2.1. Modos para designar herederos y legatarios Flashcards

1
Q

¿Cuáles son los modos de designación de herederos?

A
  1. Pura y Simple
  2. Partes alicuotas
  3. De manera individual o colectiva
  4. Simultanea o sucesivamente
  5. Con Modo o Carga
  6. Subcausa
  7. Términos Vagos
  8. Sujeto a condición
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2
Q

Designación Pura y Simple (H y L)

A

Institución Lisa y Llana

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3
Q

Designación por partes alicuotas (H)

A

En fracciones o en porcentajes

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4
Q

Desiganción de manera individual o colectiva

A

COLECTIVAMENTE: Se establecen vínculos

INDIVIDUALEMENTE: Se nombran uno por uno

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5
Q

Designación sucesiva o simultanea

A

Simultanea: Al mismo tiempo

Sucesiva: Si uno muere, será heredero el otro y así sucesivamente

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6
Q

Designación con Modo o Carga

A

Se equipara a una condición resolutoria para efectos sucesores

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7
Q

Designación Subcausa

A

Se busca que el testador haga la designación señalando cual es el origen o la causa determinante de su voluntad para instituir a un heredero

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8
Q

Designación en términos vagos

A

Se siguen las reglas de la sucesión legitima

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9
Q

Señala las modalidades para designar legatarios y explicalas

A
  1. Pura y Simple
  2. Uno o varios bienes determinados
  3. De manera individual o colectiva
  4. Simultanea o sucesivamente
  5. Con Modo o Carga: Se equiparan a condiciones resolutorias
  6. Subcausa: Se establece el motivo o causa por el que se deja el legado
  7. Términos Vagos: Se siguen las reglas de la sucesión legitima
  8. Sujeto a condición: Suspensiva o resolutoria
  9. Sujeta a Término: Si el día que debe comenzar el legado fuere señalado, sea que se sepa o no cuando
    ha de llegar, el que ha de entregar la cosa legada tendrá, respecto de ella, los derechos y las
    obligaciones del usufructuario.
  10. Remuneratorios: Se realiza a favor de personas de acuerdo a servicios recibidos, como recompensa o agradecimiento
  11. Alternativos: Se cumple entregando alguno de los bienes que señala el legado, si no se señala nada, el deudor elige el bien que ha de entregarse al legatario
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10
Q

¿Qué es una condición? Explica las reglas generales de las condiciones en sucesiones respecto al heredero. Señala la clasificación de las condiciones

A

Acontecimiento futuro e incierto de cuya realización depende el nacimiento o la extinción de la institución.

El heredero debe ser capaz al momento de cumplirse la condición.

  1. SUSPENSIVAS Y RESOLUTORIAS
  2. POTESTATIVAS, CAUSALES Y MIXTAS
  3. IMPOSIBLES E ILICITAS
  4. CAPTATORIAS
  5. TENIDAS POR NO PUESTAS
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11
Q

Explica las condiciones suspensivas y sus efectos (momentos)

A

Son acontecimientos futuros e inciertos de los cuales depende la eficacia de un derecho o de una obligación. Efectos:

  1. Cuando se cumple: Nace el derecho del heredero
  2. Pendiente Condictio: Derecho hereditario en suspenso
  3. Certeza de que no se cumplirá: Se extingue la institución de heredero
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12
Q

Explica las condiciones resolutorias y sus efectos (momentos)

A

Son acontecimientos futuros e inciertos de los cuales depende la extinción de un derecho o de una obligación. Efectos:

  1. Cuando se cumple: Se extingue el derecho del heredero
  2. Pendiente Condictio: Surte efectos plenos la institución de heredero como si se hubiera pactado pura y simple.
  3. Certeza de que no se cumplirá: La institución de heredero se hace un derecho cierto y llano
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13
Q

Distingue entre las condiciones potestativas, causales y mixtas

A
  1. POTESTATIVAS: Dependen exclusivamente de la voluntad del sujeto obligado
  2. CAUSALES: su cumplimiento depende de la naturaleza o de un tercero
  3. MIXTAS: Dependen del sujeto obligado y de la naturaleza o un tercero
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14
Q

Distingue y explica las condiciones imposibles e ilícitas y sus efectos

A
  1. IMPOSIBLES: Son aquellas que van en contra de una norma de la naturaleza (imposibilidad fisica) o contra una norma jurídica que necesariamente debe regir a la institución de heredero (imposibilidad jurídica)
    - Si la condición era imposible al otorgar testamento, pero deja de ser imposible al morir el testador: La institución será válida
  2. ILICITAS: Aquellas prohibidas por la Ley o contrarias a la moral y a las buenas costumbres

EFECTOS: Se Anula la institución de heredero

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15
Q

¿Qué son las condiciones captatorias?

