de UNIDROIT (2008)
- Ley Modelo de UNCITRAL/CNUDMI Sobre Garantías Mobiliarias (2016)
¿Qué son los RESTATEMENTS?
Son instrumentos norteamericanos productos del trabajo académico y profesoral, elaborados por el American Law Institute, de gran influencia internacional.
-Recopilación y reestructuración del derecho de distintos Estados de la Unión Americana
ESTRUCTURA:
- Artículos
- Comentarios
- Ejemplos
EJEMPLOS:
a) Restatement of Contracts
b) Restatement of the Law, Second, Contracts (1932, 1952, 1979)
Explica qué son los PRINCIPIOS INTERNACIONALES y da ejemplos de los mismos
Son producto de un trabajo multinacional que combina todos los sistemas jurídicos con el fin de armonizar el derecho (soft law)
- No son leyes modelo pues no están destinados a promulgarse como derecho interno
- Se parecen más a los restatements
- las partes se pueden someter a ellos (lex contractos)
EJEMPLOS
1. Principios UNIDROIT Sobre los Contratos Comerciales Internacionales
(1994, 2004, 2010, 2016)
2. Principios del Derecho Europeo de los Contratos
(Principios LANDO, PECL, 2000)
- Principios del Derecho Europeo de Responsabilidad Civil (Principles on European TORT Law, 2005)
¿Cuáles son algunas de los principales organismos y organizaciones internacionales?
ORGANISMOS
- CONVENCIÓN DE LA HAYA: Conferencia de Derecho Internacional Privado de la Haya (HOLANDA)
- Apostilla de la Haya - UNIDROIT: Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (ROMA)
- Principios UNIDROIT - UNCITRAL: Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) (VIENA)
- Convención de Viena sobre Compra Venta internacional de Mercaderías (CISG)
- Ley Modelo sobre Comercio Electrónico
- Ley Modelo sobre Firma Electrónica - CCI Cámara de Comercio Internacional de París (PARÍS)
- INCOTERMS: Términos internacionales de Comercio
ORGANIZACIONES
1. (OMI) Organización Marítima Internacional
- (OACI) Organización para la Aviación Civil Internacional
- (CIDIP) Convención Interamericana de Derecho Internacional Privado: Dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuenta con 25 Instrumentos Internacionales, entre ellos…
- Convención Interamericana Sobre Régimen Legal de Poderes para ser Utilizados en el Extranjero (CIDIP-II)
- Convención Interamericana sobre Derecho aplicable a los Contratos Internacionales (CIDIP-V)
- La Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias (CIDIP-VI)