A

Aquella institución de heredero que se hace bajo la condición de que el heredero o legatario haga en su testamento alguna disposición en favor del testador o de otra persona, teniendo como consecuencia la NULIDAD DE LA INSTITUCIÓN.

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16
Q

Explica cuales son las condiciones que se tienen por no puestas

A

Son aquellas que se ignoran en un testamento, convirtiendo la institución de heredero en pura simple:

  1. De tomar o dejar de tomar Estado Civil
  2. De no dar o no hacer
  3. De No Impugnar el testamento so pena de perder el caracter de heredero o legatario
  4. Sujeción a término de la Institución de heredero
17
Q

Señala el caso de contradicción en el CCJ y qué articulo prevalece

A

Artículo 2686. La condición que solamente suspende por cierto tiempo la ejecución del testamento, no impedirá que el heredero o el legatario adquiera derecho a la herencia o legado y lo trasmita a sus herederos.

Artículo 2827. Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto en lo relativo a los herederos y legatarios:
oSi el heredero o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependa la herencia o el legado;
oSi el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o el legado; y
oSi renuncia a su derecho.

Artículo 2977. El heredero por testamento, que muera antes que el testador o antes de que se cumpla la condición a él impuesta, el incapaz de heredar y el que renuncie a la sucesión, no transmiten ningún derecho a sus herederos.

Lo que se ha resuelto, es que si el heredero o el legatario mueren sin cumplirse la condición suspensiva, no adquieren el derecho y, por ende, no se podrá transmitir a sus herederos (Aplican los últimos dos y el primero no

18
Q

¿Qué ocurre todo el tiempo que la ejecución del testamento o una cláusula se encuentra suspendida (en virtud de una condición)?

A

Cuando el testador no hubiere señalado plazo para el cumplimiento de la condición, la cosa legada permanecerá en poder del albacea; y al hacerse la partición se asegurará completamente el derecho del legatario para el caso de cumplirse la condición; observándose además las disposiciones establecidas para hacer la partición cuando alguno de los herederos es condicional.

19
Q

Señala los casos en las que surten efectos las condiciones

A
  1. CUANDO EL HEREDERO EMPLEA TODOS LOS MEDIOS: La falta de cumplimiento de alguna condición impuesta al heredero o al legatario no perjudicará a éstos, siempre que hayan empleado todos los medios necesarios para cumplir aquélla.
  2. CONDICIONES POTESTATIVAS:
    a) Si la condición es puramente potestativa de dar o hacer alguna cosa y el que ha sido gravado con ella ofrece cumplirla, pero aquél a cuyo favor se estableció rehusa aceptar la cosa o el hecho, la condición se tiene por cumplida.
    b) La condición potestativa se tendrá por cumplida aun cuando el heredero o legatario haya prestado la cosa o el hecho antes de que se otorgara el testamento, a no ser que pueda reiterarse la prestación, en cuyo caso no será ésta obligatoria sino cuando el testador haya tenido conocimiento de la primera.
  3. CONDICIÓN CAUSAL-MIXTA: Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice en cualquier tiempo, vivo o muerto el testador, si éste no hubiere dispuesto otra cosa.
  4. CONDICIÓN POTESTATIVA-CAUSAL O MIXTA: Si la condición se hubiere cumplido al hacerse el testamento, ignorándolo el testador, se tendrá por cumplida; mas si lo sabía, sólo se tendrá por cumplida si ya no puede existir o cumplirse de nuevo.
20
Q

La condición queda sin efectos cuando

A
  1. Si no se verifica dentro del plazo. Hay certeza de que la condición no se verificará dentro del plazo establecido
  2. Certeza. cuando tenemos la certeza de que la condición no podrá cumplirse se vuelve imposible